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24-jul-2020Puga Tamani (causa n°13333)Dos personas fueron detenidas e imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Luego de dos años y nueve meses, suscribieron un acuerdo de juicio abreviado con la fiscalía por una pena de cuatro años de prisión. El acuerdo fue homologado por el Tribunal Oral. Al cumplir con las condiciones previstas en la ley, la defensa solicitó su excarcelación en los términos del artículo 317, inciso 5° del Código Procesal Penal de la Nación. Además, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 14, inciso 10 del Código Penal y 56 bis de la ley N° 24.660 que vedaban la concesión del instituto para las personas imputadas por infracción a la Ley de Estupefacientes. La presentación consideró, entre otras cuestiones, que dichas normas colisionaban con el principio de igualdad. La fiscalía dictaminó de forma negativa al planteo.
24-sep-2020Puig (causa N° 57589)Un hombre que trabajaba en una empresa de minería comunicó a su empleador que el 18 de marzo de 2010 contraería matrimonio. El 25 de junio de ese año la empresa lo despidió sin motivo. Por esa razón, interpuso una demanda y alegó que el despido fue causado por la circunstancia de haber contraído matrimonio. Entonces, solicitó la indemnización especial prevista en el artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo. El juzgado rechazó el reclamo y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión. Para decidir de esa manera sostuvo que, aunque se acreditó que la empleadora había tomado  conocimiento de la celebración de su matrimonio, no se logró probar que el despido ocurriera por esa razón. Además, argumentó que era necesario que se acreditara tal circunstancia porque, a diferencia de lo que ocurría con la trabajadora mujer, no operaba la presunción iuris tantum que establecía el artículo 181 de la ley. Por último, destacó que dicha interpretación no resultaba contraria a los derechos constitucionales invocados por la parte actora porque se encontraba respaldada por las disposiciones de la Constitución Nacional. Contra esa resolución, la parte actora interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presentación de un recurso de queja.
7-dic-2022PVA (Causa N° 158896)Un hombre se había desempeñado como chofer para una empresa de transporte de pasajeros durante diez años. En esa época, se encontraba en relación de dependencia. Luego, la empresa le propuso modificar las condiciones contractuales y desempeñarse como fletero para otra firma del mismo grupo societario. Para ello, el hombre debió renunciar a su anterior empleo e inscribirse como trabajador autónomo. De esa manera, la compañía encuadró la relación contractual bajo las reglas del derecho comercial y eludió así la normativa laboral. Sin embargo, el trabajador debía cumplir pautas estrictas de horarios e itinerarios fijados por la compañía y podía ser sancionado en caso de incumplimiento. Con posterioridad, el hombre falleció en un accidente de tránsito mientras realizaba tareas laborales. En consecuencia, sus familiares iniciaron el proceso sucesorio. En ese marco, fueron declarados herederos sus tres hijos –dos de ellos menores de edad– y su cónyuge, quien fue además designada administradora de la sucesión. En esa instancia, los herederos y la empresa realizaron dos acuerdos en los que recibieron sumas de dinero en virtud del fallecimiento del trabajador. Pese a ello, la cónyuge presentó una demanda en el fuero del trabajo contra la empresa y contra la aseguradora de riesgos de trabajo. En su presentación, solicitó que se reconociera la relación laboral de dependencia entre el hombre y la empresa y que se abonaran rubros contractuales pendientes de pago. A su vez, reclamó la indemnización por la muerte del trabajador dispuesta en la Ley de Contrato de Trabajo. Por último, la actora peticionó las indemnizaciones por el accidente de trabajo previstas en la Ley Nº 24.557 de Riesgos de Trabajo. En ese contexto, la empresa solicitó el rechazo de la demanda. Entre sus argumentos, sostuvo que el hombre se había desempeñado como contratista, por lo que no era una relación laboral de carácter dependiente. Asimismo, planteó la excepción de pago en base a los acuerdos que se habían celebrado con anterioridad. Por su parte, el tribunal rechazó la acción. Para decidir de esa manera, sostuvo que toda vez que el trabajador no había interpuesto en vida la acción para que se reconozca la relación de dependencia con la empresa, no era transmisible a sus herederos y éstos no tenían la capacidad procesal para iniciar ese reclamo. Contra esa decisión, la accionante interpuso un recurso extraordinario provincial. En esa oportunidad, expresó que la decisión desconocía que las normas laborales prohibían inferir la renuncia a partir del silencio del trabajador. Además, señaló que lo resuelto dejaba en situación de desprotección a la familia del trabajador. Por último, indicó que el juzgador había pasado por alto el artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo que preveía la presunción de la existencia de un contrato de trabajo y ponía en carga de la empresa demostrar que la relación no era de carácter dependiente.
