Jurisprudencia nacional 4377

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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FechaTítuloResumen
29-jul-2022AJA (Causa Nº 553)Un hombre inició un juicio laboral contra su empleadora. Al momento de contestar la demanda, la empresa accionada ofreció como prueba documental toda la que se encontraba alojada dentro de una carpeta de Google Drive. En consecuencia, el Tribunal interviniente ordenó el correspondiente traslado de esa prueba. Sin embargo, la actora planteó que el traslado debía limitarse al contrato social que la accionada había acompañado, pero no al resto de la prueba contenida en Drive ya que no había sido incorporada en el sistema informático de gestión del fuero denominado PUMA. En ese sentido, sostuvo que no podía controlarla y que, de esa manera, se afectaba su derecho de defensa. En consecuencia, la Cámara hizo lugar a lo solicitado. Frente a esa decisión, la accionada interpuso un recurso de reposición que fue admitido en forma parcial. Los jueces expresaron que desconocían que existía la posibilidad de subir archivos tanto de audio como de video mediante sistemas de almacenamiento externo. Sin embargo, recordaron que los medios probatorios se regían por el Código Procesal Civil y Comercial, y por la Acordada N° 1/21 del Superior Tribunal de Río Negro. Esa normativa establecía la obligación de convertir todas las fotografías y documental a formato PDF debido a la tramitación electrónica de los expedientes. En ese sentido, señalaron que la demandada no había cumplido con la normativa señalada. Por lo tanto, se admitieron las pruebas audiovisuales colocadas en la carpeta de Google Drive y se desestimaron el resto de las probanzas. Frente a esa situación, la demandada planteó un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Entre sus argumentos, manifestó que el tribunal había emitido una resolución arbitraria que vulneraba el debido proceso en tanto la normativa provincial no prohibía incorporar prueba en sitios de almacenamiento externo.
27-jul-2022Rodríguez y otra (causa N° 13321)Una persona adulta mayor viuda que necesitaba asistencia para su vida diaria tenía como única familiar a una hermana que vivía en otro país. En 2018 le solicitó a una mujer de su confianza que fuera su apoderada para el cobro de su jubilación ante ANSES. En 2019, ante su deterioro físico, la mujer decidió internarla en una clínica geriátrica. En ese contexto, la persona mayor le extendió ante una escribana un poder general de administración y disposición de sus bienes. Así, la mujer puso en alquiler su departamento y administraba su jubilación. Con ese dinero, hizo frente a los gastos de manutención hasta su fallecimiento. Por esos hechos, se imputó a la apoderada por los delitos de defraudación mediante circunvención de incapaz y estafa en concurso real. Además, la escribana fue imputada por el delito de defraudación mediante circunvención de incapaz. En el marco del proceso penal, se llevó a cabo un peritaje que demostró que la víctima padecía de ceguera bilateral y un síndrome confusional que le imposibilitaba otorgar actos jurídicos. Entonces, el juzgado interviniente dictó su procesamiento. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dictó la falta de mérito y ordenó al juzgado que solicitara información al geriátrico, al inquilino y a ANSES. Realizadas las diligencias, se constató que la imputada había dirigido las sumas obtenidas del alquiler y jubilación a solventar la internación en la clínica geriátrica. Sin embargo, el juzgado interviniente procesó de nuevo a las imputadas. Contra esa resolución, la defensa presentó un recurso de apelación.
