Jurisprudencia nacional 4377

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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FechaTítuloResumen
20-nov-2020PVP (Causa N° 6138)Una mujer trans de nacionalidad peruana decidió emigrar a Argentina en busca de mejores oportunidades. No obstante, 3 años después de vivir en el país, la mujer padecía serios pro-blemas de salud a raíz de padecer hemiplejia espástica toxoplasmosis lo que le ocasionaba una discapacidad. Además, vivía con VIH. Asimismo, le era imposible acceder a un trabajo lo que le generaba serias dificultades económicas. Tampoco tenía un lugar para vivir. Sólo contaba con un subsidio que provenía del programa “potenciar trabajo” del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación que no le alcanzaba para cubrir las necesidades básicas. Por ese motivo, la mujer decidió presentarse en el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a fin de requerir algún tipo de asistencia, pero no recibió respuesta. Luego, solicitó asesora-miento en la defensoría y se envió un oficio al ministerio para que fuera incluida en el pro-grama habitacional, pero siguieron sin recibir una respuesta. En consecuencia, la defensoría inició una acción de amparo habitacional dada la situación de vulnerabilidad de la mujer. Por su parte, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contestó la demanda y rechazó la acción. Entre sus argumentos, sostuvo que la mujer estaba incluida en el programa “Atención para familias en situación de calle” y que por lo tanto percibía un monto mínimo que estaba regulado. Además, resaltó que no se había acreditado la situación de vulnerabilidad de la persona.
19-nov-2020Lee (causa N° 2774)En el marco de la emergencia sanitaria, la provincia de Formosa implementó el Programa de Ingreso Ordenado y Administrado y dispuso que toda persona que ingresara debía hacer cuarentena obligatoria en los Centros de Alojamientos Preventivos. Varias personas quedaron varadas en la provincia del Chaco por más de treinta días a la espera de que se les permitiese ingresar. Por ese motivo, interpusieron una acción de amparo colectivo contra Formosa y solicitaron el dictado de una medida cautelar a fin de que se ordenase el inmediato ingreso al territorio provincial de los ciudadanos. Además requirieron que, en caso de que no existiera  infraestructura suficiente para cumplir la cuarentena en los centros provinciales, se les permitiese realizarla en sus domicilios o en hoteles costeados por ellos mismos. El juzgado de Formosa se declaró incompetente por considerar que la materia era una cuestión de competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En octubre de 2020, la Corte  solicitó a la provincia que informase la cantidad de pedidos de ingreso que se habían presentado desde la vigencia del programa. El gobierno de Formosa informó que se habían registrado 13317 personas y que, desde la implementación del programa y hasta el 30 de octubre de 2020, se habían efectivizado 5795 ingresos. Además, hizo saber que se registraban 7522 solicitudes pendientes.
18-nov-2020YMD (Causa N° 55114)Un militar se había desempeñado durante muchos años en el sector de comunicaciones de la Armada. En virtud de sus calificaciones, alcanzó el rango de suboficial principal. Con posterioridad, le diagnosticaron que tenía HIV, por lo que necesitó tomar una licencia médica. Unos meses después se reincorporó a su trabajo, ya que su estado de salud había mejorado. Luego, cuando estaba por conseguir un nuevo ascenso, la Armada le ordenó una serie de estudios médicos. Asimismo, convocó a una junta para analizar la situación del personal con HIV. En ese marco, el hombre fue excluido del régimen de ascenso en el que se encontraba y traspasado a otro que impedía el pase de su cargo a otro de mayor jerarquía. Por ese motivo, inició un reclamo administrativo, ya que consideró que había sido discriminado por su empleador en base a su condición de salud. Debido a que no obtuvo una resolución favorable, demandó al Estado Nacional –Armada Argentina, a fin de impugnar el acto administrativo y ser reubicado en el régimen de promociones anterior. Además, solicitó una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. La demandada, por su parte, negó haber discriminado al actor. Sobre ese aspecto, señaló que la modificación en el régimen de ascensos es-taba prevista en su reglamento interno. Agregó que la decisión cuestionada se debía a la incapacidad parcial permanente que le habían diagnosticado al actor y buscaba asegurar que el hombre se desempeñara sin riesgos para su salud o la de sus compañeros.
