Buscar por Voces EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL

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FechaTítuloResumen
23-jun-2009SalgadoDos personas habían sido imputadas por el delito de asociación ilícita. Transcurridos diecisiete años, su defensa solicitó que se declarara la prescripción de la acción penal. El juzgado rechazó el planteo y la decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. Para decidir de esa manera consideró que, entre los diferentes actos procesales con capacidad para interrumpir el curso de la prescripción, no había transcurrido el plazo máximo de diez años regulado para el delito imputado. Contra esa decisión, se interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presentación de un recurso de queja.
4-feb-2011Tiraborelli (Registro Nº 7-2011)En el año 1999 la AFIP-DGI denunció a un grupo de personas por la evasión del pago de IVA y del Impuesto a las Ganancias correspondiente a una empresa. La fiscalía requirió la instrucción del expediente y, en octubre de 2004, amplió su requerimiento. Sobre la base de dicha ampliación,  en noviembre del 2004, el juzgado citó a prestar declaración indagatoria a los imputados y difirió la celebración del acto hasta tanto se recibiera la documentación original requerida a otro tribunal. En agosto de 2009 el juzgado declaró prescripta la acción penal y sobreseyó a las personas imputadas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico revocó la resolución. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que el llamado a prestar declaración indagatoria no podía tener carácter de acto interruptivo del curso de la prescripción ya que no había fijado una fecha cierta; circunstancia que le quitaba virtualidad como acto judicial apto para dicho efecto.
10-oct-2014F, AAUna persona había intentado entregar 2 gramos de marihuana a su hermano menor de edad que se encontraba detenido en una comisaría. Por ese hecho fue imputada por el delito suministro de estupefacientes a título gratuito (art. 5 inc. e segundo párrafo ley 23.737) en perjuicio de menores de edad (art. 11 inc. e ley 23.737) en grado de tentativa.
14-oct-2014Funes, Gustavo Javier y otroLa Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba rechazó los recursos de casación interpuestos por el Ministerio Público y los querellantes particulares, contra la resolución de la Cámara en lo Criminal y Correccional de Primera Nominación de la ciudad de río Cuarto que, al revocar la sentencia dictada por el juez de menores de esa ciudad, declaró extinguida por prescripción la acción penal emergente del delito de homicidio culposo o abandono de persona seguido de muerte. El imputado, quien al momento del presunto hecho era un funcionario de las fuerzas policiales, fue acusado de manejar una patrulla policial a gran velocidad, lo que habría causado la muerte de un niño al ser embestido por el automóvil. A su vez, cabe destacar que los restos oseos del niño fueron hallados diecisiete años más tarde. La Sala Penal rechazó los planteos que sostuvieron -por aplicación del fallo “Bulacio”, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos- que el hecho puede caracterizarse como crimen de lesa humanidad, y, por lo tanto, la acción imprescriptible.
7-may-2015GG y FEEn octubre 2011, el Tribunal Oral había concedido la suspensión del juicio a prueba por un año a uno de los imputados. En 2013 el tribunal requirió que se certificaran sus antecedentes. En ese momento, se constató que el probado fue condenado en octubre de 2012 por otro hecho cometido en junio de ese mismo año. Por ese motivo, en diciembre de 2014, el tribunal revocó la probation. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-jun-2015YMA (causa Nº 2260)Una persona fue imputada por el delito de falsificación de documento. Al momento del hecho, era menor de edad. Por tal razón, se le impuso la realización de un tratamiento tutelar por un año y cuatro meses. Durante ese plazo, trabajó, finalizó sus estudios secundarios y realizó actividades deportivas. Entonces, la defensa requirió que se le concediera la suspensión de juicio a prueba. En oportunidad de celebrarse la audiencia, el imputado tenía dieciocho años. Con base en el tratamiento tutelar realizado, solicitó que se tuvieran por cumplidas las reglas de conducta relativas a la probation. La defensoría de menores argumentó en el mismo sentido. A su turno, la fiscalía se expidió de manera favorable a la solicitud.
2-jul-2015GJJEn 2009, el Tribunal Oral había concedido la suspensión del juicio a prueba al imputado por un año y seis meses. En 2013 fue condenado por dos hechos cometidos en 2010, durante el período de prueba. En 2015, el tribunal revocó la probation por aplicación del art. 76 ter. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
8-jul-2015M, MBUna persona había sido imputada en orden al delito de defraudación por administración fraudulenta en concurso real con falsa denuncia. El tribunal le había concedido la suspensión de juicio a prueba. Transcurrido el período de prueba, el juzgado de ejecución tuvo por cumplida la medida. Por esa razón, el tribunal declaró extinguida la acción penal y dispuso el sobreseimiento de la imputada. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación por considerar que la imputada no había cumplido con las reglas que se le impusieron.
