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Título : Paez (Causa N°11272)
Fecha: 20-mar-2024
Resumen : Tres personas fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes agravado. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la incorporación del informe de la AFIP que calculaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado. Argumentó que el análisis efectuado en el informe carecía de rigor científico y por ende de utilidad para el debate.
Decisión: La Sala I de la Cámara Federal de Salta, en forma unipersonal, hizo lugar al planteo de la defensa y excluyó el informe de la AFIP en el que se calculaba el valor que tendría el estupefaciente en el mercado (juez Rabbi Baldi Cabanillas).
Argumentos: 1. Prueba. Prueba documental. Admisibilidad. Informes. Prueba de peritos. “[S]i bien esa prueba puede ser pertinente para la fiscalía, la falta de rigor científico y explicación del ‘perito’ aduanero que realizó la cotización de la droga sobre el método empleado para calcular su valor monetario (siendo que se trata de una mercadería que solo se adquiere en el mercado ilegal y por tanto carece de nomenclador para su avalúo), el margen de error de su estudio y los demás estándares sobre la admisibilidad de la prueba pericial desarrollados en el ‘leading case’ de la Corte Federal norteamericana en el caso ‘Daubert vs. Merrell’ -plenamente aplicables a este sistema- impide considerar que se trata de una evidencia que aportará información de calidad objetiva para el debate. A su vez, expliqué porque esa decisión debe evaluarse en la audiencia de control por tratarse de una cuestión de admisibilidad de la prueba y no de valoración como se alegó, que ciertamente son asuntos propios del debate”.
Tribunal : Cámara Federal de Apelaciones de Salta, Sala I
Voces: ADMISIBILIDAD
INFORMES
PRUEBA DE PERITOS
PRUEBA DOCUMENTAL
PRUEBA
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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