27-jul-2022BMT (Causa N° 41819)Un niño tenía una discapacidad psicosocial y requería distintos tratamientos médicos de rehabilitación neurológica y sesiones de psicopedagogía. Por ese motivo, su madre solicitó al Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS) la cobertura integral de esas prácticas. Si bien la obra social las autorizó, discrepó con el costo y la carga horaria requerida. Ante esa situación, la progenitora –en representación de su hijo– inició una acción de amparo a fin de obtener la cobertura de las prestaciones según los valores establecidos por la normativa nacional. El juzgado hizo lugar al reclamo. En ese sentido, destacó que la demandada debía solventar la totalidad de las prestaciones. Sobre ese aspecto, especificó que la ley provincial Nº 7600 de Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral para las Personas con Discapacidad obligaba al IPSS a brindar prestaciones de salud de manera integral y a respetar aquellas que fueran básicas según la ley nacional Nº 24.901. Contra esa decisión, la obra social interpuso un recurso de apelación. En su presentación, señaló que le había ofrecido a la accionante una cobertura mayor a la permitida por su propio nomenclador. Asimismo, indicó que sus recursos eran limitados y debían ser distribuidos en forma equitativa entre sus afiliados. Por último, sostuvo que la actora no había completado el reclamo en sede administrativa.
26-jul-2022MCT (Causa N° 105899817)Un hombre que vivía en la provincia de Mendoza escuchó gritos de auxilio en las proximidades de su casa y se comunicó con el servicio local de emergencias. En esa ocasión, denunció que había una voz femenina que pedía ayuda e indicó que podía tratarse de una situación de violencia de género. Sin embargo, la agente policial que atendió el llamado no dio curso a la denuncia y, sin justificación alguna, cortó la comunicación. La agente tampoco dio aviso a sus superiores ni identificó mediante el sistema informático el lugar de los hechos. Ese mismo día, la persona que había pedido ayuda fue asesinada. Con posterioridad, se inició una causa penal contra la agente en la que se comprobó que los gritos provenían de la adolescente víctima de femicidio. En consecuencia, se condenó a la agente por los delitos de abandono de persona e incumplimiento de los deberes de funcionario público en el marco de violencia institucional. Asimismo, se le impuso al Estado provincial que revisara los protocolos de intervención, que capacitara al personal en materia de violencia de género y que adecuara sus sistemas informáticos de geolocalización. Por su parte, los familiares de la víctima demandaron a la provincia de Mendoza por daños y perjuicios. En su presentación, señalaron que su dependiente había incumplido el protocolo interno debido a que había descartado la llamada por considerarla falsa. En ese sentido, los actores sostuvieron que si la operadora hubiera prestado el servicio de manera diligente, los móviles policiales cercanos habrían acudido al lugar de inmediato y se habría evitado el fallecimiento. Por su parte, la demandada se presentó y negó la relación causal entre la omisión de la agente policial y la muerte de la joven. Sobre ese aspecto, agregó que era un caso de dolo de un tercero por el que no debía responder y atribuyó responsabilidad a los progenitores por falta de cuidado.
26-jul-2022RSG (Causa Nº 7626)Una mujer dio a luz a dos niñas mellizas, que nacieron con una discapacidad psicosocial. Sin embargo, el progenitor no las reconoció de manera espontánea. Por esa razón, la madre —en representación de las niñas— inició un juicio de filiación contra el hombre. En ese marco, se realizó una prueba de ADN, que confirmó la paternidad. Un año después, se llevó a cabo otro examen genético que arrojó el mismo resultado. Recién en ese momento el demandado accedió a reconocer a sus hijas y comenzó a abonar un monto mínimo de alimentos. En consecuencia, la madre reclamó una suma en concepto de alimentos atrasados. En su liquidación también incluyó los gastos extraordinarios. En ese sentido, señaló que había tenido que solventar las necesidades de las niñas. Agregó que sus familiares, amigos y personas de la comunidad habían colaborado con los costos de los tratamientos de salud que ambas niñas necesitaban. Sin embargo, el juzgado de primera instancia rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, consideró que el reclamo resultaba procedente a partir del reconocimiento filial efectuado por el accionado y no en forma previa. Contra lo decidido, la actora interpuso un recurso de apelación. Por su parte, el Ministerio Público local acompañó la petición. Sobre esa cuestión, sostuvo que los alimentos se adeudaban desde el momento en que fueron pedidos. Asimismo, indicó que debían reconocerse los gastos anteriores que había realizado la madre, de acuerdo a lo que establecía el artículo 669 del Código Civil y Comercial de la Nación.
