Buscar por Voces TRATO CRUEL, INHUMANO Y DEGRADANTE

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FechaTítuloResumen
25-nov-2019López y otros v. ArgentinaNéstor López, Hugo Blanco, José Muñoz Zabala y Miguel Ángel González fueron condenados a penas privativas de la libertad por la justicia provincial de Neuquén. No obstante, cumplieron sus penas en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal en razón de un convenio con la provincia de Neuquén. El acuerdo preveía que hasta que la provincia tuviera condiciones económicas para construir y habilitar sus propios establecimientos carcelarios, el servicio de guardia y custodia de los condenados y procesados sería prestado por el órgano federal. Una vez dentro del sistema penitenciario federal, los cuatro peticionarios fueron trasladados repetidas veces a centros de detención localizados entre 800 y 2000 kilómetros de distancia de su lugar de arraigo, familiares, abogados y los jueces respectivos de ejecución de la pena. Dichos traslados fueron determinados por el Servicio Penitenciario Federal y no fueron objeto de control judicial previo. Aunque los peticionarios presentaron acciones de habeas corpus y solicitudes para regresar a las unidades de detención cercanas a sus familiares, el problema subsistió. Cabe destacar que los traslados de personas privadas de libertad en el sistema penitenciario federal argentino están regulados por dos normas internas. Por un lado, el artículo 72 de la Ley Nacional de Ejecución Penal Nº 24.660, que establece que el traslado del interno de un establecimiento a otro, con las razones que lo fundamenten, deberá ser comunicado de inmediato al juez de ejecución o juez competente. Por otra parte, el artículo 87 de la Ley Nº 24.660 contempla el traslado como una de las sanciones aplicables frente a infracciones disciplinarias.
12-mar-2020Azul Rojas Marín v. PerúEn la mañana del 25 de febrero de 2008, Azul Rojas Marín fue detenida por tres agentes de policía cuando caminaba sola hacia su casa. Por aquel entonces se identificaba como hombre gay mientras que en la actualidad lo hace como mujer. Durante su detención, los policías le profirieron calificativos insultantes por su orientación sexual y procedieron a subirla a un patrullero y trasladarla a la comisaría. Allí, fue desnudada forzosamente, golpeada en varias oportunidades, y fue víctima de tortura y violación sexual. La peticionaria permaneció hasta las 6 de la mañana en la Comisaría sin que se registrara su detención. Dos días más tarde, presentó la denuncia. El 24 de marzo, la fiscalía promovió una investigación preliminar contra el personal policial. El 2 de abril, dispuso la formalización de la investigación preparatoria por los delitos de violación sexual y abuso de autoridad en contra de los tres oficiales de policía. El 5 de mayo, la peticionaria solicitó la ampliación de la denuncia y de la investigación para que se incluyera el delito de tortura. El 16 de junio, la fiscalía resolvió no ampliar la investigación. El 21 de octubre, la fiscalía requirió el sobreseimiento de los tres policías y el 9 de enero de 2009 el juzgado dictó una resolución en ese sentido. El 20 de noviembre de 2018, en cumplimiento de las recomendaciones incluidas en el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana en el presente caso, la fiscalía dispuso la reapertura de la investigación contra los presuntos responsables por el delito de tortura. El 16 de enero de 2019, la fiscalía solicitó al juez penal la nulidad de las actuaciones en el proceso. El 14 de agosto de 2019, el juzgado declaró improcedente el pedido de nulidad. Entonces, la fiscalía presentó un recurso de apelación que fue declarado inadmisible.
20-mar-2020Ocampo Scampini (causa n° 6876)Un hombre de 71 años se encontraba imputado por delitos de lesa humanidad y detenido bajo el régimen de prision preventiva en el Complejo Penitenciario Federal N° 34 de Campo de Mayo. El imputado tenía, entre otras enfermedades, hipertensión arterial y EPOC. Ante la declaración de emergencia sanitaria, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario por considerar que se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. La fiscalía se opuso a la concesión de la medida y el juzgado rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
20-ene-2020Declaración de principios relativos al trato de las personas privadas de libertad en el contexto de la pandemia de la enfermedad por coronavirus (COVID-19)El Comité Europeo emitió una Declaración de principios relativos al trato de las personas privadas de libertad en el contexto de la pandemia de la enfermedad por coronavirus (COVID-19).
31-mar-2020Derecho a la salud y a la integridad de las personas privadas de libertad y sus familias frente a la pandemia del COVID-19 (comunicado de prensa)La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se reunió en su Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna e Integrada a la Crisis con el fin de dictar un comunicado en relación con la situación de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19.
