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Título : MMA y ZMM (causa Nº 6602)
Fecha: 21-nov-2012
Resumen : El 9 de marzo de 2011, aproximadamente a las 13:30 horas, un policía a bordo de un móvil policial no identificable observó que en la esquina de dos calles se hallaba emplazado un vivero delimitado con alambre tipo tejido y con una media sombra negra a media altura a su alrededor. Sin perjuicio de esto, sostuvo que, desde la calle, se podían observar plantas de Cannabis. Entonces, sacó fotos y se las entregó al fiscal, que solicitó una orden de registro domiciliario. A partir de la concreción de esa medida, se secuestraron nueve plantas de marihuana, un envase de cartón de dulce de leche con ramas y hojas de la misma planta, un frasco plástico con cincuenta y cinco semillas de Cannabis Sativa Linneo y una gavilla de ramas también de marihuana. Por este hecho fueron imputadas dos personas. Una de ellas, MMA, licenciada en ciencias naturales, al brindar declaración indagatoria explicó que usaba la planta con fines medicinales porque tuvo un accidente de tránsito en el año 1994 que le trajo una serie de afecciones en su salud. Por otro lado, la coimputada MMZ, pareja de MMA, también licenciada en ciencias naturales con orientación botánica, manifestó que desarrollaba investigaciones en torno al cannabis y su uso medicinal. Sin perjuicio de esto, los dos imputados fueron procesados por la presunta comisión del delito previsto en el art. 5°, inc. “a”, de la ley Nº 23.737, en la modalidad de cultivo de plantas y guarda de semillas utilizables para producir estupefacientes. La decisión fue impugnada por la defensa.
Argumentos: La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata declaró la inconstitucionalidad del artículo 5º, penúltimo párrafo, de la ley Nº 23.737 y dispuso el sobreseimiento de MAM y de MMZ (jueces Álvarez y Schiffrin). Juez Álvarez “[N]o parece que puedan producirse otras medidas de pruebas efectivas que permitan presumir que la droga en poder de M. y Z. estuviera destinada a otro propósito que no fuera el consumo por ellos mismos”. “De acuerdo a mi opinión no debe negarse que M. y Z. habían sembrado y cultivado plantas y guardaban semillas utilizables para producir estupefacientes, más precisamente Cannabis. Sin embargo resulta imprescindible realizar un adecuado análisis de las circunstancias fácticas que aquí se analizan para proceder a algunas modificaciones respecto de la calificación realizada por el a quo de modo de darle un encuadre normativo más preciso. Surge con claridad que tanto M. como Z., utilizaban la sustancia producida en forma personal. Por tal motivo corresponde aplicar a las conductas que se describen en el presente expediente el penúltimo párrafo del artículo 5to incluido por la ley 24424, que contempla el siguiente supuesto: ‘En el caso del inciso a), cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de un mes a dos años de prisión y serán aplicables los artículos 17, 18 y 21’. Si de la ponderación de las constancias de la causa quedase un margen de duda respecto del destino de consumo personal (duda que no se me presenta) de las sustancias obtenidas como resultado de la guarda, siembra y cultivo es preciso aplicar la pauta interpretativa desarrollada por la Corte Suprema en Fallos 329:6019. Allí, en una situación en la que se analizaba la duda respecto de la finalidad para consumo personal de la tenencia de estupefacientes, el Alto Tribunal concluyó que dicha duda no puede razonablemente resolverse subsumiendo el caso en el artículo 14, primera parte de la ley 23737”. “Por lo hasta aquí expuesto considero que corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 5to penúltimo párrafo de la ley 23737 y en consecuencia disponer el sobreseimiento de Z. y M.”. Juez Schiffrin “[E]stimo que, en efecto, no existe diferencia esencial entre el supuesto contemplado por el art. 14, segunda parte de la ley 2.737 y el que describe el penúltimo párrafo agregado al art. 5° de dicha ley por la n° 24.424. [...] Por tal motivo, no existiendo óbice para declarar inconstitucionalidades de oficio, adhiero a la conclusión referida a que aquella norma también es inválida por incompatible con el art. 19 de la C.N., correspondiendo entonces, sobreseer a MAM y MMZ”. Juez Calitri (disidencia) “En efecto, entiendo que no nos encontramos ante un caso límite, en el que pueda ser razonable la duda acerca de si la plantación encontrada, con más sus semillas y hojas se encontraba inequívocamente destinada al consumo personal. Menos aún se encuentra acreditada la escasa cantidad cuyas circunstancias fácticas distan holgadamente de las comprobadas en los fallos de nuestro más Alto Tribunal que a ese efecto se citan. Nótese que en precedente ‘Bazterrica’ se refería a una cantidad de 3,6 gramos de marihuana y 0,006 grs. de clorhidrato de cocaína. En tanto que en ‘Arriola’ se advierte la existencia de unos cigarrillos de marihuana y de dos paquetes de cigarrillos conteniendo algunos gramos de marihuana. En prieta síntesis, mal pudo haberse afectado la esfera de intimidad de las personas (art. 19, CN), cuando era ostensible para un simple espectador la existencia desde el exterior de las plantas comisadas, que, además, se hallaban en un espacio comercial y con acceso público, sus grandes dimensiones y su cantidad impiden considerar que nos encontramos ante un caso, de ‘escasa cantidad’ de estupefaciente e interpretar que inequívocamente se hallaba destinada a su consumo personal”.
Tribunal : Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala II
Voces: CANNABIS
CULTIVO DE ESTUPEFACIENTES
TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES
TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES
DERECHO A LA SALUD
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Hintermeister (causa N° 5571)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Funaro (reg. N° 1473 y causa N° 01-001098-17)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=MMA y ZMM (causa Nº 6602)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=DMJ (causa Nº 5702)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=CHD (causa Nº 6660)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Molina Juan Alfredo
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/MMA y ZMM (causa Nº 6602).pdf
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