Jurisprudencia nacional 4022
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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 521 a 540 de 4022
Fecha | Título | Resumen |
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15-nov-2022 | AS (Causa N° 35569) | Una mujer convivía con un hombre, con quien tuvo un hijo. El hombre la golpeaba, la insultaba y la amenazaba de manera constante. En ese contexto, se separaron. Sin embargo, las agresiones contra ella y su hijo continuaron. Por ese motivo, la mujer lo denunció ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). En esa oportunidad, manifestó que buscaba una medida de protección que le prohibiera al denunciado tomar contacto y acercarse al niño y a ella. Además, pidió que se obligara al hombre al pago de los alimentos para la manutención de su hijo. El equipo interdisciplinario de la OVD consideró que el nivel de riesgo era moderado. Luego, la mujer requirió el patrocinio del Programa de Asistencia y Patrocinio Especializado en Violencia de Género de la Defensoría General de la Nación. En ese marco, el juzgado hizo lugar a las medidas solicitadas y fijó una cuota alimentaria provisoria a favor del niño. Además, dispuso la intervención del Cuerpo Interdisciplinario contra la Violencia Familiar para que evaluara la situación y el riesgo en el que se encontraban expuestos la mujer y su hijo. Si bien el hombre había sido notificado de la resolución judicial, siguió con las amenazas hacia la mujer y su entorno familiar. A raíz de los hechos denunciados, se inició una causa penal. Con posterioridad, la jueza en lo civil prorrogó las medidas de prohibición de contacto y acercamiento por cuatro meses. Además, ordenó al demandado que abonara los alimentos provisorios que adeudaba. Contra esa decisión, el accionado interpuso un recurso de apelación. |
14-nov-2022 | Rivera (Causa N°9954) | Dos hombres fueron acusados por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, entre otras cosas, la defensa oficial de uno de los acusados, solicitó que el acta de pesaje, el narcotest, la extracción de muestras y la descripción de elementos incautados fueron reproducidas en el marco del debate a través de la declaración testimonial de quienes las confeccionaron. Además, se opuso a la incorporación de la planilla en la que se determinaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado porque consideró que era impertinente. También se opuso a la exhibición de la videograbación de la declaración de su defendido en el marco de la audiencia de formalización celebrada en el caso. Finalmente, solicitó que se incorpore la sentencia que recaiga eventualmente sobre el coimputado y su declaración en el debate como testigo. |
11-nov-2022 | LBG (causa N° 16743) | Una mujer que carecía de recursos socio–económicos y que no sabía leer ni escribir había sido imputada por el delito de contrabando de mercadería. La defensa solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 76 bis del Código Penal y la suspensión del juicio a prueba para su asistida. Asimismo, indicó que debía valorarse su situación de vulnerabilidad. Además, requirió que se la eximiera de realizar tareas comunitarias porque debía encargarse del cuidado de sus seis hijos menores de edad. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal prestó conformidad y solicitó que el caso se resolviera con perspectiva de género. Sin embargo, el juzgado interviniente rechazó el planteo de inconstitucionalidad y negó la suspensión del juicio a prueba. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, indicó que el artículo 76 bis del Código Penal vulneraba el derecho de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad. |
11-nov-2022 | VGMA (Causa Nº 10994016) | Un hombre y una mujer se separaron cuando su hija tenía cinco años. Con posterioridad, la mujer comenzó una relación con otro hombre e iniciaron una convivencia. Con el paso del tiempo, se consolidó un fuerte lazo afectivo entre el hombre y la joven. Una vez que ésta alcanzó la mayoría de edad, la familia planeó mudarse a España. Sin embargo, antes de concretar ese proyecto, el progenitor socioafectivo solicitó en sede judicial que se le otorgara la adopción por integración de la joven. En su primera intervención, la Fiscal pidió al actor que aclarara si pretendía el desplazamiento del progenitor biológico, o bien el reconocimiento de la triple filiación. En consecuencia, el accionante readecuó su presentación e indicó que pretendía la triple filiación y, de ser necesario, que se declarara la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación. Ambos progenitores biológicos consintieron el planteo. Por su parte, la joven fue convocada a una audiencia y también prestó su conformidad con lo solicitado. |
