Jurisprudencia nacional 4597

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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FechaTítuloResumen
25-oct-2016SCMEl Tribunal Oral condenó a una persona a una pena única de treinta y cinco años de prisión. Para decidir de ese modo, si bien tuvo en cuenta que los hechos juzgados eran previos a la modificación del art. 55 CP (que estableció el máximo de pena en cincuenta años), se remitió al artículo 227 ter CP y sostuvo que la pena de prisión máxima aplicable era de treinta y siete años y seis meses. En ese sentido, señaló que esa norma aumentaba el máximo de las penas en un medio y sostuvo que si se tenía en cuenta la pena máxima prevista para el delito de homicidio (veinticinco años) se alcanzaba ese tope. La defensa interpuso un recurso de casación contra la sentencia de condena. Entre sus argumentos señaló que la reforma introdujo agravantes que no podían exceder el máximo previsto en el CP para la especie de pena de que se trate. Asimismo, explicó que la posición sostenida por el tribunal generaba incongruencias en relación con otros institutos del Código (la libertad condicional, la tentativa y la participación) debido a que convierte las penas perpetuas en sanciones de menor gravedad que las penas divisibles. Por último, consideró que la normativa internacional establecía una restricción en veinticinco años de la pena máxima de prisión que podía imponerse.
25-oct-2016Carrera, Fernando ArielUn hombre cometió un robo y huyó en su automóvil. En ese momento, personal policial que no se había identificado ocasionó una maniobra de evasión por parte del hombre, que huyó en su vehículo. En ese contexto, el hombre recibió un disparo y perdió la conciencia. De esa manera, con una disminución de sus facultades, continuó la marcha y ocasionó lesiones y la muerte a algunas personas. Finalmente, colisionó contra otro vehículo. Luego del choque, los policías le habrían disparado dieciocho veces, alcanzándolo con ocho impactos y provocándole lesiones gravísimas. Desde el comienzo del proceso penal, la defensa había denunciado distintas irregularidades en la actuación de la policía que habrían determinado la imputación del hombre. En la etapa de juicio oral, el hombre fue condenado a la pena de treinta años de prisión por los delitos de robo agravado por el empleo de armas de fuego, homicidio calificado reiterado en tres oportunidades, lesiones graves reiteradas en dos oportunidades, abuso de armas de fuego y portación ilegal de arma de guerra. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la CFCP confirmó la sentencia. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto esa resolución y dispuso el reenvío para el dictado de un nuevo fallo. En tal oportunidad, la misma Sala de la CFCP –con distinta conformación– absolvió al imputado por el delito de abuso de armas y lo condenó a la pena de quince años de prisión como coautor del delito de robo agravado por su comisión con armas de fuego, en concurso real con homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y por la cantidad de víctimas y con lesiones culposas graves y agravadas por esas mismas circunstancias y lesiones culposas leves, también en concurso real con portación de arma de guerra, sin la debida autorización legal. Frente a esa resolución, la defensa interpuso recurso extraordinario. Luego de ser rechazado, presentó un recurso de queja.
24-oct-2016Diedrichs, Luis GustavoEl tribunal había rechazado el pedido de morigeración de la prisión preventiva bajo modalidad de arresto domiciliario respecto de una persona mayor de 70 años. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación e introdujo nuevos agravios relativos a los problemas de salud que presentaba el imputado y a las dificultades de cumplimiento de turnos y estudios extramuros por falta de logística en los traslados.
24-oct-2016Fontana, Carlos GustavoEl juzgado había rechazado el pedido de libertad condicional formulado a favor del imputado. Para arribar a esa decisión consideró que, si bien se daban en el caso los requisitos para la concesión del instituto, el nombrado se encontraba detenido a orden de otro tribunal. Esta circunstancia impedía, a su criterio, que pudiera acceder a la libertad. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. La defensa argumentó, entre otras cuestiones, que el razonamiento indicado era violatorio del principio de legalidad, ya que los únicos requisitos que debían verificarse eran los establecidos en los artículos 13 a 17 del Código Penal.
