Buscar por Voces INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
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Fecha | Título | Resumen |
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ene-2014 | Ambiente y vivienda (internacional) | Jurisprudencia internacional sobre ambiente y vivienda |
20-abr-2016 | STS 1709/2016 | La policía recibió una denuncia anónima acerca de un negocio de venta y distribución de estupefacientes. En el marco de la investigación, agentes policiales siguieron a uno de los sospechosos hasta que ingresó a su domicilio. Al perderlo de vista, la policía acudió a un inmueble próximo para visualizar el interior de la vivienda mediante el uso de binoculares. De esa manera, observaron a través de dos ventanales que el hombre manipulaba bolsas que contenían diversas sustancias. Cuando el hombre se retiró de su domicilio, la policía lo requisó y halló en sus bolsillos varias bolsas que contenían cannabis, cocaína y heroína. Por ese motivo, el hombre fue procesado por el delito de tráfico de estupefacientes. La defensa alegó que la prueba obtenida por la policía era nula y solicitó la absolución del hombre. En ese sentido, sostuvo que la observación con binoculares vulneró la garantía de inviolabilidad del domicilio, ya que la policía había examinado el interior de la vivienda sin su consentimiento ni orden judicial. El tribunal interviniente no hizo lugar al planteo y condenó al hombre. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo de España. |
23-ene-2016 | Orosco (Causa N° 30310) | A raíz de una denuncia por averiguación de paradero de dos personas que trabajaban en una quinta, se inició una investigación penal para dar con la ubicación de dicho lugar. Al día siguiente de la denuncia, mientras un móvil de Prefectura recorría el perímetro de una finca observaron a tres hombres. Cuando los efectivos solicitaron que se identifiquen, ellos manifestaron que no tenían documentos y se encontraban en situación de calle. Estas personas comentaron que habían trabajado hasta hacía unos días en una quinta junto con otras personas argentinas y bolivianas, sin poder precisar la ubicación y que allí realizaban tareas de cosecha de hortalizas. También mencionaron que se habían ido del lugar por las malas condiciones de trabajo, pero que la mujer que supervisaba el trabajo se negó a entregarles sus documentos. Como resultado de la investigación, se halló el lugar y el fiscal solicitó el allanamiento de la quinta L.M. En la orden de allanamiento, el juez indicó el kilómetro, la ruta, la calle y que no había numeración. Mientras los prefectos cumplían con el allanamiento, se presentó el dueño del lugar allanado y manifestó que esa no era la quinta L.M. sino la de al lado. Los preventores se comunicaron con el juzgado e informaron esta circunstancia y el juez ordenó el allanamiento de ese lugar también. Como resultado, se encontraron elementos que podrían tener relación con el delito de trata de personas con fines de explotación laboral. El juez dictó el procesamiento de los propietarios. Contra esa resolución, las defensas de las personas imputadas presentaron un recurso de apelación. |
21-feb-2017 | Frias (Causa N° 38337) | Durante un patrullaje, personal del "Operativo Centinela" de Gendarmería Nacional observó a un hombre que abrió una puerta, sin picaporte y sin cerradura. Esta persona, al notar la presencia del personal policial uniformado salió corriendo y se introdujo por un pasillo hacia el interior de un barrio de emergencia. Vecinos del lugar, informaron a los preventores que en ese sitio vendían estupefacientes. Por esta razón, los efectivos golpearon dicha puerta en reiteradas oportunidades y al estar entreabierta y no obtener respuesta ingresaron al lugar. En el interior, los gendarmes vieron a un hombre trepando una pared con intención de huir, y dieron la voz de alto. Lo detuvieron y secuestraron dos envases con sustancias estupefacientes fraccionadas. Además, dentro del lugar –en una habitación— se detuvo a otras dos personas y encontraron armas y más estupefacientes. La defensa de las personas imputadas solicitó la nulidad del allanamiento. La fiscalía adhirió a ese planteo y el Juzgado Federal de Lomas de Zamora N°2 rechazó el pedido. La defensa presentó un recurso de apelación. |
