Jurisprudencia nacional 4631

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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20-abr-2023GAC (Causa N° 2517)Una mujer se desempeñaba como empleada y realizaba tareas de limpieza en la casa de un hombre en Posadas, Misiones. En marzo de 2012 dio a luz a una niña en esa ciudad. Sin embargo, la mujer consideró que no podría llevar adelante su crianza. Por esa razón, cuando nació la entregó para su cuidado al hijo del hombre para el que trabajaba y a su pareja, que vivían en Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires. En ese marco, meses después la pareja interpuso ante esa jurisdicción una demanda para obtener la guarda con fines de adopción de la niña. Sin embargo, el juez consideró que no era competente, pues la niña había nacido en otra jurisdicción. De esa manera, la causa se remitió al Juzgado de Familia de Posadas. El juzgado asumió la competencia, pero rechazó la demanda sin darle curso al procedimiento. Para decidir así, la jueza sostuvo que no surgía del escrito inicial que se hubieran cumplido los recaudos dispuestos por la normativa provincial en los procesos de adopción. La norma exigía a los progenitores que propusieran guardadores que probaran de forma acabada que conocían las circunstancias personales, sociales y familiares de esas personas. En ese marco, la jueza consideró que debía respetarse el orden de los inscriptos en el Registro Único de Aspirantes a Adopción de Misiones. En consecuencia, convocó a la progenitora y a la niña a una audiencia con intervención del Ministerio Público de la Defensa local. Luego, la progenitora y los guardadores interpusieron recursos de apelación. Sin embargo, la cámara los rechazó. En su decisión, sostuvo que no se había cumplido con la legislación vigente en materia de adopción y que el solo transcurso del tiempo no podía convalidar una situación irregular. Por consiguiente, la pareja y la progenitora presentaron un recurso extraordinario provincial de inaplicabilidad de ley. Entre sus argumentos, advirtieron que el rechazo de la demanda desde el inicio no había permitido escuchar la voluntad de la progenitora y había vulnerado así su derecho de defensa. A su vez, señalaron que la resolución afectaba el interés superior de la niña porque la privaba de continuar forjando vínculos con sus guardadores. En ese marco, en diciembre de 2018 el Supremo Tribunal de Justicia de Misiones declaró inadmisible el recurso por considerar que no se trataba de una sentencia definitiva. Contra esa decisión, la pareja de guardadores interpuso un recurso extraordinario federal. En esa oportunidad, expresaron que la decisión vulneraba la tutela judicial efectiva y el interés superior de la niña. Sin embargo, en octubre de 2019 el Superior Tribunal rechazó el recurso por considerarlo inadmisible. Sobre ese aspecto, señaló que no existía cuestión federal y que no se trataba de una sentencia definitiva. Así las cosas, la pareja presentó un recurso directo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese contexto, la Defensora General de la Nación dictaminó que el recurso extraordinario federal no debía admitirse. Entre sus consideraciones, sostuvo que la resolución apelada no era definitiva y que el caso no involucraba la cuestión federal prevista por la normativa para su curso. Sin perjuicio de ello, la Defensora General hizo hincapié en la pasividad de los operadores judiciales y en la afectación al plazo razonable. A su vez, remarcó que tanto la normativa internacional como nacional exigían que se agotaran todos los recursos internos antes de separar a los niños de su familia de origen. Además agregó que el Código Civil y Comercial prohibía de manera expresa la entrega directa de niños. Por último, solicitó que se exhorte a las autoridades provinciales a escuchar a la niña y regularizar su situación de manera urgente.