17-may-2016PVA (Causa Nº 80230)Un juzgado de primera instancia declaró la incapacidad jurídica de PVA en los términos del artículo 141 del Código Civil. La Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la decisión. Frente a esto, la Curadora Pública dedujo recurso extraordinario federal a fin de que se deje sin efecto la declaración de incapacidad absoluta, se dicte un nuevo pronunciamiento y se restrinja la capacidad para determinados actos. El recurso fue denegado, por lo que se presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Durante la tramitación del proceso entró en vigencia el CCC, que modificó las disposiciones que regulan la capacidad de las personas.
20-nov-2020PVP (Causa N° 6138)Una mujer trans de nacionalidad peruana decidió emigrar a Argentina en busca de mejores oportunidades. No obstante, 3 años después de vivir en el país, la mujer padecía serios pro-blemas de salud a raíz de padecer hemiplejia espástica toxoplasmosis lo que le ocasionaba una discapacidad. Además, vivía con VIH. Asimismo, le era imposible acceder a un trabajo lo que le generaba serias dificultades económicas. Tampoco tenía un lugar para vivir. Sólo contaba con un subsidio que provenía del programa “potenciar trabajo” del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación que no le alcanzaba para cubrir las necesidades básicas. Por ese motivo, la mujer decidió presentarse en el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a fin de requerir algún tipo de asistencia, pero no recibió respuesta. Luego, solicitó asesora-miento en la defensoría y se envió un oficio al ministerio para que fuera incluida en el pro-grama habitacional, pero siguieron sin recibir una respuesta. En consecuencia, la defensoría inició una acción de amparo habitacional dada la situación de vulnerabilidad de la mujer. Por su parte, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contestó la demanda y rechazó la acción. Entre sus argumentos, sostuvo que la mujer estaba incluida en el programa “Atención para familias en situación de calle” y que por lo tanto percibía un monto mínimo que estaba regulado. Además, resaltó que no se había acreditado la situación de vulnerabilidad de la persona.
20-nov-2020PVP (causa N°6138)Una mujer trans de nacionalidad peruana y con discapacidad se encontraba en situación de vulnerabilidad. La mujer era portadora de VIH, padecía parálisis en la mitad de su cuerpo como consecuencia de un ACV y no tenía obra social. Además, tenía dificultades para solventar el costo de la habitación de hotel en la que residía que se vieron agravadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio producto de la pandemia. Ante esta situación, se presentó en la sede del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y solicitó asistencia. El pedido no tuvo respuesta. Ante esta situación, la defensa oficial interpuso una acción de amparo contra el GCBA con el objeto de que se ordenara la provisión de una solución estable y permanente que le garantizase el derecho a una vivienda.
11-nov-2014Pyzynski, Eduardo VictorEn el presente caso, el Fiscal General ante la Cámara Federal de Mar del Plata interpuso un recurso de casación contra el fallo de ese tribunal que consideró nula la requisa practicada sobre los imputados y el vehículo en el que transitaban y los sobreseyó. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la impugnación.