15-jul-2022Mondaca Vallejos ( Causa N° 63078)Una persona había sido condenada por el delito de homicidio cometido en ocasión de robo. Una vez cumplido el requisito temporal, su defensa solicitó la incorporación de su asistido al régimen de libertad condicional. A su vez, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal. Pese a que el Consejo Correccional se expidió de manera favorable, el juzgado de ejecución penal interviniente no hizo lugar a la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
15-jul-2022Chauque (causa N° 29317)Un hombre fue detenido y luego imputado con prisión preventiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal en grado de tentativa, agravado por ser la víctima menor de trece años y por la convivencia preexistente, en concurso ideal con el de amenazas coactivas. Luego del juicio, fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 14 a la pena de seis años de prisión y su defensa impugnó esa decisión. Si bien la persona no se encontraba incorporada al Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena (REAV), se habían incorporado dos informes criminológicos, no registraba correctivos disciplinarios, se advertía adherencia y compromiso con las áreas, circunstancia que se veía reflejada en su reciente avance en la progresividad y en los guarismos de calificación que ostentaba. La defensa solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional (art. 317, inc. 5º CPPN). El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 14 rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, que si bien el acusado había cumplido en detención un tiempo que le posibilitaba el acceso a la libertad anticipada, había otros elementos en el legajo que conducían a denegar el pedido. En esa línea, ponderó la opinión de la víctima, en tanto el padre de la menor damnificada y denunciante había expresado su deseo de que el imputado no recuperara su libertad y cumpliera la totalidad de la condena, dado el daño que le produjo el accionar disvalioso a su hija y al resto de la familia. Asimismo, consideró que el imputado no contaba con intervenciones del programa específico (Programa de Ofensores Sexuales) y que el delito por el que fue condenado revestía gravedad porque había generado severas secuelas en la víctima y su entorno. El tribunal también señaló que no se advertía una reinserción social favorable en el corto o mediano plazo que permitiera hacer lugar al planteo liberatorio, y que el encierro preventivo era la única alternativa viable para garantizar los objetivos del proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. El mismo día en que la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional resolvió ese pedido, también confirmó la sentencia condenatoria dictada por el tribunal oral.
15-jul-2022QCES (Causa Nº 33626)Una mujer sufrió agresiones físicas y psicológicas por parte de su pareja. Por ese motivo, presentó una denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). En esa oportunidad, denunció que el hombre había difundido videos íntimos de la pareja y que fueron grabados sin su consentimiento. Asimismo, declaró que el hombre se había llevado su celular y hackeado sus redes sociales. En ese marco, la denunciante solicitó que su ex pareja borrara los videos que tenía en su celular y que no se acercara a ella. En relación con los hechos denunciados, el informe elaborado por la Oficina de Violencia Doméstica consideró que se trataba de una situación de violencia de género en su modalidad doméstica y valoró el riesgo como moderado. Sin embargo, el juzgado interviniente no hizo lugar a la denuncia y dispuso que debía concurrir por la vía que correspondiera. Ante esa situación, la mujer presentó un recurso de apelación.
