Jurisprudencia nacional 4513

Los fallos contenidos en esta colección se cargan tomando en consideración la utilidad de cada pronunciamiento para el litigio en el ámbito de las Defensorías Públicas Oficiales. A tal efecto, se evalúa el fuero, la jurisdicción y la instancia en que se emite la decisión y se procura cubrir las necesidades de todos los agentes del Ministerio Pública de la Defensa. Para que sean incluídos los fallos deberán: Constituir una novedad jurídica en razón de su temática (por ejemplo, si aborda temas en los que existe una laguna legal, o modifica prácticas preexistentes); Emanar de una Cámara de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Presentar una línea de argumentación exhaustiva y profunda; Estar vinculada con reformas legales o constitucionales en vísperas de ser sancionadas o implementadas.

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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 1501 a 1520 de 4513
FechaTítuloResumen
10-feb-2021Fleitas (causa N° 13141)Un hombre vivía en un galpón, obtenía ingresos escasos a partir de la recolección de cartones y era el único sostén de su familia, integrada por su pareja embarazada y tres hijos. En una oportunidad, intentó apoderarse de cuatro melones que se encontraban exhibidos en una verdulería. Por ese hecho, fue detenido e imputado por el delito de hurto en grado de tentativa. En la etapa de juicio oral, la defensa alegó que su asistido actuó en estado de necesidad. Además, dadas las características del hecho, propuso la aplicación del principio de insignificancia. De esa forma, estimó que su representado debía ser absuelto. Sin embargo, el tribunal entendió que, si bien el imputado tenía ciertas dificultades económicas, su situación no permitía considerar que actuó en estado de necesidad. En relación con el principio de insignificancia, concluyó que el valor del bien objeto del hurto no tenía relevancia para definir la responsabilidad penal del imputado. Por ende, lo condenó a la pena de quince días de prisión en suspenso por el delito de hurto en grado de tentativa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-feb-2021CR del V (causa Nº 156909)Cinco hermanos de 15, 12, 8, 7 y 5 años fueron declarados en situación de adoptabilidad luego de ser separados de su familia. El Registro de Adopciones comunicó la existencia de postulantes y se emitieron los informes psicológicos correspondientes. Luego, se le otorgó la guarda provisoria a la pareja B-B para una vinculación diagnóstica. Más tarde, el equipo Interdisciplinario del tribunal interviniente emitió un informe en relación con los pretensos adoptantes en el que daba cuenta de la existencia de indicadores positivos referidos al vínculo de los niños, niñas y la adolescente con la pareja. Sin embargo, R., de 15 años, manifestó su intención de no ser adoptada, y continuar en la institución en la que se encontraba.
10-feb-2021Aquino (Causa N° 3421)Una persona recibía por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) una pensión de retiro por invalidez. Sin embargo, el pago fue suspendido porque el beneficiario no realizó el examen médico correspondiente ante la Comisión Médica. Por este motivo, la persona se presentó ante el organismo y expresó que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo postergó su turno para el examen por la pandemia COVID-19. Ante la falta de respuesta, el administrado interpuso una acción de amparo con el objeto de que se ordenase a ANSES que rehabilitara el pago.  El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra esa sentencia, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios, expresó que carecía de legitimación pasiva para ser parte del proceso y responsabilizó de lo sucedido a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo por no haberle brindado al accionante el turno correspondiente.
