Jurisprudencia nacional 4519

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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FechaTítuloResumen
19-mar-2019EB (causa Nº 481)La señora EB era agente de la policía de la Ciudad de Buenos Aires. Junto a su cónyuge del mismo sexo realizaron, de manera alternativa, distintos tratamientos de fertilización in vitro. Finalmente, su pareja quedó embarazada de gemelos y se determinó, como fecha de parto presunta, el 24 de abril de 2019. Por ese motivo, el 9 de noviembre de 2018, EB solicitó licencia por maternidad ante el jefe de la comisaria. Sin embargo, el 7 de diciem-bre le notificaron su rechazo por no encontrarse prevista en el ordenamiento la licencia para la madre no gestante. En ese marco, inició una acción de amparo con el objeto de que se declarara la inconstitucionalidad del acto administrativo. Además, requirió una medida cautelar a los fines de que se revocara el acto administrativo y se aplicara el art. 23 de la ley 6025/18, que le otorgaba 45 días de licencia por maternidad antes y 75 días después del nacimiento; por otro lado, le proporcionaba la posibilidad de que, en caso de que se adelantara la fecha de parto, se acumularan los días de preparto.
19-mar-2019Textil Roma (causa N° 14298)Una empresa textil compró un vehículo a una concesionaria de automóviles. Mientras perso-nal de la empresa lo utilizaba, el vehículo sufrió un desperfecto que inmovilizó el motor que, según informó la concesionaria, se quebró debido a la rotura de una válvula. Por este motivo y a fin de evitar mayores daños, la empresa textil solventó el cambio del motor. Con posterio-ridad, la empresa automotriz fabricante del vehículo ofreció un descuento del 15% para efec-tuar la reparación y montar una nueva pieza, pues el comprador había cumplido con todos los services de mantenimiento que exigía la garantía. Finalmente, la empresa textil rechazó el ofre-cimiento por considerar que el rodado padecía un vicio oculto o redhibitorio que, de haberlo conocido, la hubiera hecho desistir de la compra. En este contexto, la empresa textil inició una demanda por los daños ocasionados por el incumplimiento contractual. Además, reclamó el reintegro de los gastos por el cambio del motor, el monto de la privación de uso, lucro cesante, daño moral y desvalorización del rodado. El juzgado de primera instancia consideró acreditada la falla del vehículo e hizo lugar parcialmente a la demanda contra la empresa automotriz y la concesionaria y las condenó a abo-narle a la actora $ 20.467,94 en concepto de reintegro de gastos y privación de uso, más los intereses y las costas. Sin embargo, rechazó el daño moral, lucro cesante y el rubro desvalori-zación del rodado por no encontrarlo probado. Contra esa resolución, los demandados interpusieron un recurso de apelación.
19-mar-2019Ochoa Atuncar (Causa Nº 86363)La señora Ochoa Antucar, de nacionalidad peruana, fue condenada por el delito de tráfico de estupefacientes, en su modalidad de comercialización, y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por haber sido cometido con la intervención de tres o más personas en forma organizada y como coautora del delito de transporte de estupefacientes. Con posterioridad, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión. Agotada la vía administrativa, su defensa interpuso un recurso judicial. El juzgado de primera instancia rechazó el planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación”.
19-mar-2019Tallarico (causa Nº 6530)Una mujer celebró con la obra social de su marido, Tallarico (adulto mayor con discapacidad), un convenio por el que la entidad se obligaba a pagarle un subsidio por gastos de geriatría. Con posterioridad, Tallarico fue institucionalizado y recibió tratamiento y rehabilitación en el centro Re-Crear. En este contexto, su hija solicitó a la obra social de su padre la cobertura íntegra del centro en el que se encontraba institucionalizado debido a que el monto del subsidio no alcanzaba a cubrir los costos. Sin embargo, la obra social no respondió el planteo. En ese marco, la peticionante inició una acción de amparo contra la obra social y requirió, como medida cautelar innovativa, la cobertura íntegra del hogar en el que se encontraba su padre. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y obligó a la obra social a dar cobertura en el centro Re-Crear y extendió el monto hasta los límites que indica el Nomenclador de Prestaciones Básicas para las Personas con Discapacidad correspondientes al módulo Hogar Permanente, categoría “A”, más el 35% en con-cepto de dependencia hasta que se resolviera la cuestión de fondo. Contra esa resolución, interpuso un recurso de apelación la parte actora porque consideró que debían aplicarse los valores correspondientes a Hogar Permanente con centro de día, categoría “A”, más el 35% en concepto de dependencia.
