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FechaTítuloResumen
17-abr-2019MRA (causa Nº 7511)MRA trabajó casi veinticinco años en el Banco de la provincia de Buenos Aires y obtuvo el beneficio de la jubilación ordinaria por aplicación de la ley 11.761. La movilidad de la prestación estuvo regida por los incrementos salariales producidos en el sueldo correspondiente al cargo determinativo de su haber de conformidad con lo previsto para el personal en actividad. Sin embargo, con la sanción de ley 15.008 se estableció (art. 41) que los haberes se actualizarían conforme la variación del índice de movilidad establecido en la ley N° 26.417 y sus modificatorias. Este cambio atendía a indicadores ajenos al cargo regulatorio del haber y se desentendía por completo de la naturaleza sustitutiva que debería reconocerse a la prestación jubilatoria, sin guardar proporción razonable con el sueldo del trabajador activo. Por este motivo, MRA interpuso una acción originaria de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires y solicitó la declaración de inconstitucionalidad del art. 41 de la ley Nº 15.008 porque le causaba un grave perjuicio patrimonial. Adicionalmente, solicitó que se suspendiera cautelarmente la aplicación de la norma impugnada teniendo en cuenta la naturaleza alimentaria del derecho en juego.
25-jun-2019GHY (causa Nº 37043)La señora GHY, de 76 años de edad, fue diagnosticada con fibrosis pulmonar. Su médico le prescribió un tratamiento con el medicamento Nintedanib (OFEV). Por esa razón, GHY solicitó la cobertura del fármaco a su obra social (PAMI). La entidad rechazó la solicitud porque la medicación se encontraba fuera del vademécum y solicitó que se indicara un tratamiento alternativo. GHY interpuso una acción de amparo y requirió, como medida cautelar, que se ordenase a PAMI la cobertura integral de la medicación hasta tanto recayera sentencia definitiva. El juzgado hizo lugar a la medida. Contra esa decisión, la obra social interpuso un recurso de apelación.
15-ago-2019Diaz (causa Nº 14852)Una mujer trans solicitó a su obra social la cobertura de una neo-vaginoplastia para adecuar su cuerpo a su expresión de género. Sin embargo, la entidad negó la prestación. En consecuencia, la actora inició una acción de amparo contra la obra social y requirió, como medida cautelar, la cobertura integral de la cirugía. El juzgado de primera instancia rechazó la medida cautelar porque consideró que la requirente no había acreditado el peligro en la demora que le ocasionaba no realizarse la cirugía. Contra esa resolución, la actora, con representación del Defensor Público Oficial, interpuso un recurso de apelación.
29-ago-2019BA (causa Nº 66324)En agosto de 2017, la señora BA decidió tener un hijo mediante fertilización asistida de alta complejidad con donante de esperma. Luego del nacimiento de su hija, BA –por derecho propio y representación de la niña– inició una acción de amparo contra el Estado Nacional (Ministerio de Salud y Desarrollo Social). La acción tenía por objeto que se ordenara la creación de un registro con toda la información que poseían los centros de fertilidad y bancos de gametas legalmente habilitados en el país sobre la identidad de los donantes de gametas (cfr. Art. 4º de la ley Nº 26.862). Asimismo, se requería como medida cautelar que se dispusieran los medios necesarios para conservar la información acerca de la identidad del donante de los espermas proporcionados por el centro médico que intervino en el procedimiento de fertilización asistida de su hija. El juzgado de primera instancia rechazó la medida cautelar. Contra esa resolución, BA interpuso un recurso de apelación.
sep-2019Cannabis medicinal. Informe.Informe sobre la jurisprudencia local que advirtió sobre los puntos críticos de la ley N° 27.350.
