Jurisprudencia nacional 4619

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

Buscar por:
Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 4141 a 4160 de 4619
FechaTítuloResumen
10-abr-2015M, MS (dictamen)La niña M.S.M., desde su quinto día de vida, había quedado al cuidado de la actora en virtud de la entrega efectuada por su madre biológica. Tal proceder fue documentado en un instrumento privado. Un año después, la actora inició el proceso judicial de guarda con fines de adopción, oportunidad en la que manifestó que la progenitora –a quien conocía desde hacía tiempo por intermedio de una amiga– le cedió la crianza de la recién nacida por verse imposibilitada de hacerse cargo de ella. En ese marco, la Defensora Pública de Menores e Incapaces y la Tutora Pública –designada tutora ad litem– se opusieron al pedido de adopción y a la guarda previa en atención a las condiciones irregulares que, a su entender, habían rodeado la génesis de la custodia de hecho. En consecuencia, requirieron como medidas precautorias el cese de la guarda y la derivación de la niña a una familia de tránsito. La magistrada de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó la derivación de la menor a un hogar de tránsito o familia de acogimiento a designar por la Dirección General de Niñez y Adolescencia del Gobierno de la Ciudad, destino que fue posteriormente sustituido por un hogar convivencial. La Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó aquella decisión y ordenó la urgente restitución de la niña a quien fuera su guardadora de hecho. Contra este pronunciamiento, el Tutor Público, el Defensor Público de Menores e Incapaces, el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad y la Defensoría Zonal de la Comuna 2, dedujeron recurso extraordinario. Dichas impugnaciones fueron concedidas.
10-abr-2015Roa, Hugo OrlandoEl tribunal oral rechazó la excarcelación del imputado sobre la base de la pena con la que se encontraba reprimido el delito que se le atribuía (robo con armas), lo que determinaba que, de recaer una sentencia de condena, se imponga su cumplimiento efectivo. La defensa interpuso recurso de casación contra esa decisión.
10-abr-2015GVPIUna persona había sido imputada por la comisión del delito de encubrimiento en diciembre de 2013 y luego, en enero de 2014, fue imputada nuevamente por otros hechos delictivos contra la propiedad. En la primera causa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se opuso a la concesión del instituto. A tal fin, indicó que los hechos posteriores tornaban inaplicable la probation. En consecuencia, el Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
8-abr-2015MLEUna persona solicitó la suspensión del juicio a prueba. La audiencia prevista en el art. 293 CPPN se realizó en junio de 2013. Más de un año después, en diciembre de 2014, el Tribunal Oral rechazó la petición. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
7-abr-2015Salazar, Viviana InésLa Sala 3 –integrada por los jueces Jantus, Mahiques y Días – hizo lugar al recurso de casación deducido por la defensa contra la decisión del tribunal oral de rechazar el planteo de nulidad de la sanción disciplinaria impuesta a una mujer privada de la libertad.
7-abr-2015Comunidad indígena Toba La Primavera c. Provincia de Formosa y otrosEn el marco de un conflicto sobre la propiedad del territorio ubicado de la localidad de la Laguna Blanca, la comunidad indígena Toba La Primavera denunció el incumplimiento por parte de la Provincia de Formosa de las medidas cautelares dictadas por el Juzgado Federal n° 1 de Formosa y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Ello, a raíz de que el estado provincial se encontraba realizando una obra de drenaje y desagüe en la localidad de la Laguna Blanca, que habría puesto en peligro el equilibrio de su ecosistema y los recursos naturales de la zona. Además, solicitó que se declare la incompetencia del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Clorinda, Provincia de Formosa, para entender en el expediente iniciado por un particular que persigue el desalojo de la comunidad de las tierras, por considerar que su objeto se superponía con el de las actuaciones en trámite ante la Corte Federal.
1-abr-2015P, M SEl actor solicitó judicialmente la adopción simple de la niña P.P.S.A., hija de su esposa y sin filiación paterna. Entre sus fundamentos, el actor sostuvo que mantiene una relación de familia y que desde el año 2008 se encuentra en pareja con la madre de la niña, con quien contrajo matrimonio en 2012 y tiene un hijo en común.
