Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2415
Título : | Lozovyye v. Rusia |
Fecha: | 24-jul-2018 |
Resumen : | El 1 de diciembre de 2005, el hijo de la pareja peticionaria fue asesinado en San Petersburgo, Rusia. Sin embargo, no fueron notificados por las autoridades. El 18 de enero de 2006, la fiscalía solicitó que se identificaran a los familiares para establecer su lugar de residencia y otorgarles el estatus de víctima en el proceso penal con base en el Código de Procedimientos. Mientras lo intentaban –y al no reclamarse el cuerpo–, fue enterrado en San Petersburgo antes que concluyese el proceso de investigación. El 30 de enero, ante la imposibilidad de identificarlos, los encargados de la investigación atribuyeron el estado de víctima a un representante de las autoridades municipales. La familia, tras tomar conocimiento de lo sucedido, solicitó exhumar el cuerpo y que lo volvieron a enterrar en su ciudad natal. En junio de 2007, el tribunal de distrito determinó que no se tomaron las medidas necesarias para identificar a los familiares, aunque el expediente penal contenía suficiente información para hacerlo. Paralelamente, iniciaron –sin éxito– procedimientos para reclamar daños y perjuicios. |
Argumentos: | El Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que Rusia era responsable por haber violado el artículo 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. 1. Notificación. Víctima. Familia. “[E]n situaciones parecidas a las analizadas en el presente caso, donde las autoridades estatales estaban al tanto de una muerte, pero no otros miembros del grupo familiar, existe una obligación dirigida a las autoridades pertinentes de emprender al menos acciones razonables para garantizar que los miembros de la familia supervivientes sean informados”(cfr. párr. 38). “En lo que respecta al marco legal pertinente, no existía ninguna obligación explícita de las autoridades respecto de notificar a los familiares de una persona que hubiera fallecido como resultado de un acto criminal; aunque si existía cierta obligación de buscarlos con el fin de otorgarles el estatus de víctima […]. Es cierto que el artículo 42 § 8 del CCrP [Código Ruso de Procedimiento Penal] […] impuso a las autoridades una cierta obligación de llevar a cabo la búsqueda de los familiares de fallecidos en un contexto criminal en la que se les asigna la condición de víctima. Además, la sección 12 (1) de la Ley de entierro y asuntos funerarios estipuló que el entierro de un difunto sólo podía ser realizado dentro de los tres días de la determinación de la causa de la muerte si no hubiera cónyuge, pariente o legítimo representante capaz de hacer los arreglos funerarios necesarios” (cfr. párrs. 40). 2. Debida diligencia. Derecho a la vida privada y familiar. “[E]xistían diversas maneras a través de las cuales las autoridades podían haber identificado a los peticionarios como padres del señor M. Lozovoy; sin embargo, no lo hicieron. El Tribunal de Distrito enumeró una serie de documentos y elementos de prueba que podrían haber facilitado a las autoridades la información necesaria para localizar a los peticionarios (registros de llamadas; amistades de la víctima; documentos oficiales adjuntados al expediente del caso penal, etc.). El gobierno no dio explicaciones de por qué no fueron utilizadas por la fiscalía o la policía” (cfr. párr. 44). “[L]a decisión de enterrar al hijo de los peticionarios y de asignar en el procedimiento penal el estatus de víctima a un representante de las autoridades municipales, se hizo antes de que la búsqueda por parte de los familiares terminara oficialmente” (cfr. párr. 45). “Bajo estas circunstancias, y dada la información personal sobre el señor M. Lozovoy que estuvo a disposición de las autoridades nacionales después de su muerte, el Tribunal concluye que las autoridades no actuaron con la debida diligencia y, por lo tanto, no cumplieron con su obligación positiva en el presente caso” (cfr. párr. 46). |
Tribunal : | Tribunal Europeo de Derechos Humanos - TEDH |
Voces: | NOTIFICACIÓN VICTIMA FAMILIA DEBIDA DILIGENCIA DERECHO A LA VIDA PRIVADA Y FAMILIAR |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Lozovyye v. Rusia.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia internacional |
Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.