Jurisprudencia nacional 4379

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 1981 a 2000 de 4379
FechaTítuloResumen
11-jul-2019Majul (Causa N° 714)En la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos se realizaban obras para un proyecto inmobiliario “Amarras de Gualeguaychú” que se convertiría en un barrio náutico con complejos multifamiliares y un hotel. En consecuencia, un hombre que era vecino de esa zona, interpuso una acción de amparo colectivo contra la empresa, la municipalidad de General Belgrano y la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. En esa oportunidad, solicitó que cesaran los perjuicios que se producían por las obras generando un impacto negativo en el ambiente. Además, sostuvo que la empresa comenzó el proyecto sin la autorización necesaria. Asimismo, destacó que tampoco se había presentado un proyecto sanitario ni plan de manejo de residuos. El Juzgado Civil y Comercial de la provincia de Entre Ríos admitió la demanda colectiva y ordenó el cese de las obras. Por su parte, los demandados interpusieron un recurso de apelación. El Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia del juzgado y rechazó la acción de amparo. Contra esa decisión, el actor interpuso recurso extraordinario que fue denegado. Por ese motivo, interpuso un recurso de queja.
10-jul-2019FMM (Causa Nº 5349)Una joven de diecisiete años fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En la etapa de juicio cumplió dieciocho años y suscribió un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se declarara su responsabilidad penal por aplicación de la ley Nº 22.278 y que fuera sometida a un año de tratamiento tutelar. Además, manifestó que en caso de que el resultado del tratamiento indicara que era innecesaria la aplicación de una sanción, requeriría su absolución. El Tribunal Oral declaró su responsabilidad penal y señaló que el tratamiento no procedía ya que la joven había adquirido la mayoría de edad. En cambio, consideró que podía suplirse con un in-forme sobre su conducta y pidió que la policía provincial lo elaborara. La policía informó que la joven estaba desempleada, que se había mudado en varias oportunidades y que, según dos vecinos, continuaba con la venta de estupefacientes. En la audiencia fijada para la evaluación de la conveniencia de la aplicación de una pena, la fiscalía valoró de forma negativa el resultado del informe policial sobre la joven y solicitó que se la condenada a una pena de cuatro años de prisión. El Tribunal Oral la condenó a la pena de dos años de prisión en suspenso y le impuso el cumplimiento de una serie de reglas de conductas por el mismo plazo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La fiscalía ante la CFCP peticionó que se hiciera lugar a la impugnación por compartir los argumentos de la defensa. En particular, sostuvo que el in-forme no suplía en el caso la exigencia del tratamiento tutelar necesario para determinar la pena, de acuerdo al artículo 4 de la ley N° 22.278.
5-jul-2019GHD (Causa Nº 81137)Un hombre que tenía diabetes y era insulinodependiente fue detenido por la comisión de un delito. En la unidad penitenciaria sufrió una infección, fue intervenido quirúrgicamente y padeció un coma diabético. En la declaración indagatoria aportó los datos de su domicilio. Luego, su defensa solicitó su excarcelación y aportó una dirección distinta. El juzgado rechazó el pedido. Entonces, la defensa requirió que se le concediera la prisión domiciliaria. En tal sentido, tuvo en consideración la salud de su asistido y señaló que en el establecimiento penitenciario no recibía la atención médica correspondiente. El juzgado denegó el pedido por considerar que la enfermedad podía tratarse en la unidad. Por otra parte, en relación a los diferentes domicilios aportados, indicó que no resultaba claro en cuál de los dos cumpliría la detención. Finalmente, agregó que no se encontraban certificados los antecedentes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, la defensa planteó que el juzgado no había tenido en cuenta los graves problemas de salud de su asistido ni había valorado la negligencia en la atención médica del establecimiento penitenciario
5-jul-2019Benítez (causa N°3589)A raíz de una investigación por el presunto comercio de estupefacientes en forma organizada, un juez ordenó 16 allanamientos simultáneos. Las órdenes disponían en todos los casos que los procedimientos se llevaran a cabo un día determinado a partir de las 8 horas, en su momento más propicio y hasta su finalización, con la debida habilitación de horario nocturno en caso de ser necesario por la extensión del procedimiento. Todos los allanamientos se realizaron el día ordenado después de las 23h y algunos a primeras horas del día siguiente. Como resultado, se encontraron estupefacientes y plantas de marihuana. Varias personas resultaron imputadas por el delito de comercio de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas y otras por ser integrantes de una organización delictiva conformada con el objeto de comercializar estupefacientes. Durante el juicio, la defensa solicitó la nulidad de los registros domiciliarios de las viviendas de sus defendidos y de todos los actos que fueron consecuencia. El Tribunal Oral de Paraná declaró la nulidad de los allanamientos y absolvió a los imputados. Contra esa decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación.