may-2017 | Allanamiento, derecho de exclusión y consentimiento | En este trabajo se comentará un caso en el que se declaró la nulidad de un allanamiento sin orden judicial que tuvo lugar en la habitación de un hotel con el consentimiento de la encargada del hospedaje. A partir de ello, se comentará el alcance de la protección de la inviolabilidad del domicilio prevista en el art. 18 CN, sus excepciones y los problemas que surgen de la intervención de particulares y de las fuerzas de seguridad. |
17-may-2017 | Rosso (Causa N° 861) | A raíz de un control vehicular, Gendarmería Nacional secuestró gran cantidad de dinero extranjero a una persona y se inició una investigación por una presunta infracción al régimen cambiario o a la ley tributaria, así como la posible comisión del delito de lavado de activos (art. 303 inc. 1 del CP). La fiscalía ordenó una serie de medidas y solicitó al Juzgado Federal de Paso de los Libres el allanamiento del domicilio fiscal del imputado ubicado en la ciudad de Junín. La jueza hizo lugar al pedido, dispuso la prórroga de su jurisdicción en razón del territorio y le ordenó a la AFIP-DGI que lleve a cabo el allanamiento. Comunicó lo resuelto al Juzgado Federal de Junín a través de un oficio. Durante el allanamiento, ante el hallazgo dinero, la AFIP se comunicó telefónicamente con el Juzgado Federal de Junín, que no autorizó su secuestro por falta de cumplimiento de los requisitos legales. La defensa de la persona imputada solicitó la nulidad del allanamiento. El Juzgado Federal de Paso de los Libres rechazó el pedido, y la defensa presentó un recurso de apelación. |
30-nov-2017 | FMC (causa nº 67559) | Una persona dejó su mochila en un supermercado. El bolso contenía, entre otras cosas, documentación personal, vestimenta y dos teléfonos celulares. De las imágenes registradas por las cámaras de seguridad del local, el damnificado observó que un hombre se había apoderado del mismo. Al día siguiente, determinó, a través de un GPS, dónde se encontraba uno de sus teléfonos. Al arribar al lugar, vio a un hombre que vestía una remera suya. Éste le refirió que se la había comprado a F., un vecino que vivía en su mismo hotel. Entonces, se contactaron con el dueño del establecimiento, quien les permitió el ingreso a su habitación. Allí hallaron parte de sus bienes. Luego, interceptaron en la vía pública a F., pareja de R., quien poseía una valija con el resto de sus pertenencias. Por tal razón, fue demorada por los hombres, quienes dieron aviso a la policía. Posteriormente, el damnificado denunció los hechos y F. también fue detenido. El juzgado dictó el procesamiento de F. por el delito de hurto en grado de tentativa y de R. por el delito de encubrimiento. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó la nulidad del procedimiento efectuado por el damnificado. |
1-feb-2018 | GJA (causa Nº 96449) | Varias personas de una comunidad mapuche de Neuquén se encontraban imputadas por el delito de tenencia de armas de uso civil. Por tal razón, la fiscalía solicitó al juzgado que expidiera una orden de allanamiento de su predio rural. Una vez allí, las personas se opusieron al ingreso del personal policial. A tal efecto, blandieron bombas caseras tipo “molotov”, lo que motivó el retiro de los agentes. Luego, la fiscalía requirió el allanamiento del lugar. El procedimiento fue realizado sin orden judicial. La policía secuestró armas civiles y material inflamable. La defensa de los imputados planteó la nulidad del acto. El juzgado rechazó el planteo. Contra esa decisión, se interpuso un recurso ordinario. El Tribunal de Impugnación provincial declaró la nulidad del secuestro efectuado durante el allanamiento. Para decidir de ese modo, consideró que el concepto de domicilio protegía la intimidad de todo individuo en el lugar que habite, de manera independiente a las características de su construcción. En esa línea, concluyó que era necesaria una orden judicial para el ingreso al predio. El Ministerio Público Fiscal solicitó el control extraordinario de esa resolución ante el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén. En su presentación sostuvo que el tribunal se había excedido en su jurisdicción. Además, indicó que se había realizado una interpretación arbitraria del concepto de domicilio puesto que, a su entender, un espacio abierto y sin cerramientos no constituía un sitio donde pudiera resguardarse la intimidad de las personas. |