18-nov-2020Majewski (causa N° 40517)Un hombre extranjero contrajo matrimonio con una mujer argentina, con quien vivió en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante trece años.El hombre tenía insuficiencia cardíaca, renal, neuropatía, hipertensión y diabetes. La mujer falleció. La Dirección Nacional de Migraciones dictó una disposición mediante la cual dispuso su expulsiónpor encontrarse en una situación migratoria irregular. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso jerárquico. En su presentación invocó el derecho de reunificación familiar y la dispensa por razones humanitarias basada en su avanzada edad. Además manifestó en su país de origen no tenía vínculos ni arraigo alguno y que, de regresar allí, podía encontrarse en una situación grave. Por otra parte señaló que este país había sido el elegido como lugar de residencia por su familia, y que era donde se encontraba enterrada su esposa.La impugnación fue desestimada.Para decidir de esa manera, se señaló que el caso no reunía los extremos exigidos por la normativa. Entonces, la defensa interpuso un recurso judicial directo, que fue rechazado por el juzgado. Contra esa decisión, interpuso un recurso de apelación. En su presentación sostuvo que no se había valorado el estado de salud de su asistido y que en el caso no se había realizado un test de razonabilidad y proporcionalidad.
11-nov-2020Martínez (causa N° 278)Una mujer se encontraba detenida en el marco de una condena a una pena de prisión. Durante su detención, denunció haber sufrido un hecho de abuso sexual con la supuesta conniven-cia de una celadora del penal. Su defensa solicitó la urgente detención domiciliaria de su asis-tida. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó en favor de lo solici-tado.
10-nov-2020MCUna mujer presentaba desde temprana edad dificultades en el aprendizaje y en la posibilidad de establecer vínculos sociales. Por este motivo, necesitó control permanente para determinadas actividades de su vida y para el manejo de su patrimonio. De todas maneras, poseía cierta autonomía que le permitía realizar por si misma actividades personales, emprendimientos sencillos y mantener vínculos sociales simples. Una sentencia judicial había señalado que tenía un ochenta por ciento de incapacidad psíquica y la declaró inhabilitada. Por su parte, su madre percibía una pensión por el fallecimiento de su marido. Luego de la muerte de su madre, su hermano pasó a ser su curador. De esa manera, en su representación, solicitó ante la Caja de Jubilación de Villa María, Córdoba, la percepción de las dos pensiones por fallecimiento correspondientes a sus padres. En ese sentido, presentó diversos certificados y estudios médicos junto a la copia certificada de la sentencia judicial que la había declarado inhabilitada. La junta médica de la Caja de Jubilaciones alegó que no cumplía con los requisitos establecidos en la ley para acceder a tales beneficios y denegó la pensión solicitada. Para decidir de ese modo, consideró que no se había acreditado la incapacidad y que la mujer realizaba ciertas actividades por su propia cuenta. Contra esa resolución, la mujer interpuso un recurso de reconsideración. Ante su rechazo, la mujer presentó junto a su hermano –en calidad de curador– una demanda contenciosa administrativa. Entre sus argumentos, sostuvieron que se había vulnerado el debido proceso adjetivo, el derecho a ser oído y el derecho a ofrecer y producir prueba.
5-nov-2020CC (causa N° 38028)Dos hermanas adolescentes fueron víctimas del delito de abuso sexual agravado con acceso carnal en el predio conocido como “Viejos Talleres” del ex Ferrocarril Sarmiento en la Municipalidad de Morón, provincia de Buenos Aires. Su madre, por derecho propio y en representación de sus hijas, interpuso una demanda contra el Estado Nacional, el Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE), la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), la Municipalidad de Morón y las firmas Trenes de Buenos Aires SA (TBA SA) y América Latina Logística Central SA (ALL Central SA). La presentación individualizó la conducta irregular de la empresa concesionaria y reprochó a la CNRT no haber realizado un control adecuado del modo en que la misma llevaba a cabo sus obligaciones contractuales. En consecuencia, solicitó que se ordenase el pago de un resarcimiento patrimonial por los daños y perjuicios sufridos. Por su parte, la CNRT sostuvo que correspondía a a la empresa concesionaría mantener el buen estado del predio. El juzgado hizo lugar a la acción de manera parcial. Contra esa decisión interpusieron un recurso de apelación la parte actora, el Estado Nacional, la CNRT y la firma ALL Central SA.
