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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2686
Título : | Caceres (Causa Nº64699) |
Fecha: | 12-nov-2019 |
Resumen : | Un hombre hirió el cuello de la mujer que era su pareja con un cuchillo. En su declaración, el hombre explicó que había reaccionado de esa manera porque ella lo había lastimado con un cuchillo mientras él dormía. Además, agregó que él había intentado empujarla para evitar la agresión. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de homicidio en grado de tentativa agravado por haber sido cometido contra una mujer con la que el imputado mantenía una relación de pareja, ejecutado en exceso de legítima defensa. En la etapa de juicio, el hombre fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Para decidir de esta manera, el tribunal, entre otras cuestiones, tomó en consideración la falta de racionalidad en el medio empleado para repeler la agresión y que el hombre podría haber actuado de una forma menos lesiva para evitar el ataque. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa consideró, entre otras cuestiones, que el hombre no había excedido los límites de la legítima defensa. Respecto del medio empleado para impedir la agresión, su defensa consideró que la sentencia era arbitraria dado que no había analizado las circunstancias particulares del hecho. |
Argumentos: | La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, anuló la sentencia impugnada y absolvió al imputado (jueces Jantus y Magariños). “[N]o se advierte […] que el [imputado], en el contexto en el cual ocurrió el hecho, haya contado con un medio menos lesivo y, aun así, idóneo para repeler la agresión ilegítima de [la damnificada]”. “[L]as […] conductas alternativas que, según los sentenciantes, el acusado pudo haber ejecutado para repeler la agresión […] se [tratan] de afirmaciones desprovistas de una fundamentación tendiente a demostrar que esos medios defensivos, además de encontrarse disponibles, eran idóneos para repeler la agresión dirigida al acusado en el caso concreto”. “[El imputado] no efectuó en primer término el comportamiento que lesionó a la [damnificada] en su cuello, sino que trató de repeler la agresión mediante otros medios…”. “[R]esulta llamativo que el tribunal oral haya partido de una hermenéutica según la cual el requisito bajo análisis exige la concurrencia de ‘proporcionalidad entre la agresión sufrida y el elemento utilizado para repelerla de acuerdo a las circunstancias fácticas del suceso en cuestión’, pues, frente a ello, no se explicaron siquiera mínimamente las razones por las cuales una defensa de la misma potencialidad lesiva que la agresión que se repele […] pueda exceder los límites normativos del instituto de la legítima defensa”. |
Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala III |
Voces: | LEGÍTIMA DEFENSA PRUEBA APRECIACION DE LA PRUEBA PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD INTERPRETACIÓN DE LA LEY |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=CLO (Causa N° 74191 2017) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= NBA Y ARF https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= RCE (Causa Nº 733) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Almeida Colman (causa Nº71062) |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Caceres (Causa Nº64699).pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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