Jurisprudencia nacional 3794

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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8-ago-2023MAT (Causa N° 28950)Una persona trabajaba como masajista y utilizaba cremas con cannabis para realizar sus tratamientos. En ese contexto, decidió cultivar plantas de marihuana para producir sus propias cremas. A partir de una denuncia, la policía realizó un allanamiento en el domicilio de la persona. Allí, encontraron plantas de marihuana y distintos recipientes plásticos con cannabis, que fueron secuestrados y peritados. Los informes periciales indicaron que los elementos contenían THC en una concentración muy baja. La persona fue procesada por el delito de tenencia de estupefacientes. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de apelación. El juzgado interviniente hizo lugar al recurso y sobreseyó a la persona. Sin embargo, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, indicó que la persona no podía cultivar plantas de cannabis porque no estaba inscripta en el REPROCRANN. Luego, el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal desistió del recurso.
8-ago-2023Vazquez (causa N° 22542)Siete hombres vivían y trabajaban en un aserradero. A partir de una denuncia anónima, se inició una investigación por conductas compatibles con el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por el abuso de la situación de vulnerabilidad y pluralidad de personas. En ese marco, los trabajadores expresaron que recibían dinero por su trabajo, por un monto y en condiciones que habían sido pactadas de manera previa. Además, afirmaron que ninguno de ellos había entregado documentación personal ni tenían restricciones de salidas del lugar de trabajo ni endeudamientos con el empleador. Por otra parte, manifestaron que no habían recibido ningún tipo de agresión física, incluso refirieron tener buen concepto del imputado. El tribunal oral condenó al hombre que empleaba a los trabajadores a seis años de prisión de cumplimiento efectivo. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, alegó que se habían valorado de manera arbitraria las pruebas producidas durante el debate.
8-ago-2023Delgado (causa N° 3258)En el marco de una investigación penal se individualizó un cargamento de estupefacientes que iba a ser transportado desde la provincia de Jujuy con destino final a Buenos Aires. Según la información recabada, la droga iba a ser trasladada en una camioneta y un auto iba a viajar unos kilómetros delante como “punta” para alertar posibles controles policiales. El juez de instrucción ordenó la interceptación de los vehículos identificados y la detención de sus tripulantes. Fue así que el control policial de la ruta Nacional N° 9 detuvo la marcha de la camioneta. A bordo circulaban tres hombres que fueron retenidos. Cinco minutos después, se detuvo al otro vehículo. Allí viajaban un hombre y una mujer. Luego, se requisaron los automotores y se secuestraron 416,310 kg. de cocaína. Al momento de declarar, la mujer afirmó que debía viajar a la provincia de Córdoba para solicitar unos certificados médicos para su hija con discapacidad. Con ese fin, aprovechó un viaje que tenía planeado su esposo, de quien ya estaba separada. Afirmó que no sabía el motivo del viaje del hombre y que desconocía al resto de los imputados. Durante la investigación surgió que la imputada había extendido, a pedido de su ex pareja, una autorización para conducir su vehículo a uno de sus consortes de causa. Sin embargo, ese coche no era el involucrado en el hecho. En la etapa de juicio oral, se condenó a los cuatro hombres como coautores el delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención en el hecho de tres o más personas organizadas para cometerlo. Por otro lado, se condenó a la mujer como partícipe secundaria del mismo delito. Para así decidir, el tribunal afirmó que la mujer conocía plan delictivo de su marido y al menos a uno de los coimputados. Contra la sentencia, la defensa de la mujer presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que no se había probado la intervención dolosa de su defendida en la maniobra de transporte de estupefacientes. Asimismo, invocó un análisis sesgado de la prueba que no había tenido en cuenta la situación de vulnerabilidad de la mujer. Por último, sostuvo que la sentencia había carecido de una adecuada perspectiva de género.
