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Título : Rodríguez y otra (causa N° 13321)
Fecha: 2-may-2022
Resumen : Una persona adulta mayor viuda que necesitaba asistencia para su vida diaria tenía como única familiar a una hermana que vivía en otro país. En 2018 le solicitó a una mujer de su confianza que fuera su apoderada para el cobro de su jubilación ante ANSES. En 2019, ante su deterioro físico, la mujer decidió internarla en una clínica geriátrica. En ese contexto, la persona mayor le extendió ante una escribana un poder general de administración y disposición de sus bienes. Así, la mujer puso en alquiler su departamento y administraba su jubilación. Con ese dinero, hizo frente a los gastos de manutención hasta su fallecimiento. Por esos hechos, se imputó a la apoderada por los delitos de defraudación mediante circunvención de incapaz y estafa en concurso real. Además, la escribana fue imputada por el delito de defraudación mediante circunvención de incapaz. En el marco del proceso penal, se llevó a cabo un peritaje que demostró que la víctima padecía de ceguera bilateral y un síndrome confusional que le imposibilitaba otorgar actos jurídicos. Entonces, el juzgado interviniente dictó su procesamiento. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dictó la falta de mérito y ordenó al juzgado que solicitara información al geriátrico, al inquilino y a ANSES. Realizadas las diligencias, se constató que la imputada había dirigido las sumas obtenidas del alquiler y jubilación a solventar la internación en la clínica geriátrica. Sin embargo, el juzgado interviniente procesó de nuevo a las imputadas. Contra esa resolución, la defensa presentó un recurso de apelación.
Argumentos: La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional hizo lugar a la impugnación, revocó la resolución recurrida y sobreseyó a las imputadas. 1. Estafa. Defraudación. Tipicidad. Abuso de confianza. Prueba. Apreciación de la prueba. Sobreseimiento. “[E]l peritaje realizado por el Cuerpo Médico Forense en base a la historia clínica de [la víctima] y las constancias obtenidas de la institución geriátrica [...] revelaron que no solo padecía ceguera bilateral sino también —desde su internación en noviembre de 2019— un síndrome confusional que mantuvo a su ingreso [al geriátrico], en base al cual no habría tenido por entonces capacidad ni discernimiento para otorgar actos jurídicos. No obstante, las pruebas recientemente reunidas demuestran que la imputada dirigió las sumas obtenidas en el período cuestionado —en concepto de cobro de jubilación y alquileres— a solventar su internación en dicha clínica geriátrica…”. “La suma de lo cobrado en concepto de alquileres [...] con los haberes jubilatorios correspondientes [...] arroja un resultado incluso menor a los pagos que [la apoderada] debió afrontar para cubrir los gastos de internación de la víctima en [el geriátrico]. En esas condiciones, la actuación de la encausada no revela un abuso o aprovechamiento fraudulento de las necesidades de la víctima y por tanto no importa la configuración del tipo penal previsto en el artículo 174, inciso 2° del CP. Por el contrario, sus conductas, tanto la tendiente a obtener el poder como la posterior cuando, mediante su uso, concretó el alquiler –sin mediar a su vez, en el caso [del inquilino], engaño alguno–, aparecen orientadas a cubrir los gastos que demandó la internación. Ergo, ante la falta de adecuación típica de los hechos a las figuras de la defraudación por circunvención de incapaz y de estafa, es que corresponde el dictado de su sobreseimiento, al igual que, por las mismas razones, el de [la escribana]”.
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala IV
Voces: ESTAFA
DEFRAUDACIÓN
TIPICIDAD
ABUSO DE CONFIANZA
PRUEBA
APRECIACION DE LA PRUEBA
SOBRESEIMIENTO
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Rodríguez y otra (causa N° 13321).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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