1-abr-2015Fortunato Galván del Rosario Escobar, Diego GastónEl juzgado de ejecución penal había resuelto –pese al dictamen fiscal favorable– no hacer lugar a una solicitud de libertad condicional en virtud de los “reiterados antecedentes del condenado” y su pasado de adicción a sustancias estupefacientes. Por tal motivo, la defensa interpuso recurso de casación.
1-abr-2015VAVL c. OSDELa actora inició una acción de amparo contra la obra social OSDE a fin de que se ordene a la demandada la cobertura integral (100%) de la prestación de fertilización asistida (FIV) por técnica ICSI con óvulos propios y del procedimiento de fertilización asistida (FIV) por técnica ICSI con ovodonación. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda pero difirió el tratamiento de la pretensión referida a la cobertura integral del procedimiento de fertilización asistida (FIV) por técnica ICSI con ovodonación hasta tanto existiera una prescripción médica determinante para la actora. En consecuencia, tanto la actora como la demandada interpusieron recursos de apelación.
1-abr-2015Meza Contreras, Luis ManuelEl Tribunal Oral en lo Criminal y Federal rechazó la solicitud de libertad condicional formulada a favor del condenado por considerar su situación migratoria como un "obstáculo a los fines de su reinserción en el medio libre". Contra dicho pronunciamiento la defensa oficial interpuso recurso de casación.
31-mar-2015La Ñusta SAEl proceso se había iniciado en virtud de la denuncia efectuada por el jefe de la Sección Penal Tributaria de la División Jurídica de la Dirección Regional San Juan de la AFIP contra un contribuyente, ante la omisión de ingresar las sumas debidas a la AFIP en el plazo previsto por ley, ocasionando con ello un perjuicio patrimonial al erario público.
31-mar-2015Gorga, José LuisEn este caso, uno de los herederos, mediante un incidente, solicitó la partición de herencia. La cónyuge supérstite y otro heredero se opusieron a ese pedido con fundamento –entre otros– en el derecho real de habitación de la cónyuge supérstite respecto de uno de los inmuebles –último hogar conyugal, donde ésta reside–. Sin embargo, el juez de grado hizo lugar a la partición. En virtud de ello, la cónyuge supérstite y otro heredero apelaron la resolución. El incidentista se opuso al derecho real de habitación de la cónyuge supérstite con base en la existencia de otro inmueble habitable integrante del acervo sucesorio y una valuación del inmueble que sobrepasaría el límite máximo acordado para ser declarado “bien de familia”.
31-mar-2015BR, ZCEn 1999, una persona extranjera había sido condenada a la pena de seis años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada. En 2006, solicitó la residencia en el país ante la DNM en el marco del Programa Nacional de Normalización Documentaria Migratoria para nativos de países del Mercosur y Asociados. A tal efecto, acreditó que vivía desde hacía veinte años en Argentina, tenía su grupo familiar en el país (madre, marido, hermano y sobrinos) y que, luego de cumplir la condena penal, se había reinsertado en la sociedad y contaba con un trabajo. La autoridad migratoria rechazó el pedido y ordenó su expulsión del país y la prohibición de reingreso por el término de quince años (conf. art. 29 inc. c, ley Nº 25.871). Ante el recurso directo presentado por la actora en sede judicial, la jueza de grado rechazó la demanda. Contra esa resolución, la accionante interpuso recurso de apelación.
30-mar-2015SMJLa causante fue declarada incapaz en los términos del artículo 141 del Código Civil. Dicha decisión fue confirmada por la Cámara Civil. En atención a lo dispuesto por el artículo 152 ter del Código Civil, se realizó un informe interdisciplinario del que surgía: “…la causante padece retraso mental síndrome de Down. Requiere de apoyo y sostén de terceros en virtud de que su comprensión y valoración de circunstancias complejas y/o abstractas se encuentran limitadas. Posee autonomía aceptable para pequeñas responsabilidades de la vida cotidiana y rutinaria, pero el estado psíquico evidenciado la condiciona para enfrentar situaciones nuevas sin un apoyo efectivo y continente. Su capacidad de inserción laboral se encuentra supeditada al tipo de tareas, al marco de las mismas y a la correcta integración de dicha inserción laboral posible, en un proceso terapéutico interdisciplinario”. Además, del informe socio ambiental se desprendía, entre otras cosas, lo siguiente: “…la causante mantiene buen vínculo con sus padres, hermanos y sobrinos [y que] desea que su madre continué siendo su apoyo”.