2-ago-2023Rodriguez (Causa N°12107)En una zona cercana a un paso fronterizo, personal a cargo de la vigilancia del lugar advirtió a Gendarmería Nacional que una persona había subido de manera veloz a un colectivo. Entonces, los preventores detuvieron al micro y abordaron al hombre que habían identificado. En ese contexto, le solicitaron que abriera su mochila. El hombre lo hizo, los gendarmes observaron que había dos paquetes y reportaron el hallazgo a la fiscalía. Los representantes del Ministerio Público Fiscal indicaron que el micro debía dirigirse a un puesto de control para que un perro encargado de la detección de estupefacientes revisara el equipaje de todos los pasajeros. En consecuencia, el micro se trasladó al lugar indicado, un agente subió con un perro antinarcótico y circuló por todo el pasillo. Entonces, el oficial manifestó que el perro había dado una señal respecto del hombre identificado como sospechoso. Luego, los gendarmes abrieron la mochila y extrajeron los dos paquetes que en su interior contenían cannabis. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes. De manera posterior, la causa se acumuló con otro proceso en trámite por el delito de tenencia simple de estupefacientes. En el marco del juicio oral, el tribunal oral interviniente absolvió al hombre por considerar que la requisa sin orden judicial que se realizó sobre la mochila del imputado no había cumplido con los requisitos exigidos por el Código Procesal Penal Federal. Contra esta decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación.
31-jul-2023Foro Medio Ambiental San Nicolás Asociación Civil (Causa N° 124968)Una empresa se dedicaba a la fabricación de plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario y textil. Su planta industrial se encontraba a orillas de un afluente del río Paraná. En el desarrollo de sus actividades generaba efluentes tóxicos gaseosos y líquidos que vertía en el arroyo. A su vez, explotaba recursos hídricos subterráneos sin habilitación ni cumplimiento de los recaudos legales. Además, la empresa no contaba con las autorizaciones correspondientes para funcionar e incumplía con diversas resoluciones relativas a la gestión de permisos. En ese contexto, dos asociaciones civiles de protección ambiental iniciaron un amparo colectivo contra la firma, en protección del derecho a la salud y al ambiente. En su presentación, solicitaron el cese del daño ambiental de incidencia colectiva la adecuación de la planta y del procedimiento productivo a los parámetros legales. También requirieron las habilitaciones y permisos exigidos por los organismos de protección del agua y del desarrollo sustentable. Asimismo, pidieron como medida cautelar que se prohíba el vuelco de efluentes líquidos al río y el uso de aguas subterráneas hasta su cumplimiento. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida. Fundó su decisión en que la demandada no tenía el permiso de vuelco de efluentes líquidos ni de explotación de recurso hídrico subterráneo. Luego, la empresa se presentó en el expediente y solicitó el rechazo de la demanda. En el transcurso del proceso, tramitó los permisos pendientes y los acompañó en el expediente. Por esa razón, el juzgado levantó la medida cautelar y la autorizó a continuar con su actividad. El juzgado dictó la sentencia en la que admitió la acción en forma parcial por insuficiencia probatoria. Apelada la sentencia, la cámara de apelaciones ordenó a la compañía que cumpliera con algunas medidas (habilitación, inscripción y obtención de certificados) para poder continuar con el funcionamiento industrial. Ante esa resolución, las asociaciones interpusieron un recurso de inaplicabilidad de ley. Con posterioridad, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires dispuso una inspección ocular en la fábrica. También ordenó una pericia a fin de que se detallaran las habilitaciones, autorizaciones y permisos que se requerían a la firma para funcionar y se determinara si tenía en sus instalaciones sustancias tóxicas contaminantes.