2-jul-2019Somohano (causa N° 128842)Un hombre que se encontraba detenido solicitó visitas extraordinarias periódicas al domicilio de sus progenitores. Entre los motivos de su solicitud, destacó que ambos padecían problemas de salud. El Juzgado Nacional de Ejecución Penal rechazó el pedido y autorizó una única visita extraordinaria. En este sentido, sostuvo que las visitas establecidas en el artículo 166 de la ley N° 24.660 tienen carác-ter excepcional y destacó, en coincidencia con lo dictaminado por la representante del Ministerio Público Fiscal, que la norma invocada no aludía a un régimen sostenido en el tiempo de manera indeterminada. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
2-jul-2019RHJ (Causa N° 21-11324964-9)Una mujer quedó embarazada de un hombre. Luego se casaron, pero a los pocos meses decidieron separarse y con posterioridad se divorciaron. Mientras cursaba el embarazo, la mujer retomó el vínculo con una pareja anterior, con quien empezó a convivir. Algunos años después, contrajo matrimonio con el conviviente. Los tres adultos se ocupaban del cuidado y de la manutención del niño. Por ese motivo, con posterioridad el cónyuge de la madre inició una acción judicial a fin de obtener la adopción de integración del adolescente. En su presentación, solicitó que se reconociera la triple filiación a favor del joven y que se declarara la inconstitucionalidad de la parte final del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación. En ese sentido, señaló que su conformación familiar superaba lo establecido por el artículo 672 del CCCN con relación a la figura del progenitor afín. Tanto el progenitor biológico como el adolescente prestaron conformidad con lo requerido.
1-jul-2019SIDF (reg. Nº 853 y causa Nº 64719)Un joven se encontraba alojado en el Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado Manuel Belgrano. Al cumplir 18 años de edad, el Tribunal Oral de Menores lo condenó a la pena de cinco años de prisión y dispuso de oficio su traslado al Complejo Penitenciario Federal de Jóvenes Adultos. Para decidir de esa manera, sostuvo que el instituto donde se alojaba el joven no satisfacía los requisitos exigidos por la ley Nº 24.660, por no contar con un servicio criminológico y un consejo correccional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ordenó el inmediato realojamiento del joven en el Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado Manuel Belgrano. En dicho resolutorio se hizo saber al Tribunal Oral que los fundamentos se darían a conocer en el plazo de cinco días establecido en el artículo 456 bis CPPN. Por esa razón, el Tribunal dispuso su realojamiento. Sin embargo, la subdirectora del instituto de menores hizo saber que resultaba imposible dar cumplimiento a lo ordenado toda vez que la norma establecida en el marco del convenio de transferencia disponía que la edad de 18 años constituía el límite para el ingreso al Centro Socioeducativo. Finalmente, la CNCCC emitió los fundamentos de la sentencia y ordenó el inmediato cese del alojamiento en una unidad del Servicio Penitenciario Federal.
1-jul-2019Straatman (causa Nº 18517)Un adulto mayor de edad se encontraba en arresto domiciliario. En un control vehicular se detectó que el hombre se encontraba manejando un vehículo. Por tal razón, personal de seguridad aeroportuaria lo detuvo y lo puso a disposición del tribunal. Allí declaró que su esposa de 82 años había tenido un infarto cerebral y la había llevado al control médico. Agregó que, debido a la urgencia, no había podido comunicarse con su defensoría a fin de notificarle la salida.
