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30-oct-2020POLICÍA FEDERAL ARGENTINA (Causa nº 1449)En el marco de un proceso penal se investigaba el posible accionar delictivo de la guardia comunitaria indígena del pueblo wichí “guardia whasek”. Entre los hechos denunciados estaban los de uso de ropa militar, cortes de ruta, obstrucción del accionar de las fuerzas de seguridad, entre otros. Antes de correr vista al Ministerio Público Fiscal para que se expidiera sobre el requerimiento de instrucción, el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sanz Peña convocó a una audiencia multipropósito entre representantes del Poder Ejecutivo Provincial y de la guardia comunitaria. Ello con el fin de acercar a las partes y lograr un acuerdo conciliatorio que evite la prosecución del proceso. Finalmente, en el mes de mayo de 2020 se arribó a un acuerdo conciliatorio. Sin perjuicio de ello, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la instrucción del proceso penal. El juzgado tuvo presente el requerimiento, pero validó el acuerdo. Contra esta resolución, el Fiscal interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Argumentó que había existido una errónea aplicación de los artículos 22 y 34 del Código Procesal Penal Federal y una equivocada interpretación de los efectos que se debió dar al acuerdo. Al respecto, sostuvo que el instituto de la conciliación penal no era de aplicación al caso por no tratarse los hechos investigados de delitos de contenido patrimonial o culposos. Asimismo, argumentó que la participación del Poder Ejecutivo Provincial en el acuerdo no podía vedar al Ministerio Público Fiscal –en su calidad de titular de la acción penal– la facultad de requerir la instrucción del proceso e investigar la comisión de delitos. Consideró por ello que la conciliación debía ser propuesta únicamente a instancias de la acusación pública y que los poderes Ejecutivo y Judicial se encontraban imposibilitados para ello. En consecuencia, consideró que el acuerdo al que se había arribado en el caso no podía ser un impedimento para la prosecución de la acción penal. El Juzgado Federal de Presidencia Roque Saez Peña rechazó el recurso de reposición y concedió el recurso de apelación planteado en subsidio.
30-oct-2020Policía Federal Argentina (causa N° 1449)En el marco de un proceso penal se investigaba el posible accionar delictivo de la guardia comunitaria indígena del pueblo wichí “guardia whasek”. Entre los hechos denunciados estaban los de uso de ropa militar, cortes de ruta, obstrucción del accionar de las fuerzas de seguridad, entre otros. Antes de correr vista al Ministerio Público Fiscal para que se expidiera sobre el requerimiento de instrucción, el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sanz Peña convocó a una audiencia multipropósito entre representantes del Poder Ejecutivo Provincial y de la guardia comunitaria. Ello con el fin de acercar a las partes y lograr un acuerdo conciliatorio que evite la prosecución del proceso. Finalmente, en el mes de mayo de 2020 se arribó a un acuerdo conciliatorio. Sin perjuicio de ello, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la instrucción del proceso penal. El juzgado tuvo presente el requerimiento, pero validó el acuerdo. Contra esta resolución, el Fiscal interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Argumentó que había existido una errónea aplicación de los artículos 22 y 34 del Código Procesal Penal Federal y una equivocada interpretación de los efectos que se debió dar al acuerdo. Al respecto, sostuvo que el instituto de la conciliación penal no era de aplicación al caso por no tratarse los hechos investigados de delitos de contenido patrimonial o culposos. Asimismo, argumentó que la participación del Poder Ejecutivo Provincial en el acuerdo no podía vedar al Ministerio Público Fiscal –en su calidad de titular de la acción penal– la facultad de requerir la instrucción del proceso e investigar la comisión de delitos. Consideró por ello que la conciliación debía ser propuesta únicamente a instancias de la acusación pública y que los poderes Ejecutivo y Judicial se encontraban imposibilitados para ello. En consecuencia, consideró que el acuerdo al que se había arribado en el caso no podía ser un impedimento para la prosecución de la acción penal. El Juzgado Federal de Presidencia Roque Saez Peña rechazó el recurso de reposición y concedió el recurso de apelación planteado en subsidio.