26-jul-2023ICS (Causa N° 30040)Un hombre de nacionalidad paraguaya había obtenido la residencia permanente en el país. Sin embargo, más de veinte años después la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) dispuso su cancelación. En ese sentido, ordenó la expulsión del hombre del territorio nacional debido a que había sido condenado a la pena de prisión en suspenso por violación a la ley de estupefacientes. Si bien el hombre recurrió lo decidido por la DNM, ello quedó pendiente de resolución en sede judicial. Por su parte, el hombre tenía una enfermedad crónica y su salud dependía de una medicación costosa. No obstante, se le dificultaba adquirirla ya que se encontraba en situación de vulnerabilidad socioeconómica. Con posterioridad, la salud del hombre se deterioró. Por esa razón, debió ser hospitalizado. En ese marco, el Programa de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Defensoría General de la Nación intervino en su representación. En concreto, solicitó al juez que dictara con carácter urgente una medida autosatisfactiva para que el Ministerio del Interior le otorgara al hombre el documento nacional de identidad. Especificó que el DNI le permitiría acceder a las prestaciones del Programa de Diabetes de la Provincia de Buenos Aires. El juzgado rechazó el pedido. Para decidir así, consideró que el hombre tenía cubierta la medicación porque permanecía internado en ese momento. Además, exigió a la parte demandada que presentara el informe previsto por el artículo 4, inciso c de la Ley N°26.854 de Medidas Cautelares en las que interviene el Estado Nacional. Ante esa situación, la defensa pública presentó un recurso de revocatoria. En esa oportunidad, informó como hecho nuevo que el hombre había sido externado. Planteó que ya no tenía acceso a la medicación indicada por sus médicos tratantes, lo que vulneraba su derecho a la salud y a la vida digna. Sostuvo que la cancelación de la residencia permanente por parte de la DNM le imposibilitaba ejercer sus derechos fundamentales, pese a que aún no estaba firme. Agregó que, de esa manera, su defendido no podía tramitar la documentación correspondiente, lo que le impedía acceder al tratamiento y a la medicación que requería.
17-jul-2023Paredes (causa N° 10774)Una mujer con trastorno de ansiedad obtuvo una autorización para cultivar cannabis a través del Registro Nacional de Personas Autorizadas al Cultivo Controlado con Fines Medicinales y/o Terapéuticos (REPROCANN), a los fines de aliviar sus síntomas. Mediante el REPROCANN, fue habilitada a cultivar hasta nueve plantas para la elaboración de aceite medicinal y a transportar hasta seis frascos de treinta mililitros de ese aceite o cuarenta gramos de flores secas. En el marco de un allanamiento solicitado al domicilio de la mujer, se identificó un sistema de cultivo indoor. En su interior se hallaron nueve plantas de cannabis sativa colgadas en etapa de flora y secado. La mujer exhibió en ese momento su certificado de REPROCANN, que se encontraba vencido hacía un mes y en estado de validación. Por esa razón, el juzgado federal de turno dispuso el secuestro del material estupefaciente y se la imputó por la infracción a la ley N° 23.737. La defensa solicitó el sobreseimiento de su asistida. Así, acompañó el certificado vencido de REPROCANN e informó que su validación se encontraba en trámite. Refirió que para obtener el nuevo carnet era necesario que operara el vencimiento del anterior. Además, explicó que, según fuera informado por la autoridad administrativa, durante el tiempo que se extendiera aquel trámite la mujer se encontraba amparada por la primera autorización. Finalmente, solicitó la restitución del material secuestrado.
11-jul-2023Álvarez Libarona (Causa N° 35927)En el marco de un proceso judicial, la Dirección Nacional de Migraciones solicitó que se decretara la caducidad de instancia. En ese sentido señaló que se había ordenado el traslado de los agravios presentados por la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación. Planteó que, desde ese momento, había transcurrido el plazo de tres meses previsto en la normativa procesal. Por su parte, la Comisión pidió al juez que declarara la perención del incidente de caducidad de instancia.
10-jul-2023VES (Causa N° 50993)Una mujer de edad avanzada se encontraba en buen estado de salud psicofísica y realizaba sus actividades de la vida diaria con autonomía. Sin embargo, su movilidad era reducida debido a algunas dolencias propias de su edad. Por ese motivo, su referente afectivo, a quien ella consideraba como un nieto, la asistía y la acompañaba en la realización de trámites como el cobro de la jubilación o la obtención de turnos médicos. Además, contaba con una cuidadora domiciliaria que le había otorgado su cobertura médica. Con posterioridad, su nieto denunció al padre por violencia familiar. En consecuencia, la mujer se distanció del denunciado, con quien también tenía una relación de amistad de muchos años. En el marco del expediente judicial de violencia familiar intervino una Defensoría Pública de Menores e Incapaces. A raíz de algunos informes allí producidos, la Defensora inició un proceso judicial de determinación de la capacidad jurídica de la mujer. En ese proceso, se ordenó la producción de un informe socioambiental y de una evaluación interdisciplinaria de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación. En el primero, se describió la cotidianidad de la mujer y se determinó que tenía autonomía. Asimismo, el segundo estuvo a cargo de una clínica perteneciente a la cobertura de salud de la mujer. En esa presentación, los profesionales advirtieron que la mujer no podía realizar una serie de actividades, pero no especificaron las razones. En virtud de la contradicción entre ambos informes, el Defensor Público Curador acompañó un nuevo informe interdisciplinario efectuado por su equipo. En esa oportunidad, la mujer expresó su preocupación por la apertura de un proceso judicial y señaló que no deseaba que la causa continuara. A su vez, el informe dio cuenta de que era una persona lúcida y autosuficiente. Con posterioridad, en la audiencia prevista por la normativa, la jueza tomó contacto directo con la mujer. En la entrevista, pudo comprobar que la mujer conocía el valor del dinero, podía gestionar las cuestiones vinculadas a su salud, así como valerse por sí en cuestiones de la vida diaria. No obstante, en virtud de sus limitaciones físicas propias de la edad, requería en algunas ocasiones la asistencia de su nieto. Por esos motivos, el Curador solicitó el rechazo de la demanda. Con posterioridad, la Defensora de Menores e Incapaces adhirió a su dictamen.
