Jurisprudencia nacional 4130

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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14-nov-2019Artica Vega (Causa Nº 2563)Una mujer trans de nacionalidad peruana vivía en el país junto a su pareja y había obtenido la residencia permanente. Con posterioridad, fue condenada a la pena de 4 años y 10 meses de prisión por haber sido coautora del delito de comercialización de sustancias estupefacientes. Por esa razón, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia, dispuso su expulsión del territorio nacional y prohibió su reingreso al territorio nacional. Contra esa decisión, la mujer interpuso recursos administrativos que fueron rechazados. Luego, presentó un recurso judicial que también fue rechazado. Para decidir de esa manera, la jueza interpretó que en el caso correspondía aplicar una pena mayor a la prevista por el artículo 62 inciso b de la Ley Nacional de Migraciones Nº 25.871. Entonces, la actora apeló. Entre sus argumentos, sostuvo que la referida norma establecía un piso mínimo pero no hacía distinciones con respecto al tipo de delito cometido. Sobre esa cuestión, señaló que la interpretación había sido contraria al principio de legalidad. Asimismo, manifestó que no se había evaluado su arraigo familiar ni la discriminación que había sufrido en su país de origen por motivos de género.
14-nov-2019VCV (Causa Nº 57714)Una mujer demandó por alimentos al padre de su hija menor de edad. Sin embargo, el hombre no se presentó en el expediente, por lo que fue declarado rebelde. Luego, el juez dictó sentencia en la que estableció alimentos provisorios a favor de la niña. Tiempo después, la mujer denunció que el hombre no cumplía con el pago de la cuota. Por ese motivo, se le enviaron dos intimaciones. La primera bajo apercibimiento de ejecución y de comunicación al Registro de Deudores Morosos, y la segunda de arresto. Pese a ello, el demandado no regularizó su situación. En ese marco, se realizó un informe socioambiental. En esa oportunidad, se dejó constancia que el hombre trabajaba en el taller mecánico de un familiar y que vivía en el domicilio al que se habían dirigido todas las notificaciones. Asimismo, la AFIP hizo saber que el hombre no se desempeñaba en relación de dependencia registrada. En consecuencia, la actora pidió que se efectivizaran los apercibimientos.
13-nov-2019Mamani (Causa Nº 8674)Un hombre fue imputado por el delito de estafa en perjuicio de una mujer. Entonces, su defensa solicitó la realización de una audiencia de conciliación. En esa oportunidad, el imputado le pidió disculpas a la damnificada y le ofreció un resarcimiento de mil pesos. La damnificada aceptó las disculpas y prestó conformidad al resarcimiento económico. Entonces, el imputado entregó el dinero pactado a la víctima. Luego, la fiscalía planteó que de acuerdo con el precedente ‘Acosta’ correspondía declarar extinguida la acción penal en los términos del artículo 59 inciso 6 del CP.
13-nov-2019NNV (Causa Nº 336)Un hombre no cumplía con su obligación alimentaria con respecto a su hija adolescente. En ese contexto, la madre de la joven lo demandó por alimentos. En su presentación, manifestó que no le alcanzaba para cubrir las necesidades de su hija, que requería asistencia médica. Asimismo, sostuvo que desconocía los ingresos del demandado, ya que trabajaba en un negocio familiar pero no estaba registrado. En consecuencia, el juzgado intimó al hombre a proveerle cobertura de salud a la joven. Sin embargo, no fijó una cuota alimentaria provisoria. En ese sentido, consideró que la actora no había probado la situación económica del accionado ni había aportado datos sobre su empleo o recursos. Contra lo dispuesto, la mujer presentó un recurso de revocatoria, que fue admitido. En ese marco, se determinó una cuota provisoria. Luego, la mujer solicitó que se le descontara el 15% del monto fijado de la jubilación que cobraba el abuelo paterno de la joven. Con posterioridad, se presentó el abuelo. En esa ocasión, señaló que no podía hacerse cargo de lo dispuesto debido a su edad y estado de salud. Por su parte, el progenitor de la joven planteó que tampoco podía abonar una cuota alimentaria dado que no tenía bienes ni trabajo. Ante esa situación, el juzgado intimó al abuelo para que asumiera los costos de la cobertura de salud de su nieta. Frente al incumplimiento, se le impuso una multa.