28-sep-2021CURIEN (Causa n° 7986)Un hombre que se desempeñaba laboralmente en el ámbito de la AFIP había solicitado una autorización para viajar cinco días a un evento oficial organizado en el Estado Soberano de Barbados. Para ello, solicitó a su empleadora que se le cubran los gastos de pasajes aéreos y viáticos. Aunque la solicitud fue aprobada, el hombre no concurrió al evento. En su lugar, utilizó esos recursos para viajar a Estados Unidos. En consecuencia, se le inició una investigación penal por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública agravado por ser cometido por un funcionario público. En la etapa de juicio, la defensa acompañó un acuerdo conciliatorio celebrado con el Subdirector General de Administración Financiera en su calidad de representante de la AFIP. El imputado propuso el reintegro del monto autorizado y cobrado. La damnificada aceptó la propuesta de pago. Sin embargo, el representante del Ministerio Público Fiscal postuló el rechazo del acuerdo. Entre sus argumentos, afirmó que el artículo 30 del Código Procesal Penal Federal prohibía al acusador público disponer de la acción penal por conciliación cuando el imputado fuera funcionario público y el hecho atribuido se hubiera cometido en el ejercicio o razón de su cargo. De esta manera, sostuvo que para que procediera el instituto invocado resultaba imprescindible la conformidad fiscal. El Tribunal Oral interviniente rechazó el acuerdo conciliatorio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-dic-2021Demarco (Causa nº 1373)Tres hombres habían ingresado al país un automóvil y una motocicleta usados desde el extranjero. Con esos fines, habían solicitado a la aduana argentina la aplicación del régimen de beneficios impositivos establecidos en las resoluciones generales 3109/11 y 1568/92. Sin embargo, los hombres no reunían los requisitos impuestos por la normativa y las declaraciones juradas presentadas en dicho trámite resultaron contener información falsa. En consecuencia, fueron imputados e investigados por el delito de contrabando. En la etapa de juicio, las defensas solicitaron la aplicación del instituto de la reparación integral. La querella se opuso al pedido. Sostuvo que el artículo 59 inciso 6 del Código Penal de la Nación no era aplicable al delito investigado. El representante del Ministerio Público Fiscal adhirió al planteo de la querella. Sin embargo, el tribunal oral hizo lugar al pedido de reparación integral. Contra esa decisión, la querella presentó un recurso de casación.
9-feb-2022Brítez (causa N° 52098)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo agravado por haberse cometido con un arma cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, en concurso ideal con tenencia ilegítima de un arma de fuego de uso civil. La defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala de Feria B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Entre otros fundamentos, consideró que la situación del imputado no encuadraba en ninguna de las hipótesis de los art. 316 y 317 del Código Procesal Penal de la Nación porque la escala penal aplicable superaba, en su máximo, los ocho años de prisión y porque las características del hecho no permitían pronosticar un pronunciamiento de ejecución condicional. Además, estimó que había riesgo de entorpecimiento de la investigación porque uno de los participantes del hecho no había sido individualizado y aún se aguardaban los resultados de medidas pendientes. Durante el trámite de la excarcelación, la instrucción fue clausurada y el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio modificando la calificación del hecho. La defensa interpuso un recurso de casación contra esa decisión. Entre sus argumentos sostuvo que la medida cautelar era desproporcionada toda vez que se había omitido asignar el trámite de flagrancia que hubiera correspondido.
16-feb-2022Gómez (causa N° 56415)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo cometido en poblado y en banda. La persona, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios o declaraciones de rebeldía, ni causas en trámite, contaba con un domicilio constatado y contención familiar, trabajaba hacía cuatro años como repartidor en un comercio gastronómico y de manera esporádica como pintor, y no había aportado otros nombres en el Registro Nacional de Reincidencia. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido de excarcelación, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, confirmó el rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, la existencia de riesgos procesales a partir de la naturaleza del delito y la gravedad de los hechos. Asimismo, consideró que existía un riesgo de entorpecimiento de la investigación ya que restaban identificar a los demás integrantes del grupo que habían participado en los hechos investigados. Además, entendió que la características del hecho revelaban un desprecio hacia las pautas mínimas de convivencia, lo que permitía inferir que no cumpliría con las condiciones a las que podría someterse su libertad. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación.
16-feb-2022Gómez (causa N° 56415)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo cometido en poblado y en banda. La persona, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios o declaraciones de rebeldía, ni causas en trámite, contaba con un domicilio constatado y contención familiar, trabajaba hacía cuatro años como repartidor en un comercio gastronómico y de manera esporádica como pintor, y no había aportado otros nombres en el Registro Nacional de Reincidencia. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido de excarcelación, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, confirmó el rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, la existencia de riesgos procesales a partir de la naturaleza del delito y la gravedad de los hechos. Asimismo, consideró que existía un riesgo de entorpecimiento de la investigación ya que restaban identificar a los demás integrantes del grupo que habían participado en los hechos investigados. Además, entendió que la características del hecho revelaban un desprecio hacia las pautas mínimas de convivencia, lo que permitía inferir que no cumpliría con las condiciones a las que podría someterse su libertad. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación.