11-abr-2020González de la Vega (causa n°53030004)Un hombre de 74 años se encontraba detenido en la Unidad 34 de Campo de Mayo. El hombre tenía, entre otras enfermedades, hipertensión arterial, insuficiencia cardíaca y diabetes. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario por considerar que se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. En su presentación acompañó constancias médicas que acreditaban su diagnóstico. Además, el Servicio Penitenciario Federal lo incluyó en su informe sobre la población penal en riesgo. La fiscalía se opuso al pedido y señaló que las patologías del imputado podían ser tratadas en el establecimiento penitenciario.
10-nov-2020Olivares Muñoz y otrosEl 10 de noviembre de 2003, miembros de la Guardia Nacional (cuerpo de naturaleza militar que forma parte de la Fuerza Armada Nacional de Venezuela) ingresaron a la cárcel de Vista Hermosa. Durante el operativo, los agentes realizaron disparos e infligieron patadas y golpes con distintos objetos, incluidos palos y piedras, a varias de las personas privadas de libertad. Como consecuencia, fallecieron siete internos y veintisiete resultaron lesionados. La investigación de los hechos se inició el mismo día por parte de las autoridades competentes. Dentro de las diligencias llevadas a cabo, fueron practicadas las autopsias a los cadáveres de las siete personas fallecidas, seis de las cuales fallecieron por fracturas de cráneo debido a heridas por arma de fuego. Con posterioridad, fueron exhumados cinco de los cadáveres, a solicitud del Ministerio Público. En el informe de exhumación y autopsia se concluyó que no se les había practicado autopsia craneana durante la autopsia realizada con anterioridad, que no se habían tomado fotografías de los cuerpos ni se les realizó radiografía alguna. En marzo de 2004, el Ministerio Público solicitó que se emitiera orden de captura contra cuatro funcionarios de la Guardia Nacional. En noviembre de 2012, el Ministerio Público formuló acusación contra los cuatro imputados por el delito de homicidio calificado con alevosía. En junio de 2014 se dictó el auto de apertura de juicio, mediante el cual fue admitida la acusación del Ministerio Público. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en diciembre de 2016, absolvió́ a los acusados y dispuso su libertad.
16-dic-2020Silvero Ybarra (causa N° 49004962)Un hombre había sido condenado a la pena única de 20 años y 9 meses de prisión. Durante la ejecución de su condena, en el marco de una visita familiar, comenzó una discusión con el personal penitenciario. Ante esta situación, fue trasladado a una celda de aislamiento. En el lugar, recibió golpes, le retiraron sus prendas y le introdujeron un elemento en el ano. Por este hecho, cuatro agentes penitenciarios fueron procesados en calidad de autores del delito de torturas en concurso ideal con abuso sexual agravado. Luego de este suceso, en diversas oportunidades, el hombre sufrió traslados, torturas y amenazas. La defensa solicitó la modificación del cómputo de la pena impuesta en los términos del artículo 504 del CPPN. A su vez, requirió que se adelantara a su asistido en el régimen de progresividad de la pena a fin de que pudiera acceder a la libertad condicional. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó en favor de la propuesta de la defensa. Sin embargo, el juez de ejecución del tribunal oral interviniente no hizo lugar al pedido de la defensa. Por este motivo, la defensa interpuso un recurso de casación.
19-ene-2021González Etayo v. EspañaUn hombre había sido detenido por su presunta participación en una agrupación terrorista. El juez de instrucción ordenó que se lo colocara bajo custodia policial incomunicada hasta su puesta a disposición ante la justicia. Durante su detención, el hombre fue maltratado, golpeado y amenazado por agentes de la Guardia Civil. Al ser conducido ante el juzgado, denunció estos episodios de maltrato y alegó que habían obtenido declaraciones suyas bajo coacción. Por este motivo, presentó una denuncia por malos tratos ante el Juzgado de Instrucción. El juez interviniente consideró que no existían indicios suficientes del maltrato denunciado y decretó el sobreseimiento de los agentes imputados. El hombre recurrió la sentencia en dos oportunidades y solicitó la producción de nuevas medidas de prueba. En el marco del proceso, el juzgado tomó nuevas declaraciones y requirió copias de los informes médicos producidos durante la custodia. No obstante, consideró que no se había demostrado la versión del denunciante y dictó un tercer auto de sobreseimiento. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. En su presentación, se agravió por la desestimación de las medidas de prueba solicitadas y por el incumplimiento del Protocolo de Estambul. El tribunal compartió los argumentos de la instancia anterior y confirmó el sobreseimiento. Frente a esta denegatoria, presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional. El Tribunal declaró inadmisible el recurso.
