Jurisprudencia nacional 4522
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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 2841 a 2860 de 4522
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 26-sep-2017 | AFA (causa Nº 8769) | Una persona solicitó a su empresa de medicina prepaga la cobertura de medicación oncológica y el tratamiento que le fueron prescriptos por sus médicos tratantes. Ante la negativa de la entidad, el afiliado inició una acción de amparo con el objeto de que se le otorgue el 100% de la medicación y del costo del tratamiento de sesiones de cámara hiperbárica. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Contra tal resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación y alegó que las sesiones peticionadas no se encontraban previstas en la normativa vigente. |
| 25-sep-2017 | FJ | Una persona se encontraba en el aeropuerto de Ezeiza con el objeto de tomar un vuelo al extranjero. En el marco de los controles de rutina, su mochila fue inspeccionada con una máquina de rayos X. Personal policial observó imágenes compatibles con la forma de fajos de billetes y, por tal razón, requisó el bolso. En su interior encontró una caja de cartón que contenía dinero. Al ser consultado, el pasajero declaró que llevaba quince mil euros. En su billetera se hallaron doscientos euros y, en un bolsillo de su mochila, cuatro mil seiscientos pesos. El juzgado procesó al imputado por el delito de contrabando de exportación de divisas en grado de tentativa. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
| 25-sep-2017 | MYIS | Una mujer, su hija de quince años –que había sido víctima de abuso sexual– y su nieto se encontraban en inminente situación de calle. A raíz de eso, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la incorporó al Programa de Atención para Familias en Situación de Calle y le otorgó un subsidio en diez cuotas mensuales. Concluido ese término, solicitó su renovación. Sin embargo, el GCBA rechazó la petición. En consecuencia, se vio imposibilitada de afrontar el alquiler del hotel en el que residían. Por esa razón, interpuso una acción de amparo contra el GCBA y el Instituto de la Vivienda y solicitó, como medida cautelar, que se ordene al GCBA a incluirla a alguno de los programas habitacionales vigentes y al pago de la deuda que poseía con el hotel. |
| 25-sep-2017 | CMA (causa Nº 31700) | Una mujer detenida preventivamente tenía tres hijos de 8, 13 y 19 años. Como consecuencia de su detención, su hija mayor quedó a cargo del hogar y del cuidado de sus hermanos. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria, en los términos del artículo 32, inciso f, de la ley 24.660. En su presentación acompañó informes sociales y psicológicos, de los que se desprendían que la pareja de la imputada también se encontraba detenida. En ese contexto, se concluyó que la red familiar resultaba frágil y que los menores se encontraban en una severa situación de desamparo e inseguridad. En oportunidad de contestar la vista, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable a la concesión del instituto. |
| 22-sep-2017 | MRC (Causa Nº 1416) | Dos personas iniciaron una información sumaria con el objetivo de que la justicia civil se expidiera acerca de su idoneidad como postulantes para presentarse como adoptantes en la República de Haití. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. Contra esta decisión, los pretensos adoptantes interpusieron un recurso de apelación. |
| 22-sep-2017 | FR (causa Nº18520) | Una persona había reclamado el reajuste su haber jubilatorio. En ese marco, se dictó una sentencia que hizo lugar a la pretensión de accionante. Sin embargo, con posterioridad, en virtud de la ley Nº 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados) el actor y la ANSES suscribieron un acuerdo transaccional y solicitaron su homologación. La jueza de primera instancia rechazó el pedido por considerar que ya se había dictado sentencia definitiva sobre esa materia en los autos principales. En consecuencia, la ANSES interpuso un recurso de apelación. |