8-mar-2016Q, CIEn este caso se generó un conflicto negativo de competencia entre el magistrado a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 25 y el Juzgado de Familia Nº 3 del Departamento Judicial de San Martín, provincia de Buenos Aires. La causa sobre declaración de incapacidad de CIQ –quien se encontraba internada en un instituto, con diagnóstico de parálisis cerebral– fue iniciada en el año 1991 ante el juzgado nacional. En el año 1994, se dictó sentencia de incapacidad. En el año 2001, CIQ fue trasladada a una clínica en Ituzaingó. En el año 2009, fue internada en un instituto en Villa Ballester, donde continuaba internada.
6-abr-2017Q, DW y otrosVarias personas fueron detenidas por conductas calificadas como delitos de la ley de estupefacientes. La fiscalía consideró los hechos como flagrantes y aplicó el proceso previsto en la ley 27.272, modificatoria del CPPN. Durante la audiencia artículo 353 ter CPPN, la defensa solicitó la nulidad del acta inicial y todos los actos consecuentes y el sobreseimiento del imputado. El juez hizo lugar al pedido. Contra esa decisión, la fiscal interpuso un recurso de apelación. A tal fin, invocó los artículos 432, 449 y subsiguientes del CPPN, correspondientes al procedimiento recursivo común, y difirió la presentación de los agravios. Tres días después de la audiencia, fundó su presentación por escrito. El juez concedió el recurso de apelación.
6-abr-2017Q, JL y otrosEn un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía y la defensa pactaron una pena de cinco años de prisión por el delito de explotación de la prostitución e incluyeron una reparación de $200.000. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena acordada pero no hizo lugar al compromiso reparatorio. Sobre este punto, la fiscalía interpuso un recurso de casación. Asimismo, el Programa de Asesoramiento y Patrocinio Jurídico para Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación se presentó como amicus curiae. Sostuvo que correspondía reparar a las víctimas de explotación de acuerdo con los parámetros tanto de la ley Nº 26.842 en consonancia con los artículos 23, 29 inc.1 y 2, 30 y 31 del CP, como de la CADH, la Convención de Belém do Pará, la Convención Internacional Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo de Palermo. Asimismo, se fundó en las consideraciones del caso “Trabajadores de la Hacienda Brasil v. Brasil” de la Corte IDH.
5-may-2017Q, LAUna joven de 17 años había simulado su propio secuestro mediante el envío de un mensaje a su novio desde un teléfono móvil prestado que decía “si querés volver a ver a la flaca con vida, dame diez mil pesos”. La familia fue avisada inmediatamente y, una vez efectuada la denuncia, se determinó que se trataba de un engaño. La adolescente manifestó que su finalidad era llamar la atención de sus progenitores, con quienes mantenía una relación conflictiva. Por estos hechos, la adolescente fue procesada por el delito de estafa en grado de tentativa. La defensa interpuso un recurso de apelación. Allí, argumentó la atipicidad de la conducta endilgada.
12-jul-2016Q, MR c. S, DEUna mujer, ante la negativa del padre de su hija de prestar el consentimiento para que viajen a Italia, solicitó una autorización judicial. La parte actora explicó que hace 12 años que trabaja en Cerdeña durante el verano europeo. El juzgado de primera instancia hizo lugar al pedido. El padre apeló la resolución.
23-ago-2016Q, RJUna persona había incumplido con el pago de la cuota alimentaria de su hija menor de edad. Por ese motivo, se le imputó el delito de incumplimiento de deberes de asistencia familiar (ley 13.994). Su defensa, con adhesión de la querella y opinión favorable del Ministerio Público Tutelar, presentó un pedido de mediación que fue concedido por la jueza de grado. Contra esa decisión, el fiscal interpuso recurso de apelación. Entre otros argumentos, sostuvo que la mediación fue convocada a pesar de su oposición, circunstancia que implicaría un apartamiento del sistema de enjuiciamiento acusatorio. En el mismo día de la interposición del recurso, se llevó a cabo la audiencia de mediación, que tuvo resultado exitoso. A su vez, el acuerdo fue homologado por la jueza antes de la resolución del recurso de apelación interpuesto por el fiscal.