28-feb-2018 | SG (causa Nº 1110) | El día 14 de febrero de 2017, personal policial realizó tareas de inteligencia con un dron. En esa oportunidad, se detectaron plantas de marihuana en una vivienda. El 15 de febrero de ese año, se recibió en sede policial una denuncia anónima que informaba esa situación y agregó que la marihuana sería comercializada. Entonces, se efectuó una consulta a la fiscalía de turno y se ordenaron nuevas tareas investigativas, que resultaron en la detección de las plantas y la identificación de los moradores del domicilio. Sobre la base de esos elementos, el juzgado libró una orden de allanamiento y entendió que la medida resultaría útil para el secuestro de sustancia estupefaciente, elementos de corte, elementos de fraccionamiento y balanzas, entre otros objetos. En el procedimiento se secuestraron 103 plantas de marihuana. La defensa solicitó la nulidad de la resolución que dispuso el allanamiento por considerar que no se encontraba debidamente fundamentada en los términos del artículo 123 del C.P.P.N. |
1-mar-2018 | Orosco (Causa N° 30310) | A raíz de una denuncia por averiguación de paradero de dos personas que trabajaban en una quinta, se inició una investigación penal para dar con la ubicación de dicho lugar. Al día siguiente de la denuncia, mientras un móvil de Prefectura recorría el perímetro de una finca observaron a tres hombres. Cuando los efectivos solicitaron que se identifiquen, ellos manifestaron que no tenían documentos y se encontraban en situación de calle. Estas personas comentaron que habían trabajado hasta hacía unos días en una quinta junto con otras personas argentinas y bolivianas, sin poder precisar la ubicación y que allí realizaban tareas de cosecha de hortalizas. También mencionaron que se habían ido del lugar por las malas condiciones de trabajo, pero que la mujer que supervisaba el trabajo se negó a entregarles sus documentos. Como resultado de la investigación, se halló el lugar y el fiscal solicitó el allanamiento de la quinta L.M. En la orden de allanamiento, el juez indicó el kilómetro, la ruta, la calle y que no había numeración. Mientras los prefectos cumplían con el allanamiento, se presentó el dueño del lugar allanado y manifestó que esa no era la quinta L.M. sino la de al lado. Los preventores se comunicaron con el juzgado e informaron esta circunstancia y el juez ordenó el allanamiento de ese lugar también. Como resultado, se encontraron elementos que podrían tener relación con el delito de trata de personas con fines de explotación laboral. El juez dictó el procesamiento de los propietarios. Contra esa resolución, las defensas de las personas imputadas presentaron un recurso de apelación. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al recurso y declaró la nulidad del allanamiento y de todos los actos que en su consecuencia se dictaron y reenvió la causa al juez de primera instancia. La fiscalía presentó un recurso de casación. |
9-mar-2018 | Mercado (Causa N° 15599) | En el marco de un expediente donde se investigó un hurto calificado, un juez ordenó el allanamiento en un domicilio. Mientras el personal policial cumplía la orden, hallaron dos envoltorios de nylon con sustancias estupefacientes. Los efectivos dieron aviso al juez, quien autorizó que se realizara el test de campo y el pesaje sobre las sustancias. Estas medidas arrojaron resultado positivo. Ante eso, los oficiales se comunicaron con el juez federal quien autorizó el allanamiento y secuestro en el lugar con intervención a la unidad operativa especial. En el resto de la vivienda se encontraron más sustancias. Como consecuencia, se elevó la causa a juicio por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Durante los alegatos, la defensa solicitó la nulidad de los allanamientos porque fue solicitado por un juez que no tenía competencia material. |
9-abr-2018 | Frías (Causa N° 38337) | Durante un patrullaje, personal del "Operativo Centinela" de Gendarmería Nacional observó a un hombre que abrió una puerta, sin picaporte y sin cerradura. Esta persona, al notar la presencia del personal policial uniformado salió corriendo y se introdujo por un pasillo hacia el interior de un barrio de emergencia. Vecinos del lugar, informaron a los preventores que en ese sitio vendían estupefacientes. Por esta razón, los efectivos golpearon dicha puerta en reiteradas oportunidades y al estar entreabierta y no obtener respuesta ingresaron al lugar. En el interior, los gendarmes vieron a un hombre trepando una pared con intención de huir, y dieron la voz de alto. Lo detuvieron y secuestraron dos envases con sustancias estupefacientes fraccionadas. Además, dentro del lugar –en una habitación— se detuvo a otras dos personas y encontraron armas y más estupefacientes. La defensa de las personas imputadas solicitó la nulidad del allanamiento. La fiscalía adhirió a ese planteo y el Juzgado Federal de Lomas de Zamora N°2 rechazó el pedido. La defensa presentó un recurso de apelación y la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, declaró la nulidad del allanamiento y de todo lo actuado con posterioridad. Contra esta decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación. |
