Jurisprudencia nacional 4603
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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 3701 a 3720 de 4603
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 17-dic-2015 | GALS (causa N° 5019) | Varias personas efectuaron gráficos con pintura en aerosol sobre una formación ferroviaria. Una de ellas era menor de edad. Por ese hecho, fue imputada por el delito de daño, agravado por haber sido cometido sobre un bien público. Posteriormente, el imputado realizó tareas comunitarias consistentes en la enseñanza teórica y práctica de pintura a un grupo de niños en un barrio de bajos recursos. Sus tareas fueron coordinadas por el centro cultural y por la Secretaría de Cultura del lugar. Dichas entidades elaboraron un informe en el que se agradeció la colaboración del joven y se destacó su voluntad y predisposición respecto al abordaje pedagógico y participativo de los niños del barrio. A su vez, se incorporaron informes socio- ambientales que indicaban que el imputado poseía contención familiar y gran capacidad de proyección y crecimiento personal. En la etapa de juicio, se celebró un acuerdo de juicio abreviado. En ese marco, la fiscalía solicitó que se declarara la responsabilidad del imputado en los términos del artículo 4 de la ley N° 22.278. Asimismo, tuvo en consideración las tareas realizadas y entendió que no era necesaria la aplicación de una sanción penal. En consecuencia, postuló su absolución. |
| 15-dic-2015 | Ramos | El intendente de una ciudad de Salta había sido imputado por la comisión de diversos delitos llevados a cabo durante el ejercicio de su función pública. La investigación de los hechos acumuló varios expedientes iniciados entre 1997 y 2001. Entre agosto y septiembre de 2005 se requirió su elevación a juicio. La defensa planteó la prescripción de la acción penal. La Cámara Primera en lo Criminal rechazó el planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a la impugnación y sobreseyó al imputado. Para decidir de ese modo, consideró que la duración del proceso seguida al imputado por los delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones como intendente excedía el plazo de doce años fijado para la prescripción en el artículo 62, inciso 2, del Código Penal. Además, indicó que no consideraba que el proceso fuera complejo ni que la actividad procesal del imputado justificara la demora en su tramitación. Entonces, la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. |
| 14-dic-2015 | Sales, Jorge Antonio | El Juzgado de Ejecución Penal había resuelto ampliar la reducción de catorce meses en los plazos para su avance en la progresividad del régimen penitenciario dispuesta en junio de 2014, en tres meses más. En este sentido, consideró que correspondía tal reducción por la finalización del nivel de escolaridad secundaria, sin tomar en cuenta el ciclo lectivo cumplido para completar dicho nivel y apartándose de lo solicitado por la defensa y el Ministerio Público Fiscal, quienes coincidieron en que debía realizarse una reducción de seis meses. En razón de ello, la defensa interpuso recurso de casación. |
| 14-dic-2015 | Ripoll (Causa n°53744) | En el mes de abril del año 2007 una persona fue citada a prestar declaración indagatoria. En abril del 2015 la fiscalía requirió la elevación a juicio del expediente. En la etapa de juicio, la defensa planteó que entre la citación a la declaración indagatoria y el requerimiento de elevación a juicio había transcurrido el plazo máximo previsto para el delito imputado. En ese sentido, sostuvo que la acción penal se encontraba prescripta. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de ese modo, tuvo en consideración que en el año 2013 la persona había cometido un nuevo delito -por el cual se había dictado sentencia firme en marzo del 2015- que había interrumpido el curso de la prescripción. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 11-dic-2015 | Durand, Brian Elías | En el presente caso, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la excarcelación otorgada por el juez de instrucción. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. La Sala II de la Cámara Nacional de Casación –integrada por los jueces Niño, Morín y Sarrabayrouse– hizo lugar a la impugnación. |
