Jurisprudencia nacional 4525
Buscar por:
Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 4501 a 4520 de 4525
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 14-feb-2006 | Dieser, M. Graciela (dictamen PGN) | La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe rechazó la queja promovida por la defensa de la imputada contra la resolución que denegó el recurso de insconstitucionalidad local. Dicho recurso había sido interpuesto, a su vez, contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto que confirmó la condena dictada por el juez de primera instancia de Distrito en lo Penal. En este marco se interpuso recurso extraordinario federal, cuya denegación, dio lugar a la presentación de un recurso de queja. La defensa se postuló la afectación de la garantía de imparcialidad, dado que dos de los tres magistrados, integrantes de la Cámara Penal de Venado Tuerto, que suscribieron la sentencia condenatoria, intervinieron en apelaciones suscitadas anteriormente (confirmación del procesamiento y prisión preventiva). |
| 7-dic-2005 | MDE (causa N° 1022) | Un joven de 16 años fue imputado por la comisión del delito de robo agravado por el uso de armas, en concurso real con homicidio calificado. Durante el proceso, fue internado y sometido a un tratamiento tutelar. Luego, se le concedieron egresos periódicos. En el transcurso de una salida, el joven cometió otro delito. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de catorce años de prisión. Para decidir de ese modo, valoró la edad del autor como un atenuante de la pena. Contra esa sentencia, la fiscalía interpuso recurso de casación. En particular, sostuvo que había sido erróneo considerar la minoridad como una circunstancia atenuante. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación y le impuso al imputado la pena de prisión perpetua. En particular, se tuvo en consideración el fracaso del tratamiento tutelar y su “peligrosidad”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. Entre otras cuestiones, consideró que la pena de prisión perpetua resultaba violatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño. |
| 21-may-2005 | Bulacio (causa N° 3102) | Una mujer vivía con sus dos hijos y sufría violencia de género por parte de su expareja. Ambos eran propietarios de un minimercado que se encontraba en la planta baja de la vivienda. Tras la separación, el hombre regresaba a la casa con el fin de percibir las ganancias del comercio y mantener relaciones sexuales contra la voluntad de la mujer. En una ocasión, la mujer se dirigía a su domicilio con su hija cuando fue interceptada por su expareja, quien las insultó, amenazó, golpeó y obligó a ingresar al domicilio. Luego, golpeó a su ex esposa y le causó múltiples lesiones. Además, rompió vidrios y disparó en dos ocasiones un arma de fuego, obligándola a subir a la habitación con la finalidad de mantener relaciones sexuales. La mujer comenzó a quitarse sus prendas íntimas, en tanto el hombre la esperaba acostado en la cama. En un momento de distracción, ella tomó el arma y le disparó en la cabeza, ocasionándole la muerte. Por ese hecho, la mujer fue detenida e imputada por el delito de homicidio calificado. En la etapa de juicio oral, la acusada declaró que su expareja la golpeaba y violaba de manera constante y que le tenía mucho miedo. Agregó que había concurrido en varias oportunidades a la comisaría, pero no le habían querido tomar las denuncias. A su vez, la hija menor dio una versión de los hechos concordante con la de su madre. Además, un vecino expuso que el día del hecho había escuchado disparos y en otra ocasión había visto a la mujer golpeada. Por otra parte, los informes periciales concluyeron que había antimonio en una de las paredes, propio de los residuos de deflagración de un arma de fuego. Los informes psicológicos demostraban que la mujer temía por su vida. |
| 22-mar-2005 | Arduino, Diego José y otro | En el presente caso, el tribunal oral había condenado a persona en base a un acuerdo de juicio abreviado. Frente a esta solución, el condenado, interpuso recurso in pauperis alegando la invalidez del acuerdo por su carácter coactivo. El defensor fundó técnicamente el acuerdo, en desacuerdo con el planteo. La Cámara Federal de Casación Penal rechazo el recurso. Frente a esto, el condenado interpuso recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación alegando la nulidad del acuerdo de juicio abreviado. |
| 21-sep-2004 | Villaroel Rodríguez, Oscar Alejandro | La defensa interpuso recurso de casación en razón de la sentencia de condena dictada por el tribunal de juicio. La impugnación fue rechazada por el tribunal superior de provincia. Contra esa decisión se interpuso un recurso extraordinario federal que fue denegado por haber sido considerado extemporáneo. Dicha decisión se fundó en que "...si bien el plazo para deducir dicho recurso debe computarse, en los casos de sentencia condenatoria en causa criminal, a partir de la notificación personal al procesado, ello es aplicable solo para personas detenidas, caso que no es el de autos...". En virtud de ello, se interpuso un recurso de queja ante la CSJN. |