18-mar-2019IMF (causa N° 28167)Una mujer solicitó el aumento de la cuota mensual de alimentos en favor de su hijo y la modificación de la fecha de abono de los mismos. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente al pedido: aunque modificó las fechas cómo requirió la actora, otorgó un monto inferior al solicitado. Esto, debido a que valoró que la prueba aportada respecto de las necesidades alimentarias no tenía relación con la cuota solicitada. Por esta razón, la parte actora y el defensor de menores recurrieron sus términos.
18-mar-2019IMF (causa Nº 28167)Una mujer, en representación de su hijo, inició una demanda por alimentos contra el padre del niño y, con posterioridad, solicitó un aumento de cuota alimentaria. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición. El tribunal dispuso que el demandado debía pagar a favor de su hijo una cuota de alimentos en efectivo y mantuvo la obligación en especie de aportar la cobertura médica y el colegio. Contra esta decisión, la parte actora y el Defensor de Menores e Incapaces interpusieron un recurso de apelación para que se elevara el quantum fijado y se estableciera la tasa de interés a aplicar a las sumas debidas por alimentos. Esto, de conformidad con lo establecido en el art. 522 del Código Civil y Comercial de la Nación.
15-mar-2019Palomo (Causa N° 67727)Una persona manejaba un colectivo por una avenida. Cuando el semáforo la habilitó cruzó una intersección. En ese momento, embistió a un peatón que se encontraba parado sobre la senda peatonal. A raíz del impacto, el transeúnte cayó al suelo y se lesionó el rostro. En ese contexto, se inició una investigación judicial contra el colectivero por el delito de lesiones culposas. La víctima, se constituyó como querellante. Luego, el chófer fue sobreseído por falta de pruebas. Contra esa resolución, la querella interpuso un recurso de apelación.
15-mar-2019Asociación REDI (causa N° 39031) (Cám.)Durante el año 2016 varias personas con discapacidad dejaron de cobrar, sin previo aviso, las pensiones no contributivas por discapacidad. En consecuencia, en el año 2017, la Asociación REDI (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad) inició un amparo colectivo contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Desarrollo Social) con el objeto de que se restableciera el pago de las pensiones no contributivas por discapacidad de todas las personas afectadas en el territorio de la República Argentina. En ese sentido, solicitaron una medida cautelar a fin de que se suspendieran los efectos de los actos administrativos –en los casos en los que los hubiere– que disponían el cese del pago de las pensiones reclamadas y se mantuviera de forma ininterrumpida la prestación. Posteriormente, la asociación amplió la demanda y requirió que la acción se tuviera por iniciada con respecto a la totalidad de las personas con discapacidad que, siendo titulares de pensiones no contributivas por discapacidad otorgadas en los términos del decreto N° 432/97, se hubieran visto privadas del cobro de los haberes desde el año 2016. El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 8 hizo lugar parcialmente a la acción de amparo iniciada por la Asociación REDI y a la causa acumulada. Admitió la acción colectiva y reprochó el accionar del Estado que, sin mediar resolución fundada previa en un proceso que garantizara el debido proceso adjetivo e incluyera el derecho a ser oído, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión fundada debidamente notificada al interesado, suspendió el pago de las pensiones. Así, lo condenó a que en el término de 10 días procediera a restituir el goce de las prestaciones reclamadas a las personas con discapacidad que fueron dadas de baja, suspendidas y/o interrumpidas desde el mes de enero de 2017 en adelante, y a que se abstuviera de repetir el accionar en el futuro, bajo apercibimiento de aplicar astreintes. La medida excluyó los casos en que se hubiese renunciado a los beneficios y los casos de beneficiarios fallecidos. Ambas partes interpusieron un recurso de apelación contra la sentencia. La parte actora, además, alegó como “hecho nuevo” el dictado de la resolución Nº 268/2018 de la Agencia Nacional de Discapacidad y solicitó el dictado de una nueva medida cautelar. Dicha norma reglamentó el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades prevista en el decreto N° 432/1997 de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por discapacidad ya otorgadas. En este sentido, estableció un plazo de 10 días hábiles administrativos a contarse desde el día siguiente de la notificación, para que el beneficiario de la pensión se comunique telefónicamente al número 130 a efectos de combinar un turno en la dependencia de ANSES más cercana a su domicilio para actualizar sus datos personales y presentar su descargo y/o renuncia al beneficio.
