Jurisprudencia nacional 3845

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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FechaTítuloResumen
13-sep-2016CA, EJLa DNM declaró irregular la permanencia en el país de una persona extranjera y ordenó su expulsión del territorio nacional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de alzada que también fue rechazado. En consecuencia, se presentó en calidad de gestor administrativo (art. 48 CPCCN) y accionó judicialmente (art. 84, ley Nº 25.871). Ante la falta de contacto con su asistido, la defensa pidió la suspensión de los plazos procesales y ser designada en calidad de “defensor de ausentes” (art. 60 inc. a, ley Nº 24.946). La jueza de primera instancia rechazó el pedido de suspensión y tuvo por designada a la defensora. La DNM planteó la nulidad de todo lo actuado. Al respecto, alegó que había vencido el plazo previsto en el artículo 48 CPCCN sin que el actor haya ratificado la gestión. La magistrada rechazó la solicitud. Contra esa decisión, la autoridad migratoria interpuso un recurso de apelación.
12-sep-2016Cruz, Silvia Marcela y otros c. Ministerio de Energía y Minería de la NaciónLos actores promovieron una acción de amparo ambiental en los términos del art. 30 de la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y de los artículos 43 y 41 de la Constitución Nacional en contra del Estado Nacional ¬–Ministerio de Energía de la Nación– a fin de que se ordene el cese de la contaminación ambiental atmosférica debido a la construcción y puesta en funcionamiento de una planta de bioetanol. Solicitaron con carácter urgente que la planta sea clausurada y se realice el procedimiento administrativo de "evaluación de impacto ambiental" por considerar que se encontraban comprometidos seriamente la vida, la salud, los bienes individuales y colectivos de los habitantes. Asimismo requirieron el dictado de una medida cautelar, la citación de la empresa propietaria del predio como tercero interesado y la intervención de la Defensora Pública de Menores e Incapaces. El Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba rechazó in limine la acción de amparo. Los actores y la Defensora Pública de Menores e Incapaces apelaron lo resuelto. Por otro lado, el Fiscal General entendió que la causa no era de competencia federal.
12-sep-2016P, PA y otroDos personas, una mayor de edad y un adolescente, fueron imputados por haber sustraído un vehículo dejado en la vía pública. El adolescente contaba con siete procesos judiciales previo que se resolvieron con la suscripción de un acuerdo de juicio abreviado. Posteriormente, se sustanció un nuevo proceso judicial y se realizó un juicio oral por todos los hechos que se le atribuían. Durante el debate, el imputado asumió su responsabilidad por el último delito que se le adjudicó y el fiscal y el defensor acordaron la imposición de una pena única. El Tribunal Oral lo declaró penalmente responsable por los ocho hechos y lo condenó a una pena superior a la requerida por las partes. Asimismo, durante el debate, la persona mayor de edad intentó desvincularse del episodio. A tal fin, señaló que el adolescente había pasado por su casa luego de robar el automóvil. Sin embargo, el Tribunal Oral lo condenó como coautor del delito de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública. Asimismo, también incrementó la pena de acuerdo a lo previsto en el art. 41 quáter CP. Sobre este punto, tuvo en cuenta la declaración en la que el imputado intentó descargar su responsabilidad en el joven. Ambas defensas interpusieron recurso de casación.
9-sep-2016Videla (reg. N° 1694 y causa N° 93001067)Una persona cometió un delito en el año 1977 y fue condenada en 1980. Luego, por hechos ocurridos en 1976, fue condenada en 2013. Una vez vencida la pena de la primera sentencia, la defensa solicitó la unificación de las condenas. El Tribunal Oral rechazó el pedido y señaló que el agotamiento de la primera pena impedía la unificación. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, señaló que la circunstancia de que los expedientes hubieran tramitado por separado y que la pena de la primera condena se encontrara vencida no podían ser tenidos en cuenta en perjuicio de su asistido.