5-nov-2020EYV (causa Nº 33871)Una mujer vivía con su hijo y su hija menores de edad en una vivienda de la localidad de Moreno. La mujer había sido víctima de violencia por parte de su expareja, padre de los niños, por lo que se había separado y cambiado de domicilio. Además, interpuso una demanda, en representación de sus hijos, por alimentos. Entre otras cuestiones, el juzgado dispuso el embargo y depósito a favor de la mujer de las asignaciones familiares por hijo. La mujer trabajaba en un comercio mientras sus hijos asistían al colegio. Al declararse la emergencia sanitaria por el virus Covid-19, perdió su trabajo. Por ese motivo, el 31 de marzo de 2020 solicitó a la Administración Nacional de la Seguridad Social –ANSeS– el Ingreso Familiar de Emergencia –IFE–. ANSeS rechazó la solicitud. Entonces, la defensa realizó gestiones ante la Administración para acreditar que la mujer residía con su hijo e hija, que conformaban un solo grupo familiar y que no tenía vínculo con su expareja. El 19 de mayo del mismo año la mujer solicitó nuevamente la IFE. El pedido fue rechazado. ANSeS señaló que se había verificado que la mujer había cobrado una asignación familiar mediante un embargo. La defensa interpuso una acción de amparo con el objeto que se le reconociera el derecho de su asistida al IFE y se ordenase el pago de las sumas correspondientes desde el mes de abril de 2020 hasta la fecha de la interposición de la demanda y las que se liquidasen en el futuro. Al contestar la demanda, ANSeS manifestó que la actora tenía una afiliación como grupo familiar en la obra social de su expareja. El juzgado, previó a resolver la cuestión, solicitó a la parte demandada que acompañase copia del expediente administrativo iniciado por la parte actora. Sin embargo, ANSeS contestó que la inscripción al IFE era virtual y que no existía un expediente administrativo.
3-nov-2020Fernandez (Causa n°4109)Un hombre se encontraba cumpliendo una suspensión de juicio a prueba por el término de un año. En ese período, el hombre empujó a una mujer en la vía pública y le arrebató una cadenita de oro que llevaba. Luego intentó alejarse del lugar, pero fue alcanzado por personal policial que lo detuvo. El hombre fue imputado por el delito de robo simple en grado de tentativa. La defensa del imputado se contactó con la damnificada y arribaron a un acuerdo entre las partes mediante el que el hombre le formuló un pedido de disculpas y le ofreció la suma de dos mil pesos. La víctima aceptó el ofrecimiento y solicitó que el importe fuese donado a la Fundación Garrahan. Además, la mujer hizo saber que no deseaba participar de la audiencia y aportó su teléfono para la eventualidad que el Tribunal requiriese contactarla. Entonces, la defensa presentó el acuerdo conciliatorio y solicitó su homologación. La fiscalía se opuso por considerar, entre otras cuestiones, que el hombre se encontraba desarrollando una suspensión del juicio a prueba.
30-oct-2020Agüero (causa N 12001371)Un hombre había sido condenado a la pena de cuatro años de prisión por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y guarda de elementos para la producción de estupefacientes. El hombre presentaba problemas cardíacos severos y se alojaba en el Establecimiento Penitenciario N° 1 de Bouwer de Córdoba. Durante el transcurso de la emergencia sanitaria, hubo un brote del virus Covid-19 en esa unidad. Por ese motivo, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. En su presentación, acompañó constancias médicas que acreditaban su diagnóstico. El Tribunal Oral dispuso la realización de un examen por parte del Cuerpo Médico Forense con el fin de determinar el estado de salud del condenado. El informe indicaba que el hombre presentaba riesgo clínico frente a otras enfermedades debido a su inmunodeficiencia. En ese sentido, concluyó que el alojamiento y la permanencia en un establecimiento penitenciario podía agravar e interferir en el tratamiento de su enfermedad. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al pedido.
