Jurisprudencia nacional 3842

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 1641 a 1660 de 3842
FechaTítuloResumen
26-feb-2019Larumbe (causa N° 9628)En 1999, el señor Angeleri contrató un seguro de vida con una póliza por veinte mil dólares. Luego de su muerte, los causahabientes reclamaron la suma asegurada y la compañía aseguradora ofreció pagar el mismo monto, pero pesificado. A ese efecto, invocó las normas sobre pesificación sancionadas en el marco de la emergencia económica (ley N° 25.561, decreto N° 214/2002 y resolución MOySP N° 6/2002) y la notificación del cambio al señor Angeleri. Los herederos iniciaron una acción contra la aseguradora, reclamaron la suma en dólares y solicitaron que se fijara una multa en concepto de daño punitivo. El juzgado de primera instancia hizo lugar la demanda porque no encontró acreditada la notificación ni el consentimiento del tomador del seguro de pesificar la póliza. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
26-feb-2019Iñigo (Causa Nº344)Una mujer detenida en prisión domiciliaria había sido condenada por un Tribunal Oral de la provincia de Tucumán. Contra esa sentencia, interpuso un recurso extraordinario federal. La Suprema Corte provincial rechazó la impugnación. La resolución no fue notificada a la mujer, quien tomó conocimiento de la situación a través de los medios de comunicación. Por esa razón, interpuso un recurso de queja in pauperis y manifestó su voluntad de impugnar la decisión. La Corte Suprema de Justicia de la Nación remitió el legajo a la Corte tucumana a fin de que el recurso interpuesto por la imputada fuera fundamentado por su asistencia letrada. La defensa desarrolló los fundamentos de la impugnación de manera escueta y sin cumplir con los recaudos formales para la interposición de un recurso de queja.
26-ene-2019López c/ Santa Cruz (Causa N° 1432)Una mujer presentó una acción de amparo colectivo en representación de todos los habitantes de Caleta Olivia con la finalidad de que se asegurara el efectivo acceso al agua potable en cantidad y calidad suficientes a toda la población que vivía en esa localidad. La demanda se presentó contra el Estado Nacional, el Ministerio de Economía de Santa Cruz, el Ministerio de Ambiente de la provincia de Chubut y la Municipalidad de Caleta Olivia, entre otros. En esa oportunidad, solicitó que se prohibiera la explotación de los pozos petroleros ubicados en las provincias de Santa Cruz y del Chubut que no contaran con la correspondiente certificación estatal y que no tuvieran verificación sobre la posibilidad de contaminación del agua destinada a consumo humano. Además, expresó que la situación se agravaba con el tiempo y afectaba el derecho de acceso al agua potable y en consecuencia a la salud, bienestar, trabajo y dignidad.
25-feb-2019MMJ (causa Nº 75423)El joven MJM sufría de “pectusexcavatum”, una deformidad congénita de la caja torácica que se caracteriza por el pecho hundido a la altura del esternón. Por este motivo, fue intervenido quirúrgicamente por el médico HA y otros profesionales en el año 2008. Luego de la cirugía, debió ser intervenido tres veces más en el mismo nosocomio por complicaciones post-operatorias. La familia del joven demandó a los prestadores médicos, a la clínica y a la obra social por mala praxis y por los daños sufridos. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción porque entendió que, si bien la prueba pericial no permitía atribuir el fracaso de la intervención quirúrgica a deficiencias en la actuación profesional del médico ni de los demás profesionales intervinientes, el demandado fue negligente en informar debidamente los riesgos que acarreaba la intervención. Contra esta decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
22-feb-2019MCE (causa Nº 22897)Una mujer, en representación de su hijo, demandó por alimentos a los abuelos paternos del niño. Además, solicitó en la demanda que la Administración Federal de Ingresos Pú-blicos (AFIP) informara si una sociedad comercial –supuestamente perteneciente a los demandados– se encontraba inscripta impositivamente y cuáles eran sus activos, activi-dades, nómina de socios, participación social de cada uno, si cumplía el régimen de información legalmente vigente, datos del socio gerente, honorarios asignados y utilidades distribuidas en los últimos diez ejercicios (art. 101, ley Nº 11.683). El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra esa decisión, interpuso un recurso de revocatoria la AFIP. El juzgado hizo lugar al recurso y dejó sin efecto el libramiento del oficio. En consecuencia, la parte actora interpuso un recurso de apelación.