10-feb-2021Clínica DS (Causa N° 6883114)Una mujer cursaba su primer embarazo sin complicaciones. En abril de 2016, comenzó con dolores de parto y sangrado. Según surgía de su historia clínica, se encontraba en la semana 21 de gestación. Por ese motivo, se dirigió a la clínica privada en la que se atendía. Cuando llegó al lugar, fue derivada a la guardia pero no le realizaron monitoreos para controlar el estado de salud de la bebé. Una de las médicas le realizó tacto y le manifestó que la bebé tenía que nacer porque estaba muerta. La mujer insistió en que sentía movimientos en su vientre, pero no le realizaron estudios de chequeo. Por disposición de la clínica, estuvo varias horas sin compañía de sus familiares. Incluso, no les permitió el ingreso. Debido a que era su primer embarazo, la mujer no comprendía qué le sucedía ni que estaba en trabajo de parto. Tampoco los médicos se acercaron para explicarle la situación ni la trasladaron a una sala de parto. La mujer dió a luz sola en una cama de la guardia. Luego, le comunicó a los médicos sobre el nacimiento. Después de unos minutos, se llevaron a la bebé para limpiarla. Cuando regresaron, le informaron que había muerto. Respecto de los motivos, sólo le indicaron que la placenta se había desprendido. La mujer solicitó a la clínica que le entregara el cuerpo de su hija y la historia clínica. Ante la negativa, la mujer inició un reclamo por medio de un abogado. En diciembre de ese año, se le entregó la historia clínica con datos erróneos e información que no se correspondía con lo que la mujer había vivido. A su vez, el centro de salud consideró que no se trataba de una persona sino de un feto y se negó a entregar el certificado de defunción. La clínica le entregó a su bebé en un frasco con formol. En consecuencia, la mujer inició una demanda por violencia de género bajo la modalidad obstétrica establecida en el artículo 6, inciso e, de la ley N° 26.485. Entre sus argumentos, expresó que se sintió abandonada por la clínica. En ese sentido, agregó que se habían vulnerado sus derechos como paciente ya que no había recibido información ni ayuda de los médicos. Por su parte, la clínica solicitó el rechazo de la denuncia. Sobre este aspecto, señaló que era infundada, que la situación no configuraba un hecho de violencia contra la paciente y tampoco se la había afectado por su condición de mujer. Por último, agregó que se trataba de una “triste situación de aborto”.
9-feb-2021Peralta (reg. N° 92 y causa N° 17833)Una mujer fue condenada a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de defraudación por retención indebida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Esta impugnación fue rechazada por la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. Entonces la defensa dedujo un recurso de inconstitucionalidad en virtud de lo dispuesto por el artículo 113, inciso c, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Entre otras cuestiones, señaló que las competencias que ejercía la justicia nacional ordinaria debían ser transferidas al poder judicial de la ciudad de Buenos Aires. Por esa razón, sostuvo que el Tribunal Superior de Justicia local debía revisar las sentencias emitidas por la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
9-feb-2021Buchar (causa n°7891)A partir de un llamado a la línea telefónica 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, en octubre de 2019 se denunció que una niña de trece años era explotada sexualmente por un hombre. La persona fue imputada por el delito de trata de personas agravado por ser cometido contra una persona menor de edad. En junio de 2020, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado por el Poder Ejecutivo Nacional ante la emergencia sanitaria del virus Covid-19, el Ministerio Pupilar, en representación de la joven, solicitó al juzgado que se contemplara la necesidad de la presunta víctima de ser escuchada y que se le tomara declaración. El juzgado interviniente resolvió que la medida solicitada debía postergarse hasta tanto cesara el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Luego, en julio de 2020, el juzgado declaró la falta de mérito del hombre imputado por el delito de trata de personas agravado y declinó la competencia en favor de la justicia ordinaria por la posible comisión de delitos contra la integridad sexual de la joven. Luego, en septiembre de 2020, el juzgado sobreseyó al hombre imputado por el delito de trata de personas agravado. Para decidir de esta manera consideró, entre otras cuestiones, que la situación del hombre imputado no podía permanecer incierta a la expectativa de la presentación de nuevas pruebas y de la eventual declaración de la presunta víctima. Contra esa decisión, la fiscalía y el Ministerio Pupilar interpusieron recursos de apelación y solicitaron que se revocara la decisión.