13-jul-2022Anriquez (causa N° 70578)En el marco de una investigación por el delito de estafa, se investigó a una mujer por la recepción de una suma de dinero depositada por una de las víctimas. Al tomar conocimiento de la investigación, ella se presentó de manera voluntaria ante la justicia. Por el hecho, fue procesada con prisión preventiva por el delito de asociación ilícita de carácter transnacional en calidad de miembro y coautora del delito de estafa. El 6 de septiembre de 2021 fue detenida. La mujer no registraba antecedentes penales y, al momento de su detención, acreditó contención familiar. La defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido. Para decidir de esta manera, estimó que esa misma Sala había homologado dos veces el rechazo de pedidos similares en ocasiones anteriores y que las circunstancias objetivas en las que se habían fundado no se habían modificado sustancialmente. Además, sostuvieron que la invocación efectuada por la defensa del art. 317, inc. 5to., del CPPN, en función del lapso de detención, no lograba conmover los fundamentos de la decisión recurrida, ya que el encarcelamiento resulta necesario, con el propósito de asegurar la realización del juicio. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
13-jul-2022Romero, C. (causa N° 19009)Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo agravado por el uso de arma de utilería. Al momento de su detención, opuso resistencia. Sin embargo, de manera posterior, se identificó correctamente y constató su domicilio y arraigo. El hombre no registraba antecedentes. En la etapa de preparación de juicio oral, su defensa solicitó la excarcelación. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 no hizo lugar al pedido. Entre sus argumentos, sostuvo que la eventual pena se iba a alejar del mínimo legal por las características del hecho investigado, razón por la cual no iba a proceder la pena condicional. Además, consideró que existía peligro de entorpecimiento por el intento de fuga al momento de su detención y porque podría amedrentar a la víctima por el trauma que le había generado. Contra esta decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
12-jul-2022Safredi Depedri (Causa N° 376)Un vecino denunció que un grupo de personas se encontraban al frente de un edificio con intenciones de ingresar. La policía llegó al lugar y logró detener a dos sujetos que estaban sobre la calle. Al consultar al vecino que denunció, informó que había más personas que habían participado del intento de ingreso al domicilio. Por este motivo, personal policial trepó al departamento “A” del segundo piso y encontró a dos personas más que estaban escondidas. Durante la detención, miembros de la policía indicaron que escucharon voces de auxilio, pero que no podían determinar su origen. Observaron que la ventana corrediza de vidrio del departamento “B” (lindero) estaba descolocada, y por esa razón, ingresaron a la vivienda. En su interior, encontraron varias macetas con plantas de marihuana que fueron secuestradas. En consecuencia, se inició una causa contra el dueño del departamento “B” por infracción a la ley 23.737. La defensa del hombre imputado solicitó la nulidad del allanamiento del departamento “B”.
11-jul-2022BO S.A. (Causa N° 26962)Con motivo de la quiebra de un banco, se inició un expediente ante la justicia nacional en lo comercial. Luego, se abrió un incidente por la venta de tierras ubicadas en la Puna del norte argentino. Si bien esas tierras estaban inscriptas a nombre de la entidad bancaria, familias indígenas y campesinas las poseían. Con posterioridad, miembros de una comunidad diaguita calchaquí se presentaron en la causa, por lo que la cámara dispuso la suspensión de la venta. De esa manera, tuvo en cuenta lo previsto por la Ley N° 26.160 de Declaración de la Emergencia Nacional en materia de Posesión Comunitaria Indígena. La norma le ordenaba al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas la realización de un relevamiento de las tierras de ocupación tradicional indígena. Las familias intervinientes –que integraban una comunidad con personería jurídica– contaban con el patrocinio de la Defensoría Pública Oficial N° 2 y con la colaboración del Programa sobre Diversidad Cultural de la Defensoría General de la Nación. Por su parte, el juez ordenó que se constatara la ocupación de las parcelas. Aunque el juzgado de paz local la llevó a cabo, no brindó información sobre las familias indígenas. En consecuencia, la defensoría impugnó la medida y solicitó un nuevo relevamiento, que fue admitido.
