Jurisprudencia internacional 580
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Elementos (mostrados por Fecha de envío en Descendente orden): 241 a 260 de 580
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 30-ago-2018 | Toussaint v. Canadá | Nell Toussaint, nacido en Granada, ingresó a Canadá como visitante legal en 1999. Sin embargo, decidió quedarse a vivir y trabajar en ese país sin haber gestionado la habilitación correspondiente. En 2005 comenzó el proceso para regularizar su estatus migratorio. Dicha tramitación se retrasó debido a que no podía pagar las tarifas que se le exigían. Mientras este proceso estaba pendiente, su salud se deterioró a punto de tal de encontrarse en peligro su vida. Se le diagnosticó una embolia pulmonar y sufrió complicaciones de una disfunción renal y diabetes. Aunque estas enfermedades requerían de tratamiento médico, tuvo acceso limitado a la atención médica de emergencia y se le negó el acceso al Programa Federal de Salud Interino de Canadá. Esto, debido a su estatus migratorio irregular. Después de impugnar sin éxito la decisión de limitar el acceso al sistema de salud, la peticionaria recurrió al Comité de Derechos Humanos. |
| 29-ago-2018 | Goriunov v. Moldavia | Una persona había sido condenada a una pena de prisión perpetua. Mientras cumplía la condena, personal del centro penitenciario encontró un celular en su celda. Por ese motivo, fue sancionada administrativamente. Luego de cuatro meses, el equipo directivo de la prisión decidió que utilizara esposas fuera de su celda. Esa decisión no se fundó en ninguna norma ni estableció un período de vigencia. Ante su impugnación, la administración penitenciaria se remitió a la normativa local. La regulación aludida establecía el uso de esposas para personas detenidas que (a) se resistan físicamente, (b) se nieguen a un traslado, (c) presenten indicios de riesgo de fuga, (d) hayan intentado suicidarse, o (e) sean detenidas luego de una fuga. El peticionario recurrió la resolución. En su presentación, sostuvo que había sido sancionado dos veces por el mismo hecho. A su vez, cuestionó la falta de fundamento de su segunda sanción. El tribunal de primera instancia rechazó el planteo. Ante una nueva apelación, tanto el tribunal del distrito como la Corte Suprema de Justicia rechazaron su recurso. |
| 28-ago-2018 | Savva Terentyev v. Rusia | En el marco de un proceso electoral en una de las repúblicas de la Federación de Rusia, la policía allanó un diario local. Durante su intervención, señaló que el software que utilizaban las computadoras del lugar era falso y secuestró sus discos duros. A raíz de esos hechos, una ONG publicó un comunicado de prensa en el que vinculaba el allanamiento con las campañas electorales en desarrollo. En particular, sostuvo que la medida policial se había llevado a cabo por la publicación de distintas noticias en contra de las autoridades políticas del momento. Asimismo, cuestionó la falta de fundamentos legales de la medida. El presidente de la ONG publicó ese mismo comunicado en su blog personal y distintas personas realizaron comentarios en su sitio. El señor Savva Terentyev accedió a la noticia y publicó un comentario en contra de la policía local. Entre sus manifestaciones, cuestionó el origen social y el nivel educativo de los miembros de la policía. A su vez, señaló que era necesaria una práctica similar a la de los campos de concentración de Auschwitz sobre los policías corruptos. El señor Savva Terentyev fue procesado por haber llevado a cabo acciones públicas con ánimo de incitar al odio, la enemistad y humillar la dignidad de un grupo de personas en razón de su pertenencia a un grupo social. De esa manera, fue condenado a la pena de un año de prisión. Para decidir de ese modo, el tribunal consideró que el comentario publicado implicaba una convocatoria para que los ciudadanos exterminen a los integrantes de la policía. Ante la interposición de un recurso, la Corte Suprema regional rechazó la impugnación y dejó firme la decisión. |
| 28-ago-2018 | Vizgirda v. Eslovenia | Un hombre de nacionalidad lituana viajó a Eslovenia. A los pocos días fue arrestado junto a un grupo de personas en el marco de un robo a un banco. A lo largo del proceso, las actuaciones fueron traducidas al idioma ruso. Según el criterio del tribunal local, esto se debía a que gran parte de la población de Lituania hablaba ese idioma con fluidez. La comunicación con su abogado también se llevó a cabo en ruso. El tribunal lo condenó a una pena de ocho años y cuatro meses de prisión. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso de apelación. Ante su rechazo, presentó un nuevo recurso redactado en lituano. Allí, manifestó que entendía un poco del idioma ruso pero no lo suficiente para realizar una presentación escrita. En ese sentido, sostuvo que el tribunal había ignorado su escasa comprensión del idioma, lo que afectaba su derecho al uso de su propia lengua. Tanto la Corte Suprema como el Tribunal Constitucional rechazaron la impugnación. Para decidir de ese modo, consideraron que no se había manifestado respecto a esta imposibilidad previamente. |
