Buscar por Voces ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO (AUH)

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31-jul-2019DNP (Causa N° 33836)Una pareja vivía en Tucumán con sus dos hijos menores de edad. Debido a que le mujer sufrió distintos hechos de violencia domestica por parte de su pareja, lesiones y amenazas de muerte, efectuó la denuncia por violencia de género, y luego a fin de resguardar su integridad personal y las de los niños decidió trasladarse la provincia de Río Negro donde vivía su madre. Allí, el grupo familiar habitaba en una vivienda precaria y la progenitora no contaba con un trabajo estable, y sus ingresos provenían de los trabajos de limpieza en casas de familia y de la venta de artesanías. En ese contexto económico, la mujer se hacía cargo de sus dos hijos y no tenía ningún tipo de contacto ni percibía el pago de alimentos por parte del progenitor. En consecuencia, inició los trámites ante la ANSES para que se le otorgara la Asignación Universal para Protección Social (AUH). No obstante, su pedido fue rechazado dado que el progenitor de los niños registraba una deuda bajo el régimen de monotributo en AFIP. Por ese motivo, la mujer con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial de Viedma interpuso una acción de amparo contra la ANSES y solicitó como medida cautelar el cobro de la prestación hasta que se resolviera la cuestión. Entre sus argumentos, sostuvo que estaban lesionando derechos fundamentales para ella y sus hijos. Asimismo, expresó que la decisión de la ANSES resultaba incompatible con los derechos de protección social de niños, niñas y adolescentes, con su dignidad personal y el derecho a la vida. Por su parte, la demandada consideró que debía rechazarse la acción intentada. Además, resaltó que en virtud de lo dispuesto en el decreto 1602/2009 ambas prestaciones resultaban incompatibles. En ese sentido, destacó que en la medida que el progenitor de los niños se encontrara inscripto en AFIP en actividades autónomas no se podría liquidar la AUH. En ese marco, se concedió la medida cautelar para que los niños pudieran percibir la AUH hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo.
1-jul-2020CYI (Causa N° 100663)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus dos hijas. El progenitor de las niñas estaba cumpliendo una condena penal y habían perdido todo tipo de contacto. En ese contexto, la mujer estaba desempleada y percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH), la cual le había sido otorgada por una medida cautelar en el año 2016. Sin embargo, en agosto de 2019 la ANSES comenzó a incumplir con la medida judicial. En esa oportunidad, la ANSES le informó que el cese del pago se debía a que el progenitor seguía registrado en su antiguo empleo. En consecuencia, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo para que se reanudara el pago de la asignación y se le abonara el retroactivo por los meses que no percibió. Por su parte, la ANSES consideró que la vía del amparo era improcedente. El juzgado de primera instancia hizo lugar a lo peticionado. Contra esa decisión, la ANSES apeló.
6-abr-2021MMB (Causa N° 17114)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo. Asimismo, hacía más de trece años que no tenía vínculo con el padre del niño. Desde el año 2018, la mujer percibió una asignación familiar que dejaron de abonársela en diciembre de 2019 cuando finalizó el cobro del seguro de desempleo. Por ese motivo, solicitó a la ANSES que le otorgara la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). No obstante, la entidad rechazó la petición dado que el niño se encontraba vinculado a su padre que estaba inscripto como monotributista y tenía una deuda con la AFIP. En consecuencia, la mujer se presentó en el Ministerio de Desarrollo Social para registrar que era la única que se encontraba a cargo del niño. Con esa información actualizada, volvió a concurrir a la ANSES. No obstante, rechazaron su solicitud. Por ese motivo, con el patrocinio de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social se le envió un oficio a la ANSES, pero no se obtuvo respuesta. En consecuencia, la mujer presentó una acción de amparo para que la ANSES le otorgara la AUH por su hijo. Por su parte, la demandada expresó que la actora confundía la asignación familiar que si había percibo con la AUH que nunca percibió. Agregando que, son asignaciones distintas y que no reunía con los requisitos para su cobro.