7-jul-2022Ríos (causa N° 21633)El 30 de abril de 2022, un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple reiterado en dos oportunidades. El hombre registraba cuatro procesos penales en curso y carecía de antecedentes condenatorios o declaraciones de rebeldía. Al momento de su detención, el hombre acreditó que vivía con su pareja y aportó sus datos identificatorios. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión, por considerar, entre otras cuestiones, que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, existían riesgos procesales. En esa línea, concluyó que por las causas que el hombre imputado tenía en trámite no se sometería voluntariamente a la jurisdicción. Además, sostuvo que pese a que su domicilio fue constatado, las medidas alternativas resultaban insuficientes para garantizar su sujeción al proceso. También destacó que el tiempo en detención no resultaba desproporcionado. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
7-jul-2022Pinto (causa N° 15939)Una persona le había robado a otra en un comercio. Durante el hecho, lo golpeó y la víctima se resistió. Para consumar el desapoderamiento, la persona le disparó con un arma de fuego y le ocasionó la muerte. El tribunal oral interviniente condenó a la persona por el delito de robo agravado por haber sido cometido mediante la utilización de un arma de fuego en concurso ideal con homicidio agravado por haber sido cometido para consumar el primero.
7-jul-2022Solett Cazorla (causa N° 21113)Una persona de nacionalidad venezolana fue detenida y procesada con prisión preventiva por el delito de defraudación mediante el uso no autorizado de los datos de tarjetas de débito, reiterado en once oportunidades, en concurso real con defraudación mediante el uso no autorizado de los datos de tarjetas de débito ajenas en grado de tentativa, reiterado en doce ocasiones. La defensa solicitó su excarcelación. La fiscalía se opuso al pedido argumentando, entre otras cuestiones, que el imputado era extranjero. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución que denegó la excarcelación. Para decidir de esa manera, los jueces señalaron que el imputado, al momento de su detención, comenzó a forcejear con el empleado de seguridad, e intentó sustraer su arma reglamentaria. A su vez, valoró la cantidad de tarjetas y extractos bancarios secuestrados al imputado, la multiplicidad de víctimas, el importante rédito económico que habría obtenido –circunstancia que le permitiría contar con medios más suficientes para lograr su fuga o su ocultamiento del accionar de la justicia–, como así también el peligro de reiteración delictiva; y que no se pudo determinar su domicilio. Finalmente, en relación al riesgo de entorpecimiento de la investigación, el tribunal entendió que se encontraban pendiente de producción distintas medidas de prueba –peritaje de teléfonos celulares, notebook y otros dispositivos secuestrados en los allanamientos– cuyos resultados podrían derivar en pedidos de detención o dar origen a diversos cauces investigativos. Ante esta situación, su defensa interpuso un recurso de casación.
6-jul-2022RAG Y OTRASUna investigación de conductas vinculadas a la ley N° 23.737 fue desarrollada en distintas causas que luego fueron acumuladas. Las personas imputadas eran mujeres trans y travestis migrantes. A su vez, el tribunal interviniente declaró en rebeldía a dos de las imputadas y ordenó su captura. Durante la etapa de juicio oral, las mujeres que habían comparecido suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. En su intervención, el representante del Minis-terio Público Fiscal discrepó con la calificación indicada en los requerimientos de elevación a juicio y las modificó. En ese sentido, solicitó la absolución y el sobreseimiento de algunas de ellas. Luego, el tribunal oral llevó a cabo una audiencia de conocimiento personal. Entre otras cuestiones, de sus testimonios se desprendió que tenían entre veintinueve y cincuenta años, y contaban con estudios secundarios completos, terciarios y universitarios. Además, señalaron que residían en el país hacía más de diez años, en su mayoría con residencia pre-caria o documentación de su país de origen. Por último, refirieron que vivían con VIH.