7-jul-2023Sakal (causa N° 77552)Un hombre fue condenado a la pena de nueve años y seis meses por ser coautor del delito de robo doblemente agravado por haberse cometido con un arma de fuego y por la participación de un menor de dieciocho años, en concurso real con el delito de daño agravado. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso de casación in pauperis que luego fue fundamentado por su defensa. Entre otras cuestiones, postuló la nulidad parcial de la sentencia y la absolución de su asistido por uno de los hechos atribuidos y la reducción al mínimo de la pena aplicada en función del hecho restante. Subsidiariamente, solicitó que no se fijara una pena superior a los tres años de prisión dejada en suspenso. Por último, pidió que se descartara la agravante prevista en el artículo 41 quater del Código Penal.
5-jul-2023RGA (Causa N° 25523)Dos mujeres– Y.C y G.R– se encontraban en pareja y convivían. Asimismo, tenían dos hijas y querían ampliar su familia. Por ese motivo, decidieron tener un hijo. Para concretar su proyecto familiar, recurrieron a las técnicas de reproducción con el método de inseminación casera. Con ese fin, utilizaron gametos masculinos de un conocido de la pareja que no tenía voluntad procreacional. Con posterioridad, la pareja y el donante dejaron constancias de su decisión y, suscribieron los correspondientes consentimientos informados ante un escribano público. En ese momento, la señora G.R ya estaba embarazada. Luego, cuando las mujeres quisieron inscribir al niño como hijo de ambas, el Registro Civil rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, entendió que no cumplían con los recaudos que establecía el artículo 560 del CCYCN sobre el consentimiento previo de las personas que se sometían al uso de las técnicas de reproducción humana asistida (TRHA). Por ese motivo, las mujeres iniciaron una acción judicial para que se dictara una medida autosastifactiva. En concreto pidieron que se ordenara al registro a completar la inscripción del niño de manera que la señora Y.C fuera consignada como su co-madre. No obstante, el juzgado que intervino desestimó la medida requerida. Para decidir así, consideró que la ley desconocía los efectos jurídicos de las prácticas denominadas caseras. Agregó que éstas se realizaban por fuera de un centro de salud y sin asistencia médica, por lo que no aplicaban las reglas de filiación por TRHA. En consecuencia, las actoras interpusieron un recurso de apelación. Entre sus argumentos, expresaron que no se había brindado una solución jurídica a su petición que hacía a la identidad del niño. Asimismo, resaltaron que se dejaban por fuera de la protección de la ley a las personas que recurrían a las técnicas caseras de reproducción humana asistida sin intervención de establecimientos médicos.
5-jul-2023Guerrero (causa N° 1735)Una mujer, luego de ingerir bebidas alcohólicas y pastillas de clonazepam, se acostó a dormir junto a su hijo de dos años, en la misma cama. En ese contexto, la mujer dormida apoyó todo su peso sobre su hijo. En consecuencia, produjo una compresión toracoabdominal en el cuerpo del niño, que falleció. Por este hecho, la mujer fue imputada y detenida con prisión preventiva por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía. La fiscalía sostuvo en su hipótesis acusatoria que la mujer había presionado con intencionalidad el pecho del niño. Fundó su pretensión, entre otras cuestiones, en distintas declaraciones en donde la mujer, con anterioridad al episodio, había anunciado a su ex pareja que iba a matar a su hijo. Durante el juicio, los médicos forenses señalaron que era probable que la muerte se hubiera producido como consecuencia de que la madre se hubiera quedado dormida sobre el cuerpo del niño de manera involuntaria.
