Jurisprudencia nacional 4631

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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FechaTítuloResumen
31-oct-2023Gutiérrez (causa N° 7354)Dos mujeres fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, entre otras cosas, la defensa oficial de una de las mujeres cuestionó la admisión como prueba documental de las actas de procedimiento e informes policiales y solicitó que se admitieran solo para los fines indicados en el último párrafo del art. 289 del CPPF. Además, se opuso a la incorporación de la planilla en la que se determinaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado y la declaración testimonial de quien la elaboró porque consideró que era impertinente. Finalmente, objetó la admisión del informe de reincidencia para la etapa de determinación de la responsabilidad porque entendió que se vinculaba con las condiciones personales de la imputada y no con su responsabilidad en el hecho que se le atribuía.
30-oct-2023BMA (Causa N° 101)Una mujer y un hombre entablaron una relación sexoafectiva que perduró muchos años. Durante ese vínculo, el hombre ejerció violencia física, sexual, económica y psicológica sobre la mujer. Tiempo después, se separaron y la mujer le pidió que le entregara las llaves de la casa donde convivían. Con ese objetivo, acordaron juntarse de día en lugares públicos porque tenía miedo de estar a solas con él. El hombre no se presentó en los lugares pactados. Sin embargo, una noche mientras ella estaba en la cocina, ingresó a la vivienda. Allí, comenzó a agredirla de manera verbal y se negó a devolverle las llaves. La mujer le solicitó que se retirara de la vivienda, pero él no se movió. Por ese motivo, ella intentó salir de la casa y él se lo impidió. Además, agarró una silla y la levantó para arrojársela. En ese momento, la mujer tomó una pava eléctrica y se la tiró. El hombre se quemó la cara y la espalda con el agua caliente que contenía el electrodoméstico. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de lesiones gravísimas. Luego, el hombre divulgó en medios de comunicación y redes sociales que la mujer era violenta y que lo había lastimado. Tales dichos provocaron que la mujer fuera hostigada por la calle, en redes social y, además, perdiera su trabajo. En la etapa de juicio oral, la fiscalía y la defensa solicitaron la absolución porque entendieron que había actuado en legítima defensa. Sin embargo, la querella solicitó la condena de la mujer.
27-oct-2023Quispe Titirico (Causa N° 36958)Una persona migrante fue expulsada del país por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM). Contra esa orden, la Comisión del migrante –en representación de la persona– presentó un recurso jerárquico. Sin embargo, la DNM lo rechazó porque no se había acompañado una carta poder y consideró que la medida había quedado firme. Así, avanzó con la solicitud de autorización judicial para su retención. En ese marco, la Comisión del Migrante interpuso un recurso de nulidad y de alzada en subsidio en sede administrativa. A su vez, informó al juzgado interviniente que se habían cometido vicios en el procedimiento administrativo que habían afectado el derecho de defensa de la persona y el debido proceso. En su presentación, planteó la nulidad de todo lo actuado por graves vicios en el trámite. En ese sentido, alegó que no debía dictarse la medida de retención ya que estaba pendiente la resolución en sede administrativa. También invocó razones de unidad familiar.
