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11-feb-2016Mental Disability Advocacy Centre (MDAC) v. BulgariaMental Disability Advocacy Center, como peticionaria, denunció ante el Comité Europeo de Derechos Sociales la situación de los niños que viven en hogares para menores con discapacidades mentales en Bulgaria. En particular, se sostenía que los niños no concurrían a la escuela o asistían a instituciones cuyos maestros carecían de capacitación para instruirlos. Además, se afirmaba que los hogares no cumplían con los requisitos necesarios para ser considerados institutos educativos.
15-oct-2019Menzotoro (Causa Nº23439)Un hombre sustrajo tres quesos de un supermercado. El propietario del comercio le manifestó lo ocurrido a personal policial. El hombre fue detenido y los paquetes de quesos fueron secuestrados. Por ese hecho fue imputado por el delito de hurto en grado de tentativa. En la etapa de juicio, la defensa interpuso una excepción de falta de acción y postuló el sobreseimiento de su asistido. En su presentación la defensa consideró que la acción penal debía extinguirse por la insignificancia en la afectación al bien jurídico que se le imputaba. En tal sentido, planteó que, de acuerdo a los principios de lesividad y proporcionalidad, la utilización de la vía punitiva debía ser el último recurso frente a los conflictos más graves. En consecuencia, sostuvo que resultaba inconcebible la desproporción entre la insignificante o nula afectación de bienes jurídicos y los recursos económicos que el Estado destinaba en este tipo de procesos judiciales.
11-dic-2018Mercado (Causa N° 15599)En el marco de un expediente donde se investigó un hurto calificado, un juez ordenó el allanamiento en un domicilio. Mientras el personal policial cumplía la orden, hallaron dos envoltorios de nylon con sustancias estupefacientes. Los efectivos dieron aviso al juez, quien autorizó que se realizara el test de campo y el pesaje sobre las sustancias. Estas medidas arrojaron resultado positivo. Ante eso, los oficiales se comunicaron con el juez federal quien autorizó el allanamiento y secuestro en el lugar con intervención a la unidad operativa especial. En el resto de la vivienda se encontraron más sustancias. Como consecuencia, se elevó la causa a juicio por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Durante los alegatos, la defensa solicitó la nulidad de los allanamientos porque fue solicitado por un juez que no tenía competencia material. El Tribunal Oral Federal de la Rioja declaró la nulidad absoluta parcial del acta de allanamiento en lo que respecta a la intervención del juez provincial en cuanto ordenó la realización de la prueba de campo y el posterior pesaje del estupefaciente hallado en el domicilio. Los actos posteriores practicados por la Unidad Operativa Especial, en virtud de la orden impartida por el juez federal, fueron considerados válidos por lo que se condenó al acusado por el delito de tenencia simple. Contra esa decisión, la defensa de la persona imputada interpuso un recurso de casación.
9-mar-2018Mercado (Causa N° 15599)En el marco de un expediente donde se investigó un hurto calificado, un juez ordenó el allanamiento en un domicilio. Mientras el personal policial cumplía la orden, hallaron dos envoltorios de nylon con sustancias estupefacientes. Los efectivos dieron aviso al juez, quien autorizó que se realizara el test de campo y el pesaje sobre las sustancias. Estas medidas arrojaron resultado positivo. Ante eso, los oficiales se comunicaron con el juez federal quien autorizó el allanamiento y secuestro en el lugar con intervención a la unidad operativa especial. En el resto de la vivienda se encontraron más sustancias. Como consecuencia, se elevó la causa a juicio por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Durante los alegatos, la defensa solicitó la nulidad de los allanamientos porque fue solicitado por un juez que no tenía competencia material.
18-dic-2020Mercado (causa Nº 172)A través de una denuncia anónima se informó que en un domicilio vendían estupefacientes. Por esa razón, la policía instaló una vigilancia en las inmediaciones del lugar. En una oportunidad, un agente observó que una mujer, que ya había sido vista con anterioridad, le había dado a un hombre sustancia estupefaciente luego de un traspaso de dinero. Esa maniobra fue informada y a las pocas cuadras se detuvo al comprador. En ese momento, se le secuestró un envoltorio con cocaína y otros tres que contenían marihuana. Luego, se realizó un allanamiento en el domicilio y se secuestraron treinta envoltorios con cocaína, una bolsa con tres cigarrillos de marihuana y dinero en efectivo. Por ese hecho, la dueña de la casa y su hija fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el juicio oral, el agente policial que realizó las tareas de investigación declaró que siempre había observado a la misma persona hacer los movimientos de compraventa de estupefacientes y que se trataba de una mujer joven de pelo largo. Al momento de los alegatos, la representante del Ministerio Público Fiscal consideró partícipe secundaria del delito imputado a la madre y solicitó la pena de dos años de prisión en suspenso.