4-jul-2023MARASCALCHI ( Causa N° 500000816)En 2003 se imputó a tres jóvenes de haber sustraído la suma de cuarenta pesos. En junio de 2004 se requirió la elevación a juicio del expediente y en septiembre de ese año se clausuró la instrucción. En diciembre de 2005 se citó a las partes a juicio y luego se ofreció prueba. En septiembre de 2013, más de siete años después, se proveyó la prueba y se fijó audiencia de debate para noviembre del mismo año. Sin embargo, en octubre de 2013 la defensa solicitó el sobreseimiento de sus asistidos por violación de la garantía del plazo razonable del proceso. El tribunal interviniente rechazó el pedido. Por esa razón, la defensa interpuso un recurso de casación que fue declarado mal concedido.; En septiembre de 2015 la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que se había vulnerado la garantía a ser juzgado en un plazo razonable y ordenó que se dictara una nueva sentencia. En consecuencia, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal señaló que correspondía atender a las circunstancias presentes en ese momento y no a las que imperaron cuando se interpuso el recurso de casación. Así, indicó que tribunal oral interviniente había declarado extinguida por prescripción la acción penal respecto a dos de los imputados y que por ese motivo devenía abstracto pronunciarse. Por otra parte, la Cámara sostuvo que no se advertía una paralización irrazonable respecto al único imputado que no se encontraba sobreseído. En ese sentido, sostuvo que la defensa no había demostrado el perjuicio concreto. Además, argumentó que el imputado no había sido privado de su libertad durante el trámite del proceso. Por último, hizo hincapié en el cumulo de tareas y en que la audiencia de debate se había dejado sin efecto debido al recurso de casación interpuesto por la defensa.
4-jul-2023ASH (Causa N° 4440)Una niña con discapacidades psicosociales requería tratamientos de rehabilitación y prestaciones educativas bajo indicación médica. Sin embargo, su grupo familiar se hallaba en situación de vulnerabilidad socioeconómica ya que el único ingreso del hogar provenía del progenitor y era escaso. Por ese motivo, se les dificultaba afrontar el costo de las prácticas. En consecuencia, el hombre –con la asistencia de la defensa pública– inició una acción de amparo para que su cobertura médica solventara el 100% de los tratamientos que su hija necesitaba. En su presentación, como medida cautelar solicitó que la demandada solventara todas las prestaciones médicas con carácter urgente hasta el dictado de la sentencia definitiva. El juzgado admitió en forma parcial la medida cautelar. Para decidir de esa manera, entendió que los servicios de aquellos profesionales no incluidos en la cartilla de la accionada debían ser costeados en función de los valores establecidos por el Ministerio de Salud junto con un porcentual por zona desfavorable. Contra lo resuelto, la parte actora presentó un recurso de apelación. Por su parte, la Cámara revocó la sentencia de la anterior instancia. En ese sentido, dispuso que la cobertura debía ser otorgada en su totalidad porque, de lo contrario, se afectaba el derecho a la salud de la niña y se agravaba la situación económica de su familia. Luego, el tribunal dictó una medida para mejor proveer. En concreto, intimó a las partes a demostrar cómo impactaba en sus finanzas la diferencia entre los valores del nomenclador del Ministerio de Salud y de las prestaciones médicas requeridas. Una vez cumplido, la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto al fondo. Sobre ese aspecto, señaló que los gastos de los tratamientos –en particular los correspondientes al acompañante terapéutico– excedían de manera desproporcionada los montos de cobertura. Consideró que ello afectaba el funcionamiento del sistema de obras sociales. Por lo tanto, determinó que debido a que el acompañante terapéutico no estaba contemplado en el Programa Médico Obligatorio, debía ser incorporado en los módulos de rehabilitación integral previstos por el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Por su parte, el defensor oficial interpuso un recurso extraordinario federal que fue rechazado. Entonces, planteó una queja. Entre sus argumentos, sostuvo que la resolución de la Cámara afectaba el derecho a la cobertura integral que preveía la normativa y colocaba en mayor situación de vulnerabilidad a la niña y a su familia.