27-oct-2023Cifarelli (Causa N° 49884)Tres varones y una mujer iban a bordo de un vehículo, detuvieron la marcha y dos de los hombres descendieron para amenazar a una mujer y a su hijo. Luego de hacer ademanes de tener armas entre las ropas, le sacaron un celular de sus manos y tiraron de la cartera que llevaba cruzada sobre su torso. Ese accionar provocó que la víctima cayera al piso y resultara golpeada a fin de quitarle sus pertenencias. Entonces corrieron hacia el vehículo en el que los aguardaban sus compañeros y se dieron a la fuga. Veinticinco minutos más tarde fueron detenidos. En el interior del rodado se encontraron el celular y un monedero de cuero que pertenecía a la víctima. En la etapa de juicio oral, fueron condenados por el delito de robo en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
25-oct-2023ASN (Causa N°734)Un hombre y una mujer que tenían una hija en común se separaron. En esa época, la mujer había denunciado por violencia de género al hombre y había obtenido en sede judicial medidas de protección que se encontraban vigentes. En ese marco, ambos presentaron ante el juzgado de primera instancia interviniente un plan de parentalidad con relación a la niña. Luego, mientras estaba pendiente de homologación ese convenio, la mujer denunció el incumplimiento del régimen de comunicación acordado por parte del progenitor. En ese contexto, el hombre realizó una publicación en sus redes sociales que involucraba al conflicto familiar. En esa oportunidad, difundió la imagen de su hija y divulgó información relativa al proceso judicial. Por ese motivo, el defensor oficial –en representación de la mujer– denunció como hecho nuevo esas publicaciones. En su presentación, acompañó las capturas de pantalla como prueba y un informe psicológico de la niña.
24-oct-2023Rodríguez Catalan (Causa Nº 7639)Un hombre de sesenta y cuatro años, de nacionalidad chilena, fue procesado con prisión preventiva como coautor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por el número de intervinientes. Al momento de su detención, el hombre se identificó correctamente y se constató su domicilio, el cual compartía con una persona también chilena, al que se le había concedió el arresto domiciliario en el marco de la misma causa y que estaba imputado por ser el organizador de la estructura delictiva. Su defensa solicitó la excarcelación bajo caución juratoria y en subsidio las medidas previstas en el art. 210 del CPPF. Argumentó que el hombre tenía problemas de salud (atrofia prostática benigna) y que debía prestarse especial atención a su condición de adulto mayor. El Juzgado rechazó la solicitud. Para ello, ponderó las características del hecho, la pena en expectativa y la existencia de personas no identificadas y de medidas de prueba pendiente de producción. Además, destacó que la Oficina Central Nacional Interpol Santiago de Chile informó que el acusado registraba antecedentes policiales por los delitos de hurto, robo con fuerza en las cosas y robo cometidos en Chile. La defensa apeló esa decisión. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes confirmó la resolución. Para decidir de esa manera, entendió que la pena que se esperaba como resultado del procedimiento no admitiría posibilidad de condena condicional. Además, indicó que como el acusado tenía arraigo domiciliario en el mismo lugar que otro de los imputados, la prisión preventiva resultaba la única vía idónea para neutralizar los riesgos procesales, y que su dolencia podía ser tratada en la dependencia del Servicio Penitenciario Federal en la que se encontraba alojado. Contra esa decisión, su defensa presentó un recurso de casación.
23-oct-2023Comunidad Mapuche A. (Causa N° 147)Una serie de comunidades y organizaciones mapuches que habitaban un territorio en Río Negro iniciaron una acción de amparo colectivo. En su presentación, manifestaron que allí se desarrollaba actividad industrial que dañaba al ambiente y a su cultura. Por ese motivo, solicitaron el cese y la reparación de los actos perjudiciales. También pidieron que se llevara a cabo un procedimiento de consulta con los pueblos que vivían en la zona, dado que no se les había dado participación en forma previa. El juzgado interviniente admitió el pedido. En consecuencia, ordenó al Estado provincial que estableciera un mecanismo de consulta con las comunidades a fin de obtener su consentimiento con respecto a los proyectos mineros. Asimismo, impuso la prohibición de avanzar cualquier tipo de tareas en esas tierras comunitarias u otorgar permisos hasta que finalizara el proceso de consulta. Contra lo decidido, la Fiscalía de la provincia demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que los accionantes no habían demostrado una afectación al ambiente, al equilibrio ecológico o una explotación irracional. Añadió que no se habían emitido autorizaciones para explotar ya que la solicitud por parte de la empresa demandada estaba en trámite. En ese marco, los actores requirieron la intervención de la Defensoría General de la Nación en carácter de “amicus curiae”. Así, tomó intervención el Programa sobre Diversidad Cultural de la Defensoría General de la Nación.