1-jul-2019SIDF (causa Nº 64719)Un joven se encontraba alojado en el Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado Manuel Belgrano. Al cumplir 18 años de edad, el Tribunal Oral de Menores lo condenó a la pena de cinco años de prisión y dispuso de oficio su traslado al Complejo Penitenciario Federal de Jóvenes Adultos. Para decidir de esa manera, sostuvo que el instituto donde se alojaba el joven no satisfacía los requisitos exigidos por la ley Nº 24.660, por no contar con un servicio criminológico y un consejo correccional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ordenó el inmediato realojamiento del joven en el Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado Manuel Belgrano. En dicho resolutorio se hizo saber al Tribunal Oral que los fundamentos se darían a conocer en el plazo de cinco días establecido en el artículo 456 bis CPPN. Por esa razón, el Tribunal dispuso su realojamiento. Sin embargo, la subdirectora del instituto de menores hizo saber que resultaba imposible dar cumplimiento a lo ordenado toda vez que la norma establecida en el marco del convenio de transferencia disponía que la edad de 18 años constituía el límite para el ingreso al Centro Socioeducativo. Finalmente, la CNCCC emitió los fundamentos de la sentencia y ordenó el inmediato cese del alojamiento en una unidad del Servicio Penitenciario Federal. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar a la impugnación y ordenó el inmediato cese del alojamiento del joven en una unidad dependiente del Servicio Penitenciario Federal (jueza Llerena y jueces Jantus y Bruzzone).
28-jun-2019Rodríguez (causa N° 35954)Dos varones abordaron un vehículo, empujaron al conductor, lo golpearon y le sustrajeron su billetera y su teléfono celular. Luego, intentaron huir. Un motociclista y la víctima los persiguieron y detuvieron a uno de ellos. Dos agentes policiales acudieron al lugar y lo requisaron. Si bien en su poder no se encontró ningún elemento, la billetera de la víctima fue hallada en la cuadra por la que había corrido. Por ese hecho, fue detenido e imputado por el delito de robo. Al expediente fueron incorporadas fotografías de los golpes recibidos por la víctima. Durante la audiencia de debate, el imputado declaró que no tenía relación con los hechos. En particular, explicó que había tenido una discusión con un hombre en una plaza y que lo había golpeado para defenderse. Además, relató que luego se había retirado del lugar y que, al observar que una moto lo perseguía, había comenzado a correr. Entonces, fue detenido por la policía. Además, prestó declaración testimonial una agente policial y manifestó que el día de los hechos había observado a dos hombres que corrían y se peleaban, por lo que se había acercado a separarlos. Entonces, indicó que había aparecido un hombre que manifestaba que uno de ellos le había robado. Por tal razón, lo detuvo y lo requisó, sin encontrar ninguno de los elementos indicados. Minutos más tarde, halló la billetera tirada en la calle. El otro policía declaró en el mismo sentido. El damnificado no se presentó a la audiencia. En oportunidad de alegar, la fiscalía consideró que las declaraciones habían sido contestes entre ellas y que se encontraba probada la participación del imputado en el hecho. Además, sostuvo que su intento de fuga daba cuenta de la “reprochabilidad de su conducta”. En ese sentido, solicitó que se lo condenara a la pena de seis meses de prisión. Por su parte, la defensa sostuvo que no existía certeza sobre la intervención de su asistido, puesto que solo se contaba con indicios de testigos indirectos. En consecuencia, postuló su absolución.
28-jun-2019Aurin (Causa Nº32553)Entre los años 2013 y 2015, una empresa retuvo los aportes de seguridad social de sus empleados. Los montos variaban desde veinticinco a setenta mil pesos por mes. La Dirección de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP denunció el hecho. La fiscalía impulsó la acción con el objeto de que se investigase a los responsables de la empresa por el delito de retención indebida, en los términos del artículo 9 de la ley N° 24.769. En el año 2017 fue sancionada la ley N° 27.430, que aumentó a cien mil pesos por mes el mínimo para considerar punible la conducta de apropiación indebida. Entonces, el juzgado rechazó el requerimiento fiscal de instrucción por considerar que los hechos denunciados no constituían delito. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación.