27-abr-2021PLE (Causa N° 42676)Un hombre se encontraba al cuidado de su hijo adolescente y de sus cuatro hijas, la menor de las niñas tenía una discapacidad. Asimismo, el grupo familiar se encontraba en una situación de vulnerabilidad socioeconómica, y el hombre no tenía un trabajo estable. En ese contexto, se había solicitado a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) la pensión no contributiva por discapacidad para la niña, encontrándose pendiente de resolución el trámite. En virtud de ello, el progenitor se presentó ante la ANSES para solicitar la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) en favor de sus cuatro hijos, y en particular, para la menor de las niñas solicitó la AUH para hijos con discapacidad. No obstante, la ANSES rechazó su pedido dado que la progenitora desde el 2017 percibía una pensión para madre de siete hijos. En consecuencia, el hombre con representación de la Defensoría Pública Oficial de Villa María presentó una acción meramente declarativa de inconstitucionalidad. En esa oportunidad, solicitó que se declarara la inaplicabilidad y/o inconstitucionalidad del artículo 9 del 1602/2009 que establecía que la AUH resultaba incompatible con el cobro de cualquier prestación contributiva o no contributiva. Además, solicitó que se abonaran los períodos no liquidados correspondientes a los dos años anteriores a la demanda. Por su parte, la ANSES se presentó solicitando el rechazo de la demanda. Entre sus argumentos, expresó que el actor se encontraba en situación de incompatibilidad para percibir el beneficio pretendido. El juzgado que intervino le imprimió a la acción el trámite de juicio ordinario. En virtud de ello, la defensa presentó un recurso de apelación porque consideró que esa decisión resultaba arbitraria, y no tuvo en cuenta naturaleza alimentaria de la medida. La Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso y consideró que debía imprimirse el trámite de amparo a la acción. Con posterioridad, el juzgado hizo lugar parcialmente a la acción, y declaró la inaplicabilidad del artículo 9 del decreto 1602/2009 y ordenó a la ANSES a que incorporara al régimen universal por Hijo a las niñas y a su hermano. Asimismo, dispuso que se abonaran las sumas retroactivas desde la fecha de interposición de la demanda. No obstante, respecto a la AUH para la niña con discapacidad consideró que la pensión no contributiva por invalidez estaba alcanzada por el régimen de incompatibilidad con la AUH por hijo con discapacidad ya que eran dos prestaciones destinadas a la misma persona y que cubrían contingencias similares o análogas, y que al momento de resolver la causa la ANDIS ya había resuelto el trámite de la pensión de manera favorable para la niña. Contra esa decisión, ambas partes interpusieron un recurso de apelación.
7-jun-2021BNA (Causa N° 5302)Una mujer percibía la Asignación Universal por hijo para Protección Social (AUH) por su hija menor de edad. En esa época, sufría violencia de género por parte del progenitor de la niña. En ese contexto, realizó una denuncia y el juzgado de familia dictó una medida cautelar de prohibición de acercamiento del progenitor hacia ellas. Desde ese momento, la mujer y su hija no tuvieron vínculo con el hombre. Luego, la ANSES interrumpió el pago de la AUH. Por ese motivo, la mujer concurrió al organismo a fin de solicitar información. En esa oportunidad, le comunicaron que existía una incompatibilidad dado que el progenitor de su hija se había inscripto como trabajador autónomo. En ese sentido, el organismo señaló que su Resolución 2019/11 consideraba como grupo familiar a ambos progenitores, sin importar si estaban separados o divorciados. En ese marco, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo solicitando que se restableciera el pago de la AUH y se pagaran los importes adeudados desde su suspensión. Entre sus argumentos, expuso que se encontraba en situación de vulnerabilidad económica, familiar y social. Asimismo, señaló que cumplía con todos los requisitos impuestos por la Ley Nº 24.714 del Régimen de Asignaciones Familiares. A su vez, solicitó una medida cautelar a fin de restablecer el pago inmediato de la asignación. Con posterioridad, la ANSES se presentó en el expediente. En su contestación, expuso que se había limitado a cumplir con las disposiciones normativas y administrativas. Por ello, solicitó se rechazara el amparo. En ese sentido, indicó que según la Ley Nº 24.714 de asignaciones familiares, no correspondía su pago cuando el titular del monotributo no estaba al día con el pago de los aportes, como era el caso del progenitor. Asimismo, advirtió que se encontraba vencido el plazo para promover la acción, según lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley Nº 16.986 de acción de amparo.