27-mar-2015Romano, Matías NorbertoEl tribunal oral denegó el pedido de excarcelación del imputado, por lo que la defensa interpuso recurso de casación.
27-mar-2015OAGLa Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró mal concedido el recurso de casación deducido por la defensa de A. G. O. contra la sentencia del tribunal oral que rechazó la suspensión del juicio a prueba por no haber transcurrido el plazo exigido por el artículo 76 ter del Código Penal desde la anterior concesión del mismo instituto por un delito cometido siendo menor de dieciocho años de edad. La defensa interpuso recurso extraordinario federal contra esa decisión y, frente a su rechazo, recurso de queja.
27-mar-2015Arregui, Diego c. EN – PFAEn este caso, el actor inició una demanda de daños y perjuicios por haber sido agredido por un tercero luego de la campaña “Stop Sida”, que había sido desarrollada por la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) y fuera del predio público concedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) donde transcurrió la actividad. La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó parcialmente la sentencia apelada y, en consecuencia, condenó en forma exclusiva a la CHA a resarcir los daños padecidos por el actor, por entender que la organización no gubernamental (ONG) incumplió su deber de proveer seguridad a los asistentes. Por otro lado, revocó la condena dictada contra el GCBA en tanto entendió que la Policía Federal Argentina (PFA) era la responsable principal de la prestación del servicio de seguridad en atención a que la jurisdicción local no tenía, al momento de los acontecimientos, personal policial propio. Contra esa sentencia, la CHA interpuso recurso extraordinario que fue denegado y dio lugar a la presentación de una queja. La ONG alegó que los daños padecidos por el actor fueron el resultado del incumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de seguridad, en particular, del GCBA que desatendió su deber de poner en conocimiento de la PFA la realización de la actividad y que la sentencia apelada impedía el ejercicio de los derechos constitucionales a la libertad de expresión y el derecho de reunión y de asociación.
26-mar-2015DJE y otra c. GNLlos actores iniciaron un proceso judicial a fin de que se reconozca su derecho de comunicación con sus nietos. Los niños –que vivían con su madre– se negaban a retomar el contacto con sus abuelos paternos. El fallo de Primera instancia reconoció el derecho de comunicación de los abuelos pero estimó que no correspondía otorgar el permiso de visitas requerido. Ello, toda vez que los informes incorporados a la causa señalaban que había un enfrentamiento grave entre los adultos que tensionaba a los niños. Los actores apelaron la decisión.
26-mar-2015C, MI c. S, TLa actora –en representación de su hijo– inició las actuaciones con el objeto de establecer la paternidad del niño, cuyo presunto padre biológico había fallecido en el año 2002, cuatro meses después de su nacimiento. El juez de grado dictó sentencia definitiva en el año 2013. En dicha oportunidad, el magistrado admitió la demanda y ordenó el pago de honorarios y la inscripción de la sentencia en el Registro Nacional de las Personas. Con posterioridad, la progenitora del niño manifestó la imposibilidad de gestionar la partida de nacimiento de su hijo y de proceder a la inscripción de la sentencia debido a la falta de recursos económicos para hacer frente a los honorarios y aportes de ley. En virtud de ello, en forma conjunta con el Ministerio Público, solicitó que se ordene la inscripción del de la sentencia sin más trámite. El juez de primera instancia desestimó el planteo. Contra esa decisión se interpuso recurso de apelación.
25-mar-2015Res. 447-15Cabe recordar que, en el caso “Mohamed”, la CorteIDH consideró responsable a la República Argentina por la violación del derecho del imputado a recurrir el fallo condenatorio emitido el 22 de febrero de 1995 por la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, de conformidad con los parámetros convencionales establecidos en el artículo 8.2.h de la Convención Americana sobre derechos humanos. El tribunal interamericano dispuso, en lo que concierne al Poder Judicial de la Nación, que el Estado argentino debía adoptar las medidas necesarias para garantizarle a Mohamed el derecho a recurrir la sentencia condenatoria. A su vez, ordenó que se suspendan los efectos jurídicos del fallo condenatorio emitido por la Sala Primera de la Cámara citada y, en especial, su registro de antecedentes, hasta que se emita una decisión de fondo.