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Título : Lobo (causa N° 64235)
Fecha: 18-sep-2017
Resumen : Una mujer integrante de la policía denunció que, mientras realizaba tareas de prevención, había escuchado un estallido y vio a una persona con el cuerpo dentro de una camioneta con vidrios rotos a su alrededor. De acuerdo con el relato de la policía, le dio la voz de alto y, cuando la persona intentaba huir, la detuvo. En la etapa de juicio oral, la persona detenida cuestionó la imputación, refirió que había sido víctima de un robo y que la policía la había detenido por su enemistad con la Comisaría de la zona. En su declaración, la mujer que intervino en el procedimiento declaró como testigo e incurrió en contradicciones acerca del modo y las circunstancias en que detuvo a la imputada. En atención a las inconsistencias del testimonio único, la defensa solicitó su absolución.
Decisión: El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 24 de la Capital Federal, de forma unipersonal, absolvió a la imputada (jueza Maiza).
Argumentos: 1. Prueba. Prueba testimonial. Testigo único. Apreciación de la prueba.
“[C]uando se presenta un único testigo del hecho […] sus manifestaciones […] deben ser valoradas con la mayor severidad y rigor crítico posibles, tratando de desentrañar el mérito o la inconsistencia de la declaración mediante su confrontación con las demás circunstancias de la causa que corroboren o disminuyan su fuerza, y examinando cuidadosamente las calidades del testigo. Partiendo de estas premisas, los dichos de [la testigo] han merecido diversos reparos que no permiten obtener el estándar de certeza para sostener sobre ellos un pronunciamiento condenatorio”. “[E]l testimonio de [la testigo] no ha resultado todo lo consistente que se debe exigir cuando estamos ante un testigo único y más en el presente caso cuando la imputada en su descargo ha indicado que tiene conflictos previos con la Comisaría […] de la PFA…”.
2. Prueba. Prueba testimonial. Testigo único. Apreciación de la prueba. In dubio pro reo. Sentencia absolutoria.
“[E]l estado de inocencia que ampara a [la imputada] no puede sostenerse desvirtuado con el testimonio único y dudoso de [la testigo] por lo que por estricta aplicación del art. 3° del Código Procesal Penal, corresponde disponer la absolución”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 24 de la Capital Federal
Voces: APRECIACION DE LA PRUEBA
IN DUBIO PRO REO
PRUEBA TESTIMONIAL
PRUEBA
SENTENCIA ABSOLUTORIA
TESTIGO ÚNICO
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4164
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