29-may-2018Mergoza Calixto (Causa Nº 22139)El señor Mergoza Calixto, extranjero [no indica su nacionalidad la sentencia], registraba dos condenas. Una de tres años y otra de tres años y 6 seis meses de prisión en orden a los delitos de robo en concurso real con resistencia a la autoridad y tenencia simple de estupefacientes respectivamente. Por este motivo la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular la permanencia en el territorio nacional, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. Este acto le fue notificado en el complejo penitenciario federal N° 1 de Ezeiza. En esta ocasión, la parte actora manifestó su intención de apelar. Por ese motivo, representado por la defensa pública, interpuso un recurso jerárquico que fue rechazado. Cuando se le notificó esta segunda decisión, la defensa informó que, pese haber realizado varias gestiones y diligencias tendientes a localizar a su asistido, no pudo contactarlo. Luego de casi dos meses, interpuso un recurso judicial suscripto por Mergoza Calixto. Sin embargo, el juzgado de primera instancia rechazo la presentación in limine. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación.
11-dic-2018Merlo (causa Nº 97189)El 15 de septiembre de 2012, la señora Merlo celebró un contrato de compraventa para adquirir un vehículo automotor. Al poco tiempo, descubrió desperfectos en la unidad. Por esa razón, rescindió el contrato unilateralmente, devolvió el vehículo al vendedor y reclamó la devolución del dinero que había abonado. Dado que el vendedor se negó a reintegrarle el dinero, inició una demanda de rescisión de contrato. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a las partes que se restituyeran lo recibido, y tuvo por restituido el vehículo al demandado. Entonces, condenó al vendedor a abonar a la actora, dentro del término de 10 días de notificado de la sentencia, la suma de $10.000 y 6 cuotas de $1.335, más sus intereses, y a entregarle los pagarés impagos que tenía en su poder. Contra esa decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación y, entre sus agravios, manifestó que la actora no había probado que el vicio de la cosa existiera al tiempo de la adquisición (cfr. art. 2168 CCyC).
8-may-2020Merret (causa n° 40620)Un hombre de nacionalidad inglesa fue condenado a la pena de siete años y seis meses de prisión por el delito de contrabando de estupefacientes agravado en grado de tentativa. En enero de 2018, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión una vez que cumpliera la sentencia. El cómputo de pena dispuso como fecha para su extrañamiento el día 14 de agosto de 2020. El hombre tenía 62 años y diabetes. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, su defensa solicitó su extrañamiento anticipado por considerar, entre otras cuestiones, que era un paciente de riesgo ante un eventual contagio del virus COVID-19. Además, la defensa informó que se había comunicado con la Embajada Británica en Buenos Aires y que había un vuelo disponible para que su asistido viajara el 12 de mayo de 2020. La fiscalía dictaminó que si bien no procedía la medida, su situación encuadraba en los términos de la Acordada 9/2020 de la Cámara Federal de Casación Penal por ser una persona de riesgo.
1-jul-2018Mesa (causa N° 57387)Una persona se fracturó un dedo del pie por un golpe contra los carros mal dispuestos de un mercado. Por este motivo inició, una demanda de daños y perjuicios contra el establecimiento. El juzgado de primera instancia rechazó la acción porque consideró que la actora no acreditó el hecho ni el riesgo o vicio de la cosa con la que sufrió el accidente. Ante esta resolución, el demandante interpuso un recurso de apelación.
19-mar-2015Mesa, Pablo DiegoEl tribunal declaró desierto el recurso de casación deducido por un defensor particular contra una sentencia de condena por no haberlo mantenido.
26-may-2016Meta (Causa Nº 41592)Un joven había sido parte de un conflicto con la policía en el marco de un partido de fútbol. Por ese hecho, se inició un sumario judicial por el delito de resistencia a la autoridad. El joven, además, poseía un pedido de captura en otro expediente. Entonces, una persona denunció que un hombre se presentó en la comisaría y entregó diez mil pesos a dos agentes policiales con el objeto de que no se afectara al joven al sumario judicial ni se lo detuviera. Por este motivo, el hombre fue imputado por el delito de cohecho activo. Al prestar declaración indagatoria, el imputado negó la imputación y explicó que el día de los hechos ingresó de manera normal al partido de fútbol y, luego, se retiró a su domicilio. Además, alegó una antigua enemistad con la persona que lo denunció. Durante la audiencia de juicio oral, la defensa sostuvo que sólo se contaba con la declaración de la persona que había efectuado la denuncia y que no existía prueba alguna para involucrar al hombre en el hecho. Por tal razón, solicitó su absolución.
1-abr-2015Meza Contreras, Luis ManuelEl Tribunal Oral en lo Criminal y Federal rechazó la solicitud de libertad condicional formulada a favor del condenado por considerar su situación migratoria como un "obstáculo a los fines de su reinserción en el medio libre". Contra dicho pronunciamiento la defensa oficial interpuso recurso de casación.