12-nov-2019Olivera (causa Nº 3997)Una persona se encontraba detenida y cumplía una pena de prisión en la Comisaría Seccional Segunda de la Policía de Misiones. Esto, debido a que no podía ser trasladado a un centro carcelario federal por falta de cupos. ? PRESENTACIÓN DE LA DEFENSA Entonces, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. Entre sus argumen-tos, sostuvo que la detención en la comisaría impedía la incorporación de su asistido al pro-grama de tratamiento establecido en el régimen de ejecución penal. En ese sentido, señaló que las condiciones de detención le impedían acceder a un trabajo y cursar estudios.
12-nov-2019Campodonico (reg. Nº 1651 y causa Nº 16965)Una persona denunció la sustracción de su bicicleta. Luego observó a un hombre que circulaba a bordo de la misma y dio aviso a la policía. Por tal razón, el hombre fue detenido e imputado de acuerdo al procedimiento de flagrancia. Al ser indagado, sostuvo que la había comprado por un precio muy bajo a un desconocido en una plaza. En el requerimiento de elevación a juicio la fiscalía le imputó haberse apoderado de manera ilegítima de la bicicleta y, alternativamente, haberla adquirido o recibido con conocimiento de su procedencia ilícita y con ánimo de lucro. Durante el juicio, la fiscalía lo acusó solo por el delito de encubrimiento agravado. A su turno, la defensa postuló la nulidad del requerimiento por contener una acusación alternativa. En tal sentido, consideró que era contrario a los requisitos previstos por el artículo 347 del CPPN ya que no contenía un relato claro y circunstanciado del hecho. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de esa manera sostuvo que la regulación de la acusación en el marco del procedimiento de flagrancia, a diferencia del trámite ordinario, sólo requería la descripción del hecho imputado. En tal sentido, concluyó que no era necesario que fuera formulada de manera “precisa, clara y circunstanciada”. Por último, lo condenó por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro a la pena de un año de prisión. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. En su recurso la defensa consideró que el requerimiento de elevación a juicio con acusación alternativa resultaba violatorio del derecho a contar con una comunicación previa y detallada sobre el hecho imputado y era lesivo de la garantía que prohíbe la autoincriminación forzada. Por tal razón, postuló su nulidad y la absolución de su asistido.
12-nov-2019Caceres (Causa Nº64699)Un hombre hirió el cuello de la mujer que era su pareja con un cuchillo. En su declaración, el hombre explicó que había reaccionado de esa manera porque ella lo había lastimado con un cuchillo mientras él dormía. Además, agregó que él había intentado empujarla para evitar la agresión. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de homicidio en grado de tentativa agravado por haber sido cometido contra una mujer con la que el imputado mantenía una relación de pareja, ejecutado en exceso de legítima defensa. En la etapa de juicio, el hombre fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Para decidir de esta manera, el tribunal, entre otras cuestiones, tomó en consideración la falta de racionalidad en el medio empleado para repeler la agresión y que el hombre podría haber actuado de una forma menos lesiva para evitar el ataque. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa consideró, entre otras cuestiones, que el hombre no había excedido los límites de la legítima defensa. Respecto del medio empleado para impedir la agresión, su defensa consideró que la sentencia era arbitraria dado que no había analizado las circunstancias particulares del hecho.
