Jurisprudencia nacional 4377
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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 981 a 1000 de 4377
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 13-may-2022 | Arabel Zeta (Causa N° 7113) | En 2019, una mujer madre de dos hijos había sido condenada a una pena de cuatro años de prisión y una multa de ciento treinta y cinco mil pesos. Luego, fue condenada a una pena de seis años de prisión y una multa de cuarenta y cinco unidades fijas. Ante esa situación, en 2021, el tribunal oral interviniente unificó las condenas e impuso una pena única de seis años de prisión y una multa de cuarenta y cinco unidades fijas. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, anuló la decisión y remitió la causa al tribunal de origen para que dictara un nuevo pronunciamiento.; El tribunal oral convocó a una audiencia para dar cumplimiento con lo ordenado por la cámara. En esa oportunidad, la mujer manifestó que había sido víctima de abuso sexual y que, en su adolescencia, tuvo problemas de consumo de estupefacientes y ejerció la prostitución como medio de subsistencia. A su vez, contó que había sufrido episodios de violencia de género por parte del padre de sus hijos. Por último, recordó que durante su detención fue víctima de abuso sexual por parte de un agente penitenciario. Por esos motivos, el tribunal consideró que ameritaba mantener la pena unificada en los términos ordenados con anterioridad. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un nuevo recurso de casación. Sin embargo, el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal desistió del recurso. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta las condiciones personales de la condenada y concluyó que era acertada la decisión del tribunal. |
| 12-may-2022 | LMDL (Causa Nº 5869) | Un hombre mendocino había realizado distintos tratamientos de rehabilitación por su consumo problemático de drogas. A su vez, se le había diagnosticado diabetes. Su equipo tratante consideró necesaria su internación en una comunidad terapéutica cerrada. Debido a que en su ciudad no había instituciones de salud con las características indicadas, su madre inició una acción de amparo contra el Ministerio de Salud de Mendoza. En consecuencia, se ordenó la internación del hombre en una comunidad terapéutica en la provincia de Buenos Aires. El pago del tratamiento quedó a cargo de la provincia de Mendoza. Un año después, durante su internación, el hombre se suicidó mientras se encontraba aislado en una habitación que funcionaba como celda de castigo. Las condiciones edilicias del lugar eran deficientes. Por ese motivo, su progenitora demandó por daños y perjuicios al centro terapéutico y al Estado provincial. Luego, amplió el reclamo contra los directores médicos, terapéuticos y contra las autoridades de la fundación que administraba el establecimiento. Entre sus argumentos, destacó que los profesionales no habían cuidado al paciente ni controlado su salud psicofísica. En ese sentido, señaló que el día del hecho no le habían suministrado la insulina que necesitaba por su diagnóstico de diabetes. Además, manifestó que habían obrado de manera negligente al haber dejado al alcance de su hijo elementos idóneos para lesionarse o atentar contra su vida. Por otra parte, la actora sostuvo que el Estado provincial –que había otorgado la habilitación a la comunidad terapéutica– había incumplido su obligación de fiscalización permanente de las condiciones edilicias y del servicio que allí se prestaba. Con posterioridad, se presentó la fundación y señaló que el deceso había sido exclusiva culpa de la víctima, que había tenido recaídas en el consumo y un prolongado cuadro de depresión. Por su parte, la Provincia de Buenos Aires opuso la excepción de falta de legitimación pasiva. En su presentación, expuso que la comunidad terapéutica era una entidad privada y, por ende, ajena a su ámbito de control. |
