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Título : Fernández (causa N° 12370)
Fecha: 4-may-2022
Resumen : Un hombre intentó sustraer de manera ilegítima un medidor de luz. Por este hecho, fue imputado y procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple en grado de tentativa. Al momento de su detención, si bien no se pudo constatar su domicilio, se identificó correctamente. El hombre registraba antecedentes penales agotados y no registraba rebeldías anteriores ni incumplimientos procesales. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido, por considerar que había un riesgo de fuga que justificaba la medida. En esa línea, explicó, por un lado, que la ausencia de un domicilio constatado en forma fehaciente demostraba lo incierto de su arraigo y, por el otro, que sus antecedentes condenatorios impedían que una eventual pena pueda ser dejada en suspenso y que incluso podría corresponderle una nueva declaración de reincidencia. Por ello, concluyó que eso permitía suponer que el acusado no cumpliría con las condiciones a las que podría sujetarse su libertad. Además, consideró que el tiempo de detención no era desproporcionado con relación al monto y la modalidad de la eventual sanción. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
Decisión: La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, y concedió la excarcelación, bajo la imposición de una caución real o personal que el juez a quo considere pertinente, a lo cual podían adicionarse cualquier otra las reglas previstas por los artículos 310, primer párrafo, CPPN y 210, CPPF que el tribunal estime corresponder (jueces Sarrabayrouse, Días y Morín).
Argumentos: 1. Antecedentes condenatorios. Principio de proporcionalidad. Peligro de fuga. “[L]a situación [del imputado] se encuadra en las previsiones enunciadas en el artículo 316, en función del 317, ambos, CPPN, atento a la escala penal prevista para el delito (robo simple tentado) por el que fue procesado. En particular, debe tenerse en cuenta que [...] si bien el imputado cuenta con antecedentes condenatorios, todas las penas se encuentran agotadas. Además, tal como puso de resalto la defensa, en cuanto a sus condiciones personales se advierte que el nombrado se identificó correctamente al momento de ser detenido, no registra rebeldías anteriores ni incumplimientos procesales […]”. “[L]as medidas de coerción en el proceso penal, reclaman la exigencia de proporcionalidad como límite al ejercicio del poder penal estatal, presupuesto que ciertamente no se justificó debidamente en este caso, el cual por sus características demanda alternativas distinta al encarcelamiento preventivo como medio de neutralización de riesgos procesales. Sentado lo dicho, se observa que en lo que resta, la resolución recurrida se apoyó en la pena de efectivo cumplimiento que podría corresponder al nombrado, circunstancia válida para evaluar el riesgo de fuga, pero que por sí misma resulta insuficiente para rechazar un pedido liberatorio”.
2. Arraigo. Principio de subsidiariedad. Medidas cautelares. “[S]e advierte que el juez del tribunal no ha explicado por qué el riesgo de elusión que subsiste ­y que se desprendiera de un arraigo incierto­ no podía ser neutralizado mediante la utilización del régimen de cauciones o las reglas previstas en los arts. 210, CPPF o 310, CPPN. La falta de análisis de dicha posibilidad (cuando la situación procesal del imputado, en efecto, encuadra en el art. 316 en función del 317, CPPN) demuestra que la sentencia implicó una errónea aplicación de las normas relativas a la privación de la libertad durante el proceso en desmedro del principio de subsidiariedad que la rige, lo cual habilita a esta alzada a dictar el derecho aplicable”.
Tribunal : Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala II
Voces: ANTECEDENTES CONDENATORIOS
ARRAIGO
CAUCIÓN
CAUCIÓN PERSONAL
CAUCIÓN REAL
CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL
EXCARCELACIÓN
MEDIDAS CAUTELARES
PELIGRO DE ENTORPECIMIENTO
PELIGRO DE FUGA
PENAS VENCIDAS
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
PRISIÓN PREVENTIVA
RIESGOS PROCESALES
ROBO
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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