23-oct-2023Castillo (causa N° 5397)Un hombre, junto a otras dos personas no identificadas, se acercó a una mujer que estaba con sus hijos y le dijo que le diera su automóvil. Ante la resistencia de uno de sus hijos que forcejeó con el hombre, le exhibieron un cuchillo, le sustrajeron la llave del vehículo a la mujer y se dieron a la fuga en contramano. El hombre fue imputado y condenado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma a la pena de cinco años de prisión y a la pena única de nueve años de prisión. Además, fue declarado reincidente. Contra esa sentencia, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, se agravió por la errónea aplicación del inciso 2° del artículo 166 del Código Penal.
20-oct-2023NN (Causa Nº 2097)Una mujer y un hombre acordaron el régimen de alimentos y de comunicación de su hijo. En 2017, el convenio fue homologado por un juez. Cuatro años después, se intimó al hombre a cumplir con lo acordado, pero no lo hizo. En ese contexto, la progenitora del niño presentó una liquidación de la deuda alimentaria, que fue notificada al hombre. Sin embargo, no obtuvo resultados. En ese marco, con la representación de una defensoría local, la mujer solicitó que se aplicaran varias medidas al demandado, según lo establecido por el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. En concreto, informó que el hombre era aficionado de kickboxing, por lo que asistía a encuentros deportivos en diferentes lugares del país. Por ese motivo, sostuvo que incurría en gastos elevados que perjudicaban el derecho a los alimentos de su hijo. Agregó que compartía su actividad en Instagram y Facebook. Entonces, solicitó que se impidiera el acceso a esos eventos tanto en su ciudad como en toda la Patagonia, así como a un club que frecuentaba. También, solicitó su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios. Por último, requirió la suspensión de la licencia de conducir, de las líneas telefónicas y el bloqueo de las cuentas en redes sociales.
20-oct-2023DMF (Causa N° 70859)Un hombre y una mujer que tenían hijos en común se separaron. Cuando finalizó la convivencia, el hijo menor quedó al cuidado de su progenitora. En ese contexto, ambos continuaron viviendo en el inmueble familiar. Por su parte, el hombre tenía un empleo informal y abonaba una cuota alimentaria que era insuficiente para solventar las necesidades de su hijo. Por ese motivo, la mujer –por sí y en representación del niño– inició un juicio. En su presentación, solicitó que se le atribuyera el uso de la vivienda familiar. En ese sentido, pidió que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 526 del Código Civil y Comercial. Entre otras cuestiones, la norma preveía que la atribución no podía exceder los dos años contados desde el cese de la convivencia. Además, establecía la posibilidad de fijar una renta compensatoria a favor del ex conviviente al que no se la hubiera atribuido la vivienda. El juzgado interviniente admitió el pedido de la actora por el plazo de dos años. Sin embargo, rechazó el planteo de inconstitucionalidad, pues consideró que las partes debían dirimir el conflicto en una causa por división de condominio que tramitaba ante otro tribunal. Contra lo decidido, la mujer interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, reiteró que la cuota alimentaria que abonaba el demandado era inferior al Salario Mínimo, Vital y Móvil y que no le alcanzaba para afrontar los costos de un alquiler. Por lo tanto, requirió que no se fijara un plazo para la atribución o bien que se mantuviera hasta que su hijo alcanzara la mayoría de edad.
18-oct-2023Barrera Carranza (Causa N° 3595)Un hombre de nacionalidad peruana había sido condenado en dos oportunidades, por los delitos de hurto simple y robo en grado de tentativa. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el plazo de ocho años. Para resolver de esa manera, aplicó la causal de expulsión del artículo 29, inciso c de la ley N° 25.871. Contra esa decisión, la persona –asistida por la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación– interpuso un recurso judicial. El juzgado de primera instancia lo desestimó. Entre sus argumentos, expresó que la reiteración de los delitos cometidos encuadraba en los impedimentos previstos por la normativa para permanecer en el país. La Cámara confirmó la sentencia de la anterior instancia. Contra esa decisión, el actor interpuso recurso extraordinario federal, que fue declarado inadmisible. Por lo tanto, presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese incidente, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de segunda instancia. Asimismo, ordenó que volvieran los autos al tribunal de origen para que se dictara un nuevo fallo.