14-mar-2019EEL (Causa Nº 124106)Un hombre adeudaba alimentos a su hija. Por ese motivo, celebró un acuerdo con la madre de la niña para saldar la deuda en cuotas. Luego, en sede judicial se aprobó el convenio y se fijaron alimentos provisorios. Sin embargo, el progenitor continuaba sin cumplir. Por su parte, la progenitora denunció esa conducta y solicitó que de manera cautelar se le prohibiera al hombre salir del país hasta que se pusiera al día. También pidió que se decretara la inhibición general de sus bienes para evitar que se insolventara y, de esa forma, eludiera sus obligaciones. El juzgado hizo lugar a las medidas solicitadas. En ese sentido, le hizo saber al demandado que, si no acreditaba el cumplimiento, embargaría los bienes que fueran necesarios para que la actora pudiera cobrar. Contra lo decidido, el hombre interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que la prohibición de salida del país afectaba su trabajo. Sobre ese aspecto, señaló que se desempeñaba como bailarín, por lo que debía viajar a distintas competencias. Agregó que el hecho de viajar con regularidad no demostraba capacidad económica, dado que su compañera cubría los costos de los viajes. Por último, manifestó que la medida no guardaba relación con sus obligaciones alimentarias.
14-mar-2019Victoria Coria (causa Nº 36830)La señora Victoria Coria era una persona con disminución visual (alta miopía – 7,50 en ojo izquierdo y 10,25 en ojo derecho astigmatismo contra regla –1,25 x 75º en ojo izquierdo y 1,75 x 105º en ojo derecho), con lesiones de tipo degenerativas en ambos ojos. Su médico tratante le prescribió la realización de una cirugía oftalmológica de implante de lente intraocular tórico hipernegativo en ambos ojos. Por este motivo, solicitó a su empresa de medicina prepaga –O.S.D.E.– la cobertura de la prestación que fue desestimada. En consecuencia, Victoria Coria interpuso una acción de amparo con el objeto de que se ordene la cirugía prescripta. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación y entre sus agravios expresó que la prestación no se encontraba dentro del Plan Médico Obligatorio.
13-mar-2019Bejar (reg. Nº 315 y causa Nº 7324)A través de una denuncia anónima se informó que un hombre vendía sustancia estupefaciente. Por tal razón se dispusieron diversas tareas de investigación que permitieron constatar que era consumidor de marihuana. Además, surgió que su proveedor era Bejar, quien también ofrecía estupefacientes a otras personas. Sobre esa base, el juzgado libró una orden para allanar su domicilio. En el procedimiento se secuestraron siete plantas de marihuana. Por ese hecho, Bejar fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (cfr. art. 5, inc. c, de la ley N° 23.737). Al momento de prestar declaración indagatoria, sostuvo que cultivaba marihuana para consumo personal. El juzgado consideró que no existía prueba que desacreditara la versión brindada por el imputado. En ese sentido, señaló que la conducta podía ser encuadrada bajo la figura del artículo 5, inciso a), anteúltimo párrafo, de la ley Nº 23.737. Además, indicó que, en el caso, la tenencia de las plantas no producía ningún tipo de daño a terceros. Sobre la base de dichas consideraciones, declaró la inconstitucionalidad de dicha norma en los términos del precedente “Arriola” de la CSJN y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la resolución. Entonces, la fiscalía interpuso un recurso de casación.
13-mar-2019Cáceres (causa Nº 42000046)En diciembre del 2011, una persona fue encontrada con un envoltorio que contenía 8 gramos de marihuana. En marzo de 2012 fue citada a prestar declaración indagatoria y en junio de ese año se dictó su procesamiento por el delito de tenencia simple de estupefacientes. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la calificación de la conducta por la de tenencia de estupefacientes para consumo personal y declaró la inconstitucionalidad de la figura. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la calificación legal y revocó la declaración de inconstitucionalidad. En noviembre del 2017, la fiscalía requirió la elevación a juicio del expediente. En la etapa de juicio, la defensa solicitó la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido.