25-jun-2021GYM (Causa Nº 20051)Una mujer se encontraba desempleada y al cuidado exclusivo de sus dos hijos, uno de ellos con discapacidad, quien tenía un trastorno del espectro autista. A su vez, se encontraba separada del progenitor de los niños y había perdido todo contacto con él luego de retirados episodios de violencia de género. Asimismo, la mujer era el único sostén económico y no recibía ningún tipo de percepción económica en concepto de alimentos por parte del progenitor. En ese contexto, percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) con relación a su hija, y la Asignación Universal por Hijo con discapacidad por su hijo. Sin embargo, de forma repentina la ANSES interrumpió el pago de las prestaciones. En esa oportunidad, la mujer concurrió al organismo a fin de solicitar información y reclamó que se le reanudara el pago. Sin embargo, la ANSES le informó que el progenitor de sus hijos se encontraba inscripto como monotributista y registraba una deuda en el pago de aportes. Agregando que, conforme a esa situación no correspondía el pago de las asignaciones por considerarse incompatible con el régimen de monotributo. En ese marco, la mujer con representación de Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social presentó una acción de amparo. En su planteo, sostuvo que la actuación de la ANSES equivalía a imponerle una sanción por la deuda del otro progenitor con quien no conformaban un mismo grupo familiar desde hace más de seis años. En esa presentación se acompañó un informe del Programa de Problemáticas Sociales de la Defensoría General de la Nación que dejó constancia de la violencia de género que sufrió la progenitora y sus hijos por parte de su ex pareja. Con posterioridad, la ANSES contestó demanda. En su presentación, planteó la inadmisibilidad de la vía de amparo porque se encontraba vencido el plazo para promoverlo. A su vez, planteó la prescripción de los importes.
9-ago-2021BEB (Causa N° 37743)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo con discapacidad tras separarse del progenitor. Asimismo, el niño no tenía contacto con su padre ni recibía de él ningún aporte en concepto de alimentos. Por otra parte, la mujer trabajaba de manera informal como empleada doméstica. En ese contexto, la mujer solicitó a la ANSES que le abonara la Asignación Universal por hijo con discapacidad. No obstante, le informaron que el padre del niño se encontraba inscripto como trabajador autónomo y en ganancias ante la AFIP y eso generaba una incompatibilidad para percibir la prestación. En consecuencia, la mujer con representación de la Defensoría Pública Oficial de San Martín inició una acción de amparo. Asimismo, interpuso una medida cautelar para que la ANSES le abonara el pago de la AUH por hijo con discapacidad hasta que se dictara una sentencia definitiva. El juzgado que intervino no hizo lugar a la medida cautelar. Para decidir así, sostuvo que era necesario contar con mayores precisiones sobre la naturaleza, origen y alcance de la prestación solicitada. Contra esa decisión, la actora interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, la mujer expuso que se estaba afectando los derechos fundamentales de su hijo con discapacidad colocándolo en una situación de vulnerabilidad y desprotección.
10-sep-2021PRI (Causa N° 7212)Un hombre se encontraba al cuidado exclusivo de sus cuatro hijos menores de edad. Sin embargo, el progenitor no contaba con un empleo permanente y subsistían de algunos trabajos informales que realizaba. No obstante, debido a la situación socioeconómica en que se encontraba inmerso el hombre y sus hijos, recibía un refuerzo alimentario por parte de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Toay para cubrir las necesidades alimentarias del grupo familiar. Asimismo, la progenitora de los niños no tenía contacto con los niños ni realizaba aportes en concepto de alimentos. En ese contexto, el hombre se presentó ante la ANSES para solicitar el pago de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) por sus cuatro hijos. No obstante, la entidad rechazó su pedido dado que la madre de los niños cobraba la pensión para madre de siete hijos y eso generaba una incompatibilidad para percibir la AUH. Por ese motivo, el hombre con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial de Santa Rosa interpuso una acción de amparo contra la ANSES. Entre sus argumentos, solicitó que se declarara la inaplicabilidad y/o inconstitucionalidad del artículo 9 del DNU 1602/2009 que regula las incompatibilidades con la AUH. Por su parte, la demandada solicitó el rechazo de la demanda. En ese sentido, consideró que existía una normativa que regulaba las situaciones de incompatibilidad como la que tenía el actor y por lo tanto no correspondía el pago de la AUH. Además, consideró que la vía del amparo no era el mecanismo idóneo para estudiar la inconstitucionalidad de las normas.
