Jurisprudencia nacional 4518
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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 2141 a 2160 de 4518
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 4-jun-2019 | Barrick (Causa N° 140) | Las empresas Barrick Exploraciones Argentinas S.A. y Exploraciones Mineras Argentinas S.A. eran concesionarias del emprendimiento Pascua Lama. Decidieron iniciar una acción declarativa ante el Juzgado Federal de San Juan. En su presentación, solicitaron que se declarara la inconstitucionalidad y nulidad de la ley 26.639 que establecía el régimen de presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y el ambiente periglacial. Además, sostuvieron que se configuraba un exceso en el ejercicio de las competencias federales de regulación de los presupuestos mínimos de protección del ambiente, y que por ende su dictado violaba el dominio originario de la provincia de San Juan sobre los recursos naturales que se encontraban en su territorio. El juzgado federal de San Juan se declaró incompetente. |
| 4-jun-2019 | Chávez Ruiz (Causa N° 25164) | Una persona migrante vivía en Argentina y tuvo dos hijas en el país. Con posterioridad, fue condenado a la pena de cinco meses de prisión efectiva por ser autor del delito de robo. En otra oportunidad, se lo condenó a la pena de once meses de prisión como autor del delito de robo de mercadería en tránsito –en grado de tentativa– en concurso ideal con usurpación y hurto, por lo que se lo declaró reincidente. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia en el territorio nacional, dispuso su expulsión en los términos del artículo 29 inciso c) de la Ley Nº 25.871 y le prohibió reingresar por un plazo de ocho años. En ese marco, el hombre interpuso diversos recursos contra el acto administrativo de expulsión, que fueron rechazados. Frente a ello, interpuso un recurso judicial. El juzgado de primera instancia consideró que se encontraba cumplido uno de los impedimentos previstos en la Ley Nacional de Migraciones y rechazó el recurso. En consecuencia, el hombre presentó un recurso de apelación, que fue rechazado. Para así decidir, el tribunal entendió que, dado que había sido condenado en dos oportunidades, no resultaba necesaria una cuantificación de la pena a efectos de establecer la sanción del artículo 29 inciso c). Contra esa decisión, la Comisión del Migrante interpuso un recurso extraordinario federal, que fue concedido. Luego, la CSJN declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada. Por último, ordenó la devolución a la Cámara, a efectos de que se dictara una nueva sentencia. |
| 4-jun-2019 | Chávez Ruiz (Causa N° 25164) | Una persona migrante vivía en Argentina y tuvo dos hijas en el país. Con posterioridad, fue condenado a la pena de cinco meses de prisión efectiva por ser autor penalmente responsable del delito de robo. En otra oportunidad, se lo condenó a la pena de once meses de prisión como autor del delito de robo de mercadería en tránsito en grado de tentativa, en concurso ideal con usurpación y hurto y se lo declaró reincidente. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia en el territorio nacional, dispuso su expulsión en los términos del artículo 29 inciso c) de la Ley Nº 25.871 y le prohibió reingresar por un plazo de ocho años. En ese marco, el hombre interpuso diversos recursos contra el acto administrativo de expulsión, que fueron rechazados. Frente a ello, interpuso un recurso judicial. El juzgado de primera instancia consideró que se encontraba cumplido uno de los impedimentos previstos en la Ley Nacional de Migraciones y rechazó el recurso. En consecuencia, el hombre presentó un recurso de apelación, que fue rechazado. Para así decidir, el tribunal entendió que, dado que había sido condenado en dos oportunidades, no resultaba necesaria una cuantificación de la pena a efectos de establecer la sanción del artículo 29 inciso c). Contra dicha decisión, la Comisión del Migrante interpuso el correspondiente recurso extraordinario federal, que fue concedido por la cámara. Luego, la CSJN declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto y, en consecuencia, revocó la sentencia apelada. Sobre ese punto, entendió que las cuestiones planteadas eran similares a las resueltas en la causa “Apaza León”, y ordenó la devolución a la Cámara, a efectos de que se dictara una nueva sentencia. |
| 3-jun-2019 | Khadimourasoule (causa Nº 35296) | El señor Khadimourasoule –de nacionalidad senegalesa– solicitó a la Dirección Nacional de Migraciones (delegación Mendoza) que se lo reconociera como refugiado en virtud de la persecución de la que había sido sujeto en la Republica de Senegal. Sin embargo, la Comisión Nacional de Refugiados (CONARE) denegó la petición. Contra ese acto administrativo, Khadimourasoule interpuso un recurso jerárquico que fue desestimado por la Secretaría del Interior del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación; la decisión fue impugnada por la Defensa Oficial. El Juzgado Federal de Mendoza Nº 2 se declaró incompetente y remitió las actuaciones al Juzgado Federal con competencia en lo contencioso administrativo en turno en la Ciudad de Buenos Aires. Para así decidir, el magistrado consideró que los actos impugnados producían sus efectos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esa resolución también fue impugnada. |