9-sep-2016Romarión, Diego ArielEn 2015, el tribunal había excarcelado a una persona en los términos del art. 317 inc. 5 del CPPN. Luego, resolvió convertir la excarcelación en libertad condicional a partir del 30 de diciembre de ese mismo año, fecha en la que adquirió firmeza la condena que se le impuso. La fiscalía entendió que no correspondía computar el tiempo en el que el condenado estuvo excarcelado. A su vez, afirmó que el tiempo restante de condena debía contabilizarse a partir de la fecha de firmeza de la sentencia, por lo que el vencimiento operaría en marzo de 2017. Por su parte, la defensa alegó que durante la excarcelación su asistido se encontraba cumpliendo con los recaudos de la libertad condicional. Por ese motivo, solicitó que se declarara que la pena se encontraba vencida.
9-sep-2016Richiello, Ricardo s/hábeas corpusEn diciembre de 2013, la Comisión de Cárceles de la DGN llevó a cabo una visita de monitoreo en la Comisaría de la Mujer en la ciudad de San Miguel de Tucumán. Esta inspección motivó la interposición de un hábeas corpus correctivo en el que se denunciaron, entre otras cosas, las deficiencias edilicias y la situación de hacinamiento de las detenidas. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y dejó constancia de que se encontraba vigente un proyecto de mejoramiento integral de aquel lugar de detención, que aún no se había cumplido. Un año después, la Comisión solicitó una serie de medidas a fin de resolver el agravamiento de las condiciones edilicias del establecimiento. El juzgado de primera instancia rechazó este requerimiento. Para arribar a esta decisión, argumentó que no le correspondía al Poder Judicial de la Nación inmiscuirse en las cuestiones de los centros de detención provinciales. Contra esa resolución, la defensa presentó un recurso de apelación. Al ser rechazado, se interpuso un recurso de queja que, desestimado, dio lugar a la presentación de un recurso de casación.
9-sep-2016Villarroel, Darío FabiánSe le atribuyó a una persona ingresar a un local comercial y sustraer, mediante el empleo de un arma de fuego, dinero y un teléfono celular. Sin embargo, el arma que se le secuestró no coincidía con la que se utilizó en el hecho. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de tres años en suspenso por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otros argumentos, cuestionó la calificación legal aplicada.
9-sep-2016H, SAUn hombre y una mujer habían intentado sustraerle un teléfono celular a una persona. Ante su negativa a entregarlo, se produjo un forcejeo que le ocasionó a la víctima golpes en su cara y la fractura de un dedo de su mano. Durante la instrucción, la imputada declaró que tuvo una pelea con la víctima y que su marido sólo intentó detenerla. Por otra parte, mientras que la víctima declaró que el hombre fue quien la había lastimado, una testigo presencial señaló a la mujer como única autora de la golpiza. El Tribunal Oral absolvió a la mujer y condenó a su marido por el delito de lesiones graves. Sobre la base de la misma prueba utilizada para fundamentar la condena, los jueces descartaron la acusación vinculada al robo del teléfono. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-sep-2016OJLUn hombre alojado en el CPF II de Marcos Paz trabajaba desde el año 2011 en el taller de horticultura. Por esa actividad, recibía un salario. A su vez, y dado que la condena dictada a su respecto no se hallaba firme, percibía un haber por retiro militar. En el mes de diciembre del 2016, el imputado fue trasladado a la Unidad Penal Nº 34 de Campo de Mayo, donde solicitó que se le asignara un puesto laboral. La petición fue rechazada a través de un dictamen del Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario (ENCOPE). Para decidir de esa manera, la autoridad administrativa sostuvo que el trabajo remunerado de las personas privadas de libertad era equiparable a la actividad laboral en la administración pública nacional. En este sentido, consideró que la percepción del beneficio previsional y del salario por la labor intramuros resultaban incompatibles en los términos del artículo 1 del decreto 8566/61. La defensa requirió que se dejara sin efecto el dictamen dictado por el ENCOPE y se ordenara la reincorporación del imputado a su puesto de trabajo.