10-feb-2021Clínica DS (Causa N° 6883114)Una mujer cursaba su primer embarazo sin complicaciones. En abril de 2016, comenzó con dolores de parto y sangrado. Según surgía de su historia clínica, se encontraba en la semana 21 de gestación. Por ese motivo, se dirigió a la clínica privada en la que se atendía. Cuando llegó al lugar, fue derivada a la guardia pero no le realizaron monitoreos para controlar el estado de salud de la bebé. Una de las médicas le realizó tacto y le manifestó que la bebé tenía que nacer porque estaba muerta. La mujer insistió en que sentía movimientos en su vientre, pero no le realizaron estudios de chequeo. Por disposición de la clínica, estuvo varias horas sin compañía de sus familiares. Incluso, no les permitió el ingreso. Debido a que era su primer embarazo, la mujer no comprendía qué le sucedía ni que estaba en trabajo de parto. Tampoco los médicos se acercaron para explicarle la situación ni la trasladaron a una sala de parto. La mujer dió a luz sola en una cama de la guardia. Luego, le comunicó a los médicos sobre el nacimiento. Después de unos minutos, se llevaron a la bebé para limpiarla. Cuando regresaron, le informaron que había muerto. Respecto de los motivos, sólo le indicaron que la placenta se había desprendido. La mujer solicitó a la clínica que le entregara el cuerpo de su hija y la historia clínica. Ante la negativa, la mujer inició un reclamo por medio de un abogado. En diciembre de ese año, se le entregó la historia clínica con datos erróneos e información que no se correspondía con lo que la mujer había vivido. A su vez, el centro de salud consideró que no se trataba de una persona sino de un feto y se negó a entregar el certificado de defunción. La clínica le entregó a su bebé en un frasco con formol. En consecuencia, la mujer inició una demanda por violencia de género bajo la modalidad obstétrica establecida en el artículo 6, inciso e, de la ley N° 26.485. Entre sus argumentos, expresó que se sintió abandonada por la clínica. En ese sentido, agregó que se habían vulnerado sus derechos como paciente ya que no había recibido información ni ayuda de los médicos. Por su parte, la clínica solicitó el rechazo de la denuncia. Sobre este aspecto, señaló que era infundada, que la situación no configuraba un hecho de violencia contra la paciente y tampoco se la había afectado por su condición de mujer. Por último, agregó que se trataba de una “triste situación de aborto”.
2-mar-2021Internos U.R. III y U.R. II del CPF V (causa N° 678)Las personas detenidas en el Pabellón A del Módulo Residencial III del Complejo Penitenciario Federal V promovieron una acción de habeas corpus. En su presentación, denunciaron haber sufrido una requisa en la que el Servicio Penitenciario Federal los obligó a desnudarse y les robó pertenencias. A su vez, las personas detenidas en el Pabellón A-2 de la Unidad Residencial II del mismo complejo denunciaron a través de otro habeas corpus que el personal del servicio rompió sus alimentos junto a ciertos objetos de valor durante otra requisa. Ante esta situación, ambas presentaciones se acumularon. Con posterioridad, se llevó a cabo la audiencia establecida en el artículo 14 de la ley N° 23.098. Entre las pruebas aportadas por el Servicio Penitenciar Federal se encontraban las filmaciones de las requisas. Sin embargo, los videos sólo mostraban imágenes breves y no permitían diferenciar qué celdas se requisaban. La defensa solicitó que se haga lugar al habeas corpus. A su vez, cuestionó la modalidad de la requisa y el modo en que fueron registradas. Por último, requirió que la acción debía ser considerada de carácter correctivo y colectivo.
jun-2021Condiciones de detención. Su incidencia en la pena y en el cómputoEste documento se organiza en tres segmentos. El primero agrupa jurisprudencia referida a la revisión del cómputo del tiempo de detención y la determinación de la pena en función de la violación de derechos humanos sufrida durante la detención. El segundo reúne los casos en los que la valoración de la afectación de derechos humanos sufrida durante la detención impactó en la concesión de libertades. Tercero, ponemos a su disposición una tabla en el que se describen los presupuestos fácticos de cada caso y las medidas tomadas por el tribunal interviniente.
