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Título : CRN (causa Nº 810165)
Fecha: 13-oct-2016
Resumen : Una joven fue imputada por el delito de comercialización de estupefacientes. La causa estuvo en trámite durante diez años y seis meses. Durante este tiempo, no se ordenó la elaboración de ningún tipo de informe sobre las condiciones familiares o ambientales en que se encontraba la imputada. Tampoco se dispuso un tratamiento tutelar. Durante la etapa de juicio oral, la defensa planteó la nulidad de las actuaciones por no haberse aplicado el régimen penal de la minoridad.
Argumentos: El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, por unanimidad, hizo lugar al planteo y sobreseyó a la mputada (jueces Casas, Jiménez Montilla y Noli). “Que en el caso en estudio se debió dar intervención al defensor de menores para que ejerza este plus de protección adicional, figura a la que debe recurrirse hasta que se disponga la defensa especializada conforme lo establece la normativa internacional y la Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. La existencia de la figura del asesor de menores conforme la ley 22278 no puede ser interpretada en desmedro de los [/as] niños/as. Entonces, considerar que la defensa técnica particular suple las falencias normativas existentes y que el defensor de menores no es necesario porque responde a un formato adscripto a la protección irregular implica hacer una interpretación que no se condice con el principio pro homine o pro persona y el interés superior del[/a] niño/a. Este razonamiento llevaría a situar al[/a] niño/a en el mismo lugar que un adulto, que es justamente lo que nuestro derecho actual rechaza (ver en este sentido caso ‘Mendoza y otros vs Argentina’ […] de la Corte Interamericana de Derechos Humanos). En consecuencia debe interpretarse que el defensor de menores, hasta tanto no se modifique la ley 22278, es indispensable en un proceso penal donde está imputado un menor, dándole a esta figura el alcance establecido por la Convención de los Derechos del Niño y la ley 26061”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán
Voces: NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
RÉGIMEN PENAL JUVENIL
TRATAMIENTO TUTELAR
DEFENSOR DE MENORES
NULIDAD
PRINCIPIO PRO HOMINE
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=ACJ (causa Nº 743)
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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=CDI (causa N° 29779)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=AAA (causa N° 5843)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=AJD (causa N° 66291)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/CRN (causa Nº 810165).pdf
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