30-sep-2021RAL (Causa N° 6018)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus dos hijos menores de edad. En ese contexto, no tenía trabajo ni recibía ninguna ayuda por parte del progenitor. Además, no contaba con ninguna prestación social. En ese contexto, la mujer tramitó ante la ANSES el pago de la Asignación por Hijo para Protección Social (AUH) respecto de sus dos hijos. Con posterioridad, la entidad otorgó la prestación. No obstante, en el 2020 dejó de percibir el pago por la asignación. En esa oportunidad, la ANSES le informó que no le correspondía la AUH dado que el progenitor de los niños se encontraba registrado como monotributista y aportaba a la Caja de Profesionales de la Provincia. Esa situación generaba una incompatibilidad para percibir la prestación. Por su parte, la mujer le informó a la ANSES que el progenitor ya no era parte del grupo familiar y que debían actualizar la información en los registros, pero no obtuvo respuesta. Con posterioridad, la mujer envió una intimación a la entidad y le volvieron a negar la prestación. Por ese motivo, la mujer interpuso una acción de amparo contra la ANSES. Entre sus argumentos, sostuvo que la negativa de la brindar las prestaciones era arbitrario, ilegítimo y discriminatorio. En ese contexto, intervino la Defensoría Pública Oficial de Entre Ríos asumiendo la representación complementaria y a fin de garantizar los derechos fundamentales de los niños involucrados. Por su parte, la ANSES manifestó que el amparo no era una vía admisible y que obró conforme a derecho. En ese sentido, resaltó que el pago de la AUH era incompatible con la situación del progenitor.
14-oct-2021OSS (Causa N° 10122)Una mujer se separó de su pareja con quien tenían dos hijas. En esa época, la mujer no tenía trabajo y percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). Asimismo, se encontraba al cuidado exclusivo de sus hijas. En ese contexto, el progenitor no cumplía con sus deberes parentales, y no tenían vínculo con el hombre desde hacía más de cinco años. Con posterioridad, la mujer dejó de cobrar la asignación. En consecuencia, la mujer se presentó ante la ANSES. En esa oportunidad, le informaron que la suspensión se debía a que el padre de las niñas estaba registrado como autónomo. Por ese motivo, concurrió al Ministerio de Desarrollo Social para informar que ella era la única adulta a cargo de las niñas y que ya había denunciado que el progenitor incumplía con sus deberes de asistencia familiar. No obstante, su petición no fue resuelta. Por ese motivo, con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo contra la ANSES para que le restableciera el pago de la AUH por sus dos hijas. En esa oportunidad, destacó que el progenitor no sólo incumplía con sus obligaciones parentales, sino que ya no pertenecía al grupo familiar. Por su parte, la ANSES contestó que la mujer no tenía derecho al reclamo de la asignación dado que los autónomos se encontraban excluidos del régimen de asignaciones. Agregando que, la AUH era incompatible con la situación del progenitor como trabajador autónomo. Asimismo, se opuso a la admisibilidad de la acción de amparo.