12-nov-2019Castro (reg. Nº 1650 y causa Nº 72983)En julio de 2016, una persona había sido condenada a la pena única de ocho meses de prisión y declarada reincidente. Luego, fue imputada por el delito de robo cometido en poblado y en banda en grado de tentativa. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que la fiscalía solicitó que se la condenara a la pena única de un año y ocho meses de prisión. En noviembre de 2016, el Tribunal Oral condenó en esos términos y mantuvo la declaración de reincidencia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad. En su presentación, la defensa sostuvo que el tipo penal contenido en el artículo 167, inciso 2º del Código Penal era inconstitucional en tanto no establecía una definición precisa del concepto de banda. Ese sentido, sostuvo que violaba el principio de legalidad. De manera subsidiaria planteó que, en caso de que se considerara que la tipicidad de la figura se configuraba a partir del artículo 210 del Código Penal correspondiente al delito de asociación ilícita, sus requisitos no se encontraban presentes en el hecho atribuido a su asistido. Por último impugnó la declaración de reincidencia, puesto que no había sido pactada en el acuerdo de juicio abreviado.
12-nov-2019Díaz Barrios (Causa Nº 45664)En 2006, un hombre de nacionalidad peruana fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional. Por ese motivo, en 2010 y 2018 la Dirección Nacional de Migraciones ordenó su expulsión. Contra ambas disposiciones, el hombre presentó un recurso judicial que no prosperó. Luego, apeló ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. En su presentación, alegó que la sentencia condenatoria en base a la cual se dictó la expulsión había prescripto conforme el artículo 51 del Código Penal y que, por lo tanto, la expulsión carecía de fundamento.
8-nov-2019Rodríguez (causa N° 12570)En el marco de un control de prevención, personal de la Gendarmería Nacional detuvo a un micro que circulaba desde la localidad de Salvador Mazza, provincia de Salta, con destino a Córdoba. Los agentes advirtieron que una pasajera tenía un bulto en su abdomen. Por tal razón, la requisaron. En el procedimiento se halló un paquete de un kilo de cocaína sujeto con una faja elástica. Por ese hecho, fue detenida e imputada por el delito de transporte de estupefacientes. La mujer era madre de dos niños de cuatro y dos años y había sido víctima de violencia de género por parte de su ex pareja durante seis años. Por el último hecho de violencia había acudido a un hospital y se había trasladado a la casa de su padre y madre, con quien no tenía buena relación. Además, era el sostén económico de la familia y su ex pareja le solicitaba dinero. La mujer trabajaba como empleada de casa particular y, en algunas ocasiones, como “bagayera”. Los trabajos le alcanzaban para cubrir su alimentación y la de su familia. Su hija menor tenía una malformación congénita en una de sus manos a raíz de la cual se le prescribió una cirugía reconstructiva de manera urgente. El precio de la operación era de cien a doscientos mil pesos. En ese contexto, y mientras trabajaba en la limpieza de la casa de una persona conocida, se le ofreció el traslado de un paquete de droga a Córdoba bajo la promesa de pago de setecientos dólares. Durante la audiencia de control de la acusación, la fiscalía y la defensa acordaron sobre la existencia y la participación de la mujer en el hecho. En la discusión final, la fiscalía solicitó que se la condenara. Por su parte, la defensa sostuvo que su asistida había actuado bajo un estado de necesidad justificante. En tal sentido, explicó que la mujer era víctima de violencia de género y que se encontraba en una situación de vulnerabilidad que no le permitía afrontar los gastos de la intervención que su hija requería de manera urgente. Por tal razón, sostuvo que frente a la ponderación del traslado de la droga frente a la salud de su hija, ésta resultaba de mayor relevancia. Sobre la base de dichas consideraciones, postuló su absolución.
8-nov-2019Irisarri (Causa Nº 25419)En el marco de una discusión por una deuda, un hombre le disparó a otro con un arma de fuego. El disparo le provocó una lesión en una pierna. Luego, lo insultó, le manifestó que lo iba a matar, que no le iba a pagar y se retiró del lugar. Por ese hecho, fue condenado por el delito de abuso de armas en concurso real con amenazas coactivas agravadas por haber sido cometida mediante el empleo de arma a la pena de cuatro años de prisión. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo, entre otras cuestiones, que el encuadre legal era defectuoso puesto que no se había logrado acreditar el elemento coactivo en la expresión atribuida a su asistido. Por ese motivo, consideró que el hecho debía calificarse como amenaza simple agravada por el uso de arma. Por otra parte, impugnó la relación concursal entre las figuras penales y señaló que se trataba de una unidad de acción, por lo cual había mediado entre ellas un concurso ideal.