23-feb-2022Qing (causa N° 547Un ciudadano extranjero fue denunciado por dos hechos de abuso sexual en concurso ideal contra dos niños que residían cerca de su domicilio y lugar de trabajo. Por este hecho fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de abuso sexual en dos oportunidades. Al momento de su detención, se constató que el hombre residía hace 7 años en el mismo lugar donde trabajaba y que no registraba antecedentes. La defensa solicitó su excarcelación. El imputado ofreció cambiar su domicilio y no concurrir más a su lugar de trabajo para no entorpecer la investigación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazo. Para decidir de esa manera, consideró la gravedad de los hechos atribuidos y que la eventual pena a imponer al imputado no se ubicaría en el mínimo legal. Además, en cuanto a su arraigo, señaló que el imputado no tendría lugar de residencia fijo, sino que éste dependía del lugar que le asigne su empleador. También consideró que existía peligro de entorpecimiento de la investigación porque la denunciante manifestó que un primo del imputado le había ofrecido dinero a ella y a la madre de una de las víctimas y que el tiempo de detención no resultaba desproporcionado. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
23-feb-2022Catan (causa Nº 19927)Un hombre fue detenido el 9 de abril de 2020 y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo en poblado y en banda en concurso real con el delito de violación a las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia. El hombre contaba con siete condenas penales, estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia, su domicilio había sido constatado y había una persona que había manifestado su voluntad de alojarlo. En la etapa de preparación del juicio oral, su defensa solicitó la prisión domiciliaria en los términos del art. 210 inc. j del CPPF. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 rechazó el pedido. Para resolver de esta forma, consideró que había elementos para afirmar la existencia de peligro de fuga pues el acusado tenía antecedentes penales ya que contaba con diferentes condenas -lo que impedía que una eventual sanción pudiera ser dejada en suspenso- y estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia. Además, luego de analizar dos informes, uno realizado por el personal de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP), del cual surgía que el imputado se encontraba realizando un tratamiento para las adicciones y demostraba dificultades para mantener un proyecto de vida alejado del accionar transgresor y otro del Servicio Penitenciario Federal, que informaba que el imputado se encontraba en un buen estado psicológico­-psiquiátrico en su unidad de alojamiento, estimó que las medidas alternativas resultaban insuficientes para neutralizar el peligro de fuga. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
11-mar-2022Sotelo (causa N° 17396)Un vecino denunció que dos personas intentaron apropiarse de cables de una línea ferroviaria. Por este hecho, las personas fueron detenidas e imputadas por el delito de robo en grado de tentativa. Una de las defensas presentó un acuerdo de conciliación en el que ofrecía a la empresa damnificada un pedido de disculpas y el cumplimiento de tareas gratuitas en la estación de ferrocarril. El apoderado de la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, en su carácter de damnificada, suscribió el acuerdo, que fue presentado en sede judicial. El representante del Ministerio Público Fiscal se pronunció a favor de la homologación del acuerdo.
23-mar-2022Rivarola (causa N° 41968)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de ­robo agravado por el uso de un arma cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada, en poblado y en banda. Al momento de su detención, se identificó correctamente y se constató su domicilio. El hombre carecía de antecedentes condenatorios y no registraba rebeldías. La defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la denegatoria de la excarcelación. Para decidir de esa manera, consideró, entre otras cuestiones, que existía peligro de entorpecimiento porque los damnificados manifestaron su temor a posibles represalias ya que el imputado los conocía y sabía dónde vivían. Además, entendió que no correspondía hacer lugar al pedido porque la fecha de juicio oral se encontraba próxima en el tiempo. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
30-mar-2022Cepeda (causa N° 35894)Un hombre que era funcionario policial fue detenido y procesado por el delito de delitos de asociación ilícita y de hurto doblemente agravado por haber sido cometido por integrantes de una fuerza de seguridad, reiterado en dos oportunidades, en concurso real. En la etapa de preparación del juicio oral, la defensa solicitó su excarcelación y la morigeración de la prisión preventiva. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional no 11 rechazó los pedidos. Para decidir de esa manera, consideró que aunque la escala penal del concurso de delitos imputados permitía la imposición de una pena en suspenso, el representante del Ministerio Público Fiscal había manifestado previamente que dicha modalidad de ejecución sería inviable por las características de los hechos atribuidos. Además, concluyó que en caso de recuperar su libertad, debido a las características del hecho (integrar una organización conformada por personal de una fuerza de seguridad, dedicada a la comisión de numerosos delitos en perjuicio de personas de edad avanzada, y en ocasiones mediante un alto grado de violencia), el imputado podría intentar fugarse o entorpecer la investigación. También estimó que el tiempo de detención no era desproporcionado y que la morigeración de la prisión preventiva era insuficiente para asegurar la continuación del proceso. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, consideró que no se había considerado que el hombre tenía una familia compuesta por una pareja, cinco hijos y suegros, y una carrera profesional de diecisiete años sin denuncias previas.