20-abr-2023DHC (Causa N° 1645)En 2016 una mujer que vivía en Misiones dio a luz a una niña. Como no podía hacerse cargo de su crianza, a los pocos días la niña quedó al cuidado de una pareja conocida que vivía en Santiago del Estero. Unas semanas después, ambos solicitaron en sede judicial que se declarara a la niña en situación de adoptabilidad y que se les otorgara su guarda con fines de adopción. En su presentación plantearon la inconstitucionalidad de los artículos 611 y 613 del Código Civil y Comercial de la Nación, que prohibían las entregas directas de niños, niñas y adolescentes. La progenitora acompañó el pedido. Sin embargo, el juzgado rechazó lo requerido sin más trámite y ordenó a los accionantes que devolvieran a la niña para que una familia de acogida pudiera cuidarla. Además, dispuso que el defensor oficial debía iniciar el proceso de adoptabilidad correspondiente. Para así decidir, consideró que los solicitantes no contaban con legitimación y que no habían informado sobre la familia ampliada de la niña. Resaltó que el ordenamiento prohibía las entregas directas. Contra lo decidido, la parte actora interpuso un recurso de apelación. En 2017, la cámara interviniente confirmó la sentencia y obligó que se restituyera la niña a su madre o a un integrante de su familia de origen. En ese sentido, fijó medidas de apoyo a fin de lograr la revinculación entre la niña y su progenitora. Aclaró que, si ello no prosperaba, debía promoverse el proceso de adoptabilidad. Con posterioridad, los accionantes presentaron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Por su parte, en 2018 el Superior Tribunal de Misiones no lo admitió, ya que indicó que la sentencia de la anterior instancia no tenía carácter de definitiva. En ese marco, los actores interpusieron un recurso de inconstitucionalidad y arbitrariedad, que también fue rechazado por el Máximo Tribunal local por las mismas razones. Frente a esa situación, los accionantes interpusieron un recurso extraordinario federal. Debido a que fue rechazado, presentaron una queja. En esa oportunidad, la Defensora General de la Nación emitió su dictamen. Entre sus argumentos, expuso que debía desestimarse el recurso pues, de lo contrario, se convalidaría una situación irregular por el paso del tiempo, lo que afectaba el interés superior de la niña. Sobre ese aspecto, señaló que debía definirse con rapidez cuál sería el entorno familiar de la niña. Por último –a pedido de la Corte Suprema de Justicia de la Nación– el juzgado de familia interviniente llevó a cabo una serie de audiencias con las partes y con la niña, quien se refirió a sus guardadores como sus padres. Para ese momento, la progenitora biológica se encontraba en Brasil por motivos laborales. En esa oportunidad, la mujer ratificó su decisión de dar en adopción a la niña y que permaneciera con los guardadores. También fue citada la abuela materna, quien sostuvo que tenía dificultades económicas que le impedían hacerse cargo de su nieta.
20-abr-2023VAC (Causa N° 134382)En el marco de la liquidación de la comunidad de bienes entre ex cónyuges, se dispuso una medida de no innovar y la anotación de la litis. La actora pidió notificar ambas medidas cautelares al demandado mediante correo electrónico. De esa manera, aseveró que evitaría tramitar un exhorto. Sin embargo, la consejera de familia –que había intervenido en las actuaciones prejudiciales– lo rechazó, dado que interpretó que lo que pretendía era notificar vía Whatsapp. Frente a ello, la actora interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, señaló que había solicitado un medio de notificación distinto al Whatsapp. Agregó que su pedido estaba contemplado en el artículo 143, inciso 1 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Además, hizo saber que el demandado había presentado en el expediente de divorcio un escrito en el cual había aportado su casilla de correo para notificaciones.
20-abr-2023Gómez Mercado (causa N° 26499/2022)Una mujer y su hijo menor de edad visitaron al padre del niño, que se encontraba detenido en un establecimiento penitenciario ubicado en la provincia de San Juan. Durante la requisa previa a su ingreso a la unidad, el personal penitenciario advirtió que el niño llevaba oculto en su calzado un envoltorio que contenía 42 gramos de marihuana. Por este motivo, la mujer fue detenida. El Juzgado Federal N°2 de San Juan, procesó a la mujer por considerarla autora del delito de suministro de estupefacientes agravado por perpetrarse dentro de un establecimiento de detención y haber hecho uso o con la intervención de un menor de edad para facilitar su comisión en grado de tentativa. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de apelación. Durante la instancia recursiva, el fiscal general ante la Cámara solicitó el sobreseimiento por considerar atípica la conducta de la mujer involucrada.