19-oct-2021SMM (Causa N° 1080)Una pareja se separó y acordó extrajudicialmente que el progenitor quedaría a cargo del cuidado personal de los tres hijos menores de edad que tenían en común. Por su parte, uno de los niños tenía una discapacidad por un tumor maligno en el riñón. En esa época, el progenitor no tenía empleo formal. Por esa razón, el hombre inició ante la ANSES el trámite para percibir la pensión no contributiva por discapacidad de su hijo. De forma paralela, solicitó la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) respecto de los tres niños. Sin embargo, el organismo rechazó el pedido de la AUH ya que existía una incompatibilidad por la pensión para madres de siete hijos que percibía la progenitora. En ese marco, el hombre con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial de Santa Rosa inició una acción de amparo contra la ANSES. En primer lugar, solicitó que se declarara la inaplicabilidad o inconstitucionalidad de la normativa que establecía la incompatibilidad de las prestaciones. Asimismo, peticionó que se ordene a la ANSES que incorporara como beneficiarios de la AUH a los tres niños y, a su vez, abonara las sumas retroactivas desde la primera presentación que se realizó ante el organismo. Por su parte, la ANSES contestó demanda y solicitó su rechazo. Entre sus argumentos, señaló que el amparo era inadmisible. En cuanto a los beneficios, sostuvo que existía un impedimento previsto en la normativa y que no correspondía el pago de la AUH dado que la progenitora percibía la pensión de madre de siete hijos. En ese marco, el juez dispuso una medida cautelar para que el hombre pudiera percibir el cobro de la AUH mientras duraba el proceso. Con posterioridad, el hombre informó que se había resuelto favorablemente el trámite de la pensión por discapacidad de su hijo. Además, mientras el proceso se sustanciaba el hombre informó que obtuvo un empleo formal. En consecuencia, el juez dispuso la cancelación del cobro cautelar durante el proceso.
3-nov-2021KRS (Causa N° 18667)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo menor de edad. En ese contexto, se había separado del progenitor del niño, con quién no tenía vínculo y además no cumplía con el pago de la cuota alimentaria. Dado que, la mujer era el único sostén económico trabajó de manera informal en una peluquería hasta la pandemia Covid-19. Luego, la progenitora se quedó sin trabajo dado que le resultó imposible continuar sin ayuda para el cuidado del niño. Hasta 2019 la mujer percibió una asignación familiar que dependía del trabajo en relación de dependencia del progenitor. Con posterioridad, el hombre quedó desempleado y la mujer dejó de recibir la asignación. En consecuencia, la progenitora inició un trámite ante la ANSES para que se le otorgara la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). No obstante, la ANSES rechazó la petición dado que el padre del niño como grupo familiar ya percibía una asignación familiar. Por ese motivo, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de las Seguridad Social interpuso una acción de amparo contra la ANSES. Entre sus argumentos, sostuvo que ella era quien se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo y que, por lo tanto, era quien debía percibir la AUH. Asimismo, resaltó que el progenitor del niño ya no formaba parte del grupo familiar. Además, destacó el carácter alimentario que tenía la prestación social. Por su parte, la demandada se presentó y solicitó el rechazo de la demanda por considerar que ya había transcurrido el plazo legal dispuesto en la Ley Nº 16.986 para interponer la acción de amparo. Además, señaló que esa acción era un recurso excepcional.
7-dic-2021GGR (Causa N° 12113)Un hombre tenía el cuidado personal unilateral de sus dos hijos menores de edad. Por su parte, la progenitora no participaba de la crianza de los niños ni tenía contacto con ellos. En ese momento, el hombre no tenía un empleo estable sólo realizaba trabajos informales. En consecuencia, los recursos económicos de la familia eran escasos. En ese marco, el hombre solicitó ante la ANSES la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) por los dos niños. Sin embargo, el organismo rechazó la solicitud. En esa oportunidad, le informó al hombre que la progenitora percibía una pensión no contributiva para madres de siete hijos o más. De esa manera, se generaba una incompatibilidad según lo dispuesto por el Decreto 1602/09 de Asignaciones Familiares. Con posterioridad, el progenitor, asistido por la Defensoría Pública de Santa Rosa, realizó una presentación por escrito ante la ANSES, pero fue denegado. En consecuencia, interpuso una acción de amparo contra el organismo. En su planteo, solicitó la inconstitucionalidad de la normativa que disponía la incompatibilidad. A su vez, solicitó que se abonaran las sumas retroactivas desde la presentación por escrito ante la ANSES. Luego, el organismo se presentó y solicitó el rechazo de la acción invocando la incompatibilidad prevista por la normativa. Durante el desarrollo del proceso, los hijos del hombre adquirieron la mayoría de edad. Con posterioridad, el juez de primera instancia consideró procedente la acción. Para así decidir, consideró que la normativa invocada por la ANSES era inaplicable ya que la AUH y la pensión para madres de siete hijos atendían necesidades diferentes. En su decisión, el magistrado también consideró procedente la petición del cobro retroactivo de las sumas y ordenó el pago desde la primera presentación por escrito ante la ANSES hasta que ambos hijos adquirieron la mayoría de edad. Contra esa decisión, la ANSES interpuso un recurso de apelación.