17-feb-2020Gomez Lafuente (causa N° 9568)El niño F. fue diagnosticado a los tres años con TGD (Trastorno Generalizado del Desarrollo). Su madre, en su representación, inició una acción de amparo contra su obra social con el objeto de que la entidad cubriera de modo integral las prestaciones necesarias del niño. El juzgado hizo lugar a la acción. Durante el 2019, F. cursó su primer año del nivel secundario en un instituto de enseñanza privada con la cobertura de su obra social. En diciembre, la entidad notificó a la madre del niño que a partir del año 2020 cesaría el pago porque no se encontraba contemplada en la legislación vigente la cobertura de instituciones privadas “sin integración”. Por ese motivo, la madre interpuso una acción de amparo contra la obra social y la Federación Médica Corrientes a fin de que cese en su accionar unilateral de interrumpir la cobertura de prestaciones educativas. Asimismo, solicitó una medida cautelar de no innovar hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
22-mar-2020Asesoría Tutelar CAYT Nº 2 (causa N° 2977)Un niño tenía un trastorno del espectro autista, retraso mental y deterioro del comportamiento de grado. El 19 de marzo del 2020 fue atendido por una médica psiquiatra que certificó que el niño se alteraba fácilmente y presentaba situaciones de desborde cuando se encontraba imposibilitado de salir de su hogar. Por esa razón, indicó que era necesario que realizara caminatas al aire libre con el objetivo de modular su conducta. Con motivo del aislamiento social preventivo obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, el Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Asesoría Tutelar n° 2) solicitó el dictado urgente de una medida cautelar tendiente a que el niño obtuviera permiso de tránsito para la libre circulación. A su vez requirió que, en caso de hacerse lugar a la petición, la medida fuese comunicada al gobierno de la ciudad y, por su intermedio, a la comisaría de la comuna que correspondiera al domicilio del niño.
2-abr-2020Flores (causa N° 12341)Una niña de seis años fue diagnosticada con Sindrome de Wolf HirschHom, supresión del brazo corto del cromosoma 4, epilepsia, microcefalia, retraso mental grave y otras enfermedades pulmonares obstructivas crónicas. En el año 2016 su médico tratante le prescribió internación domiciliaria las 24 horas para llevar un adecuado control de su cuadro y evitar convulsiones y enfermedades que le generasen retrocesos en su salud. En febrero de 2020, en el marco de un control médico se dispuso la reducción de las horas de internación a la mitad porque se consideró que la niña sólo era electrodependiente y no tenía otras patologías. La familia de la niña tenía escasos recursos ecónomicos y pocos conocimientos de cuidados básicos para estabilizar a la niña en supuestos de crisis. Por este motivo, la madre en su representación, intimó a la obra social para retomar la cobertura total de la internación domiciliaria por 24 horas. El requerimiento no fue contestado. En consecuencia, interpuso una acción de amparo contra la entidad y solicitó como medida cautelar que de manera urgente se cumpliera con el 100% de la cobertura. Entre sus argumentos, destacó la situación de emergencia sanitaria ante la pandemia de COVID 19 y el grave riesgo de contagio que tenía su hija por ser una paciente con enfermedades respiratoria.
3-abr-2020Toranzo (causa N° 2995)Una niña tenía discapacidad. Entre otras cuestiones, presentaba anormalidades de movilidad, dependencia a un respirador, artrodesis e incontinencia urinaria y un trastorno producido por deficiencias de las enzimas lisosomales. Su médico le recomendó un tratamiento con un medicamento que, suministrado de forma mensual, iba a estabilizar la enfermedad, evitar que progresara y revertir algunos síntomas. La prestación, suministrada por el programa Incluir Salud, fue suspendida en noviembre de 2019. La familia de la niña se encontraba en una precaria situación económica y no podría afrontar el pago del medicamento. En el marco de otro proceso se le había otorgado un subsidio habitacional a fin de que accediera a una vivienda que reuniera las condiciones necesarias para que fuera habitable por la niña. La madre de la niña, en su representación, intimó al programa y al Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que la prestación fuera reanudada. La solicitud no fue contestada. Entonces, la defensoría interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar la entrega en el plazo de dos días de la medicación o los fondos para acceder a la misma. Además, solicitó la prestación bajo apercibimiento de embargar los fondos suficientes para efectuar la compra directa del medicamento.
4-abr-2020Echeverria (causa N° 2998)Una familia en situación de vulnerabilidad se dedicaba a la recolección de materiales reciclables (cartones) como único modo de  subsistencia. A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y la disposición de aislamiento obligatorio debieron cesar su actividad. La familia no percibía ningún tipo de beneficio social y no se encontraba inscripta en ningún comedor comunitario que les permitiera retirar viandas de comida. El único alimento que ingerían era proporcionado por una vecina del predio que habitaban. La asesoría tutelar se presentó en representación de la familia y solicitó, a través de una comunicación telefónica, que se dispusiera una medida cautelar autónoma. En particular, requirió que se ordenara al gobierno de la ciudad de Buenos Aires la elaboración de una propuesta para brindarle al grupo familiar el monto de dinero suficiente para que accediera a una alimentación adecuada y a los productos de higiene y limpieza necesarios por el tiempo que durase el aislamiento obligatorio.