| 3-jun-2019 | González (reg. N° 693 y causa N° 59357) | Un hombre fue condenado a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de lesiones leves agravadas por haber existido una relación de pareja preexistente con la víctima en concurso ideal con amenazas coactivas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones indicó que no correspondía aplicar el agravante previsto en el inciso 1° del artículo 80 del Código Penal. En ese sentido sostuvo que el vínculo entre su asistido y la víctima no había tenido la duración ni la estabilidad necesarias para ser considerado una relación de pareja. Además, citó el precedente “Escobar” y explicó que se debía recurrir al Código Civil y Comercial de la Nación para comprender el término “pareja”. |
| 3-jun-2019 | Heredia (causas N° 15147/2016 Y 71845/2015) | Una persona se había apoderado de una motocicleta, celulares, dinero y ropa que pertenecía a distintos transeúntes. Para lograr su cometido exhibía un arma de fuego. Asimismo, intentó apoderarse de un vehículo automotor. Por último, trató de robarle a una pareja que circulaba por la calle. En ese hecho, la persona gatilló en el pecho de uno de los miembros de la pareja y en la cabeza del otro individuo. Sin embargo, las balas no fueron disparadas. La persona fue condenada por los delitos de robo reiterado, agravados por el uso de un arma de fuego, uno de ellos tentado, en concurso real con homicidio criminis causae en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades. Para decidir de esa manera, el tribunal tuvo en cuenta que la persona había actuado con dolo directo para lograr el desapoderamiento de los bienes y procurar su impunidad. La defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que la sentencia resultaba arbitraria y el monto de la condena, excesivo. |
| 1-jun-2019 | Sierra (causa Nº 61013386) | Una mujer de nacionalidad dominicana solicitó la carta de ciudadanía argentina. En este sentido, de conformidad con lo establecido legalmente, acreditó que contaba con dos años consecutivos de residencia en el país y medios de subsistencia propios. Entonces, el juzgado de primera instancia la convocó para que declarara sobre la relación que tenía con su familia en República Dominicana. A partir sus dichos, el tribunal sacó distintas conclusiones sobre el vínculo con sus hijos y rechazó el pedido. Contra esa decisión, la accionante interpuso un recurso de apelación. |
| 30-may-2019 | Maradona (reg. N° 1087 y causa Nº 83000035) | Una mujer que se encontraba detenida sufría, entre otras cuestiones, obesidad mórbida y diabetes. Los turnos de atención de la unidad penitenciaria eran escasos y había mucha demora en la asignación de médicos. Además, el centro de detención se encontraba a 400 kilómetros de su familia, por lo que no podían visitarla debido a la distancia entre el complejo y su lugar de residencia. Sobre la base de dichas consideraciones, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El tribunal rechazó el planteo. Para decidir de esa manera, consideró que las dolencias de la imputada podían ser tratadas en la unidad penitenciaria, donde se le podía otorgar un tratamiento específico para sus enfermedades. |
| 30-may-2019 | ZC (causa Nº 19762) | Un hombre dejó estacionada una moto con la llave puesta en un estacionamiento privado. Al volver, el vehículo no estaba y el hombre denunció el siniestro. Un joven de 16 años fue encontrado en posesión de la moto y fue procesado por el delito de encubrimiento agravado por actuar con ánimo de lucro. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En particular, consideró que el hecho imputado constituía el delito de hurto y postuló el sobreseimiento de su asistido en los términos del artículo 1 de la ley N° 22.278. |
| 30-may-2019 | Gamboa (Causa Nº74458) | El señor Gamboa Cespedes, de nacionalidad extranjera, residía en Argenti-na desde hacía más de doce años, estaba en pareja y era padre de dos niños argentinos. Con posterioridad, fue condenado a la pena única de 3 años y 6 meses de prisión por el delito de robo en poblado y en banda. Además, la sentencia autorizó su retención cuando quedara firme el pronunciamiento. Por este motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de ocho años. Contra esa decisión, interpuso un recurso judicial que fue rechazado por el juzgado de primera instancia. Entonces, la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación apeló y expresó agravios porque consideró que la resolución violaba su derecho a la reunificación familiar. |