10-nov-2022 | Delgado (causa N° 21662) | Una persona menor de edad fue detenida e imputada con prisión preventiva por el delito de homicidio agravado por su comisión con arma de fuego. Luego de un juicio oral, el Tribunal Oral de Menores N° 2 lo absolvió y ordenó su libertad. Esa decisión fue recurrida por la acusación y finalmente la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional condenó al imputado a la pena de doce años de prisión, por el delito de homicidio agravado por su comisión con arma de fuego. Dicha situación motivó la intervención nuevamente del Tribunal Oral de Menores que decidió ordenar la detención de la persona en virtud de la gravedad del hecho por el cual había sido condenado, la calificación legal asignada, el monto de pena impuesto, el tiempo transcurrido en prisión preventiva y que el padre de la víctima fallecida se opuso al egreso del imputado. Debido al resultado negativo de los intentos de concretar su detención, el Tribunal ordenó su captura y rechazó el pedido de exención de prisión. Tras ello, el imputado se presentó ante el Tribunal y fue detenido. Entonces, su defensa solicitó la excarcelación y la prisión domiciliaria en subsidio. El Tribunal Oral de Menores N° 2 rechazó ambos pedidos por considerar, entre otras cuestiones, que no se había cumplido ningún plazo temporal que permita acceder a la excarcelación. Además, afirmó que existía peligro de fuga debido a la elevada expectativa de pena, a que la sentencia dictada contaba con una presunción de acierto que incidía en el riesgo de elusión y a que en un allanamiento en el domicilio denunciado por el imputado se informó que él ya no residía en dicho lugar y las explicaciones de la defensa al respecto no fueron suficientemente corroboradas. Contra esta decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. |
4-nov-2022 | VBC (Causa N° 18249) | Un matrimonio con tres hijas menores de edad decidió separarse. En el marco de una mediación acordaron que las niñas convivirían con la progenitora y mantendrían un régimen de comunicación con el progenitor. Sin embrago, la mujer no cumplió con lo pactado, y el progenitor dejó de ver a sus hijas. Con posterioridad, la progenitora decidió irse a vivir a Buenos Aires dejando a las niñas en un estado de desprotección. En ese contexto, el progenitor inició una demanda solicitando el cuidado personal unilateral de sus tres hijas. El juzgado de familia que intervino hizo lugar a la petición. Además, dispuso que se librara un oficio a la ANSES para que se le brindara al progenitor las asignaciones universales (AUH) correspondientes por sus hijas, ya que el hombre no tenía un trabajo estable y sus únicos ingresos provenían de trabajos informales que realizaba. No obstante, la ANSES no otorgó las prestaciones dado que la madre de las niñas cobraba la pensión para madre de siete hijos y eso generaba una incompatibilidad para percibir la AUH. Por ese motivo, el hombre con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial de Viedma interpuso una acción de amparo contra la ANSES a fin de que se cumpliera con lo dispuesto por el juzgado de familia. Asimismo, solicitó que se dictara una medida cautelar innovativa para que se abonara la AUH hasta que se resolviera la cuestión de fondo. Entre sus argumentos, expuso que la percepción de las asignaciones se tornaba indispensable para que no se generara un desamparo económico y asistencial de las niñas en virtud de la situación de vulnerabilidad social y económica en que se encontraba el grupo familiar. |
4-nov-2022 | Galarza (causa N° 6160) | Una persona se encontraba imputada por el delito de transporte de estupefacientes. Durante el proceso, declaró que su madre tenía diversos problemas médicos y estaba en un estado de semi-postración. Asimismo, señaló que desde su infancia tuvo carencias económicas y había atravesado situaciones de violencia intrafamiliar. |
2-nov-2022 | Sosa (causa N° 27955) | Un hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de hurto agravado por su comisión con la intervención de un menor de dieciocho años. El hombre contaba con antecedentes condenatorios, todas ellos vencidos y se encontraba registrado con nombres diferentes ante el Registro Nacional de Reincidencia. El juzgado de instrucción ordenó su detención y no fue hallado en su domicilio. Su defensa solicitó la exención de prisión, que fue rechazada y motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión y rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, que aunque la situación del imputado encuadraba en la primera hipótesis del art. 316 por remisión del art. 317, inc. 1° del Código Procesal Penal, existían indicadores de riesgo de fuga porque en caso de recaer condena la sanción no podría ser dejada en suspenso e importaría una nueva declaración de reincidencia debido a que contaba con condenas previas por delitos contra la propiedad. Además, ponderó que el arraigo del imputado era incierto porque no fue hallado en el domicilio que había informado y que se encontraba anotado con diferentes nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia. Ante ello, afirmó la imposibilidad de aplicar mecanismos alternativos a la prisión preventiva. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación. |