7-abr-2020Rojas (Causa N°3005)Un grupo de vecinos de la Villa 31 denunció al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) por la falta del servicio de recolección de residuos y fumigaciones. En la presentación se requirió que se limpiaran las casas desocupadas, donde se acumulaban escombros y basura y contribuían a la proliferación del mosquito vector del dengue. Asimismo, se señaló que, en caso de contagio, las personas afectadas acudirían al hospital y estarían expuestas al contagio del coronavirus. El GCBA no respondió al reclamo. Por ese motivo, la defensoría local requirió el dictado de una medida cautelar autónoma de carácter colectivo contra el GCBA con el objeto de que garantizase el derecho a vivir en un ambiente sano y adecuado. Puntualmente, peticionó que realizasen las acciones tendientes para lalimpieza de escombros de demolición, desperdicios, reservorios de agua y cualquier otro tipo de basura que existiese, con foco en el sector “Bajo Autopista”. Además, solicitó que se fumigasen todos los domicilios de la zona contra el mosquito portador del dengue y desratizase la totalidad del barrio.
10-abr-2020Unión de Trabajadores de la Educación de Capital (causa N° 3018)A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y la disposición de aislamiento obligatorio, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires suspendió las clases en las escuelas. Asimismo, estableció que el equipo de conducción de cada establecimiento educativo debía organizar una guardia docente para el funcionamiento del comedor escolar en el caso que se brindara ese servicio, o bien asegurasen la entrega del refrigerio o vianda a los padres o madres de alumnos y alumnas. En ese sentido, dispuso que la guardia estaría compuesta por el personal de conducción y por la cantidad de docentes necesaria para su funcionamiento. El sindicato de docentes denunció que el GCBA y la ART no brindaban los elementos básicos de protección ni medidas integrales de seguridad suficientes que evitar el contagio del COVID-19. En consecuencia, solicitó una medida cautelar autónoma de carácter colectivo. La presentación requirió que se ordenase al GCBA que adoptase las medidas necesarias para que previniera contagios de manera inmediata y a la ART que diera cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, control y supervisión del empleador.
17-abr-2020Moya (causa N° 3040)Un grupo de trabajadores y trabajadoras de la salud que prestaban tareas de enfermería del Hospital Ramos Mejía solicitaron al director del nosocomio ropa de trabajo y equipos de protección de bioseguridad. El reclamo se fundamentó en que el hospital iba a recibir pacientes con COVID-19. El grupo no obtuvo respuesta. Por ese motivo, presentó una acción de medida cautelar autónoma colectiva contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de que se ordenara el suministro de elementos de protección personal. Además, requirió que se le ordenara a su ART el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y control y la supervisión del empleador.
20-abr-2020Asociación de Clínicas y Sanatorios y Federación Médica del Chaco (causa N° 1331) (Cám)El Comité de Crisis COVID-19 dependiente del Ministerio de Salud de la provincia de Corrientes emitió una circular que dispuso el aislamiento obligatorio de los profesionales médicos y personal de salud de Corrientes que prestaban servicios en la provincia del Chaco por el término de catorce días por considerarlos personal sanitario de riesgo. Por ese motivo, la Asociación de Clínicas y Sanatorios del Chaco y la Federación Médica del Chaco interpusieron una acción de amparo contra la provincia. En la presentación solicitaron una medida cautelar para que se garantizara la libre circulación de los profesionales médicos y/o personal de salud afiliados a esas entidades que no presentasen los síntomas del virus COVID-19. El Juzgado Federal de Resistencia N° 1 hizo lugar a la medida cautelar. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios expresaron que la resolución implicaba un anticipo de jurisdicción favorable y que los derechos que las asociaciones defendían eran personalísimos y no susceptibles de que se ejercieran colectiva y supletoriamente.
24-abr-2020SST (causa N° 2354)Un joven tenía “síndrome disatencional”, lo que le generaba hiperactividad, trastornos de aprendizaje y conductas oposicionistas/desafiantes. Por esa razón, sus representantes legalessolicitaron a su empresa de medicina prepaga que otorgara medicación, tratamiento oftalmológico, psicopedagógico ypsicomotriz, terapia física, acompañante terapéutico y cobertura de lacuota escolar con integración escolar.La empresa denegó el pedido porque el Certificado Único de Discapacidad –CUD–del joven se encontraba vencido. Por ese motivo, el beneficiario interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar innovativa que se ordenara a la demandada a cubrir el 100% de las prestaciones requeridas. El juzgado de primera instancia rechazó la medida, por entender que no estaba en discusión que el CUD se encontrara vencido. Contra esa decisión, los accionantes interpusieron un recurso de apelación. Entre sus agravios expresaron que existía un turno vigente para su renovación, solicitado un mes antes de que sobreviniera su vencimiento, que podía verse alterado en razón de la normativa dictada en el marco de la pandemia por COVID-19.