| 23-ago-2018 | Cuscul Pivaral y otros v. Guatemala | Entre los años 1992 y 2003, un grupo de personas en situación de pobreza fue diagnosticado con VIH. Durante ese período, quince de ellas fallecieron a causa de la enfermedad. En 2001, una asociación de lucha contra el SIDA envió una carta al Ministro de Salud y al presidente de Guatemala. En la presentación, solicitó la revisión de los tratamientos médicos ofrecidos por el gobierno y cuestionó los límites que existían sobre su accesibilidad. Debido a la falta de respuesta, presentaron un recurso de amparo ante la Corte de Constitucionalidad del país. Luego de seis meses, el tribunal local cuestionó el accionar del gobierno y ordenó la transferencia de una partida extraordinaria para que se les proporcionara un tratamiento adecuado a los accionantes. Una vez realizada la transferencia, consideró que el agravio había cesado. De esa manera, omitió pronunciarse sobre la afectación de fondo. |
| 16-ago-2018 | Niños y niñas migrantes afectados por la política ‘Tolerancia cero’ respecto de los Estados Unidos de América | Bajo la política “Tolerancia cero”, en Estados Unidos se perseguía penalmente a las personas que intentaban ingresar en forma irregular a ese país desde la frontera con México. Cuando, además, las personas estaban con sus hijos al realizar el cruce, se separaba al niño de su familia y se lo alojaba en centros de detención u hogares transitorios. No se admitían las visitas entre padres e hijos ni, en algunas ocasiones, las comunicaciones telefónicas. Frente a esta situación, distintas instituciones nacionales de derechos humanos de México, Colombia, Guatemala, Ecuador, El Salvador y Honduras acudieron al sistema interamericano en busca de protección para los niños, niñas y adolescentes que se encontraban separados de sus familias. |
| 10-ago-2018 | Agresión y criminalización de defensores de Derechos Humanos | La Relatoría Especial de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas dio a conocer su informe en el marco de la 39º sesión del Consejo de Derechos Humanos. En su presentación, realizó un estudio temático sobre las agresiones y la criminalización a las que se ven sometidos los defensores de los derechos humanos de los indígenas. A su vez, propuso medidas de prevención y protección de las comunidades indígenas. |
| 26-jul-2018 | Hoti v. Croacia | Dos personas de nacionalidad albana se instalaron en Kosovo como refugiadas políticas. En ese momento, Kosovo era parte de la ex República Federativa Socialista de Yugoslavia (RFSY); allí tuvieron un hijo. Años más tarde, el joven se estableció en Croacia, también integrante de la RFSY. A partir de la disolución de ese Estado, dejó de tener nacionalidad y tanto Albania como Kosovo rechazaron la petición de ciudadanía. Así, permaneció en Croacia y desempeñó distintos oficios. En reiteradas oportunidades, requirió la concesión del permiso de residencia permanente y la ciudadanía con resultado negativo. Las autoridades sostuvieron, entonces, que no había acreditado tres años de empleo continuo en el país. Contra esta decisión, presentó, sin éxito, diversas impugnaciones. |
| 26-jul-2018 | Benitez Balmori (Masacre de Curuguaty) (Sentencia nº 293) | En diversas ocasiones, un grupo de personas pertenecientes al movimiento “campesinos sin tierra” ocupó una propiedad privada ubicada en el distrito de Curuguaty, Paraguay. El grupo fue desalojado reiteradamente de manera pacífica a través de procedimientos fiscales y policiales. En junio de 2012, ante una nueva ocupación, se realizó un operativo con más de trescientos policías. Once campesinos y seis policías murieron a causa de disparos realizados con escopetas. Como consecuencia de ese hecho, once integrantes del grupo campesino fueron detenidos. Las personas fueron imputadas por los delitos de invasión de inmueble ajeno, asociación criminal, homicidio doloso agravado consumado y homicidio doloso en grado de tentativa. Durante el proceso, la defensa no fue notificada de la disposición de ciertos peritajes y, en consecuencia, no pudo participar de los actos. El Tribunal de Sentencia Colegiado de la Circunscripción Judicial de Canindeyú condenó a los imputados a penas de entre cuatro y veinte años de prisión. En su decisión, tuvo por probada la asociación criminal con base en un acta de conformación de una comisión vecinal. La defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación sostuvo que se había afectado el derecho de defensa y que la calificación respecto de la asociación criminal no resultaba consistente. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión. La defensa interpuso un recurso extraordinario de casación. Entre sus argumentos, cuestionó el mínimo de diez años que establecía el Código Procesal Penal para la procedencia de este recurso y la falta de control del tribunal de segunda instancia sobre la prueba incorporada al juicio. |