6-nov-2019NN (causa Nº 17673)A través de una denuncia anónima se informó que una persona cultivaba marihuana. Por esa razón, un agente policial utilizó un dron y tomó fotografías con gran cercanía al patio de su casa. En las imágenes se observó una construcción con un techo de red, a través del cual se veían plantas. Luego, prestó declaración testimonial el policía y explicó el procedimiento. Entonces, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el allanamiento de la vivienda. El juzgado dispuso la exclusión probatoria de las medidas de prueba y rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, sostuvo que la invasión de un espacio privado sólo podía realizarse mediante una orden judicial y señaló que las medidas habían afectado los derechos a la privacidad e intimidad de la persona. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que el ascenso vertical del dron no había constituido una intromisión ilegítima en la privacidad de la persona toda vez que no había ingresado al patio del inmueble.
5-nov-2019Gironda (causa Nº 10883)JO, de 14 años de edad, tenía retraso global severo del desarrollo de causa no tipificada y epilepsia refractaria severa con crisis múltiples. Gironda, su madre, en su representación, solicitó a su obra social (FACOEP S.E.) la cobertura de diez unidades de aceite de Cannabis de Laboratorio Tiltray P Oral Solution CDB 100 mg/ml frasco gotero de 25 ml, prescrito para tratarlo. Ante el silencio de la obra social, inició una acción de amparo con el objeto de que se le proveyera la cobertura total, íntegra y oportuna del producto y requirió la disposición de una medida cautelar para que se procediera de ese modo hasta el momento en que se resuelva de modo definitivo el proceso.
5-nov-2019Torres (Causa Nº33068)Un joven fue imputado por los delitos de encubrimiento, robo con armas y tenencia de arma de guerra. Sin que la fiscalía la hubiese solicitado, el juzgado dispuso su prisión preventiva. Además, lo declaró penalmente responsable y luego lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Contra esas resoluciones, su defensa interpuso recursos de casación. Transcurrido un año y diez meses desde su detención, la defensa solicitó su excarcelación. En esa oportunidad, se señaló que su asistido podía residir en el domicilio de su madre. A su vez, los delegados a cargo de su seguimiento tutelar elaboraron un informe en el que concluyeron que el joven se encontraba contenido y que contaba con el apoyo de su grupo familiar. El tribunal rechazó el pedido de excarcelación. Para decidir de esa manera consideró, entre otras cuestiones, que el dictado de la pena de efectivo cumplimiento resultaba suficiente para considerar que existía peligro de fuga. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo que la sentencia condenatoria no había adquirido firmeza, por lo que su asistido gozaba de la garantía constitucional de la presunción de inocencia. Por otra parte, señaló que el joven contaba con contención familiar, con una residencia estable y permanente y con un grupo familiar dispuesto a acompañarlo.