| 21-sep-2017 | HHG (causa N°2275) | La señora R. se encontraba en pareja con el señor S., quien se desempeñaba como agente de la policía de la provincia de Buenos Aires, y tenían un hijo en común. Por su parte, R. tenía dos hijos (H. y M.) producto de un matrimonio anterior disuelto por divorcio. R. denunció a S. por violencia de género y expresó que en reiteradas oportunidades la amenazó de muerte. En diciembre de 2004, ante una nueva discusión, forcejeos y amenaza de muerte, R. se dirigió a realizar una nueva denuncia. En ese momento, y en oportunidad en que se encontraba en el vehículo junto a sus dos hijos más chicos, S. apoyó su arma reglamentaria sobre el cuello de R. y disparó ocasionándole la muerte. Por este motivo fue condenado en sede penal a la pena de prisión. Finalmente, sus hijos H. y M. iniciaron una acción de daños y perjuicios contra S. y contra el Estado Provincial. |
| 20-sep-2017 | MP | Una mujer viajaba en un micro junto a sus dos hijos menores de edad y su sobrina. En Salta, el vehículo fue detenido por personal de Gendarmería. En el marco de un operativo de prevención, se solicitó a todos los pasajeros que descendieran del micro e identificaran sus bolsos. La mujer fue autorizada por la policía a permanecer en el micro con su familia debido a las altas temperaturas. La nombrada reconoció como propios tres bolsos. Practicada la requisa, se encontraron seis pares de zapatillas en cuyo interior se hallaron doce paquetes con 2.138 gramos de cocaína. La mujer explicó que desconocía lo que había en los bolsos. Asimismo, indicó que trabajaba como “bagayera” y que le habían ofrecido un sueldo superior del que recibía habitualmente a cambio de transportar esa mercadería. El Tribunal Oral Federal de Salta la condenó a la pena de cuatro años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes. Para decidir de esa manera, consideró que la mujer obró con dolo sobre la base de cuatro elementos de prueba: a) que fue la última persona que identificó como propios los bolsos; b) que debiera haber reconocido el excesivo peso del calzado que le fue entregado; c) que habría percibido el triple de lo que obtenía de manera habitual por el mismo trabajo; y d) que se observaba a simple vista que las zapatillas poseían un bulto en su interior. Asimismo, se concluyó que por su actividad de “bagayera”, no podía desconocer este tipo de actividades ilícitas. La defensa interpuso un recurso de casación contra la sentencia condenatoria. |
| 19-sep-2017 | Lai (Causa Nº 1419) | Una persona se encontraba detenida cumpliendo una pena de prisión. En ese contexto, comenzó a cursar la carrera de abogacía. En la etapa de Ejecución Penal, la persona solicitó autorización al Juzgado de Ejecución interviniente para continuar con la cursada. Entonces, presentó las constancias de las materias en las que se había inscripto ese semestre. Después de dos meses sin ninguna respuesta del Juzgado de Ejecución, presentó un habeas corpus correctivo ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia para que se la autorizara a cursar las materias en cuestión. |
| 18-sep-2017 | Tuzain (reg. Nº 1010 y causa Nº 38424) | Una persona detenida cumplió el lapso temporal requerido para obtener la libertad condicional. Entonces, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. Al momento de realizar la petición, tenía conducta ejemplar (10) y concepto muy bueno (7). El Consejo Correccional se expidió por unanimidad de manera positiva respecto del pedido de la defensa. El Fiscal dictaminó que el egreso al medio libre del penado se debía llevar a cabo “de manera paulatina y progresiva”. Por eso, en atención a que no había gozado de salidas transitorias, rechazó el otorgamiento de la libertad condicional. El Juzgado de Ejecución rechazó el pedido de la defensa por considerar determinante la oposición fiscal. Luego, se incorporó al expediente un nuevo dictamen del Consejo Correccional sobre la concesión de la libertad condicional en el que se volvía a expedir de forma positiva. Contra la decisión del Juzgado de Ejecución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 18-sep-2017 | Lobo (causa Nº 64235) | Personal de la policía denunció que, mientras realizaba tareas de prevención, escuchó el ruido de un estallido de vidrio y vio a una persona con el cuerpo dentro de una