| 12-may-2022 | Loiacono (Causa Nº 31358) | En 1953 un hombre ingresó al país junto a su familia, provenientes de Italia. Tiempo después, obtuvo la residencia permanente. Luego, fue condenado a veinte años de prisión por el delito de homicidio en ocasión de robo. En 1992, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) ordenó su expulsión. Para decidir así, consideró que el hombre había permanecido en Argentina desde 1980 y que no había motivos que lo exceptuaran de lo resuelto. Con posterioridad, el hombre obtuvo la libertad condicional y fijó un domicilio en el que vivía con sus hermanos. No obstante, en 2011 la DNM solicitó en sede judicial que se retuviera al hombre. Pese a que el hombre –con la asistencia de la defensa pública – presentó un recurso administrativo, el organismo lo rechazó. En ese marco, el hombre pidió al juez interviniente que dispusiera la nulidad de las resoluciones de la DNM. Remarcó que había podido tramitar el documento nacional de identidad y una jubilación. El juzgado hizo lugar a lo requerido. En ese sentido, evaluó el largo período de residencia del hombre en el país. Por su parte, la DNM interpuso un recurso de apelación. |
| 10-may-2022 | Manzaba Cagua (Causa N° 49605) | Una mujer de nacionalidad ecuatoriana había sido condenada a una pena de dos años y seis meses de prisión por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. El juzgado interviniente hizo lugar a lo declarado por la Dirección Nacional de Migraciones. Contra esa decisión, la mujer -con la asistencia de la Comisión del Migrante- interpuso un recurso judicial. Entre sus argumentos, sostuvo que la condena impuesta no se encontraba contemplada dentro de las causales de expulsión del artículo 29, inciso c, de la ley N° 25.871. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar al recurso, revocó la sentencia y declaró la nulidad de las disposiciones impugnadas. Para decidir de esa manera, consideró que la condena no alcanzaba el mínimo de tres años que estabelecía el artículo 29, inciso c, de la ley N° 25.871. La Dirección Nacional de Migraciones interpuso un recurso extraordinario federal. En su presentación, destacó que el delito cometido pertenecía a una categoría especial y no requería un monto mínimo de pena. Sobre ese aspecto, señaló que la sentencia se apartaba de las normas aplicables al caso y resultaba arbitraria. A su vez, agregó que la decisión impedía el ejercicio de sus facultades discrecionales. |
| 10-may-2022 | Aguirre (Causa Nº 2561) | Un hombre murió a raíz de un accidente laboral en agosto de 2012. Por ese motivo, su pareja, por derecho propio y en representación de su hijo menor de edad, demandó por daños y perjuicios a la empleadora y a la empresa aseguradora. El tribunal designado en la causa omitió dar intervención al Ministerio Público con competencia local para representar al niño. En abril de 2013, la mujer informó el nacimiento de su segunda hija, fruto de la relación con la persona fallecida. En esa ocasión, el tribunal interviniente tampoco corrió vista de la causa al Ministerio Público. Tres años después, se presentó la empleadora y planteó la caducidad de instancia. Entre sus argumentos, sostuvo que habían transcurrido más de dos años desde la última presentación de la actora en el expediente. El tribunal admitió el planteo y consideró que el proceso había finalizado por excederse el plazo de caducidad previsto en el Código Procesal Civil de Jujuy. Contra esa sentencia, la mujer presentó un recurso de inconstitucionalidad que fue rechazado. Luego, interpuso un recurso extraordinario federal. Frente a su denegación, presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. |
| 5-may-2022 | González (Causa N° 104636) | Un hombre padecía cáncer nasofaríngeo de grado IV con metástasis pulmonar. Para su tratamiento un médico le prescribió el uso de cannabis medicinal. Por esa razón, tenía cuatro plantas de cannabis en su domicilio. Sin embargo, no se había inscripto en el registro del REPROCANN. En una oportunidad, una persona se apoderó de sus plantas y se inició una investigación motivada por el hurto. En el marco del proceso penal, el Ministerio Público Fiscal las retuvo. Ante esa situación, la representación de la víctima solicitó la restitución de las plantas. Sin embargo, el juzgado interviniente rechazó el pedido. Esa decisión fue apelada. Entonces, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín revocó la resolución y le ordenó al Ministerio Público Fiscal que restituyera las plantas de cannabis. Por su parte, la fiscalía interpuso un recurso de casación que, al ser denegado, originó la presentación de un recurso de queja. Entre otras cuestiones, sostuvo que la víctima de hurto no había cumplido con las disposiciones del decreto N° 738/17, que reglamentaba la ley N° 27.350 sobre Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados. En ese sentido, explicó que el damnificado no estaba autorizado para el autocultivo. Por otro lado, postuló que los tribunales penales no estaban habilitados para resolver problemas vinculados con el derecho a la salud. |