4-nov-2019Saladino (causa Nº 18137)En junio de 2012 un joven fue condenado por un tribunal a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. En abril de 2013 fue detenido e imputado por la comisión de un robo. Luego de un mes de detención, fue excarcelado. Durante la audiencia de debate, la defensa explicó que su asistido era padre de una beba, poseía un bajo nivel de instrucción, que se dedicaba a la venta ambulante y era el sostén económico de su familia. El Tribunal Oral lo condenó en 2015 a la pena de siete meses de prisión y a la pena única de tres años de prisión. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. La CNCCC modificó la calificación legal por la de robo en grado de tentativa. Por esa razón, en septiembre de 2016 el tribunal le impuso la pena de cuatro meses de prisión y mantuvo la pena única de tres años de prisión. En septiembre de 2019 esa decisión adquirió firmeza y el imputado debía comenzar a cumplir la pena de efectivo cumplimiento. Por tal razón, la defensa solicitó la morigeración del cumplimiento de la pena. En su presentación, la defensa destacó las condiciones personales de su asistido y agregó que desde el año 2013 no había tenido ningún conflicto con la ley penal. En tal sentido, consideró que su reingreso al sistema penitenciario agravaría su proyecto de vida, ya que en la actualidad tenía dos hijos y un trabajo formal con el que sostenía a su familia. En consecuencia, señaló la aplicación de un tratamiento penitenciario habría tenido un impacto negativo en su vida familiar.
29-oct-2019RCE (Causa Nº 733)Una mujer vivía con su expareja y sus tres hijos y sufría violencia de género del hombre de forma regular. En una oportunidad, la empujó y golpeó y la llevó hasta la cocina, donde ella tomó un cuchillo y lo hirió en el abdomen. Luego, huyó del domicilio. Por ese hecho, fue imputada por el delito de lesiones graves. En el informe médico se dejó constancia de que la mujer poseía hematomas y dolores en el abdomen y en las piernas y que tenía dolor en el rostro. En su declaración indagatoria, explicó que había pensado que el hombre la iba a matar porque “le pegaba y le pegaba” y que solo había dado “un manotazo” para defenderse. Por su parte, el hombre prestó declaración testimonial y negó haber agredido a la mujer. El Tribunal Oral condenó a la imputada a la pena de dos años de prisión en suspenso. Para decidir de ese modo, consideró que su declaración no resultaba verosímil ya que, si bien había indicado haber sufrido golpes en la cabeza, no se habían constatado hematomas en su cara. En tal sentido, concluyó que el hecho se había tratado de una "agresión recíproca" y negó que hubiese constituido un caso de violencia de género. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, señaló que su asistida había actuado en legítima defensa y que las lesiones previas acreditaban la ventaja física del hombre sobre su asistida y fundamentaban el temor por su integridad. En esa línea, refirió que la mujer había utilizado el único medio que tenía a su alcance para defenderse. La fiscalía dictaminó en favor del planteo. El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó la impugnación. Entonces, la defensa interpuso recursos de inaplicabilidad de la ley y de nulidad por entender que la resolución resultaba arbitraria y carecía de fundamentación. La Suprema Corte de Justicia de la provincia desestimó las presentaciones. En relación con el recurso de inaplicabilidad, consideró que no cumplía con los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal provincial y que la arbitrariedad alegada no había sido planteada de forma adecuada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
29-oct-2019Pruyas (causa Nº 21970)En abril de 2017 un juzgado le concedió a una persona la suspensión del proceso a prueba por el término de un año. Cinco meses más tarde, ingresó una nueva causa en la que la misma persona se encontraba imputada por la comisión de un robo. Entonces, el juzgado revocó la probation y elevó el expediente a la etapa de juicio. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la nulidad de la resolución. En particular, sostuvo que la revocación de la suspensión del juicio a prueba por la comisión de un nuevo delito requería el dictado de una sentencia firme antes del vencimiento del plazo otorgado para su cumplimiento. El Tribunal Oral hizo lugar al planteo y devolvió las actuaciones. En mayo de 2018 la persona fue condenada por otro hecho. Entonces, el juzgado revocó por segunda vez la probation y elevó las actuaciones a juicio. La resolución fue dictada sin que se realizara la audiencia prevista en el artículo 515 del CPPN. La defensa efectuó una presentación en la que sostuvo que la condena por la cual se había revocado el instituto había sido dictada con posterioridad al vencimiento del plazo para el cumplimiento de las reglas de conducta. Por tal razón, requirió que se revocara la resolución, se tuviera por extinguido el término de control de las obligaciones impuestas, se declarara extinguida la acción penal y se sobreseyera a su asistido.