| 11-dic-2015 | Eiroa (causa Nº 39889) | Una persona había sido imputada por el delito de defraudación. La defensa presentó un acuerdo conciliatorio entre el imputado y la víctima y solicitó su homologación y que se declare la extinción de la acción penal por aplicación del inc. 6 del art. 59 del Código Penal. El fiscal se opuso a la solicitud. Alegó que la norma invocada carecía de vigencia, pues su operatividad se hallaba atada a la del Código Procesal Penal de la Nación (ley 27.063). |
| 10-dic-2015 | Sosa, Emiliano Facundo | En este caso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal había confirmado el rechazo de la excarcelación dispuesto por el juez de instrucción. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. |
| 10-dic-2015 | Prozzillo, Víctor Danilo | El Tribunal Oral había denegado la excarcelación del imputado por entender que no era de aplicación el art. 317, inc. 5, CPPN. Ello toda vez que, al condenarlo, mantuvo la declaración de reincidencia dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Dolores. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. En esa impugnación se agregó que, si bien el imputado había sido declarado reincidente en junio de 2012 por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Dolores, aquella decisión se fundó en una condena anterior del Tribunal Oral Nº 28, agotada en mayo de 2007. |
| 10-dic-2015 | RM, JF c. OSDE | La empresa de medicina prepaga procedió a dar la baja de la cobertura médica del señor JFRM y su hija MJR con fundamento en que el afiliado, al momento de realizar la declaración jurada, ocultó padecer una enfermedad autoinmune. JFRM inició una medida autosatisfactiva para que se ordene a la empresa de medicina prepaga que restablezca de inmediato la cobertura médico asistencial en las condiciones originariamente contratadas, prohibiéndole todo cobro, compensación, mayor costo o cuota diferencial por la patología que padece. El juez hizo lugar al pedido. La parte demandada apeló la decisión. |
| 10-dic-2015 | RNJ (causa Nº 8757) | NJ, nacida en el año 2001 en la ciudad de Junín, fue inscripta en el Registro Nacional de las Personas con un nombre de varón y sexo masculino. Sin embargo, desde los 5 años NJ se identificó sostenida y libremente con el sexo femenino. En 2015, al cumplir 14 años de edad, solicitó a sus progenitores autorización para iniciar la modificación registral de su partida de nacimiento conforme su identidad de género. Ante la negativa del padre, su madre, en representación de la adolescente, se presentó ante el Juzgado de Familia Nº 1 de Junín y solicitó autorización judicial en los términos del artículo 5º de la ley Nº 26.743 de identidad de género. Previo a resolver, la jueza designó una abogada en representación de la niña, atento el derecho personalísimo en juego. |
| 10-dic-2015 | IPSS y ATSA | Los padres de un niño que padece un retraso madurativo intrauterino iniciaron una acción de amparo contra el Instituto Provincial de la Salud de Salta (IPSS) y la Asociación de Trabajadores de la Sanidad (ATSA) para obtener la cobertura integral del tratamiento con hormonas de crecimiento que debía realizar. El IPSS había ofrecido cubrir el 95 % del tratamiento. Sin embargo, los accionantes manifestaron que no contaban con recursos económicos para cubrir el 5% que restaba. |
| 10-dic-2015 | CME c. ZEA | El juez de primera instancia prohibió la salida del país de una persona que había incumplido con las obligaciones que se le habían impuesto en el marco de un incidente de alimentos. La decisión fue apelada. |
| 9-dic-2015 | Lemos, Ramón Alberto | El Tribunal Oral Federal de Jujuy había resuelto declarar la inconstitucionalidad parcial del artículo 195 CPPN, en cuanto admite el inicio de la instrucción por prevención policial y disponer la nulidad absoluta del allanamiento e indagatoria del imputado por ausencia de requerimiento fiscal de instrucción. El fiscal recurrió la decisión. La Sala II de la Cámara Federal de Casación decidió, por mayoría, rechazar la impugnación. A tal efecto, consideró que debía declararse la nulidad del procedimiento policial llevado a cabo por la Gendarmería Nacional en los términos del artículo 230 bis del CPPN. Frente a ello, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso recurso extraordinario federal y, frente a su rechazo, recurso de queja. |