30-oct-2020Policía Federal Argentina (causa N° 1449)En el marco de un proceso penal se investigaba el posible accionar delictivo de la guardia comunitaria indígena del pueblo wichí “guardia whasek”. Entre los hechos denunciados estaban los de uso de ropa militar, cortes de ruta, obstrucción del accionar de las fuerzas de seguridad, entre otros. Antes de correr vista al Ministerio Público Fiscal para que se expidiera sobre el requerimiento de instrucción, el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sanz Peña convocó a una audiencia multipropósito entre representantes del Poder Ejecutivo Provincial y de la guardia comunitaria. Ello con el fin de acercar a las partes y lograr un acuerdo conciliatorio que evite la prosecución del proceso. Finalmente, en el mes de mayo de 2020 se arribó a un acuerdo conciliatorio. Sin perjuicio de ello, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la instrucción del proceso penal. El juzgado tuvo presente el requerimiento, pero validó el acuerdo. Contra esta resolución, el Fiscal interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Argumentó que había existido una errónea aplicación de los artículos 22 y 34 del Código Procesal Penal Federal y una equivocada interpretación de los efectos que se debió dar al acuerdo. Al respecto, sostuvo que el instituto de la conciliación penal no era de aplicación al caso por no tratarse los hechos investigados de delitos de contenido patrimonial o culposos. Asimismo, argumentó que la participación del Poder Ejecutivo Provincial en el acuerdo no podía vedar al Ministerio Público Fiscal –en su calidad de titular de la acción penal– la facultad de requerir la instrucción del proceso e investigar la comisión de delitos. Consideró por ello que la conciliación debía ser propuesta únicamente a instancias de la acusación pública y que los poderes Ejecutivo y Judicial se encontraban imposibilitados para ello. En consecuencia, consideró que el acuerdo al que se había arribado en el caso no podía ser un impedimento para la prosecución de la acción penal. El Juzgado Federal de Presidencia Roque Saez Peña rechazó el recurso de reposición y concedió el recurso de apelación planteado en subsidio.
30-oct-2020Sobarzo (Causa N° 10801)En septiembre del 2013, a partir de una denuncia de una persona con identidad reservada, se inició una investigación por presunta comercialización de estupefacientes. La fiscalía dio intervención a la Policía de Seguridad Aeroportuaria para que realicen tareas de investigación por un plazo que luego fue prorrogado. Luego de 7 meses de vigilancia y sin obtener resultados que acreditaban una infracción a la ley 23.737, la fiscalía cesó la intervención de la PSA y designó a la Policía Federal Argentina para que continúe la investigación. Los agentes informaron sobre maniobras que evidenciaban la venta de estupefacientes. En mayo del 2014, el juez federal autorizó dos allanamientos y se secuestró estupefacientes y elementos para su confección. Las personas imputadas fueron procesadas por el delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización. Una de las personas imputadas presentó un recurso de apelación. La defensa desarrolló los fundamentos de la impugnación interpuesta in paueris y solicitó la nulidad del allanamiento. El juez rechazó el planteo y, ante esa decisión, la defensa de la persona imputada presentó un nuevo recurso.
28-oct-2020Martínez (causa nº 73253)Una mujer denunció a su expareja por hechos que fueron calificados como lesiones leves agravadas por el vínculo en concurso ideal con los delitos de amenazas simples y daño. Al concurrir a la comisaría, la mujer dijo que no quería instar la acción penal. De forma posterior, la Oficina de Violencia Doméstica la citó y ella no concurrió. Lo mismo sucedió cuando la citó el Departamento de Medicina Legal de la Policía Federal Argentina. Luego, la mujer declaró ante el juzgado de instrucción y reiteró su voluntad de no instar la acción penal. La causa fue elevada a juicio oral. En el marco del debate, la damnificada sostuvo que “no pensó en causar un daño semejante”. En sus alegatos, la fiscalía descartó los dos delitos de acción pública y acusó al hombre imputado por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo. A su turno, la defensa planteó la nulidad de todo lo actuado con relación al delito de lesiones leves agravadas por el vínculo. En ese sentido, sostuvo que la damnificada nunca había instado la acción penal. El tribunal oral rechazó el planteo de la defensa y condenó al hombre por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-oct-2020Yurey (Causa n°59171)Un hombre sustrajo un monopatín perteneciente a una entidad privada que se hallaba en la vía pública. De forma posterior, personal policial secuestró el monopatín del interior del carro que el hombre utilizaba para recolectar material reciclable. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de hurto de un vehículo dejado en la vía pública. Asimismo, se certificó que el hombre registraba un antecedente condenatorio. Entonces, el imputado y la empresa damnificada firmaron un acuerdo mediante el que el primero se comprometía a pagar una suma de dinero a la segunda. En el marco de audiencia de conciliación, el representante legal de la damnificada y el imputado ratificaron lo suscripto en el acuerdo. Luego, la defensa solicitó la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del imputado. La fiscalía se opuso al pedido por considerar, entre otras cuestiones, que el imputado registraba un antecedente condenatorio. El Tribunal Oral no hizo lugar a la aplicación del mecanismo de conciliación y, contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-oct-2020Raico Morales (causa N° 63633)Un grupo de personas había llevado a cabo un robo. Ante la intervención de un integrante de la policía, se produjo un tiroteo. El oficial recibió distintos disparos que luego ocasionaron su muerte. El tribunal oral interviniente condenó a la persona por el delito de homicidio criminis causae (con el propósito de consumar un robo), agravado por resultar la víctima miembro de una fuerza de seguridad, en concurso ideal con robo agravado por el uso de arma de fuego.