21-dic-2021GNF (Causa N° 8577)Un hombre se encontraba al cuidado exclusivo de sus cinco hijos menores de edad. Además, no tenía empleo estable y realizaba trabajos ocasionales de jardinería y albañilería. Además, alquilaba un garaje en donde vivía el grupo familiar, y al no contar con ingresos fijos debió vender los pocos objetos que tenía para afrontar el pago del alquiler. No obstante, debido a la situación económica comenzó a tener deudas por los servicios de luz y gas. Asimismo, la progenitora de los niños no tenía vínculo con ellos y tampoco colaboraba con su alimentación, lo cual afectó aún más la economía familiar. En ese contexto, el hombre solicitó la Asignación Universal por Hijo para Protección social (AUH) que le fue concedida para sus cinco hijos. Con posterioridad, la progenitora tuvo otros hijos y solicitó la pensión de madre de 7 hijos que le fue asignada. En consecuencia, a fines de 2015 el hombre dejó de percibir la AUH dado que la ANSES consideró que era incompatible con la pensión no contributiva que cobraba la progenitora. Por ese motivo, el hombre con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial de Santa Rosa interpuso una acción de amparo contra la ANSES. Entre sus argumentos, destacó que en ocasiones no conseguía ningún trabajo y por lo tanto no podía garantizar a sus hijos una vida digna. En ese sentido, el ingreso de la AUH resultaba imprescindible para cubrir los gatos de subsistencia. Además, resaltó que la mujer ya no convivía con los niños y tampoco tenía vínculo con ellos. El juzgado que intervino hizo lugar a la demanda. Para decidir así, contempló como beneficiarios a tres de los niños y les otorgó la AUH. Con respecto a los otros dos hijos, ordenó que se liquidaran las sumas adeudadas hasta la fecha en las cuales adquirieron la mayoría de edad. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, sostuvo que el Ministerio de Desarrollo Social le había otorgado a la madre de los niños una pensión y que por lo tanto eran destinatarios de ese beneficio social. Además, resaltó la incompatibilidad que se producía entre la AUH y la pensión para madres de siete hijos.
29-mar-2022OLB (Causa N°8770)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo. Asimismo, la mujer estaba desocupada, no contaba con ingresos económicos para solventar las necesidades básicas del grupo familia, y solo recibía alimentos que le entregaba la municipalidad de Villa María. Ante esa situación, solicitó a la ANSES la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) en favor de su hijo. En ese contexto, el Registro Único de Beneficios informó que el progenitor del niño era beneficiario de una renta vitalicia que percibía del fallecimiento de su padre, la cual se había dado de baja en 2016 pero continuaba percibiendo un porcentaje de la renta previsional. En consecuencia, se solicitó un informe a la compañía aseguradora, quien explicó que en el contrato surgía que la renta vitalicia se extendería hasta que el progenitor cumpliera los 25 años, por lo que dejaría de percibirla en noviembre de 2022. Con posterioridad, se libró un oficio la ANSES para que otorgara la AUH al niño y se liquidaran también los periodos adeudados de los últimos dos años antes del reclamo administrativo. La ANSES solicitó que se emitiera un oficio judicial para cumplir con lo que se le había solicitado. En consecuencia, la mujer con representación de la Defensoría Pública Oficial de Villa María interpuso una acción de amparo. Por su parte, el organismo contestó que existía una incompatibilidad para otorgarle la AUH por ser el progenitor beneficiario de una renta vitalicia.