| 29-may-2019 | Procuradora General (causa N° 72447) | La Ley Orgánica del Ministerio Público de Buenos Aires (ley N° 14.442) estableció la autonomía de la defensa pública provincial. Entonces, la Procuración General de la provincia promovió una demanda con el objeto de que se declarara, en lo pertinente, la inconstitucionalidad de la ley. En particular, sostuvo que si bien la reforma de la Constitución Nacional de 1994 había establecido un Ministerio Público bicéfalo (art. 120 CN), esa modalidad no había sido adoptada por la Constitución provincial. En tal sentido, explicó el artículo 189 de la Constitución provincial preveía que la Procuración General ejercería “la superintendencia sobre los demás miembros del Ministerio Público” y que la autonomía que la ley reconocía a la defensa pública infringía esa norma. |
| 29-may-2019 | Berardi (Causa Nº 63181) | Una mujer registraba tres expedientes por intentos de hurto de artículos de supermercado. Las causas se encontraban acumuladas. La fiscalía advirtió que en los procesos se registraban distintos informes sobre su capacidad. Algunos sugerían que la imputada padecía un trastorno en su personalidad que podía incidir en su autonomía psíquica. Además, uno de ellos señalaba que la mujer había sido sobreseída respecto de cuatro hechos constitutivos de los delitos de hurto y robo por no haber podido dirigir sus actos. El Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la DGN elaboró un informe sobre sus antecedentes médicos y concluyó que el trastorno de personalidad que la imputada padecía era grave y le dificultaba su autocontrol. Asimismo, indicó que su cuadro configuraba una alteración en sus facultades mentales que le había impedido dirigir sus actos. Por su parte, el Cuerpo Médico Forense señaló que, si bien la mujer habría contado con capacidad para comprender y dirigir sus acciones, el trastorno que padecía podría haber incidido en su plena autonomía psíquica para realizar los hechos imputados. Sobre la base de dichas consideraciones, la fiscalía solicitó su sobreseimiento en los términos del art. 336, inciso 5 del CPPN. |
| 27-may-2019 | Fello (causa Nº 7016) | Fello, una mujer jubilada con discapacidad, solicitó un crédito personal a un banco. Con posterioridad, la misma entidad le otorgó dos créditos con el objeto de pagar el primero. Ante la imposibilidad de cancelar sus obligaciones, Fello inició una demanda contra el banco para que se declare la nulidad de los tres contratos. Fundó su pretensión en las elevadas tasas de interés que el banco le había impuesto y argumentó que se le debió aplicar la reglamentación del decreto Nº 246/11 –que fija topes a las tasas de interés de créditos personales otorgados a jubilados y pensionados–. Además, solicitó el resarcimiento del daño moral, daño directo, daño punitivo y la aplicación de sanciones a la entidad bancaria. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la acción, declaró la nulidad de las tasas de interés y obligó a devolver el excedente cobrado. Asimismo, hizo lugar al daño moral y punitivo. Contra esa resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación. |
| 24-may-2019 | Aguilar López (reg. Nº 411 y causa Nº 454) | Un agente policial detuvo a dos personas en la vía pública por considerar que habían tenido una “actitud evasiva”. El policía los requisó y les secuestró dinero. A pocos metros del lugar el mismo funcionario observó que estacionaba un vehículo y que el conductor entregaba dinero a otra persona. Entonces los requisó y constató que tenían veintiún mil pesos en efectivo. El conductor le manifestó “en forma espontánea” que el dinero correspondía a la devolución de un préstamo. El procedimiento fue plasmado en un acta de detención y requisa. El policía se comunicó con el juzgado a modo de consulta. El secretario dispuso el secuestro del dinero, la requisa del vehículo y la detención de las personas. A su vez, suscribió una nota en la que dejaba constancia de lo informado por el agente e indicaba el hallazgo de un papel manuscrito que daba cuenta de posibles actividades de préstamo de dinero. Sobre la base de las consideraciones expuestas en la nota, el juez ordenó la detención. Finalmente, dictó su procesamiento por los delitos de asociación ilícita y lavado de dinero. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de apelación. En particular, plantearon la nulidad del acta de detención y requisa y de todo lo actuado en consecuencia. |
| 24-may-2019 | MDMN (causa Nº 1049) | BI, de 21 años de edad, tenía esclerosis tuberosa, encefalopatía crónica no evolutiva y encefalopatía epiléptica refractaria al tratamiento farmacológico y debía realizar una dieta cetogénica. MDMN, su madre, en representación de ella, solicitó a su obra social la cobertura de diez unidades de Aceite de Cannabis de Laboratorio Tiltray P Oral Solution CDB 100 mg/ml frasco gotero de 25 ml, prescrito para tratarla. Ante la negativa de la obra social (ObSBA), MDMN inició una acción de amparo y requirió una medida cautelar innovativa para que se le proveyera la cobertura total, íntegra y oportuna del producto que necesitaba. El Juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. |
