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Título : Agüero (Causa N° 614)
Fecha: 23-may-2012
Resumen : Una persona había encontrado una bicicleta estacionada en la vía pública y decidió tomarla. El dueño de la bicicleta y su amigo advirtieron la situación y solicitaron la devolución del rodado. Luego, hubo una persecución en la que la persona se cayó de la bicicleta. Al levantarse, comenzó a correr en la dirección opuesta. Sin embargo, fue alcanzada y detenida por personal policial. Por ese hecho, se la procesó con prisión preventiva por el delito de hurto de un vehículo dejado en la vía pública. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de apelación.
Decisión: La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso interpuesto y confirmó el procesamiento con prisión preventiva (jueces Divito y Cicciaro).
Argumentos: 1. Hurto. Agravantes. Bicicleta. Vehículo dejado en la vía pública o en lugares de acceso público. Prisión preventiva.
Voto del juez Divito “[E]s oportuno recordar que [se] ha sostenido que la bicicleta es un objeto cuya sustracción encuadra en el artículo 163, inciso 6 del Código Penal, pues se trata de un velocípedo que el diccionario de la Real Academia Española define como vehículo [causa nº 36.456 ‘Esperón, Néstor’ del 13 de abril de 2009], lo que permite colegir que el tipo penal escogido por el señor juez de grado resulta acertado, si se tiene en cuenta el estado de desprotección en que se encontraba el rodado, en tanto su dueño la había dejado en la vía pública”.
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala VII
Voces: AGRAVANTES
BICICLETA
HURTO
PRISIÓN PREVENTIVA
VEHÍCULOS DEJADOS EN LA VÍA PÚBLICA O EN LUGARES DE ACCESO PÚBLICO
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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