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1-ago-2023¿Y la presunción de inocencia? Prisión preventiva y estándar probatorio en la investigación de infracciones a la ley 23.737El presente trabajo analiza la legitimidad de privar de manera cautelar la libertad a una persona imputada por un delito de drogas. Al respecto, el estudio examina si el test orientativo puede considerarse suficiente para tener por cumplidos los requisitos de proporcionalidad y mérito sustantivo que aquella medida requiere. Con ese objetivo, la autora analiza cinco casos paradigmáticos a partir de los cuales evalúa el cumplimiento de los estándares de prueba necesarios para disponer el encarcelamiento cautelar de una persona.
12-jul-2018Yancovich (reg. Nº 823 y causa Nº 21858)Un hombre había sido condenado a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. La defensa solicitó su sustitución por tareas comunitarias. En su presentación invocó los delicados problemas de salud que padecía el imputado y el rol fundamental que ocupaba en la manutención de su familia. La querella manifestó que no se oponía a la concesión de la medida. En cambio, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que no existían razones que justificaran el pedido, ya que los hijos del hombre eran mayores de edad y la enfermedad invocada no había sido acreditada. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Para decidir de esa manera, sostuvo que la conversión de la pena de prisión en trabajo no remunerado en favor de la comunidad no resultaba automática, sino que debían existir razones especiales que no se daban en el caso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
22-nov-2016Yarce y otras v. ColombiaEn el año 2002, durante un conflicto entre grupos armados en la Comuna 13 de Medellín (Colombia), el Poder Ejecutivo declaró por decreto un “estado de conmoción interior”. Posteriormente, con otro decreto, ordenó medidas de control del orden público con el fin de retomar el control territorial. Sin embargo, no logró que los grupos armados ilegales cesen su actividad y, como consecuencia de las amenazas y los enfrentamientos producidos, una gran cantidad de personas se desplazaron hacia otras zonas de la ciudad. El presente caso refiere a la situación de cinco mujeres, defensoras y activistas de los derechos humanos y lideresas comunitarias. Dos de ellas –Rúa y Ospina–, estaban incluidas en listas de los grupos paramilitares, lo que implicaba un peligro para su vida. Ante esto, las peticionarias, sus parejas e hijos, abandonaron sus lugares de residencia. Sus casas fueron ocupadas y destruidas por paramilitares. La investigación de esos sucesos fue suspendida y retomada años después. Asimismo, se les negó la inscripción en el Registro Único de Desplazados (RUD). Las otras tres mujeres –Naranjo, Mosquera y Yarce– fueron señaladas como “milicianas” con intenciones de evadir la justicia. Por tal razón, fueron detenidas sin orden judicial. Nueve días después fueron dejadas en libertad y, luego de seis meses, se ordenó el archivo de los expedientes por falta de elementos para afirmar la existencia de un delito. Las actuaciones disciplinarias para investigar la responsabilidad en la detención ilegal fueron archivadas. Luego de estos hechos, recibieron amenazas de los grupos paramilitares, por lo que abandonaron sus lugares de residencia. Una persona fue detenida por las intimidaciones; no obstante, se la liberó al día siguiente. Ese mismo sujeto, en octubre de 2004, asesinó a Yarce. Se inició, entonces, una investigación por el homicidio y por las amenazas que resultó en la condena de tres personas.
12-jul-2019Yatchensen (Causa N° 12000054)En el marco de una investigación se ordenó la detención de una persona. Los agentes de prefectura se presentaron en el domicilio y fueron informados por la propietaria de que esa persona era inquilina. No obstante, la dueña brindó las llaves del lugar y personal de prefectura abrió el portón de ingreso al domicilio y forzó la puerta principal. En el interior del domicilio se encontró marihuana y se detuvo al inquilino. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes rechazó las nulidades planteadas por las defensas y condenó por el delito de tenencia de estupefaciente con fines de comercialización, con la agravante del artículo 11 de la ley 23.737. Contra la sentencia condenatoria, se presentó un recurso de casación.
15-dic-2015Yavuz Selim Güler v. TurquíaEl peticionario, un suboficial militar, había sido sancionado por su superior jerárquico a permanecer dos días arrestado.
5-nov-2018YB y NS v. BélgicaCE no conocía a su padre y fue abandonada por su madre al nacer, en Marruecos. Después de que se dictara la sentencia de abandono, una pareja belga-marroquí que residía en Bélgica la reci-bió como parte de una kafala . El tribunal, además, autorizó a la niña a viajar al extranjero. En ese marco, la pareja solicitó la residencia de larga duración por motivos humanitarios para que la niña pudiera unirse a ellos en Bélgica. La kafala no establece un vínculo de filiación, de modo que no pudieron presentar una solicitud de visado por motivos de reunificación familiar. Entonces, acompañaron certificados que acreditaban que estaban en una situación que les permitía asumir el cuidado de la niña y proporcionarle un entorno de vida seguro, tanto en el plano personal como en el financiero. La Oficina de Extranjería rechazó la solicitud de visado en noviembre de 2012. Argumentó que la orden de atribución de la kafala de un niño no constituía una adopción y no confería ningún derecho de residencia. Se presentó, entonces, una apelación ante el Consejo de lo Contencioso en Materia de Extranjería, que anuló la decisión por falta de motivación formal. A raíz de esta sentencia, los peticionarios se dirigieron a la Oficina de Extranjería para solicitar que se adoptara una nueva decisión. Sin embargo, no obtuvieron respuesta. En julio de 2016, la administración tomó una nueva decisión y rechazó la estadía. En octubre de 2016 se presentó una nueva apela-ción contra esta segunda negativa. Dicho recurso seguía pendiente en el momento en que los peticionarios presentaron la presente comunicación al Comité.
20-mar-2025YC (Causa N° 177) -CABAUn hombre, de nacionalidad burkinesa, ingresó a la República Argentina y, ante la delegación local de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), solicitó protección internacional. En esa oportunidad, no se le informó sobre su derecho a contar con asistencia letrada. En el marco del trámite, la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) rechazó su pedido de reconocimiento de la condición de refugiado. Frente a esta decisión y con el objeto de ejercer su derecho de defensa, el hombre acudió a la Unidad de Defensa en materia no penal de Mendoza, a la cual otorgó poder para su representación. Asimismo, autorizó a la Comisión para la Asistencia Integral y Protección al Refugiado y Peticionante de Refugio de la Defensoría General de la Nación a realizar todas las gestiones que fueran necesarias para su defensa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese contexto, contra la decisión que rechazó su solicitud, la Comisión interpuso un recurso jerárquico. Con posterioridad, la Unidad de Defensa presentó ante la oficina local de la DNM un planteo de inconstitucionalidad del DNU 942/2024, que modificó la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165. Además, solicitó la remisión de las actuaciones a la CONARE a fin de que resolviera el recurso interpuesto. En subsidio, requirió la reconducción de la presentación como recurso judicial directo. También, informó que