| 21-sep-2004 | Dubra, David Daniel | La defensa interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria dictada por el tribunal oral. La impugnación fue declarada inadmisible por la Cámara de Casación Penal. Contra esa decisión se interpuso recurso extraordinario federal. Frente al rechazo de este último recurso, un mes después de haber sido notificado su asistente técnico, el imputado interpuso un recurso de queja in pauperis. |
| 9-mar-2004 | Barra | En 1987 se inició un expediente con el objeto de investigar maniobras fraudulentas cometidas en perjuicio de ahorristas. En ese marco, en 1988 se dictó el procesamiento de una persona. El trámite del expediente continuó durante catorce años, en los cuales se dispusieron notificaciones, declaraciones testimoniales, ampliaciones de declaraciones testimoniales e indagatorias, entre otras cuestiones. Entonces, la defensa planteó la prescripción de la acción penal. El juzgado lo rechazó y la decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. |
| 9-dic-2023 | Partido Nuevo Distrito Corrientes (causa N° 3970) | Una persona había solicitado que se dejara sin efecto la oficialización de una candidatura a senador nacional de un ciudadano. Entre sus argumentos, señaló que el candidato contaba con sentencias condenatorias por delitos contra la administración pública que incluían la accesoria de inhabilitación especial perpetua. El juzgado federal interviniente rechazó la pretensión y dispuso mantener firme la lista oficializada y, en consecuencia, la candidatura del ciudadano. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta que las sentencias condenatorias no se encontraban firmes. En ese sentido, destacó que la restricción resultaba admisible cuando la condena penal ha pasado en autoridad de cosa juzgada. Contra esa decisión, la persona interpuso un recurso de apelación. |
| 20-may-2003 | Zárate (causa N° 3666) | Una persona que se encontraba procesada con prisión preventiva dedujo una acción de amparo ante un juez federal con competencia electoral con el fin de que pudiera ejercer su derecho al voto en las elecciones nacionales que se celebrarían ese año. La persona se encontraba inscripta y habilitada para votar en las elecciones presidenciales. Sin embargo, el juez interviniente rechazó la acción en los términos del artículo 3 de la ley N° 16.986. Si bien sostuvo que resultaba de aplicación al caso lo resuelto por la Cámara Electoral en la causa “Mignone”, el derecho a votar de las personas detenidas no condenadas no había sido aún reglamentado. En ese sentido, indicó que la privación de la libertad sufrida por la peticionaria constituía una causal de justificación contemplada en el artículo 12, inciso d, del Código Electoral Nacional. Además, aclaró que la circunstancia en la que se basaba la accionante no podía encuadrarse en el “amparo del elector”, previsto por el artículo 10 del mencionado cuerpo normativo. Contra esa decisión, la persona interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que la ausencia de reglamentación no podía obstar al ejercicio de su derecho al voto.; Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó que había transcurrido en exceso el plazo fijado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a efectos de que los poderes legislativo y ejecutivo adoptasen las medidas necesarias para hacer efectivo el derecho al voto de las personas detenidas no condenadas. Por esa razón, consideró necesario que la Cámara Nacional Electoral arbitrase los medios a fin de que cesara la omisión de las autoridades públicas que lesionaba, restringía y alteraba con arbitrariedad manifiesta los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional. |
| 10-oct-2000 | Mignone (causa N° 3108) | El representante legal de la asociación civil Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) interpuso una acción de contra el Ministerio de Justicia de la Nación y el Ministerio del Interior a fin de que se adoptaran las medidas necesarias para garantizar el derecho de sufragio de las personas detenidas sin condena en todos los establecimientos penitenciarios de la Nación. En ese sentido, solicitó la declaración de inconstitucionalidad del inciso d del artículo 3 del Código Electoral Nacional que excluía del padrón electoral para votar a los “detenidos por orden de juez competente mientras no recuperen su libertad". Entre sus argumentos, destacó el trato desigual que dispensaba la normativa a las personas procesadas detenidas respecto de quienes se encontraban bajo proceso penal en libertad. El juzgado interviniente rechazó el amparo. Para decidir de esa manera, sostuvo que la acción interpuesta no era el medio idóneo para cuestionar la constitucionalidad de una norma, en tanto requería un amplio estudio. Asimismo, consideró que la actora no demostró que se trataba de la única vía posible ni tampoco cuál era la lesión inmediata. Contra esa decisión, el representante legal del CESL interpuso un recurso de apelación. |