18-abr-2022GGB (Causa Nº 11109)Una mujer era el único sostén económico de su grupo familiar, el cual estaba integrado por ella y sus dos hijos menores de edad. Si bien se encontraba inscripta en el régimen de monotributo, sus ingresos no resultaban suficientes para hacer frente a las necesidades de los integrantes de la familia. Por ese motivo, percibía el salario familiar ¬(SUAF) por su hija adolescente dado que, en ese caso, su progenitor tenía empleo formal. Sin embargo, respecto del menor de sus hijos, su progenitor no cumplía con el deber alimentario y desde hacía tiempo no tenían contacto alguno. En ese contexto, la mujer concurrió en varias oportunidades a la ANSES a fin de solicitar la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) a favor del niño. No obstante, el organismo rechazó su solicitud con el argumento de que el progenitor se encontraba inscripto como monotributista. En consecuencia, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo. En su planteo, solicitó se otorgue el pago de la asignación. Además, solicitó el pago de los importes retroactivos desde la primera vez que concurrió a la ANSES a solicitar la prestación. Con posterioridad, la demandada se presentó en el expediente y solicitó el rechazo de la acción. En esa oportunidad, sostuvo que ambos progenitores se encontraban inscriptos como monotributista y de ello resultaba una incompatibilidad para el cobro de la AUH. Por último, la demandada advirtió el carácter excepcional de la vía del amparo y opuso la excepción de prescripción.
20-abr-2022ACMC (Causa 21355)Una mujer percibía la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social (AUH) por sus dos hijas menores de edad. En esa época, convivía con el padre de sus hijas. Con posterioridad, la mujer denunció a su pareja por violencia de género. En consecuencia, en agosto de 2019, se dictó una medida de exclusión de hogar y prohibición de acercamiento por abuso sexual contra una de las niñas. Por ese motivo, perdieron contacto con este y no recibieron ningún tipo de ayuda económico de su parte. En noviembre de 2019, la mujer se encontraba desempleada y de manera repentina dejó de percibir la AUH. Debido a ello, en diciembre de 2019, concurrió a la ANSES para consultar la causa de la interrupción de la prestación. En esa oportunidad, le comunicaron que el progenitor se encontraba inscripto en el régimen de monotributo desde septiembre de ese año y que, entonces, existía una incompatibilidad para que se le asignara la AUH. Ante esa situación, la mujer con representación de la Unidad de Letrados móviles ante el Fuero de la Seguridad Social interpuso una acción de amparo. Entre sus argumentos, sostuvo que no tenía vínculo con el progenitor de las niñas y que ya no conformaban un mismo grupo familiar. De esa manera, solicitó que la ANSES restituya el cobro de la asignación. Además, solicitó el pago retroactivo de los importes suspendidos y una medida cautelar para percibir las asignaciones actuales. Por su parte, la ANSES contestó la demanda. En esa ocasión, el organismo sostuvo que la mujer no reunía los requisitos para percibir la asignación en virtud de la condición de autónomo que tenía el progenitor de sus hijas. El juzgado de primera instancia hizo lugar al planteo y ordenó a la ANSES a que restableciera la AUH. En ese marco, la demandada presentó un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que la mujer no había realizado el correspondiente reclamo administrativo previo. Además, señaló que el plazo que se le había impuesto para restablecer la prestación social contradecía lo dispuesto en el artículo 22 de la ley Nº 24.463 de Reforma a la Legislación Previsional que establecía un plazo de 120 días hábiles para el cumplimiento de sentencias contra la ANSES.