10-abr-2018 | Rosso (Causa N° 861) | A raíz de un control vehicular, Gendarmería Nacional secuestró gran cantidad de dinero extranjero a una persona y se inició una investigación por una presunta infracción al régimen cambiario o a la ley tributaria, así como la posible comisión del delito de lavado de activos (art. 303 inc. 1 del CP). La fiscalía ordenó una serie de medidas y solicitó al Juzgado Federal de Paso de los Libres el allanamiento del domicilio fiscal del imputado ubicado en la ciudad de Junín. La jueza hizo lugar al pedido, dispuso la prórroga de su jurisdicción en razón del territorio y le ordenó a la AFIP-DGI que lleve a cabo el allanamiento. Comunicó lo resuelto al Juzgado Federal de Junín a través de un oficio. Durante el allanamiento, ante el hallazgo dinero, la AFIP se comunicó telefónicamente con el Juzgado Federal de Junín, que no autorizó su secuestro por falta de cumplimiento de los requisitos legales. La defensa de la persona imputada solicitó la nulidad del allanamiento. El Juzgado Federal de Paso de los Libres rechazó el pedido, y la defensa presentó un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes declaró la nulidad de la orden de allanamiento y de todo lo actuado con posterioridad. Contra esta decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación. |
6-jul-2018 | Benitez (causa N°3589) | A raíz de una investigación por el presunto comercio de estupefacientes en forma organizada, un juez ordenó 16 allanamientos simultáneos. Las órdenes disponían en todos los casos que los procedimientos se llevaran a cabo un día determinado a partir de las 8 horas, en su momento más propicio y hasta su finalización, con la debida habilitación de horario nocturno en caso de ser necesario por la extensión del procedimiento. Todos los allanamientos se realizaron el día ordenado después de las 23h y algunos a primeras horas del día siguiente. Como resultado, se encontraron estupefacientes y plantas de marihuana. Varias personas resultaron imputadas por el delito de comercio de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas y otras por ser integrantes de una organización delictiva conformada con el objeto de comercializar estupefacientes. Durante el juicio, la defensa solicitó la nulidad de los registros domiciliarios de las viviendas de sus defendidos y de todos los actos que fueron consecuencia. |
27-sep-2018 | Valdebenito (Causa N° 30024) | A partir de una denuncia anónima, se inició una investigación a un grupo de personas por el delito de comercialización de estupefacientes. En ese contexto, se realizaron tareas de vigilancia por la noche e intervenciones telefónicas, las que evidenciaron situaciones compatibles con el delito investigado. El Juzgado Federal de General Roca dispuso el allanamiento a partir de las 18h con habilitación horaria por el plazo de 24 horas. La medida se realizó en horario nocturno y se encontró material estupefaciente. Al momento de responder el requerimiento de elevación a juicio, la defensa solicitó la nulidad del allanamiento y el juzgado rechazó el planteo. Ante esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
11-dic-2018 | Mercado (Causa N° 15599) | En el marco de un expediente donde se investigó un hurto calificado, un juez ordenó el allanamiento en un domicilio. Mientras el personal policial cumplía la orden, hallaron dos envoltorios de nylon con sustancias estupefacientes. Los efectivos dieron aviso al juez, quien autorizó que se realizara el test de campo y el pesaje sobre las sustancias. Estas medidas arrojaron resultado positivo. Ante eso, los oficiales se comunicaron con el juez federal quien autorizó el allanamiento y secuestro en el lugar con intervención a la unidad operativa especial. En el resto de la vivienda se encontraron más sustancias. Como consecuencia, se elevó la causa a juicio por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Durante los alegatos, la defensa solicitó la nulidad de los allanamientos porque fue solicitado por un juez que no tenía competencia material. El Tribunal Oral Federal de la Rioja declaró la nulidad absoluta parcial del acta de allanamiento en lo que respecta a la intervención del juez provincial en cuanto ordenó la realización de la prueba de campo y el posterior pesaje del estupefaciente hallado en el domicilio. Los actos posteriores practicados por la Unidad Operativa Especial, en virtud de la orden impartida por el juez federal, fueron considerados válidos por lo que se condenó al acusado por el delito de tenencia simple. Contra esa decisión, la defensa de la persona imputada interpuso un recurso de casación. |