13-mar-2019R y otros (reg. Nº 9755 y causa Nº 31260)Un hombre se encontraba detenido en el Complejo Penitenciario Federal Nº I de Ezeiza. En la sala de visitas discutió con un agente penitenciario. Por esa razón fue trasladado a la “leonera”, donde fue golpeado y sufrió un ataque sexual por parte de personal del Servicio Penitenciario. El médico de la unidad elaboró un informe en el que concluyó que el interno no presentaba lesiones visibles. El hombre se comunicó con su defensoría a fin de hacer saber lo ocurrido. Por ese motivo, se celebró una audiencia en la que brindó los detalles del hecho y efectuó la denuncia. Entonces, fue revisado por personal del Cuerpo Médico Forense y de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Sus informes coincidieron en la existencia de lesiones compatibles con la versión brindada por el detenido. La víctima se constituyó como parte querellante y, en los mismos términos que los representantes del Ministerio Público Fiscal, instó el procesamiento del personal penitenciario por el delito de torturas. El juzgado sobreseyó a los agentes. Para decidir de esa manera, sostuvo que el hombre había incurrido en contradicciones en el relato del hecho. Además, valoró el informe elaborado por el médico penitenciario e indicó que no surgían “conectores directos” entre los exámenes médicos del CMF y la PPN. Contra esa decisión, la querella y la fiscalía interpusieron recursos de casación.
12-mar-2019CGD (sentencia Nº 19)El señor CGD fue diagnosticado con trastorno generalizado del desarrollo. Como consecuencia de eso, su madre y su hermano mayor iniciaron un procedimiento de determinación de la capacidad. El juzgado de primera instancia declaró la incapacidad de CGD y designó como curadores definitivos a los accionantes, en los términos del último párrafo del artículo 32 del Código Civil y Comercial de la Nación. De acuerdo con la norma, cuando la persona se encuentre absolutamente imposibilitada de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad por cualquier modo, medio o formato adecuado y el sistema de apoyos resulte ineficaz, el juez puede declarar la incapacidad y designar un curador. Contra esa decisión, CGD y la asesora letrada actuante en carácter de representante complementaria, interpusieron recursos de apelación.
11-mar-2019BTH (causa Nº 3322)En octubre de 2018, un joven trans interrumpió su concurrencia a un establecimiento educativo a raíz de una internación en el Hospital de Niños de La Plata. En consecuencia, su madre realizó una pre inscripción en el mes de diciembre para confirmar la vacante para el período lectivo 2019. Sin embargo, no obtuvo ninguna respuesta de la institución, lo que generó que se quedara sin vacante para ese año. En consecuencia, la asesora de menores e incapaces solicitó que se promovieran las medidas que se estimaran adecuadas para la inclusión del joven en la escuela, pues ese había sido su deseo explícito y proceder de esa forma abonaría al fortalecimiento de su personalidad y su inserción en el ámbito escolar.
8-mar-2019Unidad N° 28 (causa N° 9785)La Unidad N° 28 del Servicio Penitenciario Federal presentaba severos problemas edilicios, sanitarios y de superpoblación. La alcaldía contaba con espacios de 24 metros cuadrados y en cada uno se albergaban 25 personas que, por falta de cupo en establecimientos penitenciarios, pernoctaban en el lugar. Por esa razón, se interpuso una acción colectiva de hábeas corpus. El juzgado hizo lugar al planteo y dispuso que se trasladara a todas las personas que permanecieran en la alcaldía por más de 24 horas. Contra esa decisión, el SPF interpuso un recurso de apelación. Durante la audiencia, la defensa, la Comisión de Cárceles de Defensoría General de la Nación y la Procuración Penitenciaria de la Nación solicitaron que se estableciera un cupo máximo de alojamiento de personas en la unidad.
