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Título : Saladino (causa Nº 18137)
Fecha: 4-nov-2019
Resumen : En junio de 2012 un joven fue condenado por un tribunal a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. En abril de 2013 fue detenido e imputado por la comisión de un robo. Luego de un mes de detención, fue excarcelado. Durante la audiencia de debate, la defensa explicó que su asistido era padre de una beba, poseía un bajo nivel de instrucción, que se dedicaba a la venta ambulante y era el sostén económico de su familia. El Tribunal Oral lo condenó en 2015 a la pena de siete meses de prisión y a la pena única de tres años de prisión. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. La CNCCC modificó la calificación legal por la de robo en grado de tentativa. Por esa razón, en septiembre de 2016 el tribunal le impuso la pena de cuatro meses de prisión y mantuvo la pena única de tres años de prisión. En septiembre de 2019 esa decisión adquirió firmeza y el imputado debía comenzar a cumplir la pena de efectivo cumplimiento. Por tal razón, la defensa solicitó la morigeración del cumplimiento de la pena. En su presentación, la defensa destacó las condiciones personales de su asistido y agregó que desde el año 2013 no había tenido ningún conflicto con la ley penal. En tal sentido, consideró que su reingreso al sistema penitenciario agravaría su proyecto de vida, ya que en la actualidad tenía dos hijos y un trabajo formal con el que sostenía a su familia. En consecuencia, señaló la aplicación de un tratamiento penitenciario habría tenido un impacto negativo en su vida familiar.
Argumentos: El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 8, de manera unipersonal, mantuvo la libertad del condenado en los términos de libertad condicional y fijó reglas de conducta (juez Larrain). 1. Ejecución de la pena. Reinserción social. “[L]a situación del condenado […] es tan excepcional que amerita que sea abordada también desde un punto de vista inusual, y [debe] propiciar una modalidad de ejecución de la pena que evite justamente que el condenado regrese a prisión, máxime cuando, desde la fecha en que se verificó el hecho por el cual se le impuso la pena de mención, no sólo han transcurrido más de cinco años y medio sin que éste haya tenido ningún tipo de problema con la ley penal, sino que en dicho período éste reencauzó su vida, adquirió un trabajo estable y formó una familia que depende de su manutención”. 2. Ejecución de la pena. Libertad condicional. Cómputo del tiempo de detención. Finalidad de la pena. “En este punto, […] la respuesta más adecuada en el presente caso se encuentra en la aplicación del art. 13 del C.P. de acuerdo a su sentido y finalidad, prescindiendo para ello de uno de uno de sus requisitos, puntualmente, el temporal que exige que el causante haya cumplido encierro efectivo al menos durante ocho meses. […] Vale señalar en este punto que la libertad condicional no hace más que someter al sujeto a un control del ejercicio de su libertad de modo tal que cualquier incumplimiento futuro importe su revocatoria y el efectivo cumplimiento del resto de la pena”. “[R]esulta claro que el lapso temporal de ocho meses previsto por el legislador para el otorgamiento de la libertad condicional, persigue que aquél sometido a proceso permanezca en detención un tiempo suficiente que le permita analizar y valorar las consecuencias negativas de los actos contrarios a derecho y, a partir de ello, reencauzar su vida y volverse un integrante valioso para la sociedad, [circunstancias] que ya se han verificado acabadamente en el caso de […] Saladino pese a que estuvo detenido poco menos de un mes”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 8 de la Capital Federal
Voces: EJECUCIÓN DE LA PENA
SENTENCIA CONDENATORIA
LIBERTAD CONDICIONAL
PENA
FINALIDAD DE LA PENA
REINSERCIÓN SOCIAL
PRINCIPIO DE INTRASCENDENCIA DE LA PENA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Quintana (causa Nº 8667)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Z, RD
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Pasarelli (causa Nº 3235)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Saladino (causa Nº 18137).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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