camioneta, con los vidrios rotos a su alrededor. De conformidad con el relato de la policía, le dio la voz en alto y la detuvo cuando intentaba huir. En la etapa de juicio oral, la detenida rechazó los hechos endilgados y refirió que había sido víctima de un robo y que, por su enemistad con la Comisaría de la zona, la policía, en lugar de auxiliarla, la detuvo. A su turno, la oficial de policía a cargo del procedimiento declaró como testigo e incurrió en contradicciones acerca del modo en que detuvo a la imputada y si había dado o no la voz de alto. En atención a las inconsistencias del testimonio único, la defensa solicitó su absolución. |
| 18-sep-2017 | AMV (causa Nº 5226) | Un juzgado de instrucción dictó el procesamiento de una persona. La resolución fue notificada a la defensa, a la querella y a la representante del Ministerio Público Fiscal. Una vez que se le corrió vista en los términos del artículo 346 del Código Procesal Penal de la Nación, la querella no formuló requerimiento de elevación a juicio. Entonces, en la etapa de juicio oral, el tribunal se pronunció sobre el alcance de la intervención de esa parte en el proceso. |
| 18-sep-2017 | CAA (causa Nº 40999) | Una persona se encontraba detenida en el Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza. El Consejo Correccional aconsejó su alojamiento en un establecimiento de régimen abierto. Por ese motivo, la defensa solicitó su traslado a la Unidad 33. El juzgado de ejecución hizo lugar a la presentación y ordenó el traslado. Sin embargo, el Servicio Penitenciario se negó a realizarlo. Por tal razón, la defensa interpuso un hábeas corpus. El juzgado que tramitó la acción consideró que el alojamiento de las personas detenidas constituía un aspecto exclusivo de la administración penitenciaria y, en consecuencia, rechazó la presentación. La defensa interpuso un recurso de apelación contra esa decisión, que fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Por ese motivo, se interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, la defensa sostuvo que la negativa de la administración carcelaria a efectuar el traslado de su asistido impactaba de manera negativa en el tratamiento resocializador previsto en el artículo 1° de la Ley N° 24.660. |
| 18-sep-2017 | LPA (causa Nº 4808 2016) | Una mujer ingresó como visita a la Unidad de Detención Nº 1 de Ushuaia. Durante el control rutinario, se hallaron, en su corpiño, 9,75 gramos de marihuana y papel para armar cigarros. Por ese hecho, fue imputada por el delito de entrega o suministro de estupefacientes a título gratuito, agravado por ser cometido en un lugar de detención, en grado de tentativa (artículos 5, inciso e y 11, inciso e, ley 23.737). Al prestar declaración indagatoria, la mujer declaró que era consumidora de marihuana y que, el día del hecho, se olvidó que tenía droga. El juzgado dictó su procesamiento. Para decidir de esa manera, sostuvo que la intención de la imputada era entregarle la droga al interno que iba a visitar. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, solicitó que se modificara la calificación por la de tenencia de estupefacientes para consumo personal y se sobreseyera a su asistida. |
| 18-sep-2017 | Lobo (causa N° 64235) | Una mujer integrante de la policía denunció que, mientras realizaba tareas de prevención, había escuchado un estallido y vio a una persona con el cuerpo dentro de una camioneta con vidrios rotos a su alrededor. De acuerdo con el relato de la policía, le dio la voz de alto y, cuando la persona intentaba huir, la detuvo. En la etapa de juicio oral, la persona detenida cuestionó la imputación, refirió que había sido víctima de un robo y que la policía la había detenido por su enemistad con la Comisaría de la zona. En su declaración, la mujer que intervino en el procedimiento declaró como testigo e incurrió en contradicciones acerca del modo y las circunstancias en que detuvo a la imputada. En atención a las inconsistencias del testimonio único, la defensa solicitó su absolución. |