20-abr-2023RSP (Causa N° 4991)Un hombre fue a una comisaría para denunciar el robo de su teléfono celular. En ese momento se encontraba alcoholizado. Por esa razón, el personal policial lo retuvo y lo puso a resguardo en el patio de la comisaría. Luego, el hombre fue encontrado en una celda colgado de su cinturón. De inmediato, fue trasladado al hospital, donde falleció siete días después. A raíz de lo sucedido, el Tribunal de Conducta Policial de Córdoba sancionó con veintiún días de arresto al agente policial que estaba a cargo. En ese sentido, entendió que el agente había actuado de forma negligente al no haber dispuesto medidas de protección de la integridad física del hombre. A su vez, la causa penal que se inició a partir de los hechos fue archivada. Con posterioridad, la esposa del hombre –en su nombre y en representación de sus hijos menores de edad– inició una demanda de daños y perjuicios contra el Estado provincial. En esa oportunidad, sostuvo que existía responsabilidad estatal pues el suicidio de su pareja había ocurrido mientras estaba al cuidado del personal policial. Por su parte, la provincia demandada solicitó el rechazo de la acción. En su presentación, indicó que la muerte había sido culpa exclusiva de la víctima que se había suicidado. En primera instancia, se condenó a la provincia y se hizo lugar a la indemnización reclamada. Sin embargo, el fallo fue apelado y la Cámara de Apelaciones revocó la sentencia. En esa oportunidad el tribunal sostuvo que la custodia del hombre en la comisaría había sido una condición de su fallecimiento, pero no su causa directa. En ese contexto, la actora presentó un recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. No obstante, el Máximo Tribunal local confirmó la decisión de la Cámara. Para decidir de esa manera consideró que el recurso no se había argumentado de forma adecuada. Además, reiteró que no existía relación de causalidad entre la retención del hombre y su fallecimiento. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso extraordinario federal que fue denegado. Por esa razón, presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Entre sus argumentos, sostuvo que la sentencia era arbitraria pues no había tenido en cuenta las pruebas sobre la falta de diligencia en el cuidado de su esposo por parte del personal policial. Luego, la Defensora General de la Nación asumió la representación de los hijos menores de edad y solicitó que se revocara el fallo. En esa ocasión, la Defensora expresó que no se había valorado de manera adecuada la decisión del Tribunal de Conducta Policial que había sancionado la negligencia del actuar policial por no haber retenido los elementos con los que el hombre podía causar un daño a sí mismo.