18-oct-2023GIL (Causa N° 29182)Una persona había sido procesada por el delito de secuestro extorsivo seguido de muerte. En julio de 2023, el juez de la investigación dispuso la formación de un legajo reservado, que luego prorrogó. Para así decidir, se remitió a los argumentos emitidos por el representante del Ministerio Público Fiscal en su dictamen. Por esa razón, la defensa de la persona interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Entre sus argumentos sostuvo que la decisión recurrida disponía el secreto de sumario permanente. Además, indicó que el proveído carecía de fundamentación y resultaba contrario a la normativa procesal. En agosto de ese mismo año, el juez de instrucción rechazó el recurso de reposición y concedió la apelación en subsidio.
10-oct-2023Roa Ortiz (reg. N° 1781 y causa N° 28838)Una persona había sido condenada a la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento y declarada reincidente. Cumplidos los requisitos legales, le fue otorgada la libertad asistida. Luego, cometió un nuevo delito y fue condenada a la pena de dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y la pena única de cuatro años de prisión. Además, se estableció que la fecha de vencimiento de la pena operaría el 12 de di-ciembre de 2023. Entonces, la defensa observó el cómputo practicado porque no in-cluía el tiempo en que la persona había mantenido la libertad asistida. Sin embargo, el tribunal interviniente sostuvo que la persona había cometido un nuevo delito que había provocado la revocación del instituto. Por esa razón, y por aplicación del primer párrafo del artículo 56 de la ley N° 24.660, debía agotar el resto de la condena en un estable-cimiento cerrado, sin computar el tiempo comprendido entre el momento en que re-cuperó su libertad y la comisión del nuevo hecho. En ese sentido, indicó que la regla debía ser idéntica, frente a la comisión de un nuevo delito, para quienes se encontra-ban en libertad condicional y asistida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un re-curso de casación. En primer lugar, alegó la errónea aplicación de la ley sustantiva en relación con el artículo 56, primer párrafo, de la ley N° 24.660. En ese sentido, expuso que la normativa trataba de manera diferenciada los casos en que la revocatoria de la libertad asistida provenía de la comisión de un nuevo delito, de aquellos en los que se daba como consecuencia del incumplimiento de las reglas de conducta impuestas.
10-oct-2023González Lopez (reg. N° 1783 y causa N° 19855)Una persona fue condenada a la pena de cinco años de prisión y a la pena única de seis años de prisión. Una vez que la sentencia adquirió firmeza, el tribunal efectuó el cómputo del tiempo de detención y dispuso que había permanecido en esa condición desde el 23 de noviembre de 2021 de forma ininterrumpida, fecha en la que fue excar-celado en términos de libertad condicional (art. 317, inc. 5, CPPN). A su vez, en el mar-co del otro proceso –que tramitó en la provincia de Buenos Aires– había sido detenido el 2 de mayo de 2019 y fue excarcelado en los mismos términos el 31 de agosto de 2020 hasta el 23 de noviembre de 2021, fecha en la que fue detenido nuevamente. El cómputo fue observado por la fiscal, que planteó que, desde su punto de vista, no co-rrespondía que se considere como cumplimiento de pena el lapso que el condenado estuvo en libertad condicional. El tribunal rechazó el cuestionamiento, por lo que in-terpuso un recurso de casación.