24-abr-2012QC, SY c. Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresLa actora, en representación de su hijo menor de edad con discapacidad, interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA). Solicitó, por un lado, el cese de la conducta estatal que le denegaba la inclusión en los programas de vivienda y, por otro, un subsidio que le permitiera salir de la “situación de calle” en la que se encontraba junto con su hijo. La jueza de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) hizo lugar a la medida cautelar requerida por la accionante. Esa decisión fue confirmada por la Sala II del mismo fuero que dispuso que la demandada debía proveer a la reclamante un subsidio que le permitiese abonar en forma íntegra un alojamiento en condiciones dignas de habitabilidad. Esta decisión fue revocada por el Superior Tribunal de Justicia local.
15-jul-2022QCES (Causa Nº 33626)Una mujer sufrió agresiones físicas y psicológicas por parte de su pareja. Por ese motivo, presentó una denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). En esa oportunidad, denunció que el hombre había difundido videos íntimos de la pareja y que fueron grabados sin su consentimiento. Asimismo, declaró que el hombre se había llevado su celular y hackeado sus redes sociales. En ese marco, la denunciante solicitó que su ex pareja borrara los videos que tenía en su celular y que no se acercara a ella. En relación con los hechos denunciados, el informe elaborado por la Oficina de Violencia Doméstica consideró que se trataba de una situación de violencia de género en su modalidad doméstica y valoró el riesgo como moderado. Sin embargo, el juzgado interviniente no hizo lugar a la denuncia y dispuso que debía concurrir por la vía que correspondiera. Ante esa situación, la mujer presentó un recurso de apelación.
3-jun-2020QFJM (causa N° 166)Un hombre de 22 años, en representación de su hermana de 14, denunció a la pareja de su madre, P. En la presentación relató que su hermana había sido testigo de la violencia que ejercía el hombre contra su madre, que hacía dos años que no tenía privacidad y que era controlada todo el tiempo. En particular, señaló que P. conocía sus contraseñas, le quitaba el celular y revisaba sus conversaciones. Asimismo manifestó que él había tenido que retirarse de la casa porque P. lo había golpeado y, luego de denunciarlo, se había mudado al domicilio de sus abuelos maternos. A raíz de los hechos relatados, el denunciante solicitó medidas de protección para su hermana. El juzgado hizo lugar al pedido. Con posterioridad, el Organismo Proteccional presentó un informe de la dinámica familiar donde constaba que la joven se había ido a vivir a la casa de sus abuelos. La defensoría de menores solicitó que se fijara una cuota alimentaria provisoria a cargo de P., su progenitor afín, con sustento en los hechos de violencia vividos a causa suya, que habían obligado a la joven a retirarse de su casa para vivir junto a sus abuelos y hermano mayor.
2-nov-2015QHT (causa Nº 56451)Personal del Programa contra la Violencia Institucional y de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación mantuvo entrevistas con la población trans alojada en el Complejo 1 (Módulo 6) y en el Complejo IV del Servicio Penitenciario Federal con el fin de indagar sobre sus condiciones de detención y su relación con las fuerzas de seguridad. En ese marco, denunciaron que, al ser alojadas en las unidades Nº 28 y 29 del SPF, para asistir a los comparendos judiciales, fueron sometidas a exámenes corporales y requisas degradantes e invasivos, llevados a cabo por agentes penitenciarios masculinos y sin intervención del personal sanitario o médico. Asimismo, indicaron que se les requirió desnudarse parcial o íntegramente y que, en ocasiones, fueron maltratadas verbalmente y observadas por varias personas. En consecuencia, la Defensoría General de la Nación interpuso una acción de habeas corpus en el que se postuló el agravamiento en las condiciones de detención de las personas trans que se encontraban a disposición del SPF. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción planteada y ordenó, entre otras medidas, la cesación inmediata del acto lesivo. Además, requirió que se arbitren los medios necesarios para que, frente al ingreso a las unidades en cuestión y, de resultar necesario practicar requisas personales por razones de seguridad penitenciaria y/o de los internos, se adopten los siguientes recaudos: a) que las requisas sean practicadas exclusivamente por personal médico; b) en caso de necesidad fundada, cuando sea necesaria un registro táctil sobre los requisados, se haga sobre prendas de vestir y prescindiendo de los desnudos totales o parciales, previa consulta a la persona involucrada respecto a su preferencia sobre la identidad de género de quien lo llevará a cabo, respetando en todo momento la intimidad del requisado. Frente a esta decisión, el Servicio Penitenciario Federal y el Servicio Central de Alcaidías interpusieron un recurso de apelación. Posteriormente, se sancionó el “Protocolo de Registro Corporal y Pertenencias de Personas Trans en la órbita del Servicio Penitenciario Federal Argentino”.