9-sep-2016HSA (causa Nº 38549)Un hombre y una mujer intentaron sustraerle un teléfono celular a otra persona. Entonces, se produjo un forcejeo que le ocasionó a la víctima lesiones en la cara y la fractura de un dedo de la mano. Durante la instrucción, la imputada declaró que tuvo una pelea con la víctima y que su marido sólo intentó detenerla. Por otra parte, mientras la víctima declaró que la lastimó el hombre, una testigo presencial señaló que sólo la mujer participó en la reyerta. El Tribunal Oral la absolvió y condenó al marido por el delito de lesiones graves. Por otro lado, los jueces descartaron el robo del teléfono con la misma prueba que emplearon para fundamentar la sentencia de condena por las lesiones. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
8-sep-2016G, G FEn un acuerdo de juicio abreviado, el fiscal había solicitado que se le imponga a las dos imputadas la pena de cuatro años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes. Durante la audiencia de visu, la defensa solicitó que el tribunal se aparte del mínimo legal y fije una pena de tres años de prisión con ejecución en suspenso para una de ellas, madre soltera de tres niños. El fiscal consintió la petición. Sin embargo, el Tribunal Oral la condenó a la pena de cuatro años de prisión. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación.
8-sep-2016BMM (civil)Una persona de 70 años afiliada a PAMI solicitó que se le otorgue una nueva prótesis de cadera en virtud de la rotura de aquella que se le había colocado en el pasado. Ante la negativa, inició una acción de amparo contra PAMI y solicitó el dictado de una medida cautelar para que la demandada le provea de manera inmediata una prótesis nueva. El Juzgado Federal de Villa María rechazó la medida cautelar por considerar que no se encontraban acreditados los requisitos de procedencia. La parte actora apeló la resolución.
7-sep-2016GJM (absolución)Una persona había sido imputada del delito de tenencia de estupefacientes para comercialización. Con motivo de la situación de vulnerabilidad derivada del contexto de violencia de género en el que se encontraba, la defensa solicitó su sobreseimiento. Durante el debate, la fiscalía, al entender que la imputada se encontraba bajo estado de necesidad al momento del hecho, postuló su absolución.
6-sep-2016Abarca Walter José y otro c. EN y otroEn este caso, un grupo de legisladores de la provincia de Buenos Aires interpusieron una acción de amparo en su carácter de usuarios y consumidores del servicio de energía eléctrica de las distribuidoras Edesur S.A. y Edenor S.A. y en representación de los usuarios y consumidores de la provincia, por su condición de diputados provinciales. Luego, adhirieron como terceros, el Secretario General interinamente a cargo de la Defensoría del Pueblo provincial, el presidente de un club social y el presidente, el vicepresidente y el apoderado del Partido Justicialista de la provincia. Todos los amparistas cuestionaron las resoluciones del Ministerio de Energía y el ENRE que establecieron un nuevo cuadro tarifario para el servicio de energía eléctrica. En primera instancia, la acción fue rechazada. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó lo resuelto y dictó una medida cautelar que suspendió los aumentos por tres meses. Las demandadas apelaron.
6-sep-2016Mabuza Moses (PGN)En 2010, con motivo de una presentación efectuada por una persona extranjera a través del Procurador Penitenciario de la Nación, la DNM inició las actuaciones administrativas relativas a su expulsión del territorio nacional. La autoridad migratoria declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibición de reingreso por el término de ocho años. Sin embargo, durante este proceso, no se le dio intervención a la defensa de acuerdo a lo prescripto en el art. 86 de la ley Nº 25.871 (conf. decreto Nº 616/2010). El afectado, con el asesoramiento de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, cuestionó la disposición de la DNM después de haber vencido los plazos previstos para recurrir ese acto en sede administrativa. La Dirección Nacional de Migraciones, en lugar de revocar de oficio la resolución por violación al debido proceso (art. 90, ley Nº 25.871), trató el caso como una denuncia de ilegitimidad y desestimó el pedido. El actor interpuso un recurso judicial ante el fuero contencioso administrativo federal. Sin embargo, el juez de primera instancia, aplicó lo resuelto por la CSJN en el precedente “Gorordo” (Fallos 322:73) y no habilitó la instancia judicial para la revisión del acto administrativo. Contra dicha sentencia, se presentó un recurso de apelación que fue rechazado por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. En consecuencia, se interpuso recurso extraordinario federal que, denegado dio lugar a una presentación directa ante la CSJN.
6-sep-2016BMLR (Causa Nº 38665)Los niños LRBM y LJBM eran hermanos y fueron dejados a cuidado de su abuela por parte de su madre, que no volvió a verlos. Su padre cumplía una pena privativa de la libertad. En consecuencia, la abuela solicitó que se la designara como tutora de sus nietos en conformidad con lo dispuesto en el art. 106 del Código Civil y Comercial de la Nación. El juzgado de primera no hizo lugar a la petición y otorgó a los niños en guarda. En consecuencia, la mujer interpuso un recurso de apelación
5-sep-2016GR (dictamen PGN)La autoridad administrativa dictó una medida excepcional de institucionalización con relación a tres niños en los términos de los artículos 39 y 40 de la ley Nº 26.061. El control de legalidad de dicha medida se radicó ante el Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Civil Nº 82. Una vez que los niños egresaron del hogar donde se encontraban alojados, el magistrado se desprendió de las actuaciones en función de su nuevo centro de vida sito en González Catán, provincia de Buenos Aires. Ello en razón de los principios de inmediatez y eficacia de la actividad tutelar. El Juzgado de Familia Nº 2 del Departamento Judicial de La Matanza, provincia de Buenos Aires, rechazó la radicación de las actuaciones con fundamento en el carácter provisorio de la medida y en el hecho de que el juez previniente conserva la posibilidad fáctica de mantener contacto directo con los niños. En virtud del conflicto negativo de competencia, se elevaron las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
2-sep-2016Caballero Trinidad, JuanEn el marco de una investigación iniciada por la presunta infracción de la ley 23.737, el juzgado de primera instancia instruyó la causa sin que mediara requerimiento fiscal. Asimismo, dispuso la intervención de varios teléfonos con escasa fundamentación de las medidas y sin correr vista al acusador público. A partir de la información obtenida de las intervenciones telefónicas, el personal de Gendarmería interceptó un automóvil en un control vehicular, lo requisó y secuestró cocaína del interior del baúl. El representante del Ministerio Público sólo intervino para requerir la elevación de la causa a juicio. En el juicio oral, el fiscal solicitó la pena de siete años de prisión para uno de los imputados y seis años y seis meses de prisión para el otro por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el concurso de tres o más personas. El Tribunal Oral condenó a los dos a la pena de siete años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes, sin aplicar la agravante solicitada. Para llegar esta decisión, tomó como pautas agravantes la pureza del material secuestrado y la modalidad de ocultamiento. Contra la sentencia condenatoria, la defensa interpuso recurso de casación.
2-sep-2016P, VUn hombre fue condenado a la pena de cuatro años de prisión por los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo, en concurso real con amenazas, por hechos ocurridos catorce años atrás, cuando la presunta víctima era menor de edad. La sentencia se fundó en el testimonio de la damnificada que, por el tiempo transcurrido, no recordaba los hechos con detalle. Conjuntamente, se tuvieron en cuenta informes periciales elaborados a partir de una serie de entrevistas entre la víctima y distintas profesionales de la salud, en los que se indicaba que aquella presentaba “ciertos indicadores compatibles con un abuso sexual”. La defensa interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria. Por esa vía se impugnó, principalmente, el modo en que se valoró la prueba.
1-sep-2016Monasterio (reg. N° 675 y causa N° 21736)Un hombre que había sido condenado a la pena de tres años de prisión fue incorporado al régimen de libertad condicional. Luego fue imputado por otro hecho. Durante la audiencia de debate la fiscalía solicitó que se lo condenara a la pena única de tres años y seis meses de prisión. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de un año y a la pena única de cuatro años de prisión y revocó la libertad condicional. Para decidir de ese modo, consideró que correspondía efectuar una suma aritmética de las sanciones de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 CP, dado que el imputado había violado la obligación del artículo 15 del CP. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.