1-nov-2022 | PAA (Causa N° 11078) | Dos jóvenes vivían junto a su padre, que trabajaba en el poder judicial de Salta. El hombre era el único sostén del grupo familiar, ya que las jóvenes –que eran mayores de edad– se dedicaban a sus estudios. El hombre falleció a causa de un accidente. Por ese motivo, sus hijas solicitaron a la ANSES el otorgamiento de la pensión directa. En esa oportunidad, les informaron que no podían concretar el trámite en virtud de su mayoría de edad y lo dispuesto por el art. 53 de la ley 24.241. En consecuencia, las jóvenes –con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial– enviaron un oficio al referido organismo, pero no obtuvieron respuesta al respecto. Luego de reiterar el pedido, ANSES les notificó que no cumplían los requisitos que preveía la normativa para ser consideradas beneficiarias. En ese contexto, iniciaron una acción de amparo contra el organismo previsional. Ello a fin de obtener el cobro de la pensión hasta que alcanzaran los veinticinco años y mientras acreditaran sus respectivas capacitaciones, de acuerdo a lo establecido por el artículo 658 y 663 del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, solicitaron se declarara la inconstitucionalidad del referido artículo 53, que les impedía acceder al beneficio previsional requerido por haber superado los dieciocho años. Además, destacaron que la urgencia del reclamo se debía a la naturaleza alimentaria de la pensión y a la situación de vulnerabilidad económica en la que se encontraban. Luego, ANSES emitió un informe. En esa presentación, manifestó que existían otros beneficiarios, dado que el hombre tenía una conviviente con quien había tenido dos hijos, que eran menores de edad. En ese sentido, consideró que las actoras pretendían captar un beneficio pese a que ya no reunían la edad necesaria. |
1-nov-2022 | SRE (Causa Nº 100896) | En un proceso de alimentos a favor de un niño, se determinó una cuota provisoria a cargo de su progenitor. Pese a las reiteradas intimaciones, el hombre recién canceló lo adeudado un año después. Durante el período de incumplimiento, el juzgado le impuso –a modo de medidas sancionatorias– su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y la inhibición general de bienes. Luego, el demandado pidió que se levantaran las referidas medidas. Remarcó que lo resuelto le ocasionaba un daño debido a que se le limitaba la posibilidad de generar recursos y, de esa forma, hacer frente a sus obligaciones alimentarias. Además, sostuvo que ya no existía deuda, por lo que no tenía sentido mantener lo dispuesto. Añadió que se había demorado apenas unos días a partir del vencimiento ya que, en ese momento, no contaba con ingresos fijos. Sobre esa cuestión, señaló que trabajaba como herrero y no tenía una fecha concreta de cobro. Por su parte, la actora se opuso al planteo del hombre. En concreto, destacó que la normativa permitía la traba de medidas cautelares para asegurar el cumplimiento de alimentos a futuro. El juzgado interviniente no hizo lugar al levantamiento de las medidas. Contra esa resolución, el demandado interpuso un recurso de apelación. |
31-oct-2022 | Tarifa (Causa N° 1795) | En julio de 2020, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca, provincia de Rio Negro, condenó a dos personas a la pena de cuatro años de prisión, multa de 45 unidades fijas, accesorias legales y costas, por haber sido consideradas coautoras materiales y penalmente responsables del delito de entrega a título oneroso de sustancias estupefacientes, por sucesos que habían ocurrido los días 29 de abril y 30 de mayo de 2019.; A su vez, en septiembre de 2021, esas dos personas fueron condenadas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa, La Pampa, a la pena de seis años de prisión y multa de 45 unidades fijas, por ser consideradas coautoras penalmente responsables del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, reiterados en dos oportunidades en concurso real, por los hechos acaecidos el 13 de marzo de 2019 y 4 de abril de 2019 y los declaró reincidentes.; Seguido a ello, dichas personas peticionaron la unificación de las condenas. La defensa oficial argumentó que los hechos que fueron objeto de la segunda condena habían sido cometidos antes de que adquiriera firmeza la primera condena e incluso habían sido cometidos en el mismo espacio de tiempo, entre marzo y mayo de 2019, por lo que solicitó que se los condene a la pena única de seis años de prisión conforme las reglas del concurso real.; Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 del Código Penal correspondía la unificación de penas al juez que había dictado la sanción mayor, por lo que resultaría competente el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa. En ese sentido, propuso la pena única de ocho años de prisión.; En junio de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa condenó a las dos personas a la pena única de ocho años de prisión y mantuvo la declaración de reincidencia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
31-oct-2022 | Pulars S.A. (causa N° 502) | Una empresa, junto con su presidenta y su contador, fueron imputados por la retención indebida del Impuesto a las Ganancias de sus proveedores y empleados durante los períodos fiscales 11/16, 12/16, 4/17, 7/17 y 8/17. En la etapa de juicio oral, su defensa argumentó que los montos retenidos se habían depositado con demora. Por esa razón, solicitó la aplicación del artículo 59, inciso 6, del Código Penal. A fin de reparar el daño económico ocasionado por la mora, ofreció realizar una donación a una institución de bien público. La representante del Ministerio Público Fiscal manifestó que la aplicación de la reparación integral resultaba la alternativa más adecuada para resolver el conflicto penal. |