23-feb-2022Qing (causa N° 547Un ciudadano extranjero fue denunciado por dos hechos de abuso sexual en concurso ideal contra dos niños que residían cerca de su domicilio y lugar de trabajo. Por este hecho fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de abuso sexual en dos oportunidades. Al momento de su detención, se constató que el hombre residía hace 7 años en el mismo lugar donde trabajaba y que no registraba antecedentes. La defensa solicitó su excarcelación. El imputado ofreció cambiar su domicilio y no concurrir más a su lugar de trabajo para no entorpecer la investigación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazo. Para decidir de esa manera, consideró la gravedad de los hechos atribuidos y que la eventual pena a imponer al imputado no se ubicaría en el mínimo legal. Además, en cuanto a su arraigo, señaló que el imputado no tendría lugar de residencia fijo, sino que éste dependía del lugar que le asigne su empleador. También consideró que existía peligro de entorpecimiento de la investigación porque la denunciante manifestó que un primo del imputado le había ofrecido dinero a ella y a la madre de una de las víctimas y que el tiempo de detención no resultaba desproporcionado. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
16-may-2018QKH (causa Nº C-2LB-740-F2017)Un matrimonio tuvo a su hija en su domicilio y, a los cinco días, concurrió al hospital de Rio Colorado para requerir el certificado de nacimiento e inscripción. Entonces, se le realizaron distintos controles y se le indicó la aplicación de vacunas. Ambos progenitores rechazaron el procedimiento y argumentaron que debían consultar a su médico homeópata. Con posterioridad, personal del hospital visitó el domicilio en el que residía la niña. En ese marco, la pareja explicó que había optado hacía dos años por la medicina alternativa desde que una de sus hijas sufrió una reacción alérgica luego de ser vacunada. Por este motivo, el hospital solicitó la intervención de la Defensora de Menores e Incapaces, que dictaminó que se debían disponer las medidas para que los padres de los niños cumplieran con el calendario de vacunación.
15-nov-2017QMF (causa Nº 40696)Un hombre se encontraba imputada por el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido mediante la utilización de un arma. El imputado tenía una enfermedad psiquiátrica. El 6 de octubre del 2015 fue detenido. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El tribunal rechazó el pedido. Posteriormente, por considerarlo inimputable, la defensa requirió su sobreseimiento. El Tribunal Oral rechazó el planteo y ordenó al Cuerpo Médico Forense que arbitrara los medios conducentes para que el hombre fuese alojado en el PRISMA del Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza. En esa línea, suspendió el trámite de la causa en los términos del artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación, hasta tanto el imputado se encontrase en condiciones de afrontar el juicio oral. El 4 de octubre del 2017 el tribunal dispuso la prórroga de la prisión preventiva del imputado por el término de un año. Para decidir de esa manera, tuvo en consideración la gravedad de los hechos imputados y la circunstancia de que se encontrara alojado en un dispositivo acorde a su estado de salud. Sin embargo, remitió la resolución en consulta a la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.