24-ago-2015Sueldo, LuisEl Juzgado Correccional resolvió no aceptar el ofrecimiento del pago voluntario del mínimo de la multa prevista en el artículo 281, último párrafo, del Código Penal. Ello pues, a su entender, la causal de extinción de la acción penal incluida en el art. 64 CP solo admite el pago mientras no se haya iniciado el juicio y, en el caso, la causa había sido elevada a juicio oral. Ante esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
3-sep-2015ECDEn 2013, el Tribunal Oral había concedido la suspensión del juicio a prueba a una persona por el plazo de un año. Vencido ese término, pidió el legajo de ejecución y, sin tomar una decisión en relación a la probation, declinó su competencia en favor de otro Tribunal Oral por conexidad con un nuevo proceso. Este último corrió vista de las actuaciones a la fiscalía y, en 2015, suspendió el pronunciamiento respecto de la extinción de la acción penal a la espera de una resolución en la causa conexa (conf. artículo 76 ter CP). Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-oct-2015EJC (S2)En 2011, el Tribunal Oral le había concedido al imputado la suspensión del juicio a prueba por dos años. Sin embargo, en 2012 revocó la probation por incumplimiento de la reparación ofrecida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En 2013, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y remitió las actuaciones nuevamente al tribunal. A tal fin, argumentó que el control de las reglas impuestas es competencia del juez de ejecución. Luego, en 2014, el Juzgado de Ejecución dispuso la extinción del término de la suspensión. No obstante, en febrero de 2015 el tribunal revocó la probation por la misma razón que motivó la resolución anterior. Tanto el fiscal de ejecución como su par con actuación ante el Tribunal Oral habían dictaminado de modo favorable a la extinción. La defensa interpuso un recurso de casación. La Sala 3 de la CNCCC hizo lugar al recurso y remitió las actuaciones al TOC para una nueva resolución. En junio de 2015 el tribunal revocó una vez más la suspensión del juicio a prueba. Para llegar a esa conclusión sostuvo que el imputado había cometido un delito durante el período de cumplimiento. En efecto, aquél fue condenado en mayo de 2015 por sentencia firme por un hecho cometido en 2012 dentro del período de dos años por el que se había concedido la suspensión. Contra la revocación, la defensa interpuso un recurso de casación.
26-nov-2015Fernandez (causa Nº 635)Una persona fue imputada por el delito de defraudación. En la etapa de juicio oral, reparó el daño causado a la víctima, como así también los gastos derivados del proceso civil. Por tal razón, su defensa solicitó que se dispusiera la extinción de la acción penal en los términos del artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. El Ministerio Público Fiscal se opuso al planteo por entender que la norma invocada remitía a una regulación procesal que no se encontraba vigente.
30-nov-2015González (causa Nº 41258)Un hombre fue imputado por el delito de defraudación por administración fraudulenta, en concurso real con robo en grado de tentativa. Durante la audiencia de debate, la víctima hizo saber que el imputado le había devuelto el dinero y que se mostraba arrepentido, por lo que no deseaba continuar con el trámite del expediente. Por tal razón, su defensa solicitó que declarara la extinción de la acción penal por reparación, en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código Penal. La representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera desfavorable al planteo, por considerar que la regulación procesal del instituto no se encontraba vigente.
11-dic-2015Eiroa (causa Nº 39889)Una persona había sido imputada por el delito de defraudación. La defensa presentó un acuerdo conciliatorio entre el imputado y la víctima y solicitó su homologación y que se declare la extinción de la acción penal por aplicación del inc. 6 del art. 59 del Código Penal. El fiscal se opuso a la solicitud. Alegó que la norma invocada carecía de vigencia, pues su operatividad se hallaba atada a la del Código Procesal Penal de la Nación (ley 27.063).
29-dic-2015C, VGEl juzgado de ejecución había declarado cumplidas las reglas de conducta impuestas con la suspensión del juicio a prueba y remitió las actuaciones al tribunal oral. En esa instancia, el fiscal se opuso a la declaración de extinción de la acción penal por considerar que el imputado había cometido un delito durante el período de suspensión. Entonces, solicitó que se suspenda el tratamiento de la extinción hasta que se resuelva el proceso sustanciado en virtud de ese hecho. El tribunal declaró extinta la acción penal y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación.
11-feb-2016Ruiz (causa Nº 49061)La defensa solicitó la absolución de una persona imputada por la comisión del delito de extorsión, por aplicación del artículo 59 inciso 6 del Código Penal. A tal efecto, la presunta damnificada había consentido la reparación ofrecida en el acuerdo conciliatorio. La fiscalía se opuso a la homologación del acuerdo y a la realización de la correspondiente audiencia por entender que las normas procesales que regulan la conciliación aun no resultaban aplicables.
21-abr-2016G., R. S.En ambos casos, el juzgado de instrucción había rechazado la posibilidad de aplicar el instituto de la conciliación como forma de extinción de la acción penal. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de apelación.
23-may-2016MMDEEn 2011, el Tribunal Oral suspendió el proceso a prueba respecto del imputado por dos años. Luego, en 2013 se lo condenó en otra jurisdicción por sentencia no firme por un delito que habría cometido en 2012. En 2015, el Juzgado de Ejecución declaró extinguido el plazo de control. Sin embargo, el tribunal suspendió el pronunciamiento sobre la extinción de la acción penal hasta que adquiriera firmeza la sentencia dictada en el marco de la otra causa. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
7-jul-2016PPJCEn 2011, el tribunal concedió la suspensión del juicio a prueba al imputado. En 2014, el juez de ejecución tuvo por cumplidas las pautas de conducta y remitió las actuaciones al Tribunal Oral a fin de que se expida respecto al pago de la reparación ofrecida. Sin embargo, revocó la probation al verificar que el imputado tenía una causa en trámite en Chaco. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-ago-2016Petrissans, Diego SebastiánEl Tribunal Oral revocó la suspensión del juicio a prueba con fundamento en que, durante el plazo de su vigencia, el imputado había cometido un nuevo delito (por el que fue condenado después de haber vencido el plazo por el que se le concedió la probation). Frente a esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En la audiencia ante la CNCCC, el fiscal señaló que el recurso era inadmisible porque la sentencia impugnada no era definitiva ni equiparable a tal.