5-jul-2022Asociación Civil Macame y otros (causa N° 68152)Un grupo de integrantes de una asociación civil, por derecho propio y en representación de sus hijos menores de edad, inició una acción de amparo contra el Estado Nacional a fin de que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 7° de la ley N° 27.350. Esa norma establecía la provisión gratuita de aceita de cannabis para las personas inscriptas en un programa estatal de investigación experimental. A su vez, solicitaron la declaración de inconstitucionalidad del artículo 5°, incisos a, e y dos últimos párrafos, y del artículo 14, segundo párrafo, de la ley N° 23.737 en tanto prohibía el autocultivo de cannabis para uso medicinal. El juzgado interviniente rechazó la acción. Ante la interposición de un recurso de apelación, la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó la decisión. Para resolver de esa manera, el tribunal sostuvo que no correspondía la aplicación automática de los precedentes “Arriola” y “Bazterrica” debido a que se encontraba en juego la salud de niños y niñas. En ese sentido, señaló que no podía afirmarse que la situación se encontraba tutelada por el principio de reserva tutelado consagrado en el artículo 19 de la Constitución Nacional. Contra esa decisión, la asociación civil presentó un recurso extraordinario federal que fue concedido de manera parcial. Durante la tramitación de la causa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto reglamentario 883/2020 y el Ministerio de Salud de la Nación, las resoluciones 800/2021, 673/2022 y 782/2022. Por un lado, el decreto 883/2020 reguló la posibilidad de obtener autorizaciones estatales para el cultivo de cannabis con fines terapéuticos y creó, en su artículo 8, el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). Por su parte, entre las disposiciones del Ministerio de Salud de la Nación se estableció la suscripción de un consentimiento informado para los tratamientos con aceite de cannabis. Luego de dar vista a las partes sobre esas reglamentaciones, sostuvieron la impugnación. Asimismo, señalaron como nuevo agravio que el consentimiento y su registro en el REPROCANN afectaba el derecho a la privacidad de los pacientes. Luego, el máximo tribunal llamó a una audiencia pública de carácter informativo en la que participaron el Ministerio Público de la Defensa y el Ministerio Público Fiscal.
5-jul-2022BarreraEn una causa penal se investigaba la muerte de un bebé producto de diversas lesiones. En ese contexto, su madre y su pareja fueron imputados por el delito de homicidio calificado por el vínculo en calidad de coautores. La defensa de la mujer planteó que no había pruebas sobre el conocimiento de los golpes que había sufrido su hijo y que se debía tomar en consideración su situación de vulnerabilidad. El tribunal condenó a la mujer a la pena de prisión perpetua. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación que fue rechazado. En consecuencia, interpuso un recurso extraordinario federal. Entre otras cuestiones, sostuvo que se había violado el derecho de la mujer a contar con una revisión amplia de la sentencia condenatoria. Ante su denegación, la defensa interpuso un recurso de queja.
1-jul-2022Soto (causa N° 2091)Un integrante de la policía había sido imputado por el delito de encubrimiento de contrabando. En el marco del proceso, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El juzgado interviniente no hizo lugar al pedido. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta el carácter de funcionario público de la persona imputada y consideró que el último párrafo del artículo 76 bis del Código Penal restringía la aplicación del instituto respecto de los delitos previstos en la ley N° 22.415. En consecuencia, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que debía declararse la inconstitucionalidad de la norma en tanto la exclusión establecida resultaba irrazonable. Durante su trámite ante la cámara interviniente, la causa fue elevada a juicio.
30-jun-2022Masacre de Napalpí (Causa N° 9846)En 1924 residían en el territorio chaqueño denominado Reducción de Indios de Napalpí aproximadamente mil personas de los pueblos Moqoit y Qom. La situación de los pueblos era de extrema vulnerabilidad, no tenían acceso a bienes esenciales y se encontraban sometidos a condiciones de trabajo análogas a la esclavitud. El 19 de julio de ese año, en el marco de una huelga contra las condiciones a las que estaban sometidos, personal policial y de gendarmería junto con personas civiles armadas ingresaron a la localidad y dispararon contra la población de forma indiscriminada. Como resultado, fueron asesinadas entre cuatrocientas y quinientas personas. En 2022, el Ministerio Público Fiscal requirió la realización de un juicio por la verdad a fin de obtener una resolución judicial declarativa de los hechos ocurridos en la denominada “Masacre de Napalpí”. Cabe destacar que un juicio por la verdad es un proceso judicial impulsado ante algún tipo de imposibilidad legal para el ejercicio de la acción penal y su objetivo es investigar el hecho delictivo y que se dispongan distintos tipos de medidas de reparación.