| 9-dic-2015 | Consultora Megator S. A. c. Estado Nacional | La actora adquirió un equipo de tomógrafo en Estados Unidos que, a su arribo, fue almacenado en el depósito aduanero sito en el puerto de la ciudad. Refirió que casi inmediatamente a la llegada del bien al país inició el trámite tendiente a obtener la autorización y certificación que debía otorgar la A.N.M.A.T para la importación de esta clase de mercadería. Sin embargo, dicho organismo demoró en entregar la certificación correspondiente, razón por la que se generó una abultada deuda consistente en el importe de las multas y recargos originados por no haber retirado la mercadería en el plazo legal. Aduce que una vez cancelado el importe adeudado, la actora solicitó la autorización para que el débito sea computado en el sistema informático de la Aduana y el desbloqueo de la mercadería. Sin embargo, ese mismo día, se le informó que el tomógrafo había sido puesto a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación (Resolución A.S.A.T. 057/2003) para proceder a su posterior donación, autorizándose al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación al retiro de aquel con sustento en las atribuciones conferidas por la ley 25.603. La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, confirmó la decisión de la instancia anterior que había admitido parcialmente la demanda, hizo lugar a la indemnización peticionada en concepto de daños y perjuicios por considerar que aquellos daños se produjeron como consecuencia directa e inmediata del obrar antijurídico de la Administración, pues esta sin cumplir el debido proceso legal estableció que la mercadería importada por Consultora Megator S.A. se hallaba en rezago, dispuso de aquella, y no la restituyó oportunamente a la actora. |
| 9-dic-2015 | Arapa Mogrovejo, Darwin Omar | El Tribunal Oral había condenado al imputado a la pena de cuatro años de prisión por encontrarlo penalmente responsable de los delitos de tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal en concurso real con robo simple, reiterado en dos oportunidades. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |
| 9-dic-2015 | Sorribas, Sasha Nahuel | En el presente caso, el juez de instrucción rechazó la excarcelación del imputado en razón de las características del hecho que se le atribuía y que se había resistido a ser detenido por la policía. La resolución que fue confirmada por la Cámara de Apelaciones. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación. |
| 4-dic-2015 | Internas de la Unidad Nº 31 SPF | En el presente caso, la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata había confirmado la decisión del juez de grado de rechazar la acción de hábeas corpus presentada por la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Defensoría General de la Nación en virtud de la negativa de la ANSES, el SPF y el ENCOPE a reconocer a las mujeres privadas de la libertad su derecho a percibir asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo y por embarazo, según trabajen o no. Contra esa decisión, se interpusieron recursos de casación. |
| 4-dic-2015 | Escaris, Sergio Roberto c. Estado Nacional (dictamen PGN) | En este caso, se suscitó un conflicto de competencia negativo entre la Justicia Nacional en lo Civil y la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil manifestó que la disputa giraba en tomo a un aspecto de la responsabilidad del Estado, que para su solución se deberían aplicar, en lo sustancial, principios de derecho público y ratione personae, por lo que corresponde al fuero federal entender en la controversia, al haber argüido el Estado su condición de aforado. Por su parte, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 se opuso a la radicación invocando que las causas iniciadas en Capital Federal que deriven de accidentes de tránsito, incluso ferroviarios, aun cuando la Nación o sus entidades sean partes, corresponden a la competencia civil. En consecuencia, determinó la devolución de las actuaciones al fuero que previno. En ese contexto, la alzada civil elevó las actuaciones a la Corte para que resuelva. |
| 4-dic-2015 | Florentin (causa N° 9971) | Una persona había intentado cortar con un cuchillo la linga que sujetaba una bicicleta a un poste de luz. Personal policial advirtió la situación y la persona huyó corriendo. Sin embargo, luego fue detenida. Por ese hecho, la condenaron por el delito de robo de un vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de casación. |
| 3-dic-2015 | Rocha Beltrán, María Isabel | La Cámara de Apelaciones había revocado la excarcelación que el juez de instrucción le había concedido a la imputada. Ello, dado el peligro de fuga que se derivaba de la calificación jurídica del hecho que se le atribuía y la gravedad de la pena que podría recaer en su contra. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación. |
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