25-oct-2019Urbina (reg. N° 2138 y causa N° 9948)Un hombre que se encontraba detenido tenía un hijo de dos años. El niño se encontraba al cuidado de su madre, quien tenía una alta carga horaria laboral, y de su abuela que realizaba un tratamiento oncológico. En ese contexto, la defensa del hombre solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. La Asesora de Menores acompañó el pedido y sostuvo que el niño se encontraba en una situación de vulnerabilidad psico-emocional. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa y la Asesora de Menores interpusieron recursos de casación.
25-oct-2019Uchupomo Palomino (Causa Nº 81653)Un hombre de nacionalidad peruana nunca inició el trámite de radicación en el país, por lo que su situación era irregular. Luego, el hombre fue condenado en dos oportunidades a prisión por los delitos de robo agravado y tenencia simple de estupefacientes. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) entendió que su situación encuadraba dentro de los impedimentos para ingresar o permanecer en el territorio nacional previstos por el artículo 29 inciso c) de la Ley Nº 25.871. En consecuencia, declaró irregular su permanencia en el territorio nacional y dispuso su expulsión del país con una prohibición de reingreso por el término de 8 años. El hombre fue notificado mientras cumplía condena. En esa ocasión, si bien manifestó de puño y letra su voluntad recursiva, la DNM omitió informar al hombre sobre su derecho a contar con el asesoramiento y/o patrocinio por parte de la Comisión del Migrante. Así pues, en un intento por subsanar tal falta, el día 27/5/2011, el organismo administrativo notificó a la Defensoría General de la Nación de la tramitación de las actuaciones que dieran origen al procedimiento administrativo de expulsión. Contra lo decidido, la Comisión del Migrante presentó un recurso jerárquico aunque no pudo tomar contacto con el hombre. El referido recurso fue rechazado por la DNM. Una vez que se agotó la vía administrativa, se interpuso el correspondiente recurso judicial. El juzgado interviniente rechazó el recurso y autorizó la retención del hombre una vez que quedara firme el pronunciamiento. No conforme, la defensa apeló. Con posterioridad, la Cámara requirió al Defensor Público Oficial de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación que, dentro del plazo de 20 días, acreditara la ratificación de la referida gestión procesal. Luego de varios pedidos de prórroga -y consecuentes permisos- a los fines de cumplir con lo requerido por la Sala y ante la imposibilidad de la defensa de dar con el paradero de la persona migrante, pasaron los autos al acuerdo para dictar sentencia.
24-oct-2019Díaz Quispe (causa N° 29176)En el marco de un control de prevención, personal de la Gendarmería Nacional detuvo a un micro que se trasladaba desde la ciudad de Mendoza a Malargüe. Una de las pasajeras se identificó y se mostró muy nerviosa, por lo que le solicitaron que descendiera del vehículo. Un agente la reconoció por haber sido investigada en un expediente por comercio de estupefacientes, en el que se había allanado su domicilio y se había detenido a su pareja y a una mujer que transportaba droga en sus partes íntimas en la modalidad “vaginera”. Por tal razón, la requisaron. El procedimiento se efectuó sin orden judicial ni testigos. La revisión sobre sus pertenencias arrojó resultado negativo. Al detectar que la mujer continuaba nerviosa, la trasladaron al baño de la dependencia y requisaron su vagina. En su interior se halló una bolsa de nylon con cien gramos de cocaína. Por ese hecho el juzgado dictó su procesamiento con prisión preventiva por el delito de transporte de estupefacientes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La defensa planteó la nulidad del procedimiento policial. En tal sentido, sostuvo que durante el control de prevención su asistida se había identificado de manera correcta. De ese modo, consideró que la requisa se había fundado en su vinculación con hechos pasados ya que no existían circunstancias que habilitaran a proceder en los términos del artículo 230 bis del CPPN. Asimismo, señaló que la requisa de partes íntimas resultaba una medida invasiva que importaba una degradación de la dignidad.