30-mar-2022Russo (causa N° 21128)Un hombre fue detenido y luego imputado con prisión preventiva por el delito de robo agravado por ser en poblado y en banda con utilización de un arma cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada y uso de llave falsa. La persona, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios o declaraciones de rebeldía ni causas en trámite, no registraba inconductas procesales, contaba con domicilio constatado y la contención familiar de su hermana. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazó a la solicitud. Para decidir de esa manera, entendió que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, se verificaban riesgos procesales. Con relación al riesgo de fuga, señaló que el imputado había aportado un domicilio en el que ya no vivía desde hacía más de veinte años,y también desestimaron el domicilio que brindó durante la declaración indagatoria porque correspondía a un alquiler mensual. Además, ponderó la posibilidad de amedrentar a las víctimas porque conocía el domicilio y los movimientos. Finalmente, indicó que el tiempo de detención no era desproporcionado por la naturaleza del hecho imputado. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación.
31-mar-2022Quiroga (causa N° 1765)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda, por el uso de un arma de utilería y de un arma de fuego cuya aptitud para producir disparos no se pudo tener por acreditada. El hombre, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y no se encontraba anotado con otros nombres en el Registro Nacional de Reincidencia. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para decidir de esa manera, señaló que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, las características del hecho conducían a pronosticar que la eventual pena a imponer sería de cumplimiento efectivo. Además, ponderó que el imputado había intentado quitarle su arma reglamentaria a uno de los efectivos policiales que procuró detenerlo. También consideró que en caso de recuperar su libertad, el imputado podría intimidar a las víctimas del hecho, pues tenía las llaves del edificio donde se desempeñaban laboralmente. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación.
7-abr-2022Segovia (causa N° 4738)Un hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de lesiones leves agravadas, privación ilegal de la libertad y amenazas agravadas por mediar violencia de género y una relación de pareja, en concurso ideal. Al momento de su detención se identificó correctamente y fue encontrado en el domicilio constituido. Luego, se acreditó que tenía trabajo estable y que contaba con contención material y familiar. El hombre no contaba con antecedentes penales. La defensa solicitó su excarcelación, la cual fue concedida el 4 de febrero de 2022, bajo caución juratoria. En esa oportunidad el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n°45 también dispuso la prohibición de acercamiento a la damnificada y libró un oficio a la comuna vecinal a los fines de que refuerce la prevención en el radio correspondiente al domicilio donde residía la víctima. Frente a esto, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara del Crimen hizo lugar al recurso interpuesto y ordenó su inmediata detención, que se llevó a cabo el 22 de febrero de 2022. Para decidir de esa manera, consideró, entre otras cuestiones, que aunque la escala penal permitía que una eventual condena fuese dejada en suspenso existían riesgos procesales que no podían ser neutralizados por otras medidas menos lesivas que la privación de la libertad. Ello, debido a la naturaleza de los hechos atribuidos y las características de los delitos por los que el hombre fue procesado. Además, indicó que existía peligro de entorpecimiento de la investigación porque no se podía descartar que el imputado pudiera intimidar a la víctima o atentar contra su integridad física . También se destacó que las medidas dispuestas por el juzgado eran insuficientes ya que los hechos investigados habrían ocurrido en una situación de violencia de género y debían tenerse en cuenta los compromisos asumidos por el Estado en esa materia. Contra esta decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
20-abr-2022Ballatore (causa N° 32333)Una mujer fue imputada en calidad de coautora por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con desbaratamiento de derechos acordados ­un hecho en calidad de coautora y otro hecho en calidad de partícipe necesaria­ y defraudación por estelionato cometido en cuarenta y tres oportunidades. El juzgado de instrucción dispuso su captura. Al tomar conocimiento de la causa, la mujer se presentó en la sede del juzgado, se identificó correctamente y se constató su domicilio. El 15 de marzo de 2022 ella fue detenida bajo la modalidad de arresto domiciliario ­para la asistencia de su marido, co­imputado en la causa. El 23 de marzo de 2022 fue procesada. La mujer no tenía antecedentes y no registraba rebeldías. La defensa solicitó su excarcelación y el juzgado rechazó el pedido, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazo de la excarcelación porque entendió que aunque el caso encuadraba solamente en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal de la Nación, la existencia de riesgos procesales impedían otorgar su libertad durante el proceso. En esa línea, valoró como indicadores de riesgo de fuga que, aunque la imputada contaba con arraigo, poseía medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia, y que la naturaleza y gravedad de los hechos atribuidos permitía suponer que su eventual pena se alejaría del mínimo de la escala penal y no podría ser dejada en suspenso. Además, destacó que existía un peligro de entorpecimiento de la investigación pues se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados, y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. También destacó que restaba la producción de prueba y que estaba pendiente la detención de otros dos imputados. Por ello, entendió que ninguna de las medidas alternativas a la detención cautelar de la imputada eran suficientes para neutralizar los peligros procesales advertidos. Frente a esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