4-jun-2023Glavic (Causa N° 7035)En Croacia se celebró un juicio oral y se condenó a una persona a la pena de un año y cuatro meses de prisión. Luego, su defensa interpuso un recurso y el tribunal correspondiente modificó la pena a un año de prisión. La causa había tramitado en ausencia de la persona porque se encontraba en Argentina. En ese contexto, los jueces extranjeros solicitaron su aprehensión. La persona fue detenida de manera preventiva el 17 de agosto del 2021. La defensa en Argentina pidió su excarcelación, que fue concedida el 25 de ese mes. El 15 de septiembre de 2021, los tribunales extranjeros requirieron su extradición. Sin embargo, el juez competente en nuestro país rechazó el pedido. Para así decidir, entendió que no se cumplía el requisito previsto en el artículo 6 de la ley N° 24.767, atento a que la pena a cumplir era menor a un año. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal. Por su parte, la defensa solicitó que se confirmara la resolución apelada.
4-jul-2023EGS (Causa Nº 16208)Una mujer trans mantuvo un vínculo sexoafectivo con un hombre. En 2013 iniciaron una convivencia que se extendió hasta la muerte del hombre, ocurrida en julio de 2019. Luego, la mujer solicitó a la ANSES que le otorgara la pensión derivada del fallecimiento de su conviviente. Sin embargo, el organismo rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, consideró que no se había acreditado la convivencia en forma suficiente y que había diferencias en los domicilios declarados. En consecuencia, la mujer presentó una demanda contra ANSES. El juzgado hizo lugar al pedido revocó la resolución de ANSES y le otorgó la pensión solicitada. Entre sus argumentos, tuvo en consideración el artículo 510 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establecía como requisito para las uniones convivenciales un tiempo mínimo de dos años. Sobre ese aspecto, señaló que la norma debía interpretarse de la manera más favorable a la actora, debido al carácter alimentario de la pensión. Asimismo, evaluó entre otras pruebas, la declaración que había realizado la actora frente a dos testigos referida a sus años de convivencia. Contra esa decisión ANSES interpuso un recurso de apelación. En su presentación, manifestó que la accionante y su conviviente tenían domicilios registrados en distintos lugares, lo que hacía presumir que no habían convivido. A su vez, reiteró que la actora no había aportado prueba documental suficiente que demostrara la convivencia por el lapso de dos años anteriores al fallecimiento de su pareja.
3-jul-2023Chaves Rubio (Causa n° 63942)Un policía se presentó en la intersección de las calles dónde se encontraba una mujer trans en situación de prostitución y le disparó con su arma de fuego reglamentaria, ocasionándole la muerte. Por esos hechos, el representante del Ministerio Público Fiscal acusó al hombre del delito de homicidio agravado por odio a la expresión de género o identidad de género en concurso ideal con homicidio agravado por la condición del sujeto activo, por alevosía y por ensañamiento y agravado por el uso de arma. El jurado popular dictó un veredicto de culpabilidad y, luego, el tribunal interviniente emitió una sentencia de condena a la pena de prisión perpetua. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación por considerar que las instrucciones finales brindadas al jurado habían sido confusas y parciales y que la perspectiva de género se había aplicado en desmedro de los derechos de su defendido.
27-jun-2023Kowashiro Inga (Causa Nº 556)Una mujer de nacionalidad peruana residía en el país junto con su hijo argentino menor de edad. En 2017, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. En ese momento se encontraba vigente el DNU 70/2017, que restringió el alcance de las dispensas previstas en el artículo 29 de la ley 25.871. Así, el decreto tornó inviable la consideración de otorgarle una dispensa por razones de reunificación familiar a la mujer. Ante esta situación, ella presentó un recurso judicial donde solicitó la declaración de inconstitucionalidad del decreto. El tribunal de primera instancia rechazó el recurso. Luego, presentó un recurso de apelación que fue acogido de manera favorable por la sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Contra esa decisión, la DNM interpuso un recurso extraordinario federal que fue concedido. Con posterioridad, se promulgó el decreto 138/2021 que dejó sin efecto el decreto 70/2017 y restituyó la ley 25.851 a su redacción previa. De ese modo, se produjo un conflicto de determinación de la ley aplicable.