| 22-may-2019 | Anso (Causa Nº 52678) | Una persona fue imputada por el delito de robo en grado de tentativa. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de conciliación con el damnificado. En ese marco se comprometió a entregarle cinco mil pesos en concepto de reparación integral y le pidió disculpas. La víctima aceptó el ofrecimiento. La fiscalía prestó su conformidad y el acuerdo fue homologado por el juzgado. Luego, la defensa presentó una constancia de la entrega del dinero y solicitó que se declarara la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido. |
| 21-may-2019 | Rubinowicz (Causa Nº3017) | Cuatro personas se encontraban imputadas por el delito de lavado de activos. Durante la instrucción, solicitaron la producción de ciertas medidas de prueba. La solicitud fue denegada con fundamento en que podían ser producidas en la etapa posterior. Elevada la causa a juicio, la defensa solicitó su realización. El Tribunal Oral rechazó casi la totalidad de la prueba ofrecida. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de reposición. El Tribunal Oral rechazó las impugnaciones. Entonces, se interpuso un recurso de casación que, denegado, motivó la interposición de una queja. |
| 21-may-2019 | Internos U4 del SPF | La dirección de la Unidad 4 del Servicio Penitenciario Federal había decidido, entre otras medidas, colocar camas cuchetas en celdas originalmente previstas como unicelulares. La Procuración Penitenciaria presentó una acción de habeas corpus colectivo y correctivo. El Juzgado la rechazó y la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó la decisión. Contra esa decisión, la Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso un re-curso de casación. |
| 21-may-2019 | CII (Causa N° 14163)- Cámara | En el marco de una causa penal, se ordenó el desalojo de una comunidad guaraní asentada en Salta. La orden se ejecutó de manera violenta, por lo que las familias debieron migrar hacia Buenos Aires. Allí se asentaron en La Plata. Ante las dificultades económicas para afrontar los costos de los alquileres, se trasladaron a otras localidades aledañas. En 2017, las personas afectadas iniciaron una acción de amparo colectivo contra el Poder Ejecutivo Nacional y la provincia de Buenos Aires. También solicitaron la citación de la provincia de Salta como tercero. En su presentación –con el patrocinio de la Comisión Provincial por la Memoria– reclamaron la devolución de tierras aptas y suficientes para su desarrollo, así como el reconocimiento de la propiedad comunitaria indígena. Además, pidieron como medida cautelar que se les otorgara una fracción de un terreno que le pertenecía al municipio de La Plata hasta que se dictara sentencia definitiva. En ese contexto, tomó intervención la Defensoría Pública Oficial de La Plata y, en representación de las personas menores de edad involucradas, solicitó medidas para el desarrollo de los jóvenes de la comunidad. Esa defensoría requirió la colaboración del Programa sobre Diversidad Cultural de la Defensoría General de la Nación, que presentó dos informes técnico jurídicos. El juzgado declaró inadmisible la acción colectiva, ya que consideró que no reunía los requisitos establecidos en la normativa. Por lo tanto, dispuso que se debía recaratular el proceso como amparo. A su vez, rechazó la medida cautelar y exigió a las demandadas que cumplieran con el informe previsto en el artículo 8 de la Ley N° 16.986. Contra lo decidido, la parte actora interpuso un recurso de apelación. Luego, solicitó la suspensión de los plazos procesales, lo que fue admitido. Así, acompañó un contrato de comodato entre la comunidad y el municipio, mediante el cual éste cedió el predio en préstamo gratuito por noventa y nueve años, pero conservaba la posesión y titularidad de las tierras. |
| 17-may-2019 | Formigo (causa N° 135834) | Un hombre que se encontraba detenido era padre de un niño de 3 años que tenía, entre otras enfermedades, encefalopatía crónica, parálisis cerebral, microcefalia, epilepsia y dificultades en su movilidad. El niño se encontraba al cuidado de su madre, quien se dedicaba de manera exclusiva a su asistencia y se veía imposibilitada de conseguir un trabajo formal. Además, la pareja tenía otras dos hijas que vivían en la misma casa. Por tal razón, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El equipo técnico de la oficina judicial indicó que la familia se encontraba en una situación de riesgo y vulnerabilidad psicosocial. A su vez, el informe socio ambiental recomendó que se diera intervención a un equipo interdisciplinario con el objeto de que se protegieran los derechos de los niños. Por su parte, el Cuerpo Médico Forense señaló las afecciones que tenía el hijo del imputado e indicó que requería la constante colaboración de un tercero para realizar las actividades cotidianas. |