24-oct-2016RCA c. GCBA y otrosUn joven con discapacidad inició una acción de amparo contra el GCBA y contra una escuela con el objeto de que se le entregue el certificado oficial de finalización de estudios secundarios y la documentación oficial escolar que corresponda en las mismas condiciones que a sus compañeros. Asimismo, solicitó que se ordene al Ministerio de Educación local que se abstenga de obstaculizar la entrega de su título y que se declare la inconstitucionalidad del art. 4 bis de la disposición 25/DGEGP/2011 y la restante normativa local que condiciona la entrega del título al cumplimiento de objetivos estándar contemplados en la currícula. Las demandadas solicitaron el rechazo de la pretensión del actor por considerar que el joven no se encontraba en condiciones de obtener el certificado de estudios solicitado conforme a la legislación y reglamentación vigentes por haber cursado el nivel secundario bajo la modalidad de "Proyecto pedagógico individualizado" (PPI).
21-oct-2016MJETres personas abordaron a una pareja en la vía pública y, mediante la exhibición de un arma de fuego, los obligaron a subir a un vehículo. Durante el trayecto, los damnificados fueron despojados de sus pertenencias. Luego, los hombres tuvieron que detener el vehículo para cargar nafta. Sin embargo, el automóvil no volvió a arrancar. Por ese motivo, abandonaron a la pareja y se escaparon a pie. Uno de ellos fue identificado e imputado por dos hechos. El primero se calificó como secuestro extorsivo en concurso ideal con robo en poblado y en banda. El segundo, como robo en poblado y en banda. El Tribunal Oral lo absolvió respecto del primer hecho y lo condenó a la pena de tres años de prisión por el segundo. Esa decisión se fundó en la sospecha informada por la Oficina de Fiscales, donde se registraron hechos llevados a cabo con un modus operandi similar en la misma zona. Según el informe, el imputado había sido denunciado en cuatro oportunidades. Sólo en una de ellas se lo encontró responsable y la cuarta denuncia correspondía a los hechos denunciados en este caso. Por otra parte, al momento de realizarse la rueda de reconocimiento, una de las víctimas manifestó reconocer al acusado en un cuarenta por ciento. Sin embargo, en esa misma rueda reconoció a otra persona que no había tenido ninguna relación con los hechos de la causa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
21-oct-2016Hardcastle (reg. Nº 834 y causa Nº 42941)Una mujer detenida presentaba un problema de adicción. Por ese motivo, se encontraba incluida en el Centro de Rehabilitación para Drogodependientes. Una vez cumplidos más de dos tercios de su condena, la defensa solicitó su incorporación al régimen de libertad condicional. En su informe, la administración penitenciaria señaló que la mujer había evolucionado de manera favorable en áreas como educación y trabajo y que se encontraban reunidos los requisitos legales. Sin embargo, hizo saber que contaba con diversas sanciones disciplinarias y debía trabajar las reacciones violentas ante pensamientos y discursos diferentes al suyo. De todas maneras, el Consejo Correccional se pronunció a favor de la incorporación requerida. El Juzgado de Ejecución Penal Nº 4 rechazó la libertad condicional solicitada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
20-oct-2016LV, DUna mujer detenida en el Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza presentó un habeas corpus en representación de las integrantes de dicho pabellón. Allí, denunció que durante las requisas efectuadas en el establecimiento las mujeres eran obligadas a quitarse la ropa y realizar movimientos humillantes. Ante esta situación, se solicitó la modificación del régimen de requisas vigente. El juez de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó al director del Complejo Penitenciario la implementación de mayores medios tecnológicos durante las requisas. Posteriormente, la Procuración Penitenciaria denunció el incumplimiento de la decisión y presentó un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dispuso el cumplimiento de la sentencia en el término de quince días. Contra esa resolución el Servicio Penitenciario interpuso un recurso de casación.
20-oct-2016CLOLa Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata había revocado el arresto domiciliario concedido a una persona de 77 años procesada por delitos de lesa humanidad. Para arribar a esa decisión, los jueces valoraron un informe médico de abril de ese año, que informaba que el estado de salud del imputado era “regular”. Sin perjuicio de esto, se hacía saber que el detenido padecía diversas patologías oftalmológicas graves que lo habían llevado a estar ciego de un ojo. Sin embargo, los jueces concluyeron que la situación no revestía la extrema gravedad requerida para la concesión del arresto domiciliario. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación y, en oportunidad de celebrarse la audiencia ante la Cámara, señaló que su cuadro de salud había empeorado y aportó como prueba un certificado de discapacidad y nuevos informes médicos.