17-dic-2018 | Otero (Causa N° 31000122) | Con motivo de la información proporcionada por un informante de la policía se inició una investigación por el posible delito de trata de personas y se dispuso una intervención telefónica. Seis meses después de iniciada la investigación, y a raíz de una publicación periodística, el juez de primera instancia ordenó el allanamiento de un local nocturno y se encontraron elementos presuntamente vinculados con la actividad que se investigó. Durante el juicio, las defensas de las personas acusadas solicitaron su absolución porque consideraron que las actuaciones eran nulas desde su inicio ya que la causa se había originado por los dichos de un informante anónimo que dio escasa información, lo que motivó la intervención telefónica y posterior allanamiento. |
27-dic-2018 | Valdebenito (Causa N° 30024) | A partir de una denuncia anónima, se inició una investigación a un grupo de personas por el delito de comercialización de estupefacientes. En ese contexto, se realizaron tareas de vigilancia por la noche e intervenciones telefónicas, las que evidenciaron situaciones compatibles con el delito investigado. El Juzgado Federal de General Roca dispuso el allanamiento a partir de las 18h con habilitación horaria por el plazo de 24 horas. La medida se realizó en horario nocturno y se encontró material estupefaciente. Al momento de responder el requerimiento de elevación a juicio, la defensa solicitó la nulidad del allanamiento y el juzgado rechazó el planteo. Ante esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca hizo lugar al recurso y declaró la nulidad del allanamiento y de todo lo actuado con posterioridad. Contra esta decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación. |
15-may-2019 | SG (causa nº 1110) (Cámara) | El día 14 de febrero de 2017, personal policial realizó tareas de inteligencia con un dron. En esa oportunidad, se detectaron plantas de marihuana en una vivienda. El 15 de febrero de ese año, se recibió en sede policial una denuncia anónima que informaba esa situación y agregó que la marihuana sería comercializada. Entonces, se efectuó una consulta a la fiscalía de turno y se ordenaron nuevas tareas investigativas, que resultaron en la detección de las plantas y la identificación de los moradores del domicilio. Sobre la base de esos elementos, el juzgado libró una orden de allanamiento y entendió que la medida resultaría útil para el secuestro de sustancia estupefaciente, elementos de corte, elementos de fraccionamiento y balanzas, entre otros objetos. En el procedimiento se secuestraron 103 plantas de marihuana. La defensa solicitó la nulidad de la resolución que dispuso el allanamiento por considerar que no se encontraba debidamente fundamentada en los términos del artículo 123 del C.P.P.N. La Secretaría Penal N° 3 del Juzgado Federal Nº 1 de Azul declaró la nulidad del auto de allanamiento y sobreseyó a los imputados (juez Bava). Contra esta decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. |
18-jun-2019 | Ortiz Castillo (Causa N° 996) | En horas de la madrugada, personal policial realizaba tareas de prevención en un vehículo sin identificación, y visualizaron a dos ciclistas que se pasaron una mochila en la vía pública. A poca distancia, los ciclistas se separaron y tomaron direcciones distintas. La policía optó por seguir al que tenía la mochila. Una vez detenido, se requisó su mochila y se hallaron 4,124 kilogramos de cocaína. Cuatro horas más tarde la secretaria del juzgado consultó al juez sobre lo sucedido y éste ordenó el allanamiento en el domicilio de la persona detenida. Como resultado de la medida, se secuestraron semillas de marihuana y un arma de fuego. Ante esa situación, el hombre fue procesado por los delitos de guarda de semillas para producir estupefacientes, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil condicional, en concurso real. Durante los alegatos, la defensa solicitó la absolución. |