| 5-may-2022 | Villagra (causa N° 1988) | El 17 de enero de 2022 un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple. El imputado tenía antecedentes condenatorios, causas en trámite por delitos contra la propiedad, y figuraba con distintos nombres en el Registro Nacional de Reincidencia. Además, acreditó que se encontraba en situación de calle y ofreció el domicilio de una persona de su confianza que lo recibiría y el número de teléfono de su pareja. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para decidir de esa manera, sostuvo que el arraigo que tenía era insuficiente para disipar el peligro de fuga, pues el acusado tenía antecedentes condenatorios y causas en trámite y estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia. Además, consideró que el tiempo de detención no era irrazonable y que las gravedad del hecho, la imputación y las circunstancias particulares del caso eran pautas objetivas que permitían presumir la existencia de peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación. Ante esta situación, su defensa interpuso un recurso de casación. |
| 5-may-2022 | Sánchez Villanueva (reg. N° 602 y causa N° 68377) | En abril de 2018, un joven había sido condenado por un tribunal oral de menores a la pena de cinco años y diez meses de prisión por el delito de homicidio. El hecho imputado había sido cometido cuando era menor de edad y su pena vencía en septiembre de 2022. En septiembre de 2020, cumplidos los requisitos temporales del artículo 13 del Código Penal, la defensa solicitó la incorporación de su asistido al régimen de la libertad condicional. La jueza interviniente rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la sentencia y reenvió las actuaciones para que se dictara un nuevo pronunciamiento. Luego, en abril de 2021, la defensa reiteró el pedido. Ante un nuevo rechazo de su solicitud, interpuso otro recurso de casación. Entonces, la Sala III de la CNCCC declaró nula la decisión y reenvió las actuaciones para que se dictara una nueva decisión. Entre otras cuestiones, advirtió un apartamiento infundado del dictamen favorable del Consejo Correccional y un análisis parcial del informe interdisciplinario de Ejecución Penal.; Luego, el joven fue trasladado a la Unidad N° 11 del Servicio Penitenciario Federal. En ese contexto, la jueza de ejecución interviniente solicitó un nuevo informe al Consejo Correccional. En esa oportunidad, la mayoría de sus integrantes se pronunció de manera desfavorable. En ese sentido, el presidente del órgano colegiado señaló que no se observaba un compromiso global del joven para adquirir herramientas que le permitieran una óptima reinserción social. En enero de 2022, la jueza rechazó otra vez el pedido de libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 4-may-2022 | Ramos (causa Nº 46568) | Una mujer fue detenida y luego procesada con prisión preventiva. Ella era madre de una niña de un año de edad. La defensa solicitó su detención en la modalidad domiciliaria. En el marco del proceso, el Equipo Psicosocial de la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica elaboró un informe que concluía que la imputada estaba en condiciones de ingresar al programa. A su vez, el Equipo interdisciplinario de la Defensoría General de la Nación y el titular de la Unidad Función para la Asistencia de menores indicaron que no había objeciones para que se haga lugar a la medida de detención domiciliaria. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 3 rechazó el pedido de la defensa. Para resolver tuvo en cuenta la gravedad de los hechos y la pena en expectativa que le podría corresponder. Asimismo, entendió que el manejo de la red social Facebook y el uso de dispositivos electrónicos para lograr desapoderar de dinero a la víctima mostraba que la imputada tenía un conocimiento que permitiría intimidar al damnificado y a testigos con el objeto de obstaculizar la realización del juicio oral. Además ponderó la opinión de la víctima, quien había señalado que la imputada o algún socio habían continuado comunicándose con ella y con sus familiares. También señaló que continuaba la investigación para determinar la existencia de otros damnificados y que la libertad de la imputada podía entorpecer el correcto avance del proceso. Finalmente, destacó que la hija menor de edad de la imputada se encontraba bajo la guarda de su abuela materna y que tiene hermanos mayores de edad que viven en ese lugar. Frente a esto, su defensa interpuso un recurso de casación. |
| 4-may-2022 | Freire Posse (causa N° 32333) | Una mujer fue procesada con prisión preventiva por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con defraudación por desbaratamiento de derechos acordados en carácter de partícipe necesaria y estelionato cometido en veintiocho oportunidades en calidad de partícipe necesaria. La mujer aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y no registraba rebeldías. Por motivos de salud, fue detenida en modalidad domiciliaria. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido de excarcelación, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido. Entre otras cuestiones, sostuvo que la imputada, si bien contaba con un arraigo, poseía medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia. Asimismo, indicó que existía un claro indicador de riesgo de fuga ante una eventual condena que, por la gravedad de los hechos atribuidos, no podría ser dejada en suspenso. También señaló que existía peligro de entorpecimiento porque había imputados prófugos relevantes para la investigación y porque se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 4-may-2022 | Fernández (causa N° 12370) | Un hombre intentó sustraer de manera ilegítima un medidor de luz. Por este hecho, fue imputado y procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple en grado de tentativa. Al momento de su detención, si bien no se pudo constatar su domicilio, se identificó correctamente. El hombre registraba antecedentes penales agotados y no registraba rebeldías anteriores ni incumplimientos procesales. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido, por considerar que había un riesgo de fuga que justificaba la medida. En esa línea, explicó, por un lado, que la ausencia de un domicilio constatado en forma fehaciente demostraba lo incierto de su arraigo y, por el otro, que sus antecedentes condenatorios impedían que una eventual pena pueda ser dejada en suspenso y que incluso podría corresponderle una nueva declaración de reincidencia. Por ello, concluyó que eso permitía suponer que el acusado no cumpliría con las condiciones a las que podría sujetarse su libertad. Además, consideró que el tiempo de detención no era desproporcionado con relación al monto y la modalidad de la eventual sanción. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 4-may-2022 | Ceballos (causa N° 50698) | Un hombre había sido procesado por el delito de encubrimiento por receptación con ánimo de lucro. En la etapa de juicio oral, el imputado junto a su defensa celebró un acuerdo conciliatorio con la madre del presunto damnificado. Se corrió vista del acuerdo al representante del Ministerio Público Fiscal, que se opuso a su homologación. En su dictamen sostuvo que el sujeto pasivo del delito de encubrimiento era la administración pública, lo que hacía imposible que el proceso culminara con una conciliación entre particulares. Asimismo, afirmó que los artículos 25 y 30 del Código Procesal Penal Federal impedían a la fiscalía prescindir de la acción penal en delitos como el investigado. El tribunal oral, de manera unipersonal, rechazó la homologación del acuerdo. Para así decidir, se basó en los argumentos del fiscal. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, indicó que en los casos de conciliación la opinión del Ministerio Público Fiscal no resultaba vinculante. Así, explicó que en el caso, al tratarse de la receptación de un objeto robado con ánimo de lucro, debía preponderar el contenido económico del delito. Por último, remarcó que no se había convocado a una audiencia para escuchar a la persona imputada ni a la presunta víctima. |
| 3-may-2022 | Herrera (Causa Nº 5153) | Luego del fallecimiento de su hermana, una mujer de la comunidad Wichi se había hecho cargo del cuidado de su sobrina adolescente y de la hija que su sobrina tenía. A partir de ese momento, la mujer comenzó el trámite de tutela de su sobrina ante el fuero de familia de Tartagal. Su grupo familiar era numeroso y su único recurso económico provenía de una pensión no contributiva. En ese marco, solicitó a la ANSES la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) a favor de su sobrina. Sin embargo, un agente de ANSES rechazó en forma verbal el pedido y le denegó el inicio del expediente administrativo para su obtención. Entre sus argumentos, señaló que no contaba con la sentencia de guarda. La mujer, con la asistencia de la Defensoría Federal, envió a la ANSES las constancias del expediente de tutela, pero no obtuvo respuesta. Por ese motivo, inició una acción de amparo contra el organismo. En su presentación, sostuvo que su hermana cobraba la referida asignación, por lo que la suspensión luego de su muerte era una conducta arbitraria que afectaba los derechos a la seguridad social de su sobrina. La ANSES se presentó y planteó que había cumplido en informar a la actora que debía acreditar la correspondiente sentencia de tutela para obtener la AUH. A su vez, agregó que no resultaba posible percibir ese beneficio y una pensión no contributiva de manera conjunta, según lo establecido por el artículo 9 del decreto 1602/2009 que incorporaba el subsistema no contributivo de asignación universal por hijo. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. En consecuencia, la amparista interpuso un recurso de apelación. |
| 3-may-2022 | Palacios | Luego de una discusión con su pareja, una mujer presentó quemaduras en su cuerpo y su novio solicitó auxilio médico para asistirla. Una vez en el hospital, la mujer indicó que el responsable de las lesiones había sido su pareja. Luego, la víctima se retractó y planteó que había sido ella la que se había autolesionado producto de un estado de intoxicación por consumo de sustancias estupefacientes y de alcohol. En la etapa de juicio oral, la fiscalía endilgó al hombre la responsabilidad por las lesiones y solicitó que se lo condenara por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género, en grado de tentativa. Por su parte, la defensa solicitó su absolución y ofreció, dentro de otras pruebas, el testimonio ofrecido por la víctima en el marco del debate oral. En ese sentido, la mujer reiteró su propia responsabilidad en las quemaduras. Además, agregó que el hombre había sido quien apagó el fuego en su cuerpo y solicitó la ayuda médica. Por último, la defensa ofreció como prueba el testimonio de las médicas del área de salud mental que atendieron a la víctima. Sobre ese aspecto, las profesionales indicaron el cuadro de la mujer al momento de los hechos y respaldaron que la víctima no había indicado que el hombre fuera responsable de los hechos. |
| 3-may-2022 | Verbitsky (causa N° 117445) | En 2005, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en el caso “Verbitsky”. Entre otras cuestiones, ordenó a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y al resto de los tribunales de la jurisdicción que hicieran cesar toda situación de agravamiento de las condiciones de detención que implicase tratos crueles, inhumanos y degradantes. En ese sentido, consideró que la sobrepoblación carcelaria afectaba los derechos a la vida y a la integridad física de las personas privadas de la libertad. En 2014, integrantes del Consejo de Defensores de la Provincia de Buenos Aires se presentaron ante la Suprema Corte de Justicia en el legajo de ejecución del fallo y denunciaron el agravamiento de la situación de hacinamiento y el incumplimiento de los estándares impartidos por la CSJN en 2005. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires desestimó el planteo, lo que motivó la interposición de un recurso extraordinario federal que, una vez denegado, suscitó la presentación de un recurso de queja. En 2021, la CSJN, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso y revocó la sentencia impugnada. Entre otras cuestiones, ordenó a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires completar la ejecución de la sentencia. |
| 2-may-2022 | Rodríguez y otra (causa N° 13321) | Una persona adulta mayor viuda que necesitaba asistencia para su vida diaria tenía como única familiar a una hermana que vivía en otro país. En 2018 le solicitó a una mujer de su confianza que fuera su apoderada para el cobro de su jubilación ante ANSES. En 2019, ante su deterioro físico, la mujer decidió internarla en una clínica geriátrica. En ese contexto, la persona mayor le extendió ante una escribana un poder general de administración y disposición de sus bienes. Así, la mujer puso en alquiler su departamento y administraba su jubilación. Con ese dinero, hizo frente a los gastos de manutención hasta su fallecimiento. Por esos hechos, se imputó a la apoderada por los delitos de defraudación mediante circunvención de incapaz y estafa en concurso real. Además, la escribana fue imputada por el delito de defraudación mediante circunvención de incapaz. En el marco del proceso penal, se llevó a cabo un peritaje que demostró que la víctima padecía de ceguera bilateral y un síndrome confusional que le imposibilitaba otorgar actos jurídicos. Entonces, el juzgado interviniente dictó su procesamiento. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dictó la falta de mérito y ordenó al juzgado que solicitara información al geriátrico, al inquilino y a ANSES. Realizadas las diligencias, se constató que la imputada había dirigido las sumas obtenidas del alquiler y jubilación a solventar la internación en la clínica geriátrica. Sin embargo, el juzgado interviniente procesó de nuevo a las imputadas. Contra esa resolución, la defensa presentó un recurso de apelación. |
| 2-may-2022 | Ramos (causa N° 9154/2017) | Una persona había robado un comercio. Al momento de abandonar el local, realizó dos disparos que ocasionaron la muerte de la víctima. El tribunal oral interviniente condenó a la persona por el delito de homicidio ‘criminis causae’, en concurso real con robo agravado por haber sido con arma de fuego. |
| 29-abr-2022 | Ancers | Una empresa y su presidente fueron acusados por la falta reiterada de depósito de los montos rete-nidos a sus dependientes en concepto de aportes al Sistema Único de la Seguridad Social, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencidos los plazos para ingresarlos. Por esos cincuenta y cuatro hechos fueron imputados por los delitos previstos en el artículo 9 de la ley N° 24.769 y el ar-tículo 7 del Régimen Penal Tributario según ley N° 27.430. Esos hechos fueron cometidos de manera reiterada en 54 oportunidades y concurrían materialmente entre sí. En ese contexto, el juzgado in-terviniente decretó la inhibición general de bienes hasta cubrir la suma de $15.000.000. La defensa solicitó que se aplicara el inciso 6° del artículo 59 del Código Penal. El juzgado hizo lugar a la petición y suspendió la acción penal hasta tanto se abonara la totalidad de las cuotas de los planes de facilida-des bajo apercibimiento de reanudar el trámite del proceso y llevar a cabo el juicio. Luego, la defensa solicitó el levantamiento de todas las medidas cautelares dictadas. |
| 28-abr-2022 | Valakkevicus (Causa N° 63044/2014) | Un hombre (IAV) fue acusado de robarle el teléfono celular a GEP, junto a otras dos personas, luego de exhibirle un arma de fuego. GEP declaró en sede policial y en instrucción y reconoció a IAV como su agresor con unas fotografías que le mostraron. Además, el preventor que intervino en la detención (RRZ) declaró que secuestró el teléfono celular en poder de IAV. En el juicio oral, GEP negó poder reconocer al acusado como uno de sus atacantes y no pudo aportar datos o características para individualizarlo. Por su parte, en el juicio oral, el preventor RRZ señaló que había secuestrado un arma y un teléfono celular a las tres personas pero no pudo precisar en poder de quién de los tres estaba cada elemento. El hombre fue condenado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego a la pena de seis años y ocho meses de prisión. Para decidir de esa manera el tribunal valoró las declaraciones que GEP y el preventor RRZ brindaron en sede policial, pero éstas últimas no se incorporaron por lectura en el debate. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 28-abr-2022 | Gutierrez Choque (causa N° 5051) | Una mujer, madre de dos niños menores de edad se encontraba detenida por el delito de transporte de estupefacientes. Por ese motivo, los niños estaban a cargo de una tía en Bolivia. Sin embargo, debido a la difícil situación económica que atravesaba la tía, una abuela con un estado de salud delicado y una situación socio económica compleja había tomado responsabilidad sobre uno de los niños. Su defensa solicitó la expulsión anticipada de la persona. En ese sentido, señaló que su grupo familiar se encontraba en estado de vulnerabilidad. Asimismo, destacó que pese a no contar con el requisito temporal para que procediera su extrañamiento, resultaba necesaria la expulsión anticipada en resguardo del interés superior del niño y por razones humanitarias, a favor de sus padres adultos mayores. Por último, sostuvo que existía disposición migratoria firme y consentida. Por su parte, tanto el Asesor de Menores como el representante del Ministerio Público Fiscal se pronunciaron en favor de lo solicitado. |