4-feb-2021DRR (causa Nº 40665)El 24 de junio de 2019 los progenitores de tres niños se reunieron con docentes y directivos de un establecimiento educativo al que concurrían sus hijos. En ese encuentro, el progenitor agredió verbalmente a los directivos de la Institución y realizó expresiones intimidantes, groseras, descalificadoras y ofensivas hacia el personal del colegio. A raíz de esta conducta, el 16 de septiembre de ese año, las autoridades de la institución comunicaron a los progenitores que no inscribirían a sus hijos para continuar sus estudios en el periodo lectivo 2020. Además, les informaron que tal decisión constituía una derivación del derecho de admisión. Sin embargo, entre el 16 de septiembre y el 16 de diciembre de ese año, hubo un pedido formal de reconsideración de la familia que generó que la institución analizara si se confirmaba la decisión. En ese sentido, existieron reuniones entre los progenitores y las autoridades, pero las autoridades de la institución confirmaron la no admisión de los tres niños. El matrimonio, en representación de sus hijos, interpuso una acción de amparo contra el colegio con el objeto que se declarase la nulidad de la medida y se inscribiera a los niños en el ciclo lectivo 2020. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Para así decidir, consideró que la motivación de la decisión fue ajena a la conducta de los niños y que éstos jamás fueron oídos. Además, ponderó que la comunicación del ejercicio del derecho de admisión, no cumplió con el plazo que fija la ley Nº 7934 (antes del 31 de octubre del año anterior al ciclo lectivo requerido). Contra esta decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
4-feb-2021Saucedo (causa N° 11337467)Un hombre y una mujer decidieron de mutuo acuerdo terminar con su unión convivencial. La mujer reclamó a su ex pareja el reintegro de los aportes económicos realizados durante su convivencia. Ante la negativa a su pedido, inició una demanda en la que solicitó un porcentaje de los bienes adquiridos con sus aportes durante la unión. En este sentido, expresó que el hombre se había enriquecido sin causa con sus contribuciones y que le correspondía una compensación económica. En particular, destacó los aportes realizados para la mejora del inmueble en el que convivían, así como el tiempo destinado a los quehaceres del hogar. En su contestación, la parte demandada negó los hechos planteados por la actora y sostuvo que no correspondía la división de bienes porque habían sido adquiridos con su dinero antes de la unión convivencial. También agregó que durante la convivencia no existió un pacto entre la pareja y por lo tanto los bienes pertenecían a su patrimonio. En consecuencia, manifestó que no deberían proceder los reclamos de la compensación y el enriquecimiento.
4-feb-2021Méndez (causa nº 93306152)Un hombre se encontraba detenido bajo la modalidad de arresto domiciliario. Su defensa solicitó la concesión de medidas de coerción alternativas, previstas en el artículo 210 del CPPF. El tribunal oral rechazó el pedido. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Además, presentó la recusación contra los tres jueces del tribunal de alzada debido a que, en el marco de otra causa, habían confirmado una sentencia condenatoria en contra de su asistido. Luego de la presentación, fueron reemplazados en la integración de la Sala dos de los jueces respecto de los que se había solicitado la recusación.
3-feb-2021SEE (causa Nº 96658)La niña DNS tenía discapacidad (gastrostomía, parálisis cerebral infantil y dependencia de silla de ruedas). Además, su grupo conviviente carecía de cobertura médica y de recursos para una asistencia integral de salud. La madre de la niña, en su representación, interpuso una acción de amparo contra la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y solicitó una medida cautelar para que se la obligase de manera inmediata a inscribir a la niña como beneficiaria del Programa Federal Incluir Salud. También, solicitó que se le asegurara el efectivo acceso a las prestaciones de salud necesarias acorde a su situación médica hasta tanto recaiga sentencia definitiva. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios expresó que se producía una afectación del derecho de propiedad porque las únicas autoridades con competencia para enmendar la salud de la niña eran el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Salud de la Nación, y no ANDIS.
2-feb-2021VJA (Causa N° 40879)Una persona padecía una enfermedad crónica y degenerativa denominada “edema macular” que afectaba su capacidad visual. Su médico tratante le indicó un tratamiento que consistía en la aplicación mensual de inyecciones antiangiogénicas en sus ojos. Entonces, el paciente solicitó a su obra social la cobertura del tratamiento indicado. La petición, sin embargo, no obtuvo respuesta. En consecuencia, presentó una acción de amparo contra la entidad y requirió una medida cautelar innovativa para que la obra social le brindara la cobertura requerida, pues su visión corría el riesgo de deteriorarse. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios, expresó que la parte actora omitió presentar su certificado de discapacidad. Asimismo, sostuvo que otorgó la prestación en un 90% y que la sentencia afectaba el principio de solidaridad previsional.