27-oct-2020Olmedo (causa N° 7488544)Una niña de doce años inició una relación de convivencia con un hombre de veintisiete y tuvie-ron tres hijas. Durante catorce años, sufrió violencia de género de manera sistemática por par-te de él. En una oportunidad, el varón había ido a una fiesta, la mujer fue a buscarlo y lo encon-tró en una habitación consumiendo estupefacientes. Entonces, ella tiró la sustancia al suelo y le recriminó que mientras él se drogaba sus hijas no tenían para comer. El hombre salió de la vi-vienda, la mujer tomó un cuchillo y el dueño de la casa, al advertir lo sucedido, intentó impedir que saliera con el arma. Ella le arrojó un puntazo a la altura del abdomen sin lastimarlo y salió de la casa, interceptó a su concubino y lo apuñaló en el pecho. La mujer llamó a una ambulan-cia, pero el hombre falleció en el momento. Por ese hecho fue detenida y procesada por el deli-to de homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenua-ción. En el juicio oral, la mujer declaró que cuando tenía dieciséis años había denunciado al hombre por violencia y la habían llevado a un instituto de menores de edad hasta que la fue a buscar su padre y le dijo que debía irse a vivir con su pareja. La imputada refirió que al principio de la rela-ción no lo veía como un hombre sino como una figura paterna. Luego contó que trabajaba como empleada doméstica y de la municipalidad, que el dinero que ganaba lo administraba el hombre. Explicó que estaba cansada de sufrir los golpes y agresiones pero no podía terminar la relación porque él la amenazaba con quitarle a sus hijas si se iba. En particular, contó que el día del hecho le preguntó al hombre por qué se drogaba y que él, antes de salir de la fiesta, la miró “de esa forma que me miraba” y le dijo “esto lo arreglamos en casa”. Expuso que en ese mo-mento temió por su vida y que por ese motivo se defendió. Luego explicó que cuando se dio cuenta de lo que había hecho tomó el teléfono y llamó a la ambulancia. Manifestó que como no había podido comunicarse, llamó a la policía y les dijo que solo se había defendido. Asimis-mo, declaró la hermana de la imputada, quien relató que en dos ocasiones había escuchado amenazas de muerte por parte del hombre y que le había pegado en varias ocasiones adelante suyo. También contó que en una oportunidad le había querido disparar y que la hirió con un hacha en la frente. Por último, relató que cuando ella tenía doce años el hombre la había viola-do y la había amenazado con matar a su sobrina si contaba lo sucedido. En igual sentido, el resto de los testigos contaron que habían presenciado hechos de violencia de género, y una de ellos expresó que “todo el pueblo casi siempre la vio golpeada”. Por otro lado, la licenciada en psicología que intervino en la causa declaró que la imputada reconocía haber sufrido hechos de violencia y situaciones de abuso sexual, pero los minimizaba. En esa dirección, aclaró que la mujer padecía una precariedad total y que se advertía una dominación absoluta por parte del hombre. Asimismo, explicó que la imputada tenía “alergia sensitiva” ya que había desarrollado una capacidad de adaptación que bajaba el umbral de tolerancia y generaba una sobrecarga emocional que podía llevar a una reacción impulsiva y de descarga desmedida frente al mínimo estímulo. Por esa razón, sostuvo que el impulso la había arrebatado y no habían actuado sus frenos inhibitorios. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la mujer había actuado en legítima defensa en un contexto de violencia de género y solicitó su absolu-ción. En el mismo sentido se expresó la defensa. Sin embargo, la querella argumentó que la imputada tenía otras alternativas como irse del hogar, calificó el hecho como homicidio califi-cado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación y solicitó la pena mínima de ocho años de prisión.
22-oct-2020VM (causa N° 62230)Un hombre francés y una mujer de nacionalidad chilena con residencia de doce años en Argentina se conocieron en la ciudad de Buenos Aires en el año 2016. En 2018 contrajeron matrimonio y tuvieron una hija. En septiembre de ese año la familia viajó a Europa y, luego de recorrer varias ciudades, se quedaron un mes en la ciudad de Burdeos, Francia. La pareja planificó que en enero de 2019 la niña y su madre viajarían por dos meses a la Argentina y a Chile y luego volverían a Francia. Sin embargo, la madre no regresó con la niña. Por ese motivo, el hombre regresó a la Argentina e inició una demanda de restitución internacional. En su presentación sostuvo que la residencia habitual de la niña era en Burdeos, Francia. El juzgado rechazó la acción. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, con sustento en el Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (CH 1980) –aprobado por ley 23.857–, ordenó la inmediata restitución internacional de la niña a Francia. Contra esa decisión, la madre interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, originó la presentación de un recurso de queja.
22-oct-2020Aguirre (causa N° 42127)Durante el transcurso del aislamiento social, preventivo y obligatorio, un hombre que vivía en situación de calle se apoderó de una mochila que se encontraba dentro de un vehículo estacionado con la ventanilla baja. Por ese motivo, fue detenido. El hombre era cartonero y se encontraba en situación de calle. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el planteo por considerar que el imputado carecía de arraigo. Luego, el juzgado dictó su procesamiento por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, en concurso real con el de apropiación de cosa perdida y con el de violación de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la pandemia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que no correspondía la imputación por la violación de los decretos dictados con motivos de la pandemia, ya que su asistido se encontraba en situación de calle y no podía cumplir con el deber de “permanecer en su residencia habitual”.
21-oct-2020Marca Choque (reg. N° 2991 y causa N° 22825)Un hombre fue imputado por el delito de lesiones graves en concurso ideal con lesiones leves y en concurso real con portación de arma de uso civil en concurso real con robo agravado por su comisión en poblado y en banda en grado de tentativa. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal. El Tribunal Oral homologó el acuerdo, lo condenó a la pena de dos años y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento y lo declaró reincidente. Luego, la defensa solicitó la restitución del automóvil que era propiedad del imputado y había sido secuestrado en el marco de la causa. El fiscal se opuso al pedido debido a que el rodado había sido utilizado para cometer los hechos atribuidos. El Tribunal Oral rechazó la pretensión de la defensa y procedió al decomiso del automóvil. Para decidir de esa manera, indicó que se había comprobado que el vehículo había estado directamente relacionado con los hechos y que correspondía aplicar el artículo 23 del Código Penal. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que el tribunal había incurrido en un exceso de jurisdicción debido a que el decomiso del auto no había sido materia del acuerdo de juicio abreviado ni de la sentencia condenatoria que ya había adquirido firmeza.
21-oct-2020RSV (Causa N° 15768)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo de 17 años. Desde hacía siete años que se había separado del padre del niño y no tenían contacto con él. Tampoco recibía por parte del progenitor un aporte para la alimentación de su hijo. Asimismo, la mujer se encontraba desocupada. Hasta el 2018 la mujer percibió el seguro por desempleo. En ese contexto, la mujer solicitó a la ANSES que le pagara la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). No obstante, la entidad negó su pedido y le informó que el progenitor del niño estaba inscripto como trabajador autónomo. En consecuencia, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo. Entre sus argumentos expuso que, la interpretación que realizaba la ANSES era arbitraria y afectaba no sólo a los derechos del niño, sino que estigmatizaba a la mujer. Asimismo, resaltó que el hombre no sólo incumplía con los deberes parentales, sino que ya no formaba parte del grupo familiar. Además, resaltó la realidad económica de la familia donde la mujer era el único sostén económico para sus hijos. El juzgado que intervino hizo lugar a lo peticionado. En ese sentido, ordenó a la ANSES que, previa comprobación de los requisitos que debía acreditar la actora, le abonara la AUH y sus beneficios complementarios. Contra esa decisión, la demanda interpuso un recurso de apelación.