10-oct-2023Peralta (reg. N°1784 y causa N° 50701)Un hombre le exhibió a otro un cuchillo que tenía en la cintura y le sustrajo su teléfono celular. Luego, el damnificado se dirigió hacia una estación del subterráneo. En el lugar, notó que quien le había robado se encontraba en el andén con su celular y pudo recuperar el teléfono. El hombre fue imputado y condenado por el delito de robo agravado por el uso de armas a la pena de cinco años de prisión. Asimismo, se lo declaró reincidente. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En la presentación, cuestionó la aplicación de la agravante por el empleo de un arma del inciso 2, primer párrafo, del artículo 166 del Código Penal y la consumación del delito. Además, se opuso a la declaración de reincidencia.
9-oct-2023SCE (Causa N° 7497)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus dos hijos. El mayor de ellos tenía una discapacidad. En ese contexto, el joven era beneficiario de una pensión no contributiva que cobraba su progenitor. No obstante, la progenitora era la única que se encargaba de los gastos y tareas que implicaba el cuidado de sus hijos, entre ellos, los estudios universitarios de su hija. En consecuencia, inició una demanda para que el progenitor cumpliera con el pago de la cuota alimentaria. En esa oportunidad, denunció los ingresos que percibía el demandado. Asimismo, solicitó el cobro de la pensión por discapacidad de su hijo que hasta el momento recibía el progenitor. Por su parte, el hombre desconoció esos montos y resaltó que atravesaba una situación de vulnerabilidad económica. El juzgado que intervino rechazó la petición con respecto al hijo con discapacidad. Para decidir así, consideró que sus necesidades estaban cubiertas por la pensión no contributiva que obtenía como beneficiario. No obstante, ponderó la situación económica de ambos progenitores y fijó una cuota alimentaria a favor de la hija. Contra esa decisión, la actora presentó un recurso de apelación. Entre sus argumentos, consideró que la sentencia era arbitraria y que había fijado una cuota insuficiente. Con relación a su otro hijo, señaló que se había rechazado su pretensión de manera errónea por interpretar que estaba compensada con beneficios previsionales. Además, solicitó que se resolviera con perspectiva de género. En ese sentido, manifestó que la falta de aportes por parte del progenitor era una forma de violencia contra las mujeres que afrontaban el costo económico de la crianza.
9-oct-2023GJM (Causa N° 85630)Una pareja —conformada por un hombre y una mujer— y su hijo menor de edad sufrieron un accidente de tránsito. Por ese motivo interpusieron una demanda por daños y perjuicios contra el conductor del vehículo involucrado y su compañía de seguros, como citada en garantía. La causa se inició ante la justicia civil y comercial local de la ciudad de Mercedes. Durante el trámite del proceso, se citó a la Dirección Nacional de Vialidad como tercero interesado. Al comparecer, el organismo planteó la excepción de la incompetencia. El juzgado hizo lugar a la petición, se declaró incompetente y remitió las actuaciones a la justicia federal. En ese marco, la empresa de seguros alegó la falta de actos de impulso procesal por parte de la actora y, en consecuencia, solicitó que se decretara la caducidad de la instancia. Previo a resolver, el juzgado de primera instancia corrió vista de la presentación a la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Mercedes, en virtud de haber advertido que había una persona menor de edad implicada en el expediente. En ese contexto, la defensoría tomó intervención en representación del niño y se opuso a la caducidad de peticionada. Además, planteó la nulidad de todo lo actuado y solicitó que las actuaciones se retrotraigan al momento inicial de la radicación en sede federal, en razón de haberse omitido darle intervención en esa oportunidad. Pese a ello, el juzgado de primera instancia admitió el planteo de la citada en garantía y declaró la caducidad. Frente a esa decisión, la defensoría interpuso un recurso de apelación. En su presentación, sostuvo que la resolución judicial afectaba los derechos al debido proceso, a la tutela judicial, a la protección a la salud, a la defensa en juicio y a la propiedad y vulneraba el principio del interés superior del niño. Asimismo, afirmó que la caducidad deja insatisfecha la legítima pretensión del niño de ser resarcido por los daños que le ocasionó el acto de la demandada. Luego, la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia de San Martín tomó intervención complementaria en representación del niño y en su dictamen adhirió al recurso de apelación interpuesto por la defensoría de primera instancia.