20-abr-2023Nuñez (causa N° 83000002)Un hombre había sido imputado por el delito de falso testimonio. La causa había iniciado en agosto de 2002. En diciembre de 2003, el hombre fue citado a prestar declaración indagatoria. En agosto de 2004 se dictó su procesamiento y en septiembre de 2005 se requirió la elevación de la causa a juicio. A raíz de diversas excusaciones planteadas por la fiscal, la constitución del tribunal oral se demoró casi dos años. Se fijó fecha de debate para septiembre de 2008. Sin embargo, debido a un nuevo planteo fiscal el debate fue suspendido. El trámite del nuevo planteo demoró otra vez dos años más. En junio de 2010, la defensa solicitó la suspensión de juicio a prueba. El tribunal suspendió nuevamente el debate. Debido a la falta de impulso, se fijó una nueva fecha de juicio para noviembre de ese año. Unos días antes, la defensa presentó una excepción por violación al derecho a ser juzgado en un plazo razonable y, en subsidio, una nueva solicitud de suspensión de juicio a prueba. El tribunal rechazó la excepción y fijó fecha de audiencia para considerar la probation. Contra la primera decisión, la defensa presentó un recurso de casación. El trámite del recurso se extendió hasta agosto de 2011. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el temperamento adoptado por el tribunal oral. Una vez celebrada la audiencia de suspensión de juicio a prueba, la integración del tribunal se vio de nuevo afectada por la vacancia de uno de los vocales. La nueva integración demoró en quedar conformada hasta julio de 2018. En diciembre del mismo año, el tribunal rechazó el pedido de suspensión del juicio a prueba. Finalmente, el 24 de abril de 2019 comenzó el juicio oral. Se condenó al imputado a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de falso testimonio. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que los diecisiete años de duración del proceso eran irrazonables a la luz de los lineamientos fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Afirmó también que la demora no era atribuible en modo alguno a la defensa. Asimismo, destacó que el expediente no revestía ningún tipo de complejidad. En ese sentido, indicó que había una sola persona imputada, ningún testigo y la única prueba había sido la reproducción de las declaraciones testimoniales en las que el hombre había incurrido en contradicción. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la impugnación. En consecuencia, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó un recurso de queja.
19-abr-2023Vazquez y otro (causa N° 5048)En el marco de un procedimiento de control en una ruta, la policía detuvo un remis en el que se transportaba una mujer con varios bolsos. Dentro de los bolsos se encontraron paquetes de cigarrillos de origen extranjero sin el aval aduanero correspondiente. La mujer fue imputada por el delito de encubrimiento de contrabando. Al momento de prestar declaración indagatoria, la mujer manifestó que era de nacionalidad paraguaya, que había ingresado al país en 2017 pero que no había podido realizar ningún trámite migratorio. Mencionó que era ama de casa, madre de dos niños argentinos y que como único ingreso percibía la Asignación Universal por Hijo. También señaló que un hombre que estaba en pareja con su madre le prestaba dinero y contribuía con los gastos de manutención de los niños. Agregó que ese hombre había sido quien le solicitó que transportara los bolsos, de los cuales ella desconocía el contenido. En ese contexto, la defensa solicitó el sobreseimiento en virtud de la situación de vulnerabilidad de la mujer.
19-abr-2023Balducci (causa N° 4346)Un hombre con trastorno de ansiedad, migrañas e insomnio obtuvo autorización para cultivar cannabis a través del Registro Nacional de Personas Autorizadas al Cultivo Controlado con Fines Medicinales y/o Terapéuticos (REPROCANN), a los fines de aliviar sus padecimientos. Mediante el REPROCANN, el hombre fue habilitado a cultivar hasta nueve plantas para la elaboración de aceite medicinal y a transportar hasta seis frascos de treinta mililitros de ese aceite o cuarenta gramos de flores secas. En el marco de un operativo público de prevención, Gendarmería Nacional controló el vehículo del hombre y advirtió la presencia de doscientos noventa gramos de cannabis en su poder. Por esos hechos, el hombre fue procesado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de apelación.
17-abr-2023TS (causa N° 14972)Una mujer migrante, originaria de una comunidad campesina del Estado Plurinacional de Bolivia, analfabeta, de escasos recursos económicos sufrió violencia física y económica por parte de su pareja y quedó a cargo de sus cuatro hijos. En ese contexto, viajó en un colectivo de larga distancia de Jujuy a Buenos Aires. Al arribar a un control de Gendarmería Nacional, personal de la fuerza de seguridad constató que la mujer llevaba una bolsa plástica transparente que contenía un acolchado y dentro había dos paquetes de clorhidrato de cocaína. Por ese hecho, fue imputada por el delito de transporte de estupefacientes. En la etapa de juicio oral, la defensa presentó informes psicológico y social, además de un dictamen técnico jurídico elaborado por el Programa. Así, alegó acerca de la falta de responsabilidad de su representada, por haberse encontrado condicionada por su extrema vulnerabilidad, por motivos de pobreza, género y étnicos.