24-abr-2020Bacigalupo (causa N° 3061)Una persona ingresó a la guardia de un hospital por un fuerte cólico renal. Allí, se le practicó una ecografía y se le detectó una anomalía en el riñón izquierdo. Entonces, fue inscripto en un plan médico de la ciudad de Buenos Aires que consistía en atención personalizada integral y gratuita para las personas que no poseyeran cobertura médica. Con posterioridad se le ordenó que se realizase una tomografía. A raíz del aislamiento social y obligatorio dispuesto por la declaración de emergencia sanitaria, no pudo hacerse el estudio. Luego, regresó a la guardia de emergencia, donde se le prescribió una intervención quirúrgica urgente del riñón. La operación tenía como objetivo extirparle un tumor renal. El hombre no obtuvo respuesta de ningún hospital público. Por ese motivo, interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y solicitó, como medida cautelar de no innovar,que se ordenase su internación e intervención quirúrgica en cualquiera de los hospitales de la ciudad.
24-abr-2020Arando (causa N° 1328)Tres personas transgénero se encontraban en situación de calle. Una de ellas era víctima de violencia por parte de su pareja y dos eran portadoras de HIV. Las personas se encontraban alojadas de modo provisorio en un hotel. A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y la disposición de asilamiento social obligatorio, se vieron privadas de sus ingresos económicos e imposibilitadas del pago del alquiler. Entonces, fueron intimadas a desalojar la vivienda. Por ese motivo, la defensoría zonal interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar que se ordenase al gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que las incorporase a un programa de subsidio habitacional y se les abonase los fondos suficientes para acceder a un lugar habitacional.
28-abr-2020Brandenburg (causa Nº 63)La señora AMB tenía 83 años y una discapacidad (demencia no especificada). Por prescripción de su médico, ingresó a un hogar de tercera edad. La empresa de medicina prepaga se negó a cubrir la prestación. Entonces, la hija de AMB, en su representación, interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar que se ordenara su cobertura. El juzgado hizo lugar de manera parcial a la medida y ordenó a la demandada que otorgase la cobertura de un sistema alternativo al grupo familiar. Además ordenó que brindase, bajo la modalidad “Hogar Permanente”, las prestaciones necesarias para la atención de las patologías de la mujer mediante servicios propios o contratados al 100% de su valor. Por último, dispuso que, en caso de optar por su permanencia en el hogar, la demandada debía cubrir el valor equivalente al fijado por el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad en la categoría “A” de Hogar Permanente. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios expresó que la mujer no tenía indicación de un tratamiento médico o de rehabilitación y que el hogar en cuestión estaba fuera de sus efectores.
2-may-2020Roitberg (causa N° 3125)Una persona que vivía en un centro de integración comunitaria se contagió el virus COVID-19 y fue derivado a un hospital. Por ese motivo, personal dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se presentó en la institución, entregó a sus operarios una copia de los protocolos de actuación vigentes y verificó si alguna de las personas que se hallaban en el lugar presentaba síntomas característicos del virus. Ante el resultado negativo, informaron a los coordinadores del centro que, en caso de que alguna persona tuviera síntomas, se debía aislarla, colocarle un barbijo y comunicar la situación a la línea 147. La defensoría local solicitó una medida cautelar autónoma para que se ordenase al GCBA que brindase tests PCRs a la totalidad de personas que habitasen en el centro y a las personas que allí trabajasen.
2-may-2020Talavera (causa N° 11677)A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y la disposición de aislamiento obligatorio, una mujer y su cónyuge quedaron varados en España. Por ese motivo su padre, en representación de su hija y su yerno, interpuso una acción de amparo contra el Estado Nacional (Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y de Culto) con el objeto de que se ordenase efectivizar el derecho a regresar a su país. Asimismo, solicitó como medida cautelar que hasta tanto se procediera a la repatriación, se les entregase una bolsa de alimentos en forma semanal, se abonase el alojamiento y se contratase un seguro de salud a su nombre. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida. Contra esa resolución la parte demandada interpuso un recurso de apelación.