19-oct-2016MTLEl Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño de Villa Gesell recibió una denuncia de maltrato efectuada por una adolescente contra su progenitora y su pareja. Con posterioridad, tomó conocimiento de que la joven se encontraba en situación de calle con su hijo de dos años. A raíz de un informe médico que constató que el niño contaba con golpes, escoriaciones y hematomas, el Servicio Local decretó la medida de abrigo institucional por advertir riesgo vital para el niño al no encontrarse contenido en su grupo familiar. El organismo autorizó que el niño permanezca de manera momentánea y provisoria al cuidado de referentes comunitarios no inscriptos en el Registro de Aspirantes a Guardas con fines de Adopción. La abuela materna del niño solicitó el reintegro de su nieto. La Asesora de Incapaces, en representación de la madre del niño, solicitó que se autorice el contacto madre-hijo. La jueza de primera instancia rechazó ambos pedidos, declaró la situación de adoptabilidad del niño y dispuso su guarda con fines de adopción. Dicho pronunciamiento fue apelado por las Asesoras de Incapaces –intervinientes en representación del niño y su madre, por entonces menor de edad–, la abuela del niño y los referentes comunitarios no inscriptos en el Registro de Aspirantes a Guardas con fines de Adopción. El tribunal de segunda instancia confirmó lo resuelto. Tal decisión fue impugnada por las titulares de las Asesorías de Incapaces Nº 1 y 2 de ese departamento judicial y por la abuela del niño.
19-oct-2016ARH y otro c. EN Ministerio de Seguridad PFAEl Sr. A ejerció violencia psicológica y física contra su pareja y sus dos hijas. A raíz de esto, la esposa decidió abandonar el hogar común junto a las dos niñas y promovió una acción civil sobre violencia familiar contra su marido. El juzgado interviniente ordenó una prohibición de acercamiento contra el Sr. A y autorizó a la mujer a retirar sus efectos personales del domicilio que compartía con el demandado con personal de la Policía Federal Argentina. En cumplimiento de esa medida, la Sra. S. se dirigió al domicilio acompañada por dos suboficiales de la PFA. Sin embargo, como consecuencia de la actitud pasiva y negligente de los suboficiales, el Sr. A. asesinó a su ex pareja y luego se suicidó. Las hijas del matrimonio se presentaron con sus letrados apoderados e iniciaron una demanda contra el Estado Nacional –Ministerio del Interior–, Policía Federal Argentina, el comisario y los suboficiales y reclamaron la suma de $ 2.000.000 en concepto de daños y perjuicios por la muerte de sus dos padres.
18-oct-2016CVAGUna persona que se desempeñaba en la Policía Metropolitana había presentado una serie de certificados médicos apócrifos en su lugar de trabajo para justificar licencias médicas. En consecuencia, fue imputada por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública y uso de documento privado falso reiterado. Su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se opuso a la probation. A tal fin, argumentó que el hecho de que la imputada fuera funcionaria pública obstaba su concesión. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
18-oct-2016C, RO c. C, ONEn el marco de un contrato de fideicomiso sobre bienes provenientes de una herencia se estableció como fideicomisaria a una niña y a otras dos personas. El padre de la niña inició una demanda de nulidad de acto jurídico contra los otros beneficiarios del contrato con el objeto de que los bienes regresen a la herencia de los padres –prefallecidos– del actor. Uno de los codemandados solicitó la designación de un abogado del niño para que se resguarden sus intereses. El juez de primera instancia desestimó la petición por considerar que la niña ya contaba con la representación de la Asesora de Menores. El codemandado interpuso recurso de apelación.
13-oct-2016A, VG y S, ACDos personas habían sido imputadas por la comisión de delitos contra la propiedad. Posteriormente, llegaron a un acuerdo conciliatorio con las presuntas víctimas. El fiscal se opuso a su homologación. Consideró, entre otras cuestiones, que la conciliación era una forma de ejercicio del principio de oportunidad y, ante la falta de entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Nación (ley Nº 27.063), no podía aplicarse la causal de extinción de la acción penal regulada en el art. 59 inc. 6 del CP.