17-abr-2023Calvari (causa N° 9568)Un empleado del Banco Central de la República Argentina entregó a un tercero distintos muebles abandonados y en mal estado que se encontraban en un depósito de la institución donde trabajaba, con el fin de donarlos. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de defraudación por retención indebida. En el marco de la causa, el Banco Central de la República Argentina se constituyó como parte querellante y requirió la elevación a juicio por el delito de malversación de caudales. Durante el juicio oral, la defensa destacó que al momento de los hechos el hombre imputado no tenía a su cargo el cuidado de los bienes en cuestión y que no existía un procedimiento formal estipulado para la donación de ese tipo de bienes. Asimismo, durante el debate, se demostró que los muebles no tenían valor económico.
14-abr-2023Maurellio (causa N° 1026)Un hombre había sido condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de evasión tributaria doblemente agravado. Tiempo después, el tribunal interviniente dispuso su detención bajo la modalidad de arresto domiciliario. La defensa presentó informes de diversas dependencias en relación a las condiciones personales de su asistido y de su familia, compuesta por su esposa y dos hijos. De los documentos se desprendía la necesidad del hombre de generar ingresos para el sustento familiar. En ese contexto, la defensa solicitó una autorización para salir a realizar tareas laborales. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. En ese sentido, expuso que el condenado no se encontraba en condiciones de acceder al régimen de semi libertad por no cumplir con el requisito temporal establecido en la Ley de Ejecución Penal. Además, consideró que no se trataba de un “interno” en el sentido estricto por no encontrarse alojado en una unidad penitenciaria.
12-abr-2023Tamayo (causa N° 71802)Luego de un cumpleaños infantil en un salón de fiestas, una niña de tres años le manifestó a su madre que el padre de una de sus compañeras la había llevado al baño de varones para orinar y que, cuando terminó, la había limpiado y tocado sus genitales. La madre denunció al hombre y se inició una investigación penal en su contra. En el juicio oral, uno de los padres que había asistido al cumpleaños declaró en calidad de testigo y sostuvo que había visto al hombre imputado llevar de la mano a la niña al baño y luego llorando. A su vez, otro grupo de padres afirmó que no habían visto a la niña ser acompañada al baño por nadie. El tribunal oral interviniente condenó al hombre por el delito de abuso sexual simple a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación por considerar, entre otras cuestiones, que se había realizado una valoración parcial de la prueba y que existía una duda razonable sobre la comisión del delito imputado.
12-abr-2023DAJSA (Causa N° 8444)Un joven con discapacidad era titular de una pensión no contributiva por discapacidad. Asimismo, su madre estaba a cargo de los trámites que necesitaba. En ese contexto, el joven estaba por alcanzar la mayoría de edad. En consecuencia, la ANSES y el Ministerio de Desarrollo Social solicitaron que el joven contara con una sentencia de restricción de la capacidad jurídica para que los trámites y el cobro de beneficios previsionales fueran percibidos por su progenitora como curadora. Frente a esa situación, el Ministerio Público zonal inició un proceso judicial a fin de que se determinaran las capacidades jurídicas del joven que se restringirían y se designara a su progenitora como curadora definitiva. A su vez, solicitó de forma cautelar que se informara a la Comisión Nacional de Pensiones que se había iniciado un proceso de restricción de la capacidad jurídica. En ese marco, requirió que se designara como apoyo a la progenitora para que percibiera y administrara los fondos del joven hasta que se resolviera el proceso.