8-mar-2019Unidad N° 28 (acuerdo general)La Unidad N° 28 del Servicio Penitenciario Federal presentaba severos problemas edilicios, sanitarios y de superpoblación. La alcaldía contaba con espacios de 24 metros cuadrados y en cada uno se albergaban 25 personas que, por falta de cupo en establecimientos penitenciarios, pernoctaban en el lugar. Por esa razón, se interpuso una acción colectiva de hábeas corpus. El juzgado hizo lugar al planteo y dispuso que se trasladara a todas las personas que permanecieran en la alcaldía por más de 24 horas. Contra esa decisión, el SPF interpuso un recurso de apelación. Durante la audiencia, la defensa, la Comisión de Cárceles de Defensoría General de la Nación y la Procuración Penitenciaria de la Nación solicitaron que se estableciera un cupo máximo de alojamiento de personas en la unidad.
8-mar-2019TCZ (Causa N° 43421)Un hombre que pertenecía a las fuerzas de seguridad de la provincia de Jujuy se presentó de manera violenta en la casa de la familia de su pareja, donde esta se encontraba, y agredió a su hermano. Luego, amenazó a la mujer con un cuchillo y la obligó a subir a su camioneta. No era la primera vez que el hombre se comportaba así. La madre de la mujer víctima de violencia fue a la policía a denunciar el hecho y que desconocía el paradero de su hija. En un primer momento, la policía tuvo una actitud dilatoria para tomar la denuncia, la cual finalmente fue registrada. En ese momento, el hombre y la mujer llegaron también a la comisaría con rastros de sangre. Luego de un intercambio, ambos abandonaron el lugar. Al día siguiente, la policía los encontró sin vida con un disparo de arma de fuego en la cabeza. Durante su día de franco el hombre mató a la mujer y luego se suicidó. Luego, se supo que en el legajo personal del hombre había registro de su participación en otros hechos de violencia hacia otras mujeres, por los que recibió sanciones administrativas y se le quitó el arma reglamentaria. Sin embargo, siete meses antes del femicidio, el Estado le devolvió el arma reglamentaria al hombre. Los hijos de la víctima iniciaron una demanda contra el Estado provincial fundada en la falta de servicio e incumplimiento de los deberes a cargo de los funcionarios y agentes de la comisaría, quienes no actuaron frente al conocimiento de la violencia de género. Además, resaltaron que el hecho que el hombre no estaba en servicio activo al momento de la comisión del delito no excluía la responsabilidad del Estado. Ello debido a que el hombre gozaba de “estado policial”, de carácter permanente. Por su parte, el Estado Provincial negó la responsabilidad. Indicó que hubiera sido una extralimitación de sus funciones si actuaba en el caso donde la víctima estaba por voluntad propia con su agresor.
7-mar-2019Pelleriti (Causa Nº 37675)Una persona fue imputada por los delitos de estafa, falsificación de documento privado y defraudación por administración fraudulenta. Además, en el fuero comercial, se encontraba en trámite una causa por quiebra. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo de juicio abreviado que contemplaba la imposición de una pena de tres años de prisión en suspenso, inhabilitación para ejercer su profesión por seis años y una multa de treinta mil pesos. En esa oportunidad, expresó ante el tribunal que asumiría la multa acordada como deuda post concursal. Luego, el tribunal homologó el acuerdo. Al notificarse de la sentencia, el individuo interpuso un recurso de casación in pauperis en el que cuestionó los puntos referidos a la inhabilitación y la multa. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible la impugnación. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que fue denegado. Entonces, su defensa interpuso un recurso de queja.
7-mar-2019Barez (Causa Nº 76985)Una mujer (NCB) fue acusada de apoderarse de una cartera de cuero que le había sustraído a un vendedor ambulante (AAN). Según la acusación, había intentado huir con la cartera, pero el vendedor la alcanzó, y la mujer lo enfrentó con un cuchillo que extrajo de entre su ropa e intentó herirlo. La acusada explicó que se había llevado la cartera porque creía que el vendedor había aceptado su oferta y que solo había esgrimido un cuchillo cuando éste la tomó del brazo y le exigió que se la devuelva. ANN declaró en sede policial, pero luego no pudo ser localizado para declarar en el juicio oral. Por ello, la fiscalía solicitó la incorporación por lectura del acta policial en la que estaba asentada su declaración y el tribunal la autorizó, pese a la oposición de la defensa. NCB fue condenada por el delito de robo con arma en grado de tentativa a la pena de dos años y seis meses de prisión. Para decidir de esa manera, el tribunal valoró los dichos de ANN en sede policial. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.