22-feb-2019RLE (dictamen PGN)La señora PGA, residente en la provincia de Buenos Aires, contrajo una deuda con RLE; en consecuencia, firmó un pagaré a su favor. Con posterioridad, RLE inició un proceso para ejecutar el instrumento y embargó la vivienda de PGA. Una vez ordenada la subasta y designado martillero, se presentó la demandada y manifestó que se desempeña como maestra particular y que habita con sus dos hijos en su única vivienda. Por ello, solicitó que se suspendiera el remate y fundó su reclamo en que la vivienda era susceptible de la protección que brindaba la ley provincial 14.432 y su decreto reglamentario 547/2013. Esta norma disponía que los inmuebles ubicados en la provincia de Buenos Aires, destinados a vivienda única y de ocupación permanente, son inembargables e inejecutables sin necesidad de registración. El juzgado de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de la norma provincial e hizo lugar a la ejecución. Apelada la decisión por la parte demandada, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la decisión. Contra esa sentencia, la demandada interpuso un recurso extraordinario federal que fue contestado y concedido.
19-feb-2019Quintana (causa Nº 8667)Dos personas habían sido condenadas por el delito de reducción a la servidumbre. Contra esa decisión, la querella y el representante del Ministerio Público Fiscal interpusieron recursos de casación. La Cámara Federal de Casación Penal modificó la calificación legal por la de trata de personas. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. Por su parte, la querella y la fiscalía solicitaron la detención de las personas por considerar que el cambio de calificación generaba riesgos procesales. De manera subsidiaria y como medida de coerción morigerada, la querella peticionó que se les colocara una pulsera de monitoreo electrónico.
19-feb-2019Talleres Reunidos Italo Argentino (causa Nº 28038)La sindicatura de una empresa promovió una acción de simulación y revocatoria contra otra a efectos de que se declarara la nulidad de la venta de un inmueble efectuada por una tercera empresa declarada en quiebra. Además, denunció que la causa invocada para justificar la transacción no había existido y, consecuentemente, la transferencia de dominio constituía un acto simulado que tenía por objeto disminuir el patrimonio en perjuicio de terceros. Adicionalmente, la sociedad demandada recibió, en pago de una supuesta deuda, un inmueble con un valor tres veces superior a la deuda con el único propósito de consumar la insolvencia de la deudora. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y declaró la nulidad de la operación de transferencia de dominio por dación en pago del inmueble. Además, dispuso la anotación registral del inmueble en cabeza de la empresa fallida una vez que quedara firme la decisión. Frente a esto, la parte demandada interpuso un recurso de apelación quejándose de que se le hubiera impuesto la carga de la prueba.
15-feb-2019Gutiérrez (causa N° 5432)Una persona se encontraba detenida en la Unidad Penal 9 de La Plata. En una oportunidad, luego del horario de visita, insultó al agente penitenciario que autorizaba el paso de regreso a las celdas. Entonces, fue sancionada a seis días de separación del área de convivencia, en los términos del artículo 47, incisos b) y e) de la ley provincial N° 12.256. Las normas preveían sanciones para quien incitara o participara en movimientos para quebrantar el orden y la disciplina y para quien retuviera, agrediera, coaccionara o amenazara a funcionarios. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, sostuvo que el hecho había constituido un altercado personal, por lo que no correspondía que se lo considerara parte de un movimiento generalizado ni de incidencia colectiva.
14-feb-2019Gallego (Reg. N° 78 y causa Nº 52509)Un hombre fue imputado por el delito de corrupción de una niña menor de trece años de edad agravado por haber sido cometido por una persona conviviente y mediante amenaza, en concurso ideal con el delito de abuso sexual agravado por haber sido gravemente ultrajante y con acceso carnal. La niña declaró en diversas oportunidades durante el trámite de las actuaciones y, a través de la representación de su madre, se presentó como parte querellante. Luego del debate de juicio oral, el Tribunal Oral absolvió al imputado. Para decidir de esa manera, consideró que no se había podido superar el estado de duda respecto de la imputación formulada. Contra esa sentencia, la querella y la fiscalía interpusieron recursos de casación. Entre otras cuestiones, sobre la base del precedente “Casal” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, requirieron la revisión amplia de la sentencia.