25-jun-2023FBF (Causa N° 1550)Un hombre y una mujer ejercían violencia física hacia sus hijos menores de edad. En ese contexto, uno de los niños –que en ese momento tenía seis meses– sufrió daños graves en su salud. En consecuencia, se inició una causa penal contra los progenitores. En 2017 ambos fueron suspendidos del ejercicio de la responsabilidad parental, por lo que sus hijos quedaron bajo el cuidado de su tía y de su abuela. Al año siguiente, el juzgado interviniente condenó a los progenitores a la pena de seis años de prisión ya que fueron considerados coautores del delito de lesiones gravísimas calificadas por el vínculo. Asimismo, el juez ordenó la pérdida de la responsabilidad parental mientras durara la condena. Sin perjuicio de ello, dispuso que la justicia civil debía tomar las medidas adecuadas a fin de garantizar el interés superior de los niños involucrados. Ante esa situación, la tía y la abuela –con la asistencia de la defensa pública– solicitaron en el marco del expediente de guarda la privación de la responsabilidad parental de los dos progenitores con respecto al niño. En su presentación, invocaron las causales previstas por el artículo 700, incisos a, b y c del Código Civil y Comercial de la Nación.
22-jun-2023Zeballos Gutiérrez (causa N° 24566)Personal de gendarmería realizó un control de identidad a un grupo de pasajeros que viajaba de Salta a Tucumán. Durante el procedimiento, observó en la bodega del colectivo tres bultos grandes envueltos en bolsas de las que emanaba olor característico a la hoja de coca. Con el fin de identificar a la persona propietaria, los pasajeros descendieron. Entonces, los gendarmes observaron a tres individuos con una “conducta evasiva” durante el control. Dos mujeres y un varón dieron su nombre, pero no conocían con exactitud los datos de los documentos que presentaron. Por ese motivo, los agentes inspeccionaron un bolso de mano de una de las mujeres. Allí, encontraron dos paquetes envueltos con cinta de embalar. Entonces, la requisaron y encontraron una faja elástica con cinco bolsillos que contenían paquetes similares a los localizados en la cartera. Luego, requisaron al varón y vieron que llevaba una faja con ciento cincuenta y nueve cápsulas envueltas en nylon con una sustancia color blanco. Por último, cuando le informaron a la segunda mujer que se le realizaría una requisa personal, manifestó de manera espontánea que transportaba una faja, que era boliviana y que el documento presentado no le pertenecía. Al requisarla, encontraron en su abdomen ciento cuarenta y ocho cápsulas similares a las que tenía el hombre. Una vez realizada la pericia sobre la sustancia, se determinó la posesión de un total de 6.100,76 gramos de cocaína.; Las personas fueron imputadas por el delito de transporte de estupefacientes. En la declaración indagatoria, la primera mujer expuso que era madre de una hija de seis meses y que se había quedado sin trabajo. Por ese motivo, le habían ofrecido llevar unos paquetes a otra provincia y pagarle mil cien dólares. En ese sentido, afirmó que aceptó por necesidad y que desconocía el contenido de lo que trasladaba. Por último, dijo que no conocía a las otras dos personas detenidas y solicitó acogerse bajo la figura del arrepentido. En la etapa de juicio oral, la última mujer fue declarada rebelde. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal estableció que los imputados eran responsables del delito de transporte de estupefacientes y solicitó la imposición de la pena de cinco años y tres meses de prisión. Por su parte, la defensa manifestó que sus asistidos habían sido víctimas de trata de personas y que debía eximírselos de responsabilidad en los términos del artículo 5 de la ley N° 26.364. Por último, con respecto al varón alegó que debía tenerse en cuenta que había resultado herido en su lugar de detención durante una represión por parte del personal penitenciario. En ese contexto, sufrió una lesión en el ojo y los médicos aún no habían indicado el compromiso de la visión. Por esa razón, solicitó que se considerara su situación de salud y se aplicara el criterio de pena natural.