2-feb-2021LMA (causa N° 40919)Un niño padecía una enfermedad llamada Mielomeningocele. Esta enfermedad le afectaba el sistema nervioso, urinario y digestivo, y le provocaba infecciones urinarias y daños renales. Su médico tratante le indicó la realización de estudios diagnósticos y la provisión mensual de ciento ciencuenta sondas uretral. Dado que el niño era beneficiario del Programa “Incluir Salud”, se solicitaron las prestaciones médicas a la entidad a cargo. Sin embargo, el programa no brindó las sondas indicadas de manera integral. En consecuencia, la madre del niño presentó una acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Provincia de Salta. En su presentación, solicitó que se le brindara la cobertura total del tratamiento. A su vez agregó que, de lo contrario, se afectaría la integridad del niño y su calidad de vida. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó al Ministerio de Salud Pública de la Provincia y/o al programa “Incluir Salud” el cumplimiento de la entrega mensual de las ciento cincuenta sondas. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, expuso que no se evaluó de manera apropiada que el Programa “Incluir Salud” haya negado o interrumpido las prestaciones. Agregó que, como no siempre disponían de las cantidades solicitadas, se realizó una entrega parcial ya que la compra dependía de la Ley de Contrataciones de la Provincia.
28-ene-2021Arabel Zeta (causa N° 7113)Una mujer madre de dos hijos se encontraba alojada en la Unidad 32 del Servicio Penitenciario Federal. Durante su detención, la mujer fue abusada sexualmente por un agente penitenciario. Tanto la separación de sus hijos como al abuso sexual sufrido causaron deterioros en su salud psíquica. Ante esta situación, solicitó cumplir su detención en la modalidad de arresto domiciliario. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó a favor de su concesión.
27-ene-2021PJC (causa Nº 24873)El niño F. vivía con su madre en la provincia de Formosa. Su padre solicitó una medida cautelar para que se autorizase a F. a vacacionar junto a él en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida por el plazo de 15 días corridos, en el mes de enero de 2021. Además, dispuso que la progenitora debía arbitrar los medios necesarios para trasladarse junto al niño a la Ciudad de Buenos Aires y la gestión, con la antelación suficiente, de todos los estudios de PCR requeridos en la provincia de Formosa para el egreso y posterior ingreso del niño a la provincia. Contra esa decisión la parte demandada y la defensoría de menores interpusieron un recurso de apelación.
27-ene-2021De la serna (causa Nº 6920)Los habitantes del barrio popular “15 de diciembre”, ubicado en la localidad de Quilmes, provincia de Buenos Aires, carecían de acceso a agua corriente y potable, y a saneamiento y desagües cloacales. Además, se encontraban cerca de los piletones de una empresa frigorífica que vertía desechos líquidos de su producción altamente contaminantes. Por este motivo, los vecinos del barrio solicitaron a la concesionaria Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA) que realizara las obras estructurales de extensión de la red de agua corriente y desagües en todos los domicilios del barrio. Ante el silencio de la empresa, los habitantes interpusieron un amparo colectivo con el objeto de que se le ordenara a AySA la realización de las obras en un plazo razonable. A su vez, solicitaron el dictado de una medida cautelar para que, entre otras cosas, se ordenase a la accionada el suministro de agua mediante camiones cisterna y bidones para satisfacer las necesidades básicas. Por último, requirieron la proporción de camiones atmosféricos con capacidad suficiente para vaciar la totalidad de pozos ciegos y el desagote de cámaras sépticas construidas por los vecinos. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y ordenó a la demandada que, en el plazo de 72 horas, otorgase el suministro de agua potable a la totalidad de los habitantes del barrio y arbitrase los medios necesarios para vaciar la totalidad de pozos “ciegos” y desagotar las cámaras sépticas. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
22-ene-2021Perez Gonzalez (causa Nº 4253)Un bebe de cinco meses de edad padecía “atresia de esófago” de tipo 1, con sospechas del tipo 2. La tipología se caracterizaba por tener un tramo largo de ausencia de esófago y la necesidad de estar conectado a una máquina de aspiración continua. Por este motivo, desde su nacimiento prematuro el niño se encontraba internado en terapia intensiva. Su médica tratante indicó la necesidad de contar con enfermero o ayudante terapéutico durante 24 horas, todos los días de la semana. El padre y la madre del niño, en su representación, solicitaron a su obra social la atención prescripta. Sin embargo, la entidad consideró que el niño ya contaba con el servicio de atención permanente debido a que se encontraba en una Unidad de Terapia Intensiva y negó la prestación. Ante esta situación, los representantes del menor de edad interpusieron un recurso de amparo contra la obra social y solicitaron una medida cautelar con el objeto de que se brindase la prestación de manera inmediata. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
21-ene-2021MC (causa Nº 11890)Una persona solicitó autorización para que una niña viaje al Reino de Bélgica (donde residía su madre) y permaneciese allí hasta que se reiniciase la actividad escolar presencial en la República Argentina. El juzgado de primera instancia denegó la autorización. Contra esa decisión, la parte actora interpuso un recurso de apelación. El 30 de diciembre del año 2020 la Sala interviniente ordenó que se corriese vista a la defensora de menores de cámara. Luego, con motivo del inicio de la feria judicial, se presentó la parte actora y solicitó que se habilitase la feria judicial. La petición fue fundada en la urgencia de la solicitud de autorización.