14-feb-2019Dusinsky (causa N° 91005899)Por un hecho cometido entre marzo y abril de 2013, una persona fue condenada a la pena de un año de prisión de ejecución condicional (causa N° 3739). En diciembre de 2017 un Tribunal Oral la condenó a la pena de tres años y un mes de prisión por un hecho de agosto del 2013 (causa N° 1918) y a la pena única de tres años y diez meses de prisión. Esa última sentencia adquirió firmeza en diciembre de 2017. Luego fue imputada por un delito cometido en noviembre del 2013 y condenada a la pena de ocho años de prisión (causa N° 91005899). Entonces, la defensa solicitó que se dictara una pena única de ocho años. Por su parte, el repre-sentante del Ministerio Público Fiscal requirió que la pena única fuera de nueve años de prisión.
13-feb-2019Burgos (causa Nº 19.536)La señora Burgos solicitó incorporarse a una empresa de medicina prepaga como integrante del grupo familiar primario de su esposo. La empresa respondió que debía pagar una cuota diferencial del 200% debido a una enfermedad preexistente (síndrome de Sjörgen). Por esta razón, la requirente interpuso una acción de amparo con el objeto de que se ordenara su incorporación inmediata al plan en cuestión sin que se le impusiera aquel valor diferencial. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. La actora, en consecuencia, interpuso un recurso de apelación.
12-feb-2019PADEC (causa N° 3632)La Asociación Civil Prevención Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC) promovió demanda colectiva en los términos de la ley Nº 24.240 contra un banco y solicitó la de-claración de nulidad de todos los actos jurídicos relativos al cobro de un cargo por mantenimiento de cuenta en las cajas de ahorro y requirió que se les reintegren a los usuarios las sumas percibidas. Para fundar su demanda, la asociación consideró que el cargo cuestionado no respondía a una contraprestación de la entidad bancaria, que absorbía los costos operativos mediante la fijación de una tasa pasiva ínfima. El juzgado de primera instancia condenó al banco a restituir la totalidad de los importes percibidos en concepto de comisión por mantenimiento de cuenta sobre las cajas de ahorro (activas o cerradas) existentes desde marzo de 2003, inclusive, tuvieran o no asociada una tarjeta de débito y en tanto no formaran parte de un paquete sobre el que se cobrara un cargo único distinto. Contra este pronunciamiento, el banco interpuso un recurso de apelación porque consideró, entre otras cosas, que se le impuso indebidamente la carga probatoria respecto del mantenimiento de las cuentas de ahorro.
11-feb-2019Aporta (Expte. 50539)La señora Aporta era madre de una niña con discapacidad con un cuadro patológico de encefalopatía hipoxia secundaria a asfixia, encefalopatía crónica no evolutiva y epasticidad. En este contexto, la niña fue derivada por sus médicos al Instituto FLENI en Buenos Aires para realizarse un tratamiento neurológico de alta complejidad. La Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas (OSDEPYM) a la cual estaba afiliada, negó la prestación pero ofreció cubrir el tratamiento en otro centro médico perteneciente al listado de sus prestadores. Por este motivo la madre interpuso una acción de amparo en la que solicitó una medida cautelar innovativa, con el objeto de que se le otorgara la cobertura integral, costos de internación y tratamiento en el Instituto FLENI en Buenos Aires; además de los costos y gastos de traslado y estadía de los progenitores de la menor en la provincia de Bs. As. El juzgado de primera instancia concedió la medida cautelar. Contra esta decisión la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
8-feb-2019Rojas Parraguez (Causa Nº18155)Un hombre tomó un proyector propiedad de la Universidad Nacional de la Plata y se retiró del establecimiento. Horas más tarde, fue ubicado y detenido por personal policial. La persona fue procesada por el delito hurto. Elevada la causa a juicio, su defensa ofreció que el imputado abonara mil pesos en concepto de reparación. El representante legal de la Universidad prestó su conformidad y la fiscalía se pronunció de forma favorable. Entonces, la defensa agregó la constancia de depósito efectuada en favor de la casa de estudios y planteó la excepción de falta de acción por conciliación en los términos del artículo 59 inciso 6 del Código Penal.