| 10-may-1999 | Reggi, Alberto | La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico condenó a una persona a la pena de seis meses de prisión en suspenso y un año de inhabilitación por el delito de entrega de cheque sin fondos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. En la presentación señaló que la acción penal se encontraba prescripta y que la resolución de la Cámara había sido dictada sin que se hubiese examinado dicha circunstancia. La Cámara declaró procedente la impugnación y suspendió el pronunciamiento respecto de la prescripción hasta tanto se dictase sentencia en otro expediente en el que la persona se encontraba imputada y esa decisión adquiriera firmeza. |
| 16-mar-1999 | Kipperband | Un grupo de personas fue imputado por la falsificación de pagarés. Durante la etapa de instrucción se reiteraron declaraciones indagatorias, se perdieron libros contables de la empresa de los imputados, en la dependencia judiciales o policial se extravió una máquina de escribir que impidió efectuar otros estudios y algunos pagarés que estaban en poder de los peritos calígrafos oficiales. A partir de ese hecho, la fiscalía requirió la elaboración de nueva prueba y la ampliación de otra. Uno de los imputados fue detenido y, luego, al ser excarcelado, pagó una cierta cantidad de dinero en concepto de caución real y estuvo sometido a las pautas de conductas impuestas por el juzgado. Luego de doce años, la defensa planteó una excepción de extinción de la acción penal. El juzgado rechazó el planteo y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para así decidir señaló que, si bien el trámite del legajo había tenido una duración indebidamente prolongada, no se podía soslayar la naturaleza y complejidad de los hechos, la cantidad de personas involucradas y que en varias oportunidades la causa había merecido pronunciamiento por parte del tribunal de alzada. Por otra parte, consideró que la garantía a obtener un pronunciamiento sin demoras indebidas no podía traducirse en un número fijo de días, meses o años. Entonces, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. En particular, señaló que la demora en el trámite del expediente era atribuible al instructor y que su parte no había efectuado ningún tipo de actuación dilatoria que socavara el derecho de su asistido a una pronta culminación del juicio. |
| 10-oct-1996 | HO (Causa N° 40) | En 1993, un hombre reclamó a la ANSES el reajuste de su haber jubilatorio. Sin embargo, el organismo rechazó su solicitud. De esa forma, le comunicó que había calculado la movilidad que le correspondía según las leyes vigentes. Frente a esa respuesta, el hombre apeló ante la entonces Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social. En marzo de 1995 –mientras aún tramitaba su recurso– entró en vigencia la Ley N° 24.463 que introdujo reformas al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. En ese contexto, el actor planteó la inconstitucionalidad del artículo 24 de la nueva norma, que disponía la conversión inmediata del procedimiento en aquellas causas en trámite ante la cámara. En ese sentido, el hombre destacó que lesionaba el principio de preclusión y su derecho de defensa, ya que suponía iniciar un nuevo juicio ante los juzgados de primera instancia. Luego, la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional a esa norma. Sostuvo que los beneficios previsionales tenían carácter alimentario y cubrían riesgos de subsistencia y ancianidad. Por lo tanto, entendió que la norma cuestionada retrotraía el trámite del proceso a una instancia concluida, lo que afectaba el debido proceso. Contra esa decisión, tanto la ANSES como el fiscal interpusieron recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, señalaron que bajo el régimen anterior debían aceptar las sentencias de la cámara, pues no tenían la posibilidad de probar la legalidad de los actos administrativos. Al respecto, ANSES indicó que los jueces fijaban haberes exorbitantes que colocaban al sistema previsional al borde del colapso financiero. Agregó que, mediante la ley 24.463 los litigantes solo debían adaptar los recursos que hubieran presentado a una demanda por reajuste de haber, bajo las reglas del proceso sumario. Por su parte, el fiscal opinó que la ley 26.463 era de orden público y materia federal, por lo que debía aplicarse de inmediato a los expedientes en trámite. Sobre ese aspecto, sostuvo que el actor no había obtenido una sentencia definitiva al momento de la sanción de la ley. |
| 22-dic-1994 | Daray, Carlos Ángel | Personal policial detuvo a una persona que circulaba en un automóvil. A pesar de presentar la documentación correspondiente, la persona fue trasladada a una sede policial. En la comisaría, el hombre declaró que sus hijos poseían “vehículos de industria extranjera con patentes colocadas diplomáticas”. Entonces, personal policial se dirigió al lugar señalado por el detenido. Luego, los oficiales comunicaron la detención al juez de la causa, solicitando la orden de allanamiento para el lugar donde se encontraban los automóviles. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza declinó su competencia para seguir con el hecho, lo que dio lugar a que el caso llegara a instancias de la Corte Suprema. |