27-abr-2022Ocantos (causa N° 32333)Un hombre fue detenido y procesado con prisión preventiva por el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con el delito de defraudación por estelionato en calidad de coautor (reiterado en quince oportunidades y tres oportunidades en calidad de partícipe necesario). Al momento de su detención, la persona se identificó correctamente, su domicilio fue constatado y no registraba rebeldías. La defensa solicitó la excarcelación. Frente a su rechazo, presentó un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Consideró, entre otras cuestiones, que si bien tenía arraigo, el procesado tenía los medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia. Además, entendió que debido a la naturaleza y gravedad de los hechos atribuidos la eventual pena a imponer no podría ser dejada en suspenso, lo que operaba como un claro indicador de riesgo de fuga. Por otra parte, consideró que existía un peligro de entorpecimiento de la investigación pues se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados, y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Contra esta resolución, la defensa presentó un recurso de casación.
4-may-2022Freire Posse (causa N° 32333)Una mujer fue procesada con prisión preventiva por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con defraudación por desbaratamiento de derechos acordados en carácter de partícipe necesaria y estelionato cometido en veintiocho oportunidades en calidad de partícipe necesaria. La mujer aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y no registraba rebeldías. Por motivos de salud, fue detenida en modalidad domiciliaria. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido de excarcelación, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido. Entre otras cuestiones, sostuvo que la imputada, si bien contaba con un arraigo, poseía medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia. Asimismo, indicó que existía un claro indicador de riesgo de fuga ante una eventual condena que, por la gravedad de los hechos atribuidos, no podría ser dejada en suspenso. También señaló que existía peligro de entorpecimiento porque había imputados prófugos relevantes para la investigación y porque se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
4-may-2022Fernández (causa N° 12370)Un hombre intentó sustraer de manera ilegítima un medidor de luz. Por este hecho, fue imputado y procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple en grado de tentativa. Al momento de su detención, si bien no se pudo constatar su domicilio, se identificó correctamente. El hombre registraba antecedentes penales agotados y no registraba rebeldías anteriores ni incumplimientos procesales. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido, por considerar que había un riesgo de fuga que justificaba la medida. En esa línea, explicó, por un lado, que la ausencia de un domicilio constatado en forma fehaciente demostraba lo incierto de su arraigo y, por el otro, que sus antecedentes condenatorios impedían que una eventual pena pueda ser dejada en suspenso y que incluso podría corresponderle una nueva declaración de reincidencia. Por ello, concluyó que eso permitía suponer que el acusado no cumpliría con las condiciones a las que podría sujetarse su libertad. Además, consideró que el tiempo de detención no era desproporcionado con relación al monto y la modalidad de la eventual sanción. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
4-may-2022Ceballos (causa N° 50698)Un hombre había sido procesado por el delito de encubrimiento por receptación con ánimo de lucro. En la etapa de juicio oral, el imputado junto a su defensa celebró un acuerdo conciliatorio con la madre del presunto damnificado. Se corrió vista del acuerdo al representante del Ministerio Público Fiscal, que se opuso a su homologación. En su dictamen sostuvo que el sujeto pasivo del delito de encubrimiento era la administración pública, lo que hacía imposible que el proceso culminara con una conciliación entre particulares. Asimismo, afirmó que los artículos 25 y 30 del Código Procesal Penal Federal impedían a la fiscalía prescindir de la acción penal en delitos como el investigado. El tribunal oral, de manera unipersonal, rechazó la homologación del acuerdo. Para así decidir, se basó en los argumentos del fiscal. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, indicó que en los casos de conciliación la opinión del Ministerio Público Fiscal no resultaba vinculante. Así, explicó que en el caso, al tratarse de la receptación de un objeto robado con ánimo de lucro, debía preponderar el contenido económico del delito. Por último, remarcó que no se había convocado a una audiencia para escuchar a la persona imputada ni a la presunta víctima.