| 26-jul-2018 | Dridi v. Alemania | Un ciudadano alemán había sido procesado en el marco de una causa penal. El tribunal local requirió su comparecencia y, luego, lo condenó. Entonces, la persona solicitó contar con asistencia técnica. La defensa propuesta no contaba con título de abogado. Sin embargo, al momento de los hechos, la legislación local permitía esa situación siempre que mediara autorización del tribunal. Luego de que el tribunal aprobara su designación, la defensa y el representante del Ministerio Público Fiscal recurrieron la sentencia condenatoria. Tiempo después, el imputado se mudó a España y puso a disposición del tribunal su nueva dirección. La defensa solicitó que se liberara a la persona de la obligación de comparecer a la audiencia de apelación. Sin embargo, el tribunal rechazó la petición y envió la notificación al domicilio de España. A su vez, mediante notificación pública, informó la fecha fijada para la audiencia de apelación y se dejó sin efecto la decisión que autorizaba la intervención del defensor. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta que no contaba con título de abogado. Un día antes de la fecha establecida, el defensor tomó conocimiento de la situación. De ese modo, solicitó que se dejara sin efecto el apartamiento, se reprogramara la audiencia y se pusiera a su disposición la documentación del caso –en particular, el recurso de apelación interpuesto por el fiscal. La Cámara rechazó los planteos y, debido a la incomparecencia de la persona imputada, también rechazó el recurso de apelación. El peticionario solicitó que se restableciera la situación statu quo ante. Sin embargo, el tribunal rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, sostuvo que la circunstancia de que el imputado no viviera en el país justificaba que citación se cursara mediante notificación pública. |
| 24-jul-2018 | Vyshnyakov v. Ucrania | Un hombre y una mujer se habían casado en 2006. Un año después, tuvieron una hija. En 2009, se divorciaron. A partir de obstáculos en el acceso a la comunicación con su hija, el padre demandó a su ex pareja. El tribunal local hizo lugar al reclamo y estableció un mínimo de tres encuentros por semana. Sin embargo, un mes después, el hombre presentó una queja ante la policía local por distintas amenazas recibidas de parte de la madre y por impedirle pasar tiempo con su hija. El proceso no prosperó debido a la falta de pruebas sobre la denuncia. Luego, la madre y su hija se mudaron a una ciudad a 600 kilómetros del lugar donde vivían. El padre de la niña inició un proceso civil a fin de que se decidiera si correspondía que se quede con él. La solicitud fue rechazada. Por otra parte, la Administración del Estado inició un proceso para la ejecución de la sentencia que oportunamente había establecido el régimen mínimo de comunicación. De todos modos, la decisión fue anulada porque el procedimiento de características administrativas no se encontraba reglamentado en la normativa local. En 2012, el padre de la niña inició un proceso judicial a fin de que se cumpla la decisión. La única medida llevada a cabo por el tribunal consistió en la lectura de la sentencia originaria ante la madre, el peticionario y dos testigos. El padre apeló esa medida por resultar insuficiente. Sin embargo, su reclamo fue rechazado. |
| 24-jul-2018 | Lozovyye v. Rusia | El 1 de diciembre de 2005, el hijo de la pareja peticionaria fue asesinado en San Petersburgo, Rusia. Sin embargo, no fueron notificados por las autoridades. El 18 de enero de 2006, la fiscalía solicitó que se identificaran a los familiares para establecer su lugar de residencia y otorgarles el estatus de víctima en el proceso penal con base en el Código de Procedimientos. Mientras lo intentaban –y al no reclamarse el cuerpo–, fue enterrado en San Petersburgo antes que concluyese el proceso de investigación. El 30 de enero, ante la imposibilidad de identificarlos, los encargados de la investigación atribuyeron el estado de víctima a un representante de las autoridades municipales. La familia, tras tomar conocimiento de lo sucedido, solicitó exhumar el cuerpo y que lo volvieron a enterrar en su ciudad natal. En junio de 2007, el tribunal de distrito determinó que no se tomaron las medidas necesarias para identificar a los familiares, aunque el expediente penal contenía suficiente información para hacerlo. Paralelamente, iniciaron –sin éxito– procedimientos para reclamar daños y perjuicios. |