| 15-sep-2017 | LJCD | Un hombre de nacionalidad boliviana ingresó al país junto a su familia entre los años 1994 y 1995. Su padre realizó los trámites para la obtención del DNI para extranjeros a través de un tercero, a quien le pagó. Al rectificarlo ante el Registro Nacional de las Personas en el año 2008, fue señalado como falso. Entre otras cuestiones, se advirtió que el número pertenecía a otra persona, carecía de la huella dactilar y de los sellos correspondientes. En su declaración indagatoria, el hombre refirió la manera en que su padre había obtenido el DNI y explicó que lo había utilizado en otras ocasiones con éxito, por lo que desconocía su carácter apócrifo. El juzgado dictó su procesamiento por el delito de adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas (artículo 292, 2° párrafo, en concurso con el artículo 293 del Código Penal). Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
| 15-sep-2017 | Estrada Vilca (causa Nº 23947) | Dos personas que estaban en pareja concurrieron a una fiesta, bebieron alcohol y regresaron a su casa por la madrugada. Entonces, comenzaron a discutir y a agredirse. La mujer (MATC) denunció al hombre por haberle propinado un golpe de puño en la boca y haberla tomado del cuello mientras le gritaba y la insultaba. La Oficina de Violencia Doméstica (OVD) efectuó un informe interdisciplinario de riesgo y un informe médico legal. Durante el debate oral, la denunciante expresó que el forcejeo fue mutuo y que no sufrió lesiones. De todos modos, el juez correccional condenó al imputado a la pena de diez meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber mediado violencia de género. Para llegar a esta conclusión, se valoraron los dichos de la mujer ante la OVD. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 15-sep-2017 | CLE y otro | Dos hombres que circulaban a bordo de un vehículo fueron interceptados por personal de Gendarmería Nacional. Del interior del automóvil se secuestraron diez gramos de marihuana (con 1,16% de concentración de THC) y un picador de plástico. En consecuencia, fueron imputados por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal (artículo 14, segundo párrafo, ley Nº 23.737). El juzgado de instrucción decidió sobreseerlos. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de apelación. |
| 13-sep-2017 | Ríos (causa Nº 8304) | Dos hombres tuvieron una pelea en la calle. Cuando llegó la policía, uno tenía un corte en el brazo y decía que el otro, junto a dos personas más, le había querido robar el celular. El damnificado se encontraba nervioso y no se entendía lo que decía. Cuando fue trasladado a la comisaría para que efectuara la denuncia, dijo que le habían robado $600 y que el otro hombre lo había herido con una navaja. Luego, se fue de la comisaría y no volvió a ser hallado. Por este hecho, el otro individuo fue imputado por el delito de robo con armas en poblado y en banda. Además, se le atribuyó otro hecho calificado como robo en poblado y en banda. En la etapa de juicio oral, el imputado declaró que se había peleado con el damnificado del primer hecho porque había querido abusar de su sobrina menor de edad. El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que, dados los dichos contradictorios del único testigo y que no se encontró ninguna navaja en el lugar de los hechos, no existía prueba suficiente para tener por acreditado el ilícito. Por ese motivo, solicitó su absolución. |
| 13-sep-2017 | CMLM y RAD (causa Nº 9871) | Una mujer, CMLM, ofreció a otra, RAD, una suma de dinero por llevar estupefacientes en su bolso. El colectivo en el que ambas se trasladaban fue demorado en la ruta para hacer controles de prevención y su equipaje fue sometido a un escaneo con rayos X. En el bolso de RAD se encontraron 19,77 kilos de marihuana. Cuando se le solicitó a esa pasajera su DNI se advirtió que estaba en poder de CMLM. Ambas mujeres fueron imputadas como coautoras por el delito de transporte de estupefacientes (artículo 5, inciso c, ley Nº 23.737). La defensa de RAD sostuvo que su representada no tenía dominio del hecho, dado que la otra mujer tenía su documento y su pasaje. A su vez, la imputada declaró había aceptado transportar el material estupefaciente porque necesitaba ayudar a su madre y sus ocho hermanos. Asimismo, manifestó su temor a negarse a la petición de CMLM, ya que su familia era peligrosa. |