3-may-2022Herrera (Causa Nº 5153)Luego del fallecimiento de su hermana, una mujer de la comunidad Wichi se había hecho cargo del cuidado de su sobrina adolescente y de la hija que su sobrina tenía. A partir de ese momento, la mujer comenzó el trámite de tutela de su sobrina ante el fuero de familia de Tartagal. Su grupo familiar era numeroso y su único recurso económico provenía de una pensión no contributiva. En ese marco, solicitó a la ANSES la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) a favor de su sobrina. Sin embargo, un agente de ANSES rechazó en forma verbal el pedido y le denegó el inicio del expediente administrativo para su obtención. Entre sus argumentos, señaló que no contaba con la sentencia de guarda. La mujer, con la asistencia de la Defensoría Federal, envió a la ANSES las constancias del expediente de tutela, pero no obtuvo respuesta. Por ese motivo, inició una acción de amparo contra el organismo. En su presentación, sostuvo que su hermana cobraba la referida asignación, por lo que la suspensión luego de su muerte era una conducta arbitraria que afectaba los derechos a la seguridad social de su sobrina. La ANSES se presentó y planteó que había cumplido en informar a la actora que debía acreditar la correspondiente sentencia de tutela para obtener la AUH. A su vez, agregó que no resultaba posible percibir ese beneficio y una pensión no contributiva de manera conjunta, según lo establecido por el artículo 9 del decreto 1602/2009 que incorporaba el subsistema no contributivo de asignación universal por hijo. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. En consecuencia, la amparista interpuso un recurso de apelación.
16-may-2022LHIE (Causa N° 9478)Desde enero de 2019, una mujer percibía la Asignación Familiar por Hijo (SUAF) por sus tres hijos menores de edad dado que su progenitor tenía un trabajo en relación de dependencia. En julio de 2020 la mujer se separó de su pareja por motivos de violencia de género. En ese contexto, la mujer no tenía trabajo. Por ese motivo, solicitó ante la ANSES el “formulario Madres” para que el cobro de la asignación lo obtuviera ella que estaba al cuidado exclusivo de sus hijos. Hasta octubre de 2020 percibió la asignación de manera ininterrumpida y luego, dejó de cobrarla sin aviso. En consecuencia, presentó un oficio a la ANSES para que le informaran lo que había sucedido. En marzo de 2021, la entidad contestó que había dejado de liquidar la asignación dado que el padre de los niños superaba el haber máximo individual. Desde entonces, la mujer no recibió ninguna prestación social. Por ese motivo, con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo contra la ANSES para que le otorgara la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) por sus tres hijos menores de edad. Asimismo, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de la resolución 11/2019 de la ANSES que regulaba los requisitos de la AUH por considerarla irrazonable y arbitraria. Asimismo, resaltó que para denegarse la prestación se estaba teniendo en cuenta la situación laboral del progenitor que ya no formaba parte del grupo familiar. Agregando que, la AUH se presentaba como el único modo en que podía garantizar la subsistencia de sus hijos. Por su parte, la ANSES contestó la demanda y señaló que la mujer no tenía derecho a lo peticionado dado que el progenitor de los niños trabajaba en relación de dependencia.
8-jun-2022ARCF (Causa Nº 30213)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus cuatro hijos. Hacía más de cinco años que se había separado del progenitor de los niños, quienes no tenían contacto con su padre ni recibían de él ningún aporte económico para su manutención. Asimismo, la mujer tenía un trabajo informal como personal doméstico, pero no le alcanzaba para cubrir las necesidades básicas. En ese contexto, la mujer percibió por más de nueve años la AUH en favor de sus hijos. Con posterioridad, la ANSES decidió interrumpir el pago de las prestaciones. Por ese motivo, la mujer se presentó en el organismo para que le informaran lo que había sucedido. En esa oportunidad, le explicaron que el progenitor de los niños se encontraba inscripto como monotributista y, además, tenía una deuda con la AFIP. Asimismo, el progenitor se encontraba privado de libertad y sin trabajo, imposibilitado de abonar lo adeudado. Dada esa situación, la ANSES informó que se generaba una incompatibilidad para percibir la AUH. En consecuencia, la mujer con representación de la Defensoría Pública Oficial de San Martín inició una acción de amparo. Entre sus argumentos, sostuvo que el comportamiento de la ANSES fue arbitrario e ilegal dado que afectaba las condiciones de vida de sus hijos. Además, resaltó el carácter alimentario de la AUH. Por su parte, la ANSES postuló la inadmisibilidad de la acción de amparo por la ausencia de presupuestos necesarios. Además, opuso la prescripción liberatoria.