| 19-jul-2018 | Informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria acerca de su misión a la Argentina | Entre el 8 y el 18 de mayo de 2017 el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y personal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas visitó la Argentina. Durante su estadía, se recorrieron centros penitenciarios federales y provinciales, comisarías de policía, centros de reclusión de jóvenes e instituciones de salud mental. A su vez, se entrevistaron ciento cincuenta personas privadas de la libertad. |
| 16-jul-2018 | Debida diligencia de las empresas en materia de DDHH | El Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas de Naciones Unidas, analizó las medidas adoptadas por las empresas y los Gobiernos para avanzar en la aplicación de la diligencia debida empresarial en materia de derechos humanos. El análisis propuesto se llevó a cabo de acuerdo a lo establecido en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Puesta en Práctica del Marco de las Naciones Unidas para “Proteger, Respetar y Remediar”. Estos principios proporcionaron, por primera vez, un marco de reconocimiento que incorpora las obligaciones y responsabilidades de los Gobiernos y las empresas comerciales, manifestando que todas tienen una responsabilidad independiente de respetar los derechos humanos y que, para ello, deben ejercer la diligencia debida a fin de identificar, prevenir, mitigar y justificar cómo subsanar los efectos sobre los derechos humanos. |
| 26-jun-2018 | MB v. Secretaria de Estado de Trabajo y Pensiones (caso Nº 451) | MB es una persona nacida en 1948 de sexo masculino, que se casó con una mujer en 1974. En 1991 empezó a hacer vida como mujer, y en 1995 se sometió a una operación quirúrgica de cambio de sexo. Sin embargo, MB no contaba con un certificado de reconocimiento definitivo de su cambio de sexo. Su concesión exigía, en virtud de la normativa nacional, la anulación de su matrimonio. MB y su esposa deseaban seguir casadas por motivos religiosos. En 2008 MB cumplió 60 años, por lo que solicitó una pensión estatal de jubilación. Esta solicitud fue denegada porque, al no disponer de un certificado de reconocimiento definitivo de su cambio de sexo, no cabía considerarla mujer para determinar su edad legal de jubilación. MB recurrió esta decisión ante los tribunales británicos. En su presentación alegó que la normativa local que exigía anular el matrimonio para registrar su cambio de sexo resultaba una discriminación contraria al Derecho de la Unión. El Tribunal Supremo del Reino Unido preguntó al Tribunal de Justicia si esta situación es compatible con la Directiva 79/7 del Consejo Europeo. Esta Directiva, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, prohíbe la discriminación por razón de sexo en lo que respecta a las prestaciones públicas, entre ellas las pensiones de vejez y de jubilación. |
| 22-jun-2018 | Carperter v. United States | En 2011, la policía federal detuvo a cuatro hombres porque sospechaba que habían participado en el robo de algunos comercios. Posteriormente, uno de los detenidos confesó haber participado, junto con otros cómplices, en nueve robos durante los meses previos, y proporcionó al FBI los números de teléfono celular de 15 cómplices, incluyendo el número de Carpenter. En estas circunstancias, la policía le solicitó a un juez que emitiera una orden judicial con fundamento en la Stored Communications Act (Ley de Comunicaciones Almacenadas) para obtener datos de la ubicación del teléfono celular de Carpenter. Esta ley permite la obtención de la información de localización de teléfonos móviles (CSLI) cuando existan fundamentos razonables para creer que son relevantes y pertinentes para una investigación penal. Estas órdenes fueron emitidas por jueces federales y exigían a las compañías de telefonía celular que revelaran la información de ubicación de su teléfono durante el período de los robos. Por consiguiente, se obtuvieron 12,898 puntos de ubicación que rastreaban los movimientos de Carpenter durante cuatro meses. Luego, Carpenter fue acusado de seis cargos de robo y de portar un arma de fuego durante uno de los robos. Antes del juicio, la defensa de Carpenter solicitó que se declarara inadmisible la información de geolocalización obtenida de su teléfono celular. Para ello, argumentó que la recopilación de esa información violaba la Cuarta Enmienda por falta de una orden judicial basada en causa probable. El tribunal de primera instancia rechazó la petición. Durante el trámite del juicio, el fiscal utilizó esta misma información para establecer que el teléfono celular de Carpenter había estado en las cercanías de los cuatro lugares en los que se cometieron los robos, mientras estos ocurrían. En consecuencia, Carpenter fue declarado culpable y condenado a más de 100 años de prisión. Dicha decisión, fue apelada por su defensa. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito confirmó la decisión del tribunal de grado. Para ello, el Tribunal argumentó que Carpenter no tenía una expectativa razonable de privacidad sobre la información de su ubicación obtenida por el FBI, ya que había compartido esa información con sus proveedores de servicios celulares. |