5-ene-2021Meneces Montaño (causa N° 20630)Durante la pandemia del virus COVID-19 una mujer, madre de tres niños menores de edad se encontraba detenida por el delito de transporte de estupefacientes. Por ese motivo, los niños estaban a cargo de una abuela que tenía diabetes y atravesaba una situación económica difícil en Bolivia. Su defensa solicitó la expulsión anticipada. En ese sentido, señaló que su grupo familiar se encontraba en estado de vulnerabilidad socio económica. Asimismo, destacó que pese a no contar con el requisito temporal para que procediera su extrañamiento, resultaba necesaria la expulsión anticipada en resguardo del interés superior del niño. Por último, sostuvo que existía disposición migratoria firme y consentida. Por su parte, tanto la Asesora de Menores como la representante del Ministerio Público Fiscal interviniente se pronunciaron en favor de lo solicitado.
30-dic-2020AGLI (causa N° 123332)Un hombre y una mujer de nacionalidad argentina se conocieron en Buenos Aires en el año 1992. En el año 2006 decidieron continuar con su relación en España de manera temporal, donde nació su primera hija. En el año 2009 regresaron a Argentina y, al año siguiente, nació su segunda hija. Permanecieron en el país hasta el año 2014 y, más tarde, decidieron volver a España y asentarse en Barcelona. Como el hombre tenía ciudadanía española su cónyuge obtuvo la tarjeta de residencia por cinco años. Posteriormente, el matrimonio decidió programar un viaje a Francia. Sin embargo, solo viajaron las dos niñas con su padre y, al términar su estadía, en lugar de regresar a España, se trasladaron a Argentina. En ese marco, la madre de las niñas inició una demanda de restitución internacional a su residencia habitual en Palafolls, Barcelona. En relación con este proceso, se celebró una audiencia en presencia de la asesora de incapaces para que las niñas tuvieran la oportunidad de expresarse. Posterior a ello, el Juzgado de Familia de Quilmes admitió la acción y el padre apeló la resolución. La cámara confirmó la sentencia. Contra esa decisión, el demandado interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Entre sus argumentos, expuso que la sentencia era contraria a la Convención de los derechos del Niño y que el traslado a Argentina no fue ilícito por encontrarse el centro de vida de las niñas en Bernal, Quilmes, provincia de Buenos Aires, donde pasaron la mayor parte de sus vidas y se encontraba su familia. Al momento de expedirse la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, las niñas tenían 13 y 9 años.
29-dic-2020Fernández (Causa N° 12000138)Una persona realizó una denuncia telefónica anónima e informó del funcionamiento de un cabaret en el que varias mujeres ejercían la prostitución. En consecuencia, el encargado del bar del lugar fue acusado en el fuero provincial por el delito de administración de casas de tolerancia, conforme al artículo 17 de la N° 12.331. Una vez finalizada la instrucción en esa sede, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que los hechos investigados podrían encuadrar en el delito de trata de personas. Por ende, informó al fuero federal de esta situación y se inició una nueva causa ante un tribunal oral federal. El juez provincial condenó a la persona imputada por el delito establecido en el artículo 17 de la Ley N° 12.331. Ante esta situación, el defensor interviniente ante el fuero federal presentó una excepción de previo y especial pronunciamiento por falta de acción. En ese sentido, explicó que su asistido ya había sido perseguido y condenado en el fuero provincial por los mismos hechos. Así, concluyó que no podía ser perseguido ante el fuero federal por la garantía del non bis in ídem. El representante del Ministerio Público Fiscal Federal coincidió con las conclusiones de la defensa.