13-oct-2016GJD (causa Nº 19190)Una persona habían sido imputada por la comisión de delitos contra la propiedad. Posteriormente, llegó a un acuerdo conciliatorio con las presuntas víctimas. El fiscal se opuso a su homologación. Consideró, entre otras cuestiones, que la conciliación era una forma de ejercicio del principio de oportunidad y, ante la falta de entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Nación (ley Nº 27.063), no podía aplicarse la causal de extinción de la acción penal regulada en el art. 59 inc. 6 del CP.
13-oct-2016RREMUna persona había sido imputada por el delito de robo en poblado y en banda agravado por la intervención de un menor de edad. Durante el debate oral, la fiscalía modificó la calificación legal y excluyó la aplicación de la agravante prevista en el art. 41 quater CP. Por este motivo, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral rechazó el pedido por extemporáneo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-oct-2016CRN (causa Nº 810165)Una joven fue imputada por el delito de comercialización de estupefacientes. La causa estuvo en trámite durante diez años y seis meses. Durante este tiempo, no se ordenó la elaboración de ningún tipo de informe sobre las condiciones familiares o ambientales en que se encontraba la imputada. Tampoco se dispuso un tratamiento tutelar. Durante la etapa de juicio oral, la defensa planteó la nulidad de las actuaciones por no haberse aplicado el régimen penal de la minoridad.
11-oct-2016ADJ (causa Nº 26772)Una persona había sido imputada por la comisión de delitos contra la propiedad. Posteriormente, llegó a un acuerdo conciliatorio con la víctima. El fiscal se opuso a su homologación. Para así dictaminar, consideró que el instituto era una forma de ejercicio del principio de oportunidad que no podía aplicarse ante la falta de entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Nación (ley Nº 27.063).
11-oct-2016Aramela (Causa n°26772)Un hombre intentó apoderarse de una bicicleta que se encontraba asegurada a un árbol. Los transeúntes que pasaban observaron su accionar y alertaron a un efectivo policial que procedió a su detención. El hombre fue imputado por el delito de robo agravado por haber sido de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa. Asimismo, se certificó que el hombre registraba antecedentes penales. Su defensa planteó un acuerdo de conciliación con el dueño de la bicicleta mediante el cual el hombre imputado le pidió disculpas al damnificado y le ofreció un monto de dinero. Luego, la defensa acompañó el acta de conciliación y solicitó al Tribunal Oral que se declarara la extinción de la acción penal. De forma posterior, se realizó una audiencia en la que el damnificado y el imputado sostuvieron lo acordado en el acta de conciliación. A su turno, la fiscalía se opuso. Entre otras cuestiones, consideró que debía valorarse que el hombre imputado registraba antecedentes penales condenatorios y que, por tanto, de ser condenado debería ser declarado reincidente.
10-oct-2016Custet Llambi María RitaEn el presente caso, la Defensora General de la provincia de Río Negro inició una acción de amparo colectivo contra la provincia de Río Negro y el Municipio de San Antonio Oeste a los efectos de resguardar el derecho a la salud y al goce de un medio ambiente sano de los niños, niñas y adolescentes que habitan en ese municipio, para lo cual requirió, entre otras medidas, que se ordene la efectiva remediación de las zonas contaminadas con plomo y otros metales pesados. El juez del amparo admitió la acción y ordenó a la autoridad de aplicación la remisión de informes al tribunal sobre la efectiva ejecución del Subprograma II "Gestión Ambiental Minera" (GEAMIN) y del seguimiento del proceso. Sin embargo, el magistrado sostuvo que, atento el carácter excepcional del amparo, no correspondía tomar decisiones que pudiesen interferir en las tareas llevadas a cabo en el marco del Subprograma GEAMIN, ya que el monitoreo de la aplicación efectiva del programa se encontraba a cargo de una comisión de seguimiento creada por ley e integrada por representantes del Poder Ejecutivo provincial y municipal, legisladores y el grupo promotor para el tratamiento de la problemática ambiental. Por ello, estimó que su intervención era subsidiaria y que la adopción de otra postura implicaría interferir en políticas públicas propias de los demás poderes del Estado provincial. La actora apeló lo decidido, principalmente, porque la sentencia de primera instancia omitió hacer lugar al reclamo de medidas de remediación. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro declaró mal concedido el recurso de revocatoria. La actora interpuso recurso extraordinario federal que, rechazado, motivó la interposición de un recurso de queja.