6-oct-2017Meza Linarello (causa N° 30084)En febrero de 2017 Meza Linarello fue condenado por un tribunal a la pena de nueve meses de prisión en suspenso (causa Nº 4857). Dos meses más tarde, fue condenado por otro tribunal a la pena de dos años y cuatro meses de prisión en suspenso y a la pena única de tres años de prisión en suspenso (causa Nº 8175). Luego, otro tribunal lo condenó a la pena de un año y ocho meses de prisión en suspenso (causa Nº 4486) y a la pena única de dos años y dos meses de prisión en suspenso, comprensiva de la primera condena (causa N° 4857). El representante del Ministerio Público Fiscal requirió que se unificaran la totalidad de las penas y se condenase al imputado a la pena única de cuatro años de prisión. Por su parte, la defensa sostuvo que se trataba de un concurso real de delitos, por lo que debía efectuarse una unificación de condenas sin sumar las penas fijadas en cada una.
14-jul-2015Meza, Dora c. Pcia. de Corrientes y otrosLa actora inició la demanda contra el Estado Nacional, la Universidad Nacional del Nordeste [UNNE] y la provincia de Corrientes, a fin de obtener una indemnización por los daños y perjuicios derivados de la muerte de su hijo de diecinueve años, ocurrida en 1996, por una presunta descarga eléctrica mientras reparaba un equipo de aire acondicionado en el Hospital Escuela de la Facultad de Medicina de la UNNE ubicado en la ciudad de Corrientes.
22-ago-2013Mémoli v. ArgentinaEn el año 1984, la Municipalidad de San Andrés de Giles, provincia de Buenos Aires, otorgó en arrendamiento a la Asociación Italiana de Socorros Mutuos, Cultural y Creativa “Porvenir de Italia” una porción de terreno en el Cementerio Municipal. Este terreno se destinó a la construcción de nichos a fin de ofrecerlo a los socios mediante un contrato de compra-venta. Este hecho provocó que, en el año 1990, Carlos Mémoli, miembro de la Comisión Directiva de dicha Asociación, y su hijo Pablo Carlos Mémoli denunciaran penalmente a otros tres miembros de la Comisión Directiva de la Asociación Italiana, por considerar que los nichos se encontraban ubicados en terrenos pertenecientes al dominio público. El ofrecimiento, bajo la modalidad de contrato de compra-venta, constituía una estafa. En 1992, los denunciados promovieron una querella por calumnias e injurias contra los peticionarios. En 1994, los peticionarios fueron condenados por el delito de injurias, tipificado en el entonces vigente artículo 110 del Código Penal. Luego de ser apelada y confirmada, en 1997 la decisión quedó firme. En consecuencia, los tres miembros de la Asociación Italiana iniciaron un proceso civil por daños y perjuicios contra los peticionarios sin que a la fecha se haya dictado sentencia. Asimismo, desde antes del inicio de dicho proceso civil hasta el presente pesa sobre los peticionarios una medida cautelar de inhibición general para enajenar y gravar bienes. Por otra parte, tras la modificación del artículo 110 del Código Penal argentino, que excluyó de toda sanción penal las expresiones relacionadas con asuntos de interés público, eliminó la pena privativa de la libertad por su perpetración. Los peticionarios interpusieron recursos a nivel interno a fin de que les fuera aplicada la nueva tipificación del delito, los cuales fueron rechazados.
4-feb-2021Méndez (causa nº 93306152)Un hombre se encontraba detenido bajo la modalidad de arresto domiciliario. Su defensa solicitó la concesión de medidas de coerción alternativas, previstas en el artículo 210 del CPPF. El tribunal oral rechazó el pedido. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Además, presentó la recusación contra los tres jueces del tribunal de alzada debido a que, en el marco de otra causa, habían confirmado una sentencia condenatoria en contra de su asistido. Luego de la presentación, fueron reemplazados en la integración de la Sala dos de los jueces respecto de los que se había solicitado la recusación.
4-oct-2022Méndez Vaca (causa N° 8631)Un grupo de mujeres fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, las defensas de las mujeres imputadas se opusieron a la admisión como prueba documental de actas e informes policiales ofrecidos por la Fiscalía. Argumentaron que no eran prueba documental en sentido estricto sino que se trataba de testimonios documentados.
31-may-2017MFUna mujer adulta mayor vivía en condiciones muy precarias (entre otras cosas, en una vivienda de reducidas dimensiones, mal alimentada, sin asistencia médica). Frente a esto, una vecina realizó una presentación espontánea ante el Juzgado de Paz de Mburucuyá, denunció la situación y requirió que se tomen medidas tendientes a salvaguardar la salud de esta persona.
3-mar-2020MF (causa N° 39548)Una persona había sido condenada a la pena de cuatro años por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el cumplimiento de la pena, solicitó el acceso a las salidas transitorias. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que la concesión del instituto se encontraba vedada por el artículo 56 bis de la ley N 24.660 y se opuso a lo requerido. El Tribunal Oral declaró la inconstitucionalidad de la norma invocada y concedió las salidas transitorias. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. Al momento de su intervención, la fiscalía actuante ante la Cámara Federal de Casación Penal desistió el recurso.
16-mar-2010MF c. Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresUna persona con una discapacidad motriz asistía a un centro educativo que no contaba con rampas de acceso ni elevadores. En consecuencia, interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de que se ordene a la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento y/o quien resulte competente, que implemente con carácter de urgente las medidas inmediatas para garantiar la accesibilidad adecuada de las personas con discapacidad motriz o capacidad motriz reducidad.