3-jun-2021Guerrero, Molina y otros v. VenezuelaA principios del 2000 existía en Venezuela un escenario de violencia policial y ejecuciones extrajudiciales contra hombres jóvenes en situación de pobreza. La mayoría de estos hechos permanecían impunes debido a las demoras y a la falta de mecanismos independientes para la investigación. En ese contexto, Guerrero, Molina y sus familiares sufrieron numerosos actos de hostigamiento, amenazas y agresiones por parte de funcionarios policiales. En más de una oportunidad, la policía mantuvo detenido a Guerrero por varios días sin orden judicial. Durante estos episodios, la policía le decía que era “antisocial” y “peligroso”, y le propiciaba golpes, insultos y amenazas de muerte. Un informe médico posterior indicó que uno de ellos había sufrido lesiones leves y que no presentaba secuelas. Guerrero realizó múltiples denuncias ante la fiscalía y la defensoría del pueblo sin obtener respuesta. Una madrugada, un grupo de policías se acercó al lugar donde se encontraban Guerrero y Molina, y efectuaron varios disparos que ocasionaron su muerte. Luego arribó otra persona a la escena, ató una de las piernas de Guerrero al paragolpes de su auto y arrastró su cuerpo. En el marco de la investigación seguida por las muertes, la fiscalía interviniente ordenó diversas medidas de prueba al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de la Policía (CICPC). Las actuaciones demoraron más de 14 años. Durante ese tiempo, algunas medidas de prueba no se produjeron, otras se hicieron con demora y se perdió material probatorio. La fiscalía solicitó el sobreseimiento de los policías investigados por falta de prueba suficiente y la causa se archivó.
10-ago-2021Tejeda y otros (causa N° 12459)Tres personas fueron acusadas por la realización de maniobras ilícitas relacionadas con la Ley de Estupefacientes. Una de ellas era mujer y fue imputada por el delito tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Ella se encontraba en condiciones económicas desfavorables y padecía problemas de salud. Además, era madre soltera, tenía a su cargo a su madre y a sus sobrinos, y era víctima de violencia de género. Durante el debate, su defensa planteó la inconstitucionalidad del mínimo legal de la pena prevista para el delito imputado y solicitó que se le imponga una pena de ejecución condicional. De esa manera, consideró que la pena establecida en la ley resultaba desproporcional desde el punto de vista de la culpabilidad. En ese sentido, invocó la escasa entidad del hecho atribuido debido a que la mujer se encontraba en los últimos eslabones de la cadena de tráfico de estupefacientes y señaló que correspondía la aplicación de una perspectiva de género en línea con las Reglas de Bangkok.
2-sep-2021C-294/21Desde 1991 la Constitución Política colombiana prohibía de manera expresa la pena de prisión perpetua. En 2020 el Congreso dictó el Acto Legislativo 01 que introdujo modificaciones a la Constitución. Entre las reformas, suprimió la prohibición de la pena de prisión perpetua y estableció su aplicación para determinados delitos graves cometidos contra niños, niñas y adolescentes. La reforma preveía una revisión judicial de la pena en un plazo no inferior a los veinticinco años. Ante esta situación, un grupo de ciudadanos inició una acción pública de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional de Colombia y solicitó que se dejara sin efecto el acto legislativo. En sus presentaciones, argumentaron que la reforma era contraria al Estado Social de Derecho y al principio de dignidad humana.
20-sep-2021González y otros v. VenezuelaA partir de una denuncia telefónica, la policía encontró un cadáver con heridas de arma de fuego. La policía detuvo a seis personas sospechosas de haber participado en el homicidio. De acuerdo a la legislación venezolana, la policía podía disponer la detención preventiva sin orden judicial por cuestiones de necesidad y urgencia. Las defensas de las personas detenidas solicitaron la concesión de medidas alternativas a la privación de libertad ante la justicia. Sin embargo, el juzgado interviniente consideró que existían indicios fundados de culpabilidad y dictó la prisión preventiva. Las personas fueron trasladadas a un centro penitenciario y alojadas junto con personas condenadas. Durante su detención, recibieron amenazas contra su vida e integridad física. Por ese motivo, algunas fueron alojadas en una celda de aislamiento. Las defensas presentaron diversos recursos contra la prisión preventiva y solicitaron la puesta en libertad de sus asistidos. El juzgado consideró que se encontraban cumplidos los requisitos para el dictado de la medida y rechazó las impugnaciones. Las personas permanecieron entre tres y diez meses privadas de su libertad en diversos centros penitenciarios. Luego, el juzgado dictó el sobreseimiento y dispuso su liberación inmediata.