6-oct-2023OD (Causa N° 6903)Un hombre solicitó a su cobertura de salud la afiliación de su hijo menor de edad como integrante de su grupo familiar. Para ello, debió completar una declaración jurada sobre la salud del niño. En ese momento el hombre desconocía que su hijo tenía una discapacidad psicosocial. La obra social afilió al niño. Sin embargo, con posterioridad dio de baja la afiliación tanto del hombre como la de su hijo. Para decidir de esa manera, consideró que el hombre no había obrado de buena fe al completar la declaración jurada dado que no había informado la discapacidad preexistente que tenía el niño. En virtud de esa resolución, el hombre presentó una demanda contra la cobertura de salud. En esa oportunidad, pidió como medida cautelar que los reafiliaran en el mismo plan y condiciones. En ese sentido, requirió que no se le cobrara un valor diferencial por el niño en concepto de enfermedad preexistente. Asimismo, solicitó la cobertura de las prestaciones que el niño requería en virtud de su discapacidad. El juzgado de primera instancia desestimó la medida cautelar porque consideró que el actor no había acreditado el derecho invocado. Contra esa decisión, el actor interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que el juez no había tenido en cuenta que en la época en la que solicitó la afiliación del niño desconocía su verdadera situación de salud.
6-oct-2023ACN (Causa N° 9200534)Una mujer y un hombre comenzaron una relación sexoafectiva y decidieron convivir. Fruto de ese vínculo, tuvieron un hijo. Poco tiempo después, la mujer comenzó a sufrir distintos episodios de violencia por parte de su pareja. Por ese motivo, se separaron. Luego, tanto el hombre como la mujer se denunciaron de manera cruzada por hechos de violencia. En consecuencia, el juzgado interviniente ordenó, como medidas de protección, la prohibición de acercamiento entre ellos. Por su parte, la mujer tenía a su exclusivo cargo el cuidado de su hijo, que por entonces tenía meses de vida. Por esa razón, había tenido que dejar de trabajar, y percibía tanto la asignación universal por hijo como la tarjeta alimentar. Asimismo, recibía ayuda económica de sus padres y vivía con una tía, dado que no podía afrontar el pago de un alquiler. Desde la ruptura de la pareja, el hombre nunca abonó la cuota de alimentos por su hijo ni tuvo contacto con él. En ese marco, la madre del niño inició un proceso judicial. En su presentación, pidió que se fijara en concepto de cuota alimentaria el 40% del salario del demandado como empleado municipal, o bien el 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Además, pidió que se estableciera un régimen de comunicación en el que los encuentros del niño con el progenitor fueran acompañados por los abuelos maternos. Con posterioridad, el juez determinó que el hombre debía abonar una cuota alimentaria provisoria equivalente al 30% del SMVM vigente. Sin embargo, el accionado seguía sin cumplir con sus obligaciones. Aunque no se presentó en el expediente, fue convocado a una audiencia para brindar su declaración. En esa oportunidad, señaló que no había logrado ver a su hijo por las medidas dispuestas. Añadió que no tenía recursos ya que, a raíz de las denuncias en su contra, había perdido varios empleos.
5-oct-2023RLP (Causa Nº 58291)Un hombre no cumplía con los alimentos a favor de su hijo. A raíz de esa circunstancia, se acumuló con los años una deuda considerable. Por su parte, la progenitora del niño –en su representación– inició el reclamo judicial y obtuvo una sentencia favorable. Pese a que se estableció en esa oportunidad una cuota alimentaria, el incumplimiento del progenitor continuaba. Con posterioridad, la mujer solicitó el aumento de la cuota. Para ese momento su hijo ya era mayor de edad y vivía con su padre. En ese contexto, la actora solicitó que le impusieran al demandado medidas sancionatorias. Entre ellas, pidió que le cortaran la conexión a internet, así como otros servicios domiciliarios. El juzgado de primera instancia admitió algunas de las medidas requeridas. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación.