Jurisprudencia nacional 3842

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 1401 a 1420 de 3842
FechaTítuloResumen
11-oct-2019PSG (Causa Nº 82867)En el año 2004 una niña de seis años fue víctima de reiterados tocamientos en sus partes íntimas y de prácticas de sexo oral por parte de su tío. Los hechos sucedieron en su casa, cuando la niña se encontraba a su cuidado. En 2016 la mujer adquirió la mayoría de edad y en diciembre de 2018, lo denunció. En julio de 2019 fue citado a prestar declaración indagatoria por el delito de abuso sexual. La defensa planteó una excepción de falta de acción por prescripción. En tal sentido, señaló que las leyes N° 25.990, 26.705 y 27.206 que habían modificado el régimen de la prescripción para este tipo de delitos habían sido sancionadas con posterioridad a los hechos investigados, por lo que no debían aplicarse de manera retroactiva en perjuicio de su asistido. El juzgado hizo lugar al planteo y declaró prescripta la acción penal. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. En su presentación señaló que, en virtud de lo establecido por las leyes N° 27.206 y 26.705, el plazo de la prescripción había comenzado a partir de la mayoría de edad de la víctima. En consecuencia, indicó que la acción se encontraba vigente. Finalmente, sostuvo que debía asegurarse la tutela judicial efectiva por medio de un “juicio a la verdad” y otorgar a la víctima la posibilidad de acceder a la determinación de la verdad.
11-oct-2019Dellamea (reg. Nº 2020 y causa Nº 11010095)Una escribana fue imputada por el delito de falsificación de instrumento público. En la etapa de juicio su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del proceso a prueba. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido por considerar que la imputada era funcionaria pública y había cometido el delito en el ejercicio de sus funciones. Sobre la base de dichas consideraciones, el Tribunal Oral rechazó el planteo sin realizar la audiencia prevista en el artículo 293 del CPPN. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo que la escribana no revestía la calidad de funcionaria pública y que la interpretación contraria implicaba apartarse del fin que le había asignado el legislador al instituto de la probation.
11-oct-2019Cantero (Causa nº136747)El Servicio Penitenciario Federal dispuso duplicar la cantidad de personas alojadas en las celdas individuales del CPF de Ezeiza. Por esa razón, la defensoría interpuso una acción de hábeas corpus en la que sostuvo que la medida implicaba un agravamiento de las condiciones de detención. La Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación solicitó ser tenida como parte. Durante la audiencia el SPF manifestó que la medida respondía al aumento de las personas detenidas y a la falta de plazas para su alojamiento. Entonces, el juzgado ordenó un peritaje en los pabellones del establecimiento. La medida constató que se habían colocados camastros en las celdas individuales y se había duplicado la capacidad de ocupación del espacio. Además, indicó que dentro de cada celda había un inodoro y un lavatorio sin ningún tipo de división. Por último, señaló que varios de los sanitarios de las celdas no tenían agua, que la capacidad máxima cloacal estaba desbordada y que la provisión de agua potable de la unidad penitenciaria estaba comprometida. En su presentación la Comisión de Cárceles planteó que la incorporación de camas agravaba la situación de hacinamiento. Asimismo, agregó que el establecimiento tenía deficiencias en las instalaciones eléctricas, los sanitarios y las duchas. Por otra parte explicó que compartir las celdas implicaba que deban utilizar el inodoro frente a otras personas. Por esos motivos, concluyó que la medida implicaba un agravamiento de las condiciones de detención.
10-oct-2019Brena (causa N° 86)Un hombre que contaba con una orden de captura caminaba por la vía pública. Al notar la presencia de personal policial cambió su rumbo y aceleró su paso. Los agentes dieron voz de alto y lo detuvieron por considerar que había tenido una “actitud evasiva”. El procedimiento fue realizado sin testigos y plasmado en actas de detención y requisa. Por ese hecho el hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de transporte de estupefacientes. En la etapa de juicio la defensa planteó la nulidad del acta de procedimiento y de todos los actos procesales consecuentes. En ese sentido, sostuvo que no habían existido circunstancias previas y concomitantes que de manera razonable y objetiva hubieran justificado el accionar policial. Además, señaló que los agentes policiales no habían tenido conocimiento de la orden de detención que pesaba sobre el imputado. Por último, expuso que el procedimiento había sido realizado sin la presencia de testigos. La representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de modo favorable al planteo.
9-oct-2019Denier (Reg. N° 1794 y causa Nº 5830)En diciembre de 2015 un hombre fue imputado por los delitos de transporte y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso material con el delito de tenencia de arma de guerra sin autorización. En octubre de 2017 fue condenado a la pena de siete años y seis meses de prisión. En 2019 la defensa solicitó su promoción al período de prueba y su incorporación al régimen de salidas transitorias. El tribunal rechazó el requerimiento. Por un lado, consideró que la incorporación al período de prueba era una facultad administrativa del servicio penitenciario. Por otra parte, sostuvo que el imputado no cumplía con los requisitos exigidos por la ley Nº 24.660, reformada por ley Nº 27.375 en 2017, para acceder a las salidas transitorias. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, la defensa planteó que no correspondía la aplicación del régimen establecido por la ley N° 27.375, por cuanto resultaba más perjudicial que la norma vigente al momento de los hechos. En tal sentido, consideró que la resolución impugnada era violatoria de los principios de legalidad y de ley penal más benigna.
8-oct-2019Dapero (causa Nº 7458)Una persona fue imputada como partícipe secundaria del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de una administración pública. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que la fiscalía solicitó que se la condenara a la pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional. El Tribunal Oral la condenó en esos términos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación en el que sostuvo que la conducta imputada era atípica. El tribunal rechazó la impugnación por considerar infundado el planteo. Entonces, la defensa interpuso un recurso de queja que fue declarado inadmisible por la CFCP por falta de fundamentación y ausencia de cuestión federal. Finalmente, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. En su presentación sostuvo que la resolución resultaba arbitraria por cuanto no había tratado los agravios relativos a la falta de relevancia penal de la conducta. En ese sentido, entendió que se encontraba violada la garantía al doble conforme.
8-oct-2019Riquelme y otros (causa Nº 1101)Dos policías realizaban tareas de prevención cuando recibieron información acerca de un hombre que ofrecía marihuana en un local comercial. Al llegar al lugar, observaron a una persona similar a la descripta junto a dos hombres más. Al advertir la presencia de los policías, los hombres F, R y D se dirigieron al auto de R. En ese momento, los policías advirtieron que F arrojó una bolsa en el interior del rodado de R. A su vez, R arrojó sobre la vereda tres envoltorios. En el vehículo también se encontraron restos de cigarrillos de marihuana. Ante esa situación, los policías requisaron a F, R y D, y al automóvil de R. De esa manera, se determinó que los envoltorios contenían cocaína y marihuana. Por ese hecho, F, R y D fueron imputados en calidad de coautores por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
8-oct-2019Cáceres Marchan (reg. N° 1427 y causa N° 66251)Una persona había cortado con una pinza una cadena que sujetaba una bicicleta al bicicletero de una plaza. La situación fue advertida por un transeúnte que dio aviso a la policía. Al concurrir al lugar, el personal policial advirtió que la persona se encontraba junto al rodado y que al notar su presencia comenzó a caminar. Sin embargo, fue detenida y entre sus pertenencias encontraron la pinza. Por ese hecho, la persona resultó condenada por el delito de tentativa de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de casación.
7-oct-2019BV(Causa Nº 12692)El 29/8/2017 una joven realizó tres llamados consecutivos al 911 para alertar acerca de una bomba en una escuela. Personal policial realizó un procedimiento de seguridad que dio resultado negativo. Por ese hecho, fue imputada y procesada por el delito de intimidación pública. Además, la joven registraba un procesamiento anterior por haber realizado una llamada de iguales características respecto de la misma escuela el 8/8/2017. En el marco de la primer causa judicial, la joven había suscripto un acuerdo conciliatorio de reparación integral con el rector del establecimiento. Luego, la joven acreditó ante el Juzgado Nacional de Menores N° 6 el cumplimiento de su compromiso. La fiscalía requirió que los hechos del 29/8/2017 se contemplaran en el acuerdo conciliatorio realizado en la causa judicial anterior. Consideró, entre otras cuestiones, que los hechos investigados eran idénticos a los de la primera causa y que habían sido realizados por la misma persona y en la misma época. Además, valoró que la imputada ya había cumplido el compromiso asumido en esa oportunidad. La defensa de la joven adhirió a la solución propuesta por la fiscalía y solicitó su sobreseimiento.
7-oct-2019Salvetti (Causa Nº 73068)Un joven fue procesado por el delito de abuso sexual simple. Entonces, el imputado suscribió un acuerdo de conciliación con la damnificada. En esa oportunidad, el joven le pidió disculpas y se comprometió a participar de tres encuentros sobre cuestiones de género en el Taller Nuevas Masculinidades que se dicta en la Fundación Huésped. La damnificada aceptó las disculpas y manifestó que estaba de acuerdo con que se llevara a cabo la conciliación en los términos propuestos. La defensa presentó el acuerdo ante el juzgado y solicitó su sobreseimiento. A su turno, la fiscalía dictaminó que, una vez que se hubiera dado cumplimiento a lo pactado, prestaría su conformidad para que se dispusiera el sobreseimiento. Luego, el joven acreditó ante el juzgado su concurrencia al primero de los tres encuentros.
4-oct-2019Medina (reg. Nº 2033 y causa Nº 21000299)El Escuadrón Nº 48 de la Gendarmería Nacional, ubicado en la ciudad de Corrientes, contaba con espacio físico para alojar a seis personas detenidas de manera transitoria. Sin embargo, allí se encontraban veintiocho personas que compartían un baño y un espacio reducido para comer. Por tal razón, la defensa interpuso una acción de hábeas corpus colectivo y correctivo en la que sostuvo que los detenidos se encontraban en situación de hacinamiento. El juzgado hizo lugar a la presentación y dispuso que el servicio penitenciario hiciera cesar el estado de superpoblación carcelaria. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que se había omitido la orden de medidas concretas. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes dispuso que en el término de cuarenta y ocho horas el Servicio Penitenciario Federal fijara un destino para las personas que excedían el cupo y señaló que no podían superar el término de quince días alojadas en el escuadrón. Contra esa decisión, el representante del Servicio Penitenciario Federal interpuso un recurso de casación. En su presentación señaló que la medida resultaba de imposible cumplimiento y agravaba aún más la situación de emergencia. En tal sentido, se agravió por el plazo otorgado para implementar el traslado. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes dispuso que en el término de cuarenta y ocho horas el Servicio Penitenciario Federal fijara un destino para las personas que excedían el cupo y señaló que no podían superar el término de quince días alojadas en el escuadrón. Contra esa decisión, el representante del Servicio Penitenciario Federal interpuso un recurso de casación. En su presentación señaló que la medida resultaba de imposible cumplimiento y agravaba aún más la situación de emergencia. En tal sentido, se agravió por el plazo otorgado para implementar el traslado.
3-oct-2019Larrea (causa Nº 3818)Una persona se encontraba procesada por el delito de trata de personas. Durante su detención había denunciado ser víctima de violencia institucional. Por ese motivo, fue trasladada a otro establecimiento carcelario. ? PRESENTACIÓN DE LA DEFENSA Luego de más de un año de estar detenido preventivamente, su defensa solicitó su excarcelación. Poco después, en una nueva presentación, la defensa requirió –en carácter subsidiario– que se le concediera la prisión domiciliaria. Entre sus argumentos, consideró la situación de emergencia carcelaria decretada por el Poder Ejecutivo Nacional, así como la situación previa de violencia institucional que su asistido había denunciado.
3-oct-2019Lugo (Causa Nº 87205)Una mujer de nacionalidad paraguaya ingresó al país en búsqueda de mejores condiciones de vida. En Argentina convivía junto a sus tres hijos, y se ocupaba de sus cuidados. Dos de sus hijos tenían residencia en el país y la mayor de ellos era de nacionalidad argentina. En 2016 la mujer fue condenada a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por ser autora del delito de tenencia simple de estupefacientes. Luego, se presentó ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) a fin de regularizar su situación migratoria. En ese momento, la DNM tomó conocimiento de la condena penal. En consecuencia, la DNM dictó una disposición en la que declaró irregular su residencia en país, ordenó su expulsión y le prohibió su reingreso por el término de ocho años. Para decidir de esa manera, entendió que la situación de la migrante encuadraba en los impedimentos para ingresar o permanecer en el territorio nacional previstos por el art. 29 inc. c) de la Ley Nº 25.871 modificado por el Decreto Nº 70/2017. Esa medida fue recurrida por la migrante con la representación del Ministerio Público de la Defensa. Sin embargo, la DNM rechazó el recurso administrativo. Ante esa decisión la mujer interpuso un recurso judicial. En su presentación, solicitó que se revocaran las medidas expulsivas y señaló que eran nulas. Sobre esa cuestión, manifestó que en el caso no se daban los presupuestos para aplicar el artículo 29 c de la ley 25.871 (t.v. al momento de los hechos), agraviando con su dictado, el principio de la unidad familiar y derechos del niño. La jueza hizo lugar al recurso, declaró la nulidad de las disposiciones de la DNM y ordenó que dictase una nueva resolución. En ese sentido, consideró que no se había valorado el derecho de reunificación familiar de la persona migrante. Sin embargo, destacó que resultaba aplicable el artículo 29 inciso c. de la ley 25.871 conforme el DNU 70/2017. Contra lo resuelto, la DNM interpuso recurso de apelación.
2-oct-2019Esteche (Causa Nº14305)Un hombre fue detenido e imputado por el delito de encubrimiento agravado, en concurso ideal con la figura de estorbo a un funcionario público en el cumplimiento de sus funciones y abuso de autoridad. Elevada la causa a juicio, su defensa solicitó en tres oportunidades su excarcelación. El tribunal rechazó los pedidos y tuvo en consideración, entre otras cuestiones, la gravedad de los hechos atribuidos. El imputado cumplió un año y diez meses detenido sin que el tribunal fijase la fecha de juicio. Entonces, su defensa reiteró su planteo de excarcelación. La fiscalía se expidió de forma favorable y propuso, entre otras condiciones, el aporte de una caución real.
2-oct-2019Castillo (Causa N° 4325.CA)Una mujer con discapacidad era beneficiaria de una pensión no contributiva. Junto con su marido tenía una hija con discapacidad. La pensión que recibía fue suspendida cuando su esposo obtuvo la jubilación ordinaria. Esto provocó que su situación económica se vea deteriorada. La mujer interpuso una acción de amparo contra la Agencia Nacional de la Discapacidad. En su presentación, requirió volver a percibir el beneficio social interrumpido. También solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1º inciso “f” del Decreto 432/97. Esta norma disponía el cese de las pensiones no contributivas cuando él o la peticionante, o su cónyuge, hayan percibido el beneficio de un régimen de previsión, retiro o prestación no contributiva. El juzgado de primera instancia rechazó la acción interpuesta. Ante esta decisión, la defensa presentó un recurso de apelación.
30-sep-2019Pedrozo (causa Nº 7750)Tres mujeres y un varón fueron captados en la provincia de Misiones con el fin de transportar estupefacientes de Buenos Aires a Ushuaia. Por esos hechos, y en causas separadas, fueron imputados y procesados por delitos asociados al comercio y transporte de estupefacientes. La defensa de una de las mujeres advirtió la existencia de patrones comunes en el modus operandi del envío de la sustancia y del lugar de captación bajo idénticas promesas de retribución por el mismo trabajo. Además, identificó que la dirección de sus acciones tenía lugar a través de la misma aplicación de mensajería celular encriptada. Por tal razón, solicitó que se declarase la conexidad objetiva de todos los expedientes. El juzgado hizo lugar al planteo. Por otra parte, la defensa pidió al juzgado que se diera intervención al Programa Nacional de Rescate de Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas dependiente del Ministerio de Justicia. El planteo fue rechazado, lo que motivó la interposición de un recurso de reposición y apelación en subsidio. El juzgado suspendió el tratamiento de este asunto y corrió vista a la fiscalía en los términos del artículo 180 del CPPN por entender que la presentación de la defensa constituía una denuncia de la comisión del delito de trata de personas. El Ministerio Público Fiscal requirió la instrucción de la acción penal contra dos personas por considerar que habían organizado y financiado la actividad ilícita imputada a los imputados. En ese sentido, sostuvo que se había verificado la existencia de una organización criminal para la captación y reclutamiento de “mulas” con el fin de transportar estupefacientes. Por ese motivo, manifestó que las personas eran víctimas del delito de trata de personas y que debía aplicarse el artículo 5º de la ley Nº  26.364. En consecuencia, desistió de la acción penal y solicitó su sobreseimiento.
30-sep-2019Lloves (causa Nº 25608)Un hombre fue imputado por el delito de defraudación por retención indebida de un vehículo. En la etapa de juicio la defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba y ofreció el pago de dieciocho mil pesos en treinta seis cuotas en concepto de reparación integral. La fiscalía se opuso a la concesión del instituto y sostuvo que el monto ofrecido era irrisorio y desproporcional al valor del vehículo. De acuerdo a los informes incorporados al expediente, el imputado no registraba bienes a su nombre ni dinero en entidades bancarias. Por otra parte, el informe socio ambiental señaló que el hombre atravesaba una precaria situación económica en la que no alcanzaba a cubrir sus necesidades básicas. Por último, se aportaron constancias médicas que daban cuenta de que el hombre tenía diversos problemas de salud.
27-sep-2019Canonaco (Causa Nº71849)Rivera Torre libró cheques diferidos en favor de una persona y se los dio Canonaco a fin de que se los entregase a un tercero para su cobro. Luego, Rivera Torre expidió contraórdenes de pago. Por esa razón, fue imputado en calidad de autor por el delito de pago con cheques sin provisión de fondos. A su vez, Canonaco fue imputado como partícipe necesario. En la etapa de juicio, Rivera Torre y el damnificado suscribieron un acuerdo de conciliación. El imputado le pagó al damnificado la suma de cincuenta mil pesos en concepto de reparación total e indemnización integral y la víctima expresó su desinterés en que continuara el trámite de la causa. Entonces, su defensa solicitó su sobreseimiento. El Tribunal Oral corrió vista del planteo a la defensa de Canonaco. En su presentación, la defensa señaló que se trataba de un caso de excepción por falta de acción por la imposibilidad de continuar el trámite del coimputado. En tal sentido, consideró que debía aplicarse el criterio de accesoriedad de la actividad del partícipe y  planteó el sobreseimiento de su asistido. A su turno, la fiscalía se expidió de forma favorable a los pedidos de las defensas.
26-sep-2019Estrada (causa Nº 13589)En un puesto de control ubicado en una ruta provincial de Salta, personal de la Gendarmería Nacional detuvo a un vehículo. El titular registral del auto no coincidía con el nombre del conductor. Además, uno de los gendarmes detectó que la pantalla del celular que éste portaba se había encendido y observó el nombre de una marca. Minutos después, arribó al lugar un camión con dicha inscripción. La carta de porte se encontraba manuscrita. Por esa razón, se dispuso la inspección de su carga. En el remolque se hallaron bultos con prendas de vestir y bolsas de maíz. Por ese hecho, los conductores de los dos vehículos fueron imputados por el delito de encubrimiento de contrabando de mercadería. Durante la audiencia de debate, la fiscalía sostuvo que la mercadería transportada provenía del extranjero, que había ingresado al país por contrabando, que el conductor del camión conocía su procedencia ilícita y que el del auto oficiaba de puntero. En tal sentido, aportó las fotografías y videos del procedimiento y ofreció como prueba un aforo elaborado por un ingeniero de la AFIP-DGA que estimaba el valor aproximado de la mercadería. El ingeniero no fue citado al juicio. Por su parte, la defensa consideró que, de acuerdo a la legislación del nuevo Código Procesal Penal Federal, la prueba debía ser expuesta a través de un mecanismo respetuoso de la oralidad. En particular, consideró que la información contenida en el aforo debía ser explicada por quien lo había confeccionado.
26-sep-2019RDDE (causa Nº 25338)Una mujer denunció por violencia de género a su ex pareja en la Oficina de Violencia de Género (OVD). En esa oportunidad, manifestó que los niños fueron testigos de la violencia que ejercía su padre contra su madre (empujones, ahorcamiento). Además, solicitó una medida de no acercamiento y propuso un régimen de comunicación provisorio entre el denunciado y sus hijos. La OVD clasificó la violencia como de riesgo medio y detectaron historia de violencia psicológica y simbólica durante la relación, asimetría vincular, desequilibrio de poder y la exposición de los niños frente al maltrato. Por su parte, el denunciado denunció a la mujer por violencia familiar en el mismo organismo. El juzgado de primera instancia emitió una medida de protección y dispuso la prohibición de acercamiento recíproca entre la denunciante y el denunciado. También, ordenó la realización de un psicodiagnóstico de interacción familiar en los términos de la ley Nº 24.417 y su decreto reglamentario. Por último, en cuanto al régimen de comunicación propuesto por la denunciante, ordenó concurrir por la vía y forma correspondiente. Contra esa decisión, la parte actora interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios, expresó que la modalidad recíproca invisibilizaba la violencia de género a la que se hallaba sometida y que el psicodiagnóstico debía cambiarse por un informe interdisciplinario. También, se agravió respecto de la omisión de tratamiento sobre el régimen de comunicación propuesto.