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Título : Zárate y otros (reg. N° 1984 y causa N° 17846)
Fecha: 2-dic-2021
Resumen : Una mujer madre había sido condenada a una pena de cuatro años y tres meses de prisión por el delito de comercio de estupefacientes. A su vez, se le impuso una multa de cuarenta y cinco unidades fijas. En la misma causa, otra mujer madre y dos varones fueron condenados como partícipes secundarios a una pena de dos años de prisión y veintitrés unidades fijas. Contra las penas de multa, la defensa interpuso un recurso de casación en representación de las cuatro personas imputadas. Entre otras cuestiones, planteó la inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley N° 27.302 y sostuvo que la decisión carecía de fundamentación. En particular, respecto de las mujeres imputadas, explicó que la perforación de los mínimos legales de las multas debía realizarse con un enfoque de género en línea con los compromisos internacionales asumidos.
Argumentos: La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en forma unipersonal, hizo lugar a la impugnación de manera parcial, anuló la resolución con relación a la pena de multa y devolvió las actuaciones al tribunal de origen a fin de que se desinsaculara otro juez y dirimiera la controversia (jueza Ledesma). 1. Determinación de la pena. Multas. Monto Mínimo. Realidad económica. Arbitrariedad. “[A]siste razón al recurrente –más allá de que el quantum de la pena impuesta por el Tribunal […] fue el mínimo autorizado por la norma– toda vez que no se analizaron las particulares circunstancias que hacen a la situación económica de cada uno de los acusados, ni se evaluó la posibilidad de perforar el mínimo de la multa a imponer, conforme lo acentuó”. “[E]l fallo carece de motivación suficiente –en lo que hace al extremo impugnado– toda vez que la sentenciante no indicó cuáles fueron las circunstancias evaluadas que determinaron el monto de multa finalmente impuesto”. 2. Determinación de la pena. Multas. Principio de proporcionalidad. Perspectiva de género. Vulnerabilidad. “[R]esulta necesario incorporar perspectiva de género no solo en la investigación y juzgamiento de hechos ilícitos, sino también en ocasión de decidir el monto y modalidad de la pena en el caso de mujeres como las aquí condenadas, en consonancia con las recomendaciones realizadas en instrumentos internacionales. Ello, dado que en el caso de colectivos especialmente vulnerables las penas tienen mayor impacto, y para que las sanciones resulten proporcionales –en el caso la multa, que según alega la defensa resulta de imposible cumplimiento– es preciso que se indaguen y evalúen diferentes factores, tales como maternidad, rol de cuidado de otras personas dependientes, jefatura de hogar, violencia de género, entre otras”.
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV
Voces: DETERMINACIÓN DE LA PENA
MULTAS
MONTO MÍNIMO
REALIDAD ECONÓMICA
ARBITRARIEDAD
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
PERSPECTIVA DE GÉNERO
VULNERABILIDAD
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Zárate y otros (reg. N° 1984 y causa N° 17846).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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