28-jun-2019Procuración Penitenciaria de la Nación (Causa Nº 8237)La administración del Servicio Penitenciario Federal instaló camas en un gimnasio y en celdas individuales del CPF II. En consecuencia, la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación interpusieron una acción de hábeas corpus. El objeto de la presentación guardaba relación con el cupo máximo de plazas del establecimiento penitenciario. Luego, solicitaron una medida cautelar de no innovar para evitar el alojamiento de personas en los espacios señalados. El juzgado rechazó el pedido, por considerar que no guardaba relación con el objeto del habeas corpus. Además, sostuvo que la disposición de las camas se trataba de una medida transitoria y excepcional. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. La resolución fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín. Entonces, la PPN y la Comisión de Cárceles de DGN interpusieron un recurso de casación.
27-jun-2019BMS (causa Nº 19000)El niño ALR, de 11 años de edad, tenía una discapacidad (anormalidades de la marcha y de la movilidad, encefalitis, mielitis y encefalomielitis, enfermedades virales clasificadas en otra parte, hipoacusia neurosensorial bilateral, retraso mental leve, deterioro del comportamiento de grado no especificado y trastorno generalizado del desarrollo no especificado). Su médico tratante le indicó que tomara aceite de cannabis (4 gotas diarias) y, a partir de esto, se constató una evolución favorable en su salud y un franco mejoramiento comportamental. Asimismo, se le pudo reducir la dosis psicofarmacológica que se le había prescripto con anterioridad. Por este motivo, los representantes legales de ALR iniciaron un acción de amparo contra el Estado Nacional con el objeto de que le proveyera y garantizara el suministro de aceite de cannabis de diversas cepas. Además, solicitaron como medida cautelar que se autorizara el cultivo de las plantas de cannabis en su domicilio particular. El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Lomas de Zamora Nº 3 tuvo por acreditada la verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora y, en consecuencia, hizo lugar a la medida cautelar. Contra esta decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
25-jun-2019Acosta (causa N° 18108)Una persona había sido imputada por el delito de estafa. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo conciliatorio con la víctima. Durante la audiencia, le ofreció disculpas y el pago de cinco mil pesos en carácter de reparación patrimonial. Además, la defensa manifestó que el imputado podría dejar el dinero en depósito hasta que la resolución quedara firme, a menos que la fiscalía prestara su consentimiento y pudiera ser entregado en esa oportunidad. El Ministerio Público Fiscal se opuso al acuerdo, por considerar que el instituto de la conciliación no se encontraba reglamentado. En ese sentido, sostuvo que por ser el titular de la acción penal, su consentimiento debía constituir un requisito de procedencia. El Tribunal Oral manifestó que se haría lugar al acuerdo de conciliación si el dinero era entregado en ese momento. Entonces, el monto acordado fue entregado a la víctima, quien manifestó que el conflicto se encontraba solucionado.
25-jun-2019GHY (causa Nº 37043)La señora GHY, de 76 años de edad, fue diagnosticada con fibrosis pulmonar. Su médico le prescribió un tratamiento con el medicamento Nintedanib (OFEV). Por esa razón, GHY solicitó la cobertura del fármaco a su obra social (PAMI). La entidad rechazó la solicitud porque la medicación se encontraba fuera del vademécum y solicitó que se indicara un tratamiento alternativo. GHY interpuso una acción de amparo y requirió, como medida cautelar, que se ordenase a PAMI la cobertura integral de la medicación hasta tanto recayera sentencia definitiva. El juzgado hizo lugar a la medida. Contra esa decisión, la obra social interpuso un recurso de apelación.
25-jun-2019Saldaña Shupingahua (Causa N° 53674)Una mujer trans de nacionalidad peruana buscaba radicarse en Argentina. Sin embargo, la Dirección Nacional de Migraciones rechazó su solicitud de radicación. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta que en el año 1999 había sido condenada en Perú a quince años de prisión por el delito de homicidio agravado. En consecuencia, la DNM declaró irregular su permanencia, dispuso su expulsión del territorio nacional y prohibió su reingreso con carácter permanente. Contra esa decisión se interpusieron recursos en sede administrativa, que fueron rechazados. Luego, se presentó un recurso judicial que fue rechazado en primera instancia. Entonces, la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación -en representación de la persona migrante- apeló. Entre sus argumentos, expresó que no se había valorado la dispensa por razones humanitarias solicitada. En ese sentido, señaló que la defendida pertenecía a la comunidad LGBTIQ+, por lo que, si era devuelta a su país de origen, se pondría en riesgo su vida, libertad, integridad física y seguridad personal.