28-oct-2022 | Coronel (Causa N° 22000800) | Agentes del Banco Central de la República Argentina, después de dos años de investigación, se presentaron como querellantes y denunciaron a una organización que habilitaba una vía clandestina de movimiento de moneda extranjera dentro de un café llamado “El Gallina”. Tras diez años de investigación, y a pedido del fiscal, el juez ordenó el allanamiento. En la orden se indicó una dirección, pero ese domicilio no correspondía a “El Gallina”, sino que se trataba de otra confitería llamada “Los Angelitos”. La medida se realizó sobre ese café y, como resultado, se secuestró gran cantidad de dinero y otros elementos. La defensa de una de las personas allanadas indicó que hubo una confusión en la medida porque toda la investigación se realizó a “El Gallina”. Agregó que en el café “Los Angelitos” funcionaban oficinas administrativas y solicitó la devolución de los elementos secuestrados. La fiscalía realizó medidas para corroborar lo informado por el abogado. Se verificó que el allanamiento se realizó en un inmueble distinto respecto del cual debía dirigirse y, en consecuencia, el Juzgado Federal de Salta N°1 declaró la nulidad de la medida y devolvió todos los elementos secuestrados. La querella presentó un recurso de apelación. |
27-oct-2022 | Vilaseco (causa N° 40462) | Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva. Al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y su domicilio fue constatado. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 por remisión del art. 317, inc. 1° del Código Procesal Penal, la naturaleza del hecho y la conducta desplegada por el imputado conducían a pronosticar que la eventual pena a imponer sería de cumplimiento efectivo. Además, estimó que las medidas alternativas previstas en la regulación procesal penal no eran suficientes para asegurar los riesgos procesales presentes en el caso. También entendió que el tiempo de detención no era desproporcionado si se consideraba el estado del proceso y la gravedad de los hechos (conformar una asociación criminal para robar en la vía pública). Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación. |
27-oct-2022 | REE (Causa nº 683) | Un hombre se presentó en el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista (COPIME) y, a los fines de matricularse, acompañó un certificado analítico de técnico electromecánico emitido por una escuela de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, se constató que la currícula que figuraba en el certificado no se correspondía con ningún plan de estudios. Asimismo, se corroboró que los firmantes del documento no eran ni habían sido autoridades del establecimiento educativo. Por último, se certificó que la emisión del analítico no figuraba en los registros de la escuela. De igual forma, se constató que los sellos y firmas que aparecían en la copia del certificado analítico no guardaban similitud con los registros, la funcionaria interviniente estaba jubilada y su apellido estaba mal escrito. Por tal motivo, se convocó al hombre a prestar declaración indagatoria en el marco de un proceso penal. Antes de la audiencia, la defensa del imputado solicitó la aplicación del instituto de reparación integral. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Afirmó que las características e implicancias del hecho, la naturaleza del bien jurídico afectado y la ausencia de una víctima concreta cuyos intereses deban repararse impedían la aplicación del instituto. El juzgado interviniente rechazó la propuesta de reparación integral. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
27-oct-2022 | ADT (Causa N° 30190) | Un joven se encontraba privado de su libertad por haber sido condenado a la pena de seis años de prisión por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego entre otros delitos, todos en concurso real. Estos hechos los había cometido cuando era menor de edad. Transcurrido el plazo correspondiente, su defensa solicitó su libertad condicional. Sin embargo, el juzgado de ejecución rechazó el planteo. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación y solicitó la declaración de inaplicabilidad del artículo 14 del CP en virtud del principio de especialidad. En subsidio, planteó su inconstitucionalidad. |
