Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/202
Título : Zamorano, Walter Omar
Fecha: 26-jun-2012
Resumen : La defensoría solicitó la libertad condicional de una persona privada de su libertad. Dicha solicitud fue rechazada, con fundamento en las sanciones disciplinarias que registraba el imputado. Contra esa resolución, se interpuso una acción de hábeas corpus.
Argumentos: El Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires declaró admisible la acción de hábeas corpus y casó la resolución impugnada. En ese sentido, entendió que el rechazo de la solicitud de libertad condicional se había realizado en base a una incorrecta inteligencia de la ley de ejecución penal de la provincia de Buenos Aires. En primer lugar, la Sala Primera advirtió que el tribunal a quo tuvo en consideración que el acusado registró cuatro sanciones disciplinarias, a pesar de que “…la primera de las sanciones tenidas en consideración para rechazar la pretensión por ambos órganos jurisdiccionales se halla prescripta”. Por otra parte, los jueces sostuvieron que no correspondía el análisis de las tres primeras sanciones registradas por el imputado a trasluz de la norma, ya que, según lo dispone el texto de la ley, “…la misma no habrá de afectar derechos adquiridos ni la validez de actos cumplidos”. Asimismo, el tribunal sostuvo que en el caso existió “…una clara contradicción al meritar los hechos que dieron motivo a la última de las sanciones [debido a que en un párrafo se] refiere que fue visto mientras agredía a un igual, mientras que en el siguiente se dice que fue castigado por la posesión de un elemento metálico punzante”. En razón de ello, la Sala sostuvo que no puede perderse de vista que “…artefactos de tales características, que se construyen en lugares sometidos a la vigilancia de las autoridades del Servicio Penitenciario Bonaerense, pueden tener un destino defensivo”. Por último, el Tribunal sostuvo que “…tampoco resulta válido sostener la negativa en la conducta adictiva [de la persona], ni en su falta de tratamiento, que puede llevarse a cabo también extramuros [ni apartarse de la actual política gubernativa que] lleva a excluir toda criminalización o postura sancionatoria respecto del consumo de drogas”.
Tribunal : Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, Sala I
Voces: LIBERTAD CONDICIONAL
ARMAS
ESTUPEFACIENTES
SANCIONES DISCIPLINARIAS
HÁBEAS CORPUS
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Scipioni (Reg Nº 298 Causa Nº 155788)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Soto Parera Mariano
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=RCM
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=RBA (causa Nº 154573)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=MEJ
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Zamorano, Walter Omar.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.