Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2544
Título : Diaz (causa Nº 14852)
Fecha: 15-ago-2019
Resumen : Una mujer trans solicitó a su obra social la cobertura de una neo-vaginoplastia para adecuar su cuerpo a su expresión de género. Sin embargo, la entidad negó la prestación. En consecuencia, la actora inició una acción de amparo contra la obra social y requirió, como medida cautelar, la cobertura integral de la cirugía. El juzgado de primera instancia rechazó la medida cautelar porque consideró que la requirente no había acreditado el peligro en la demora que le ocasionaba no realizarse la cirugía. Contra esa resolución, la actora, con representación del Defensor Público Oficial, interpuso un recurso de apelación.
Argumentos: La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca hizo lugar al recurso y dispuso como medida cautelar que la obra social cubra íntegramente la cirugía requerida en el plazo de cinco días (voto del juez Lozano al que adhirieron los jueces Gallego y Barreriro). “[S]i bien la índole de los derechos involucrados no predica por sí misma la necesidad del anticipo jurisdiccional que se solicita, entiendo que en este caso el señalamiento de la recurrente de la incidencia negativa que el transcurso del tiempo le ocasiona en el desarrollo de su personalidad y de su identidad de género al no poder acceder a la reasignación genital, resulta suficiente para concluir en esta etapa preliminar del proceso sobre la presencia del periculum in mora. Conclusión que se ve reforzada teniendo en cuenta la pauta interpretativa que esta cámara mantiene invariablemente, según la cual en materia de medidas cautelares rige la regla de proporcionalidad inversa, razón por la cual a mayor verosimilitud del derecho, menor exigencia cabe requerir sobre el periculum in mora, y viceversa […], de donde la intensidad de esa apariencia de buen derecho […], menos riguroso debe ser el examen del restante. Lo expuesto, en mi opinión, es suficiente para hacer lugar al recurso en estudio y, en consecuencia disponer la precautoria requerida en el escrito inicial, motivo por el cual, de compartirse mi propuesta debería ordenarse a la Obra Social de los Empleados de Comercio (OSECAC) la cobertura integral de la cirugía `NEO-VAGINOPLASTIA´, en el plazo de cinco días y bajo apercibimiento de astreintes, bajo caución juratoria que se entiende prestada con la petición formulada inicialmente, para lo cual deberá facilitar a la requirente un turno con un cirujano especialista en vaginoplastia”.
Tribunal : Cámara Federal de Apelaciones de General Roca
Voces: LGBTIQ
ACCION DE AMPARO
MEDIDAS CAUTELARES
DERECHO A LA SALUD
DERECHO A LA IDENTIDAD
TRATAMIENTO MÉDICO
PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA
IDENTIDAD DE GÉNERO
VEROSIMILITUD DEL DERECHO
PELIGRO EN LA DEMORA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Puccini (causa 10037)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Gallardo (causa N° 1378)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= HCM (Causa Nº 114755)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Diaz (causa Nº 14852).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.