11-abr-2023UCMC (Causa N°134271)En un proceso de daños y perjuicios, se llevó a cabo la audiencia de vista de causa mediante la plataforma Microsoft Teams. En esa ocasión, declararon dos testigos ofrecidos por una de las codemandadas. Luego, la parte actora planteó por vía incidental la nulidad de esa audiencia, ya que manifestó que, aunque logró conectarse, tuvo problemas con el audio y el video que le impidieron intervenir. Sin embargo, el juzgado rechazó la solicitud, dado que observó que el resto de los litigantes y los funcionarios pudieron acceder a la audiencia sin inconvenientes, a través del enlace remitido con anterioridad. Contra esa decisión, la actora interpuso un recurso de apelación. Postuló que lo resuelto le ocasionaba un daño irreparable porque le impedía controlar la prueba y repreguntar a los testigos, lo que era contrario al principio de bilateralidad. Al contestar los agravios, una de las demandadas sostuvo que la imposibilidad de participar que alegaba la actora se debía a su propia negligencia para conectarse a Internet. En ese sentido, señaló que los demás convocados pudieron ingresar a la audiencia virtual y participar de ella con normalidad.
5-abr-2023RBA (Causa N°9861)Durante un operativo público de prevención, personal de Gendarmería Nacional detuvo un remis en el que viajaban distintas personas. Entonces, los efectivos advirtieron que una de las pasajeras llevaba en su cartera un paquete con aproximadamente un kilo de cocaína. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de transporte de estupefacientes. En el marco del proceso en su contra, se acreditó que residía en una vivienda precaria a cargo de sus tres hijos menores de edad, sin servicios de luz, agua potable, cloaca ni instalaciones de baño. La mujer era la única fuente de ingresos del hogar y no contaba con trabajo formal. Además, había sido víctima de múltiples violencias por motivos de género a lo largo de su vida. Elevada la causa a juicio, el tribunal oral interviniente condenó a una mujer a la pena de tres años de prisión en suspenso por el delito imputado. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. En esa oportunidad sostuvo, entre otras consideraciones, que la mujer se encontraba en un contexto de vulnerabilidad económica compleja y que involucrarse en los hechos imputados había sido la única alternativa que la mujer había encontrado para sortear la dificultad económica que le implicaba construir un baño en su domicilio, necesario para el cuidado de sus hijos.
4-abr-2023Poma (Causa N° 25994)Un hombre que había sido imputado por el delito de abuso sexual en perjuicio de una niña fue sobreseído. Contra esa decisión, la Unidad Especializada en la Representación de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Delitos en Procesos Penales de la Defensoría General de la Nación interpuso un recurso de apelación, que fue admitido. Entonces, el defensor del hombre imputado interpuso un recurso de apelación que, una vez denegado, motivó la interposición de un recurso de queja.
3-abr-2023F.E. y A. Z.A. (causa N° 5327)Dos mujeres trans que ejercían la prostitución en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fueron vigiladas, seguidas y videograbadas sin autorización judicial por la policía de la CABA. En el marco de esa investigación, personal policial realizó un allanamiento sin orden judicial en la casa de una de las mujeres trans. En esa oportunidad, los efectivos policiales encontraron 179 envoltorios con clorhidrato de cocaína. Por estos hechos, las mujeres fueron detenidas e imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En el marco del proceso, la defensa de las mujeres imputadas acreditó que ambas vivían con VIH y que tenían un consumo problemático de estupefacientes. Durante el juicio, la defensa solicitó, entre otras consideraciones, la nulidad de las tareas de investigación realizadas por la policía. A su vez, rechazó la hipótesis de comercialización, denunció un sesgo de género en la investigación y solicitó la absolución de las mujeres. Además, denunció que en las actas policiales y el requerimiento de elevación a juicio se había nombrado con pronombres masculinos a una de las imputadas y que, durante el juicio, uno de los policías se había referido a una de ellas como “travestido”. También, denunció que una de las imputadas había sido requisada por un personal policial masculino.