| 5-jun-2018 | Coman y otros v. Rumania | El Sr. Coman, de nacionalidad rumana, estaba en pareja con el Sr. Hamilton, de nacionalidad estadounidense. Luego de contraer matrimonio en Bruselas, se dirigieron a la Inspección General de Inmigración a fin de que el Sr. Hamilton –nacional de un Estado ajeno a la Unión Europea– obtenga el derecho a residir en Rumania por un período superior a los tres meses (residencia temporaria). El argumento de los peticionarios se basaba en que a partir del casamiento, el Sr. Hamilton era miembro de la familia del Sr. Coman. La Inspección rechazó la solicitud. Entre sus argumentos, sostuvo que el matrimonio entre personas del mismo sexo no estaba reconocido por la legislación rumana y, por ese motivo, no podía concederse la residencia prolongada en concepto de reagrupación familiar. Contra esa decisión, la pareja interpuso un recurso ante un juzgado de primera instancia. El juzgado sometió el asunto al Tribunal Constitucional del país para que se pronuncie. El Tribunal Constitucional consideró que en el caso debían interpretarse diversos aspectos de la Directiva 2004/38 del Parlamento y del Consejo Europeo, y remitió el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta directiva, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, prohíbe la discriminación por razón de la orientación sexual y establece el derecho de residencia para los miembros de la familia que acompañen a un ciudadano de la Unión. Asimismo, en lo que respecta al concepto de familia, esta normativa considera cónyuge a la pareja del ciudadano europeo que haya celebrado su unión registrada según la legislación de un Estado miembro. |
| 5-jun-2018 | Batyrkhairov v. Turquía | Una persona nacida en Kazajistán dejó su país debido al contexto de persecución de las identidades políticas y religiosas contrarias a la oficial. Luego de visitar distintos países, se estableció en Turquía. Posteriormente, se emitieron dos prohibiciones de entrada contra él con base en la sospecha de que habría apoyado a personas que participaban en el terrorismo internacional. La persona fue privada de la libertad en un centro de detención para extranjeros. En esa oportunidad, denunció las condiciones de encierro, hacinamiento y la falta de permisos para realizar actividad física. A su vez, requirió asilo y sostuvo, entre otras cosas, que su vida correría riesgo en caso de que se rechazase su solicitud. Las autoridades locales no hicieron lugar a lo requerido. Para decidir de ese modo, tuvieron en cuenta la falta de pruebas respecto de la identidad del peticionario y los presuntos problemas políticos de los que sería víctima. Ante una nueva apelación, el peticionario requirió dejar el país y trasladarse a Egipto. La policía local autorizó el traslado. En paralelo, sobre esa misma fecha, el embajador de Kazajistán solicitó la extradición del peticionario en virtud de una “notificación roja” de Interpol (categoría de comunicación ligada al enjuiciamiento o al cumplimiento de una condena) que existía en relación a un grupo de personas sospechadas de participar en actos terroristas. En ese sentido, requirió que no se le otorgase asilo. Antes de embarcar hacia Egipto, la persona fue detenida nuevamente. Durante su detención, realizó una petición para que se suspendiese la extradición en razón de las posibilidades de ser sometido a actos de tortura. El tribunal local rechazó el planteo y, finalmente, fue deportado. |
| 1-jun-2018 | Informe de la investigación sobre casos de violaciones graves o sistemáticas en Chile | El Comité recibió una solicitud de investigación en relación a la situación de los niños, niñas y adolescentes privados de entorno familiar que se encuentran en Centros Residenciales de Chile. En virtud del Artículo 13 del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, el Comité examinó la situación y presentó sus observaciones. |
| 1-jun-2018 | Observaciones finales sobre Argentina correspondientes al quinto y sexto período | El Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas emitió las observaciones finales correspondientes al informe periódico sobre Argentina, luego de que representantes del Estado e instituciones relacionadas con la situación de niños, niñas y adolescentes presentaran informes sobre el tema. |