| 19-nov-1987 | Francomano (Fallos: 310:2384) | Dos personas fueron condenadas a siete años de prisión por el delito de asociación ilícita calificada y a tres años de prisión por el delito de tenencia de material subversivo. La sentencia se basó en pruebas obtenidas a partir de la manifestación espontánea de un detenido. El procedimiento policial que dio origen a dichas pruebas se llevó a cabo sin orden judicial ni circunstancias excepcionales que lo justificaran. Posteriormente, la imputada declaró en sede policial. Dicha declaración fue incorporada a la causa, aunque luego la negó ante el juez. La defensa cuestionó la validez del ingreso al domicilio, del secuestro de los elementos y de la declaración prestada. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la condena. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, al ser denegado, motivó la presentación de un recurso de queja. |
| 19-nov-1987 | Francomano (Fallos: 310:2402) | Una persona fue condenada a cinco años de prisión como coautora del delito de asociación ilícita calificada. El juzgado de primera instancia sostuvo su decisión en pruebas obtenidas a partir de una declaración espontánea de otra persona, quien ya había sido condenada. La defensa apeló la resolución, pero la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la condena. La Cámara consideró que la sentencia se basó en pruebas válidas, pese a los cuestionamientos de la defensa sobre la fundamentación. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, al ser denegado, motivó la presentación de un recurso de queja. |
| 13-may-1986 | Rayford | Durante un operativo, personal policial detuvo en la vía pública a una persona extranjera con escaso dominio del idioma español. En ese contexto, la persona manifestó haber consumido marihuana y tener más en su domicilio. Posteriormente, los oficiales ingresaron a su vivienda y secuestraron un envoltorio con marihuana. Mientras la persona detenida era trasladada a la comisaría, entregó una tarjeta con los datos de la persona a la que había comprado el estupefaciente. Horas después, un joven fue detenido y, a partir de su declaración, se logró la detención de una tercera persona. Ambas personas afirmaron estar involucradas en la comercialización de estupefacientes. La defensa de la persona extranjera solicitó la nulidad del allanamiento y de los actos posteriores. El juzgado de primera instancia absolvió a los imputados, pero la fiscalía impugnó la decisión. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la sentencia y condenó a los acusados por el delito de tenencia y suministro de estupefacientes. Contra esa decisión, la defensa de una de las personas presentó un recurso extraordinario federal, en el que argumentó que se había vulnerado la inviolabilidad del domicilio y que la prueba obtenida era inválida. |
| 27-nov-1984 | Fiorentino | La policía detuvo a un joven en la entrada de su edificio mientras ingresaba con su novia. En ese momento, los agentes lo interrogaron sin la presencia de un abogado. Fue en ese contexto que el joven declaró que poseía marihuana en su domicilio. Posteriormente, los policías le sustrajeron las llaves y accedieron al departamento donde vivía con sus padres, sin contar con una orden judicial ni con la autorización expresa de los titulares del domicilio. Durante el procedimiento, los agentes secuestraron material estupefaciente en la habitación del joven. El tribunal de primera instancia procesó y condenó al joven por el delito de tenencia de estupefacientes. La defensa apeló la resolución y sostuvo que el allanamiento se había realizado sin orden judicial ni consentimiento válido, lo que vulneraba la garantía de inviolabilidad del domicilio. Sin embargo, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia. Para ello, la Cámara sostuvo que el imputado había consentido el ingreso de la policía y consideró que la falta de oposición de sus padres equivalía a una autorización tácita. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, al ser denegado, dio lugar a la presentación de un recurso de queja. |
| 10-dic-1981 | Montenegro | Una persona fue detenida y trasladada a sede policial, donde fue sometida a apremios ilegales. En ese contexto, manifestó haber participado en el robo de un comercio que no había sido denunciado. A partir de esas manifestaciones, la policía localizó el establecimiento y su dueña confirmó el hecho. Posteriormente, en un allanamiento realizado en el domicilio de la persona detenida, se encontraron objetos que habían sido sustraídos en el robo. El tribunal oral condenó a la persona por el delito de robo con armas basándose en que sus manifestaciones no constituían una confesión, sino una presunción grave en su contra, la cual se sumaba a otras pruebas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, al ser denegado, motivó la presentación de un recurso de queja |
| 17-oct-1978 | Mozzatti | En agosto de 1953 un grupo de personas fue denunciado por el delito de estafa. Estos individuos fueron detenidos por distintos lapsos y, luego de haber sido excarcelados, estuvieron sometidos a las pautas de conducta que se les impusieron. A lo largo del expediente se dispusieron diversas medidas de prueba y fueron sobreseídos. Dicha resolución fue anulada por la CSJN en el año 1969. Luego, fueron condenados por defraudación en grado de tentativa. Contra esa resolución, se interpuso un recurso extraordinario federal que fue concedido en el año 1977. |