27-oct-2022 | AP ( causa N° 3057) | Un hombre migrante nacido en Costa de Marfil fue imputada por los delitos de robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de un arma de fuego en grado de conato, en calidad de coautor, y homicidio calificado criminis causae agravado por el uso de un arma de fuego reiterado en dos oportunidades, en calidad de autor, en concurso real entre sí. Previo a la realización del debate oral, el Programa de Diversidad Cultural intervino con un informe para colaborar con la estrategia de defensa. Durante la audiencia de juicio oral, el imputado indicó que tenía dos hijos menores de edad, que se encontraba en concubinato, que hablaba tres idiomas y residía en este país desde noviembre de 2005 en calidad de refugiado. Con respecto a los hechos, contó que es día había chocado con otro transeúnte mientras circulaba por la vía pública, quien le gritó “negro de mierda”, lo que provocó su reacción y lo golpeó. Luego, continuó caminando y, al darse vuelta, advirtió que el sujeto -que en ningún momento se había identificado como funcionario policial- lo estaba apuntando con un arma. En ese momento, forcejearon, le sacó el arma y se fue corriendo por temor a su vida. Sin embargo, en esos instantes se preguntó qué hacía con la pistola y la dejó en el piso. Aclaró que había tomado la pistola por acto reflejo para que no le dispararan y que de haber sabido que era policía no lo hubiera golpeado. Por último, negó haber apuntado con el arma hacia persona alguna. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal modificó la calificación asignada en el requerimiento de elevación a juicio por el delito de amenaza coactiva agravada por el uso de armas. De ese modo, consideró que el imputado había esgrimido el arma de fuego con la intención de que cesaran la persecución. Por su parte, la defensa planteó, entre otras cuestiones, que su asistido tenía tres indicadores de vulnerabilidad: era migrante, tenía un perfil racial y era refugiado. Asimismo, alegó que la prueba había sido contundente con respecto a la falta del uso intimidante del arma de fuego por lo que la duda llevaba implícita la absolución. |
25-oct-2022 | GPEN (Causa N° 1836) | Una mujer era beneficiaria previsional de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos. Por ese motivo, sus aportes eran derivados al Instituto de Obra Social de Entre Ríos. No obstante, cuando la mujer solicitó afiliarse, el instituto rechazó su pedido. En consecuencia, presentó una acción de amparo a fin de obtener su incorporación como afiliada. El juzgado que intervino hizo lugar a lo solicitado. Contra esa decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación. En virtud de ello, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos revocó la sentencia de primera instancia. Para decidir así, sostuvo que la vía excepcional del amparo exigía que se examinara si la mujer tenía cobertura de salud y si padecía una afectación actual o posible que ameritara su urgente reparación. En ese sentido, señaló que la mujer ya contaba con otra obra social por su profesión como docente y que no demostró ningún problema de salud urgente. Por ese motivo, concluyó que no procedía la acción de amparo entablada. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso extraordinario. En esa oportunidad, consideró que la sentencia dictada era arbitraria y que la decisión se sustentó en una superposición inexistente de coberturas. Además, resaltó que la sentencia afectaba sus derechos constitucionales a la salud, al debido proceso y a la igualdad ante la ley, así como el principio de legalidad. |
20-oct-2022 | DFM (Causa N° 2399) | Una mujer y un hombre se casaron y tuvieron dos hijos. El hombre trabajó en el Ejército hasta que obtuvo el retiro voluntario. La mujer se dedicó a la crianza de los hijos y a las tareas del hogar. La familia vivía en un inmueble que le alquilaba al Ejército. Con posterioridad, la pareja se separó y el hombre se mudó a otra ciudad. Entonces, la mujer fue intimada a desocupar la vivienda. Sin embargo, se le dificultaba afrontar los costos de un nuevo alquiler. En ese contexto, no lograba insertarse en el mercado laboral atento a su edad y falta de experiencia previa. Tras la separación, no contaba con ingresos propios ni con cobertura médica para atender su salud. Ante esa situación, demandó por alimentos a su ex cónyuge. En su presentación, manifestó que no tenía ingresos suficientes para subsistir mientras que el accionado percibía una jubilación elevada. En su contestación, el demandado destacó que la mujer había trabajado como peluquera en su domicilio y en algunos períodos se había desempeñado como empleada doméstica. La demanda fue rechazada. La actora apeló la decisión. Durante el trámite del expediente se dictó la sentencia de divorcio. Luego, la Cámara confirmó el rechazo del reclamo alimentario. Frente a esa decisión, la actora interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que no se había tenido en cuenta la distribución de roles durante la vida en común, así como tampoco la dedicación exclusiva al cuidado de los hijos y del hogar. Puntualizó que su pedido se fundaba en las normas vinculadas a los alimentos derivados del matrimonio. |
20-oct-2022 | Britos (causa N° 4341 | Un hombre había sido condenado a cinco años de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercio y cumplía su pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria. En ese contexto, su defensa solicitó que se le concedieran salidas laborales para realizar tareas de mantenimiento en un restaurante. Por su parte, el representante del Ministerio Publico Fiscal se expidió de manera favorable al pedido. |
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