19-jun-2019Acordada CSJN 17-2019Diversas comunicaciones personales fueron filtradas y difundidas de manera masiva. Por esa razón, la CSJN solicitó que se realizara una auditoría sobre la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen organizado (DAJuDeCO). Asimismo, el Relator Especial sobre el derecho a la privacidad del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU recomendó la elaboración de un sistema que dispusiera que los investigadores de los organismos no recibieran todo el contenido de las líneas interceptadas sino las partes pertinentes. Además, manifestó su preocupación por el sistema que permite el uso del material interceptado y recomendó que las transcripciones fueran realizadas por funcionarios ajenos a los equipos de investigación.
19-jun-2019Toledo (Causa Nº 35395)Una mujer policía denunció por acoso laboral al comisario de la dependencia en la que se desempeñaba. La agente relató que el hombre le enviaba mensajes con contenido sexual y la invitaba a salir. Además, en una oportunidad le solicitó que fuera a su oficina, donde la sujetó de los brazos, se le abalanzó e intentó besarla. La mujer se constituyó como parte querellante y solicitó la producción de una serie de pruebas. Entre otras cuestiones, requirió un estudio pericial de su teléfono celular y aportó las capturas de pantalla de los mensajes enviados por el comisario. Además, solicitó la remisión del lega-jo de asuntos internos de la policía y la citación de testigos. El juzgado rechazó la mayor parte de las medidas solicitadas. Además, algunas personas fueron citadas a prestar declaración testimonial sin que se hubiera notificado a la querella y, al efectuarse el informe pericial del teléfono celular, no fueron analizados los mensajes entre la mujer y el comisario. Finalmente, la fiscalía solicitó la desestimación de la denuncia y el archivo de las actuaciones por considerar que no existían elementos probatorios suficientes que acreditaran el hecho. El juzgado sobreseyó al hombre. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de apelación.  En su presentación la querella consideró que restaba la producción de pruebas fundamentales, por lo que solicitó que la investigación continuara. Además, señaló que la resolución no había valorado el testimonio de la víctima ni había merituado que las declaraciones testimoniales no habían sido notificadas a la querella.
18-jun-2019Ortiz Castillo (Causa N° 996)En horas de la madrugada, personal policial realizaba tareas de prevención en un vehículo sin identificación, y visualizaron a dos ciclistas que se pasaron una mochila en la vía pública. A poca distancia, los ciclistas se separaron y tomaron direcciones distintas. La policía optó por seguir al que tenía la mochila. Una vez detenido, se requisó su mochila y se hallaron 4,124 kilogramos de cocaína. Cuatro horas más tarde la secretaria del juzgado consultó al juez sobre lo sucedido y éste ordenó el allanamiento en el domicilio de la persona detenida. Como resultado de la medida, se secuestraron semillas de marihuana y un arma de fuego. Ante esa situación, el hombre fue procesado por los delitos de guarda de semillas para producir estupefacientes, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil condicional, en concurso real. Durante los alegatos, la defensa solicitó la absolución.
14-jun-2019Rodríguez Duarte (Causa N° 17185)Una mujer, con la participación de una joven menor de dieciocho años y un hombre que no pudo ser identificado, interceptó a dos personas y les exigió la entrega de sus pertenencias. Luego, personal policial detuvo a la mujer y a la joven, y les secuestraron los elementos sustraídos. Por ese hecho, fue procesada. En la etapa de juicio oral resultó condenada a la pena de cuatro años de prisión por el delito de robo doblemente agravado por su comisión en poblado y en banda con la participación de un menor de dieciocho años. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En el plazo de término de oficina, el defensor ante la cámara introdujo como nuevo agravio la agravante genérica de “intervención de menores de edad” prevista en el artículo 41 quater del Código Penal. En particular, criticó que esa agravante exigía que hubiera habido por parte de la imputada una utilización del menor de edad para descargar su responsabilidad aprovechándose de esa condición.