7-feb-2019AVPJ (Expte. N° 72596)El señor AV tenía un retraso mental moderado. Entonces, un juzgado de primera instancia restringió su capacidad respecto de todos los actos de administración y disposición de bienes, la disposición de recursos de salud y la intervención en juicios en los que pudiera ser parte. La sentencia fue remitida a la alzada en forma de consulta en los términos de los arts. 253 y 633 del CPCCN. En ese marco, la Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró a AV incapaz absoluto (art. 32, segundo párrafo, CCCN) por entender que, de otro modo, se dejaba una serie de actos o situaciones en cabeza del causante, que, según los informes, no estaba en condiciones de realizar por sí solo. Contra esa resolución, la Defensora Pública de Menores e Incapaces de Cámara, interpuso un recurso extraordinario federal.
7-feb-2019Godoy (Causa Nº 12661)Un buque pesquero se hundió y sus tripulantes naufragaron. Por tal razón, se inició una investigación en sede penal. Las familias de dos víctimas se presentaron como querellantes con representaciones legales separadas. Una de ellas contrató a un letrado particular. La otra tenía dificultades económicas y su representación fue asumida por el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación. El juzgado intimó a las querellas a unificar su representación, bajo apercibimiento de disponerlo de oficio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Entre otras cuestiones, indicó que, dada la vulnerabilidad de su representado, no era posible unificar la querella con un abogado particular y afrontar su costo. Al mismo tiempo, indicó que en los términos de la resolución DGN N° 1459/18, el programa sólo podía representar a personas de bajos recursos económicos.
7-feb-2019PAR (causa Nº 14040)El juzgado de primera instancia declaró la restricción de la capacidad de RPA respecto de todos los actos de administración y disposición de bienes y de recursos de salud, como así también de los actos jurídicos en general. Elevada la causa en consulta, la Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil afirmó que, dadas las dificultades que presentaba RPA para interactuar con su entorno y expresar adecuadamente su voluntad, se lo debía considerar comprendido en el supuesto excepcional de incapacidad. Además, explicó que la sentencia de la instancia anterior permitía que el causante llevara adelante una serie de actos o situaciones que, según los informes, no estaba en condiciones de realizar por sí solo. En consecuencia, declaró la incapacidad de RPA, dispuso la designación de su hermana como curadora. Contra esta resolución, la defensora pública de menores e incapaces de cámara interpuso un recurso extraordinario federal.
6-feb-2019Pasetti (Expte. 20862)La señora Pasetti, en representación de su hija con discapacidad, inició una acción de amparo contra su obra social con el objeto de que ésta cubriera una serie de prestaciones médicas. A pesar de haber obtenido sentencia favorable, Pasetti tuvo que remitir cartas documento y realizar numerosos reclamos solicitando el reintegro o autorización de medicamentos y pago de honorarios profesionales durante un periodo de tiempo prolongado. Además, solicitó una audiencia con el intendente de la localidad donde residía y pidió ayuda para conseguir los medicamentos para su hija. En ese contexto, inició una acción de daños y perjuicios contra la obra social. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó el pago de cien mil pesos ($100.000) en concepto de daño moral. Contra esta decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
5-feb-2019HHG (causa N° 21555)La señora R. se encontraba en pareja con el señor S., quien se desempeñaba como agente de la policía de la provincia, y tenían un hijo en común. Por su parte, R. tenía dos hijos (H. y M.) producto de un matrimonio anterior disuelto por divorcio. R. denunció ante la policía a S. por violencia de género y expresó que en reiteradas oportunidades la amenazó de muerte. En di-ciembre de 2004, ante una nueva discusión, forcejeos y amenaza de muerte, R. se dirigió a realizar una nueva denuncia. En ese momento, y en oportunidad en que se encontraba en el vehículo junto a sus dos hijos más chicos, S. apoyó su arma reglamentaria sobre el cuello de la R. y disparó ocasionándole la muerte. Por este motivo fue condenado en sede penal a la pena de prisión. Finalmente, sus hijos H. y M. iniciaron una acción de daños y perjuicios contra S. y contra el Estado Provincial. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y consideró que la actividad de los agentes de la administración se atribuía directamente a ella sin que se requiriera indagar en la actuación subjetiva del empleado responsable al Estado Provincial por omisión de adoptar las medidas de protección. Sin embargo rechazó la reparación en concepto de valor vida. Contra esa resolución la parte actora interpuso un recurso de apelación.