31-mar-2023Mendoza Acosta (Causa Nº 63495)Una persona de nacionalidad paraguaya fue condenada a la pena de tres años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión del territorio nacional y prohibió su reingreso en forma permanente. Para decidir de esa manera, argumentó que su situación encuadraba en uno de los impedimentos previstos en el artículo 29 inciso d, de la Ley Nº 25.871, modificada por el Decreto Nº 70/2017. Con posterioridad, la mujer presentó un recurso en sede administrativa, que fue rechazado por la DNM. Contra esas disposiciones, la mujer –representada por la Comisión del Migrante– interpuso un recurso de revisión judicial. En esa oportunidad, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del decreto 70/2017. En ese sentido, sostuvo que correspondía aplicar la ley N° 25.871 sin las modificaciones introducidas por el objetado decreto, ya que era más benigna para su situación. El juez de primera instancia declaró abstracta la cuestión. Así, tuvo en cuenta que en marzo de 2021 se había derogado el Decreto Nº 70/2017, por lo que no tenía sentido su pronunciamiento en la causa. La Comisión del Migrante apeló esa decisión.
30-mar-2023LBME (Causa N° 43666)Una mujer percibía la asignación universal por hijo (AUH) para protección social por su hijo menor de edad. En esa época, denunció al padre del niño por violencia de género. Por esa razón, el juzgado de familia interviniente dispuso una medida de prohibición de acercamiento del hombre hacia la mujer y el niño. A su vez, fijó una cuota alimentaria provisoria en favor de este último. Sin embargo, el hombre nunca abonó la cuota. En consecuencia, se inició una causa penal que culminó con la suspensión del proceso a prueba. En ese contexto, la mujer –que no contaba con un empleo formal– debió asumir los gastos de manutención de su hijo. En septiembre de 2021, la ANSES dejó de abonarle la AUH. El organismo planteó que existía una incompatibilidad ya que el progenitor del niño se había inscripto como trabajador autónomo y contribuía con el impuesto a las ganancias. Asimismo, interpretó que ambos progenitores conformaban un mismo grupo familiar aunque estuvieran separados o divorciados, de acuerdo a lo que establecía el artículo 8, inciso f de la Resolución Nº 11/2019. Con posterioridad, el niño fue diagnosticado con una discapacidad psicosocial. Por ese motivo, en junio de 2022 obtuvo un certificado de discapacidad. En ese marco, la mujer con la asistencia de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social, inició una acción de amparo contra la ANSES. En su presentación, solicitó el pago del retroactivo adeudado por la Asignación Universal por Hijo para protección social desde septiembre de 2021 hasta mayo de 2022, y el otorgamiento de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad desde junio de 2022 en adelante. Luego, la ANSES se presentó en el expediente y solicitó el rechazo de la demanda. Entre sus argumentos, sostuvo que la acción de amparo no era admisible y opuso la prescripción con respecto a los importes impagos que fueran anteriores a los dos años.
30-mar-2022Bahnyckyj (Causa N° 48745)Un hombre formuló una denuncia y solicitó ser tenido como parte querellante. El representante del Ministerio Público Fiscal desestimó las actuaciones por inexistencia de delito y señaló que la admisión del denunciante como parte querellante correspondía al juez. El denunciante solicitó la revisión de ese dictamen. En consecuencia, intervino el fiscal superior, conforme lo establece la ley de víctimas 27.372 y el artículo 252 del Código Procesal Penal Federal. Fue así que el fiscal revisor confirmó la desestimación de las actuaciones. De forma posterior, el juez de instrucción archivó la causa. Frente al archivo, el denunciante interpuso un recurso de apelación que fue declarado inadmisible por el juzgado, lo que motivó la interposición de una queja. Al momento de resolver la admisibilidad del recurso de queja, la alzada ordenó al juez de primera instancia que, de manera previa, resolviera si admitía o no a la víctima como querellante. En consecuencia, el juez de primera instancia rechazó la petición por considerarla extemporánea. Con esa decisión firme, la cámara resolvió el recurso de queja.