24-sep-2021MJH y otros (causa  Nº 23020)Un joven de dieciséis años presentaba múltiples trastornos psicológicos y psiquiátricos, además de una patología adictiva y problemática de consumo. Vivía junto a su madre, su padre y siete hermanos en una casilla sin baño ni comodidades y el sustento económico de la familia dependía de la asistencia social estatal. El joven fue imputado por el delito de tenencia y tráfico de estupefacientes. En el marco del proceso, la madre y la psicóloga del adolescente informaron que había sido detenido en la vía pública mientras consumía estupefacientes. A su vez, indicaron que estas circunstancias lo llevaron a tener conductas autolesivas y manifestaron que temían que se suicidara. El juzgado interviniente ordenó el alojamiento preventivo del joven en el Instituto Manuel Roca (IMR) dependiente de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) a fin de evaluarlo y derivarlo a un lugar adecuado a su problemática. Luego de que los profesionales realizaran una evaluación médica, dos funcionarios judiciales estimaron que el joven era peligroso para sí y que, en consecuencia, debía ser asistido con particular atención. Por otra parte, un médico psiquiatra del IMR dictaminó que `no se evidenciaban alteraciones del pensamiento ni síntomas psicóticos o depresivos´. El joven fue hallado muerto colgado del lado interno de la puerta de su celda en el IMR. Los informes ampliatorios de la autopsia realizada sobre el cuerpo del adolescente determinaron el hallazgo de líquido seminal de uno o varios secretores y rastros de cocaína en el vello púbico. De esa manera, los padres del joven consideraron que antes de morir, su hijo había sido violado por una o más personas. En ese sentido, iniciaron una demanda de daños y perjuicios contra la SENNAF. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y dispuso el pago de una indemnización. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios, planteó la culpa de la víctima como eximente de responsabilidad.
2-nov-2021Manuela y otros v. El SalvadorA raíz de un cuadro de presión arterial alta, una mujer sufrió un aborto espontáneo que la hizo perder el embarazo que se encontraba cursando. Al día siguiente, fue trasladada e internada de urgencia en un hospital público. La médica que la atendió presentó una denuncia ante la fiscalía por el delito de aborto. Ese mismo día se ordenó el allanamiento de su vivienda, donde se encontró el cuerpo en el interior de una fosa. Por ese motivo, la mujer fue detenida y trasladada a un centro penitenciario. El tribunal interviniente la condenó a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado. Para decidir así, consideró que si la muerte del bebé hubiese sido accidental, la mujer hubiese buscado ayuda de forma inmediata. En ese sentido, entendió que la mujer había querido “desprenderse del producto del embarazo [por ser] producto de una infidelidad”. Durante su detención, el estado de salud de la mujer empeoró de forma notable. Al cabo de un año, se le detectó cáncer en estado avanzado y se le recetó quimioterapia. Sin embargo, el tratamiento médico que recibió en la unidad carcelaria fue irregular y deficiente y la mujer falleció mientras continuaba privada de su libertad. La familia de la mujer presentó un recurso de revisión contra la sentencia condenatoria. El tribunal sostuvo que la culpabilidad de la mujer se encontraba probada y declaró inadmisible la impugnación.
14-ene-2021Kargakis v. GreciaUn hombre había sido detenido en prisión preventiva en la penitenciaría de Diavata, Grecia. El hombre utilizaba una silla de ruedas para trasladarse y contaba un índice de discapacidad del 80%. Al momento de su detención, indicó que se encontraba bajo tratamiento por problemas cardíacos graves y diabetes. Durante su detención fue hospitalizado de urgencia en varias oportunidades. Los médicos le recomendaron una dieta estricta y mantenerse en un ambiente libre de humo de tabaco y de agentes patógenos. Sin embargo, en el establecimiento penitenciario compartía celda con fumadores y la comida no era adecuada a sus restricciones alimentarias. Además, el lugar no estaba adaptado para personas con discapacidad ni disponía de un sistema de apoyos. Por ese motivo, interpuso un recurso ante la justicia y solicitó el levantamiento de la prisión preventiva. En su presentación, acreditó sus problemas médicos y sostuvo que las malas condiciones de detención empeoraban su estado de salud. El juez de instrucción hizo lugar al recurso y dispuso la libertad condicional del hombre. En su decisión, consideró que no existía riesgo de reincidencia, pero no se refirió al estado de salud del hombre ni las condiciones de detención invocadas. Finalmente, el hombre fue condenado a una pena de cinco años de prisión.
abr-2022Violencia obstétricaLa violencia obstétrica se manifiesta por las con ductas, prácticas, acciones y omisiones del personal de salud, de manera directa o indirecta, en el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres y personas gestantes, y de sus hijos en el proceso de nacimiento. Esta definición incluye tanto al sector público como privado. A su vez, es importante enmarcar la violencia obstétrica como una modalidad de violencia de género que refiere a prácticas médicas en las que se materializa un tipo de discriminación que se encuentra naturalizada. Entre las prácticas médicas que comprende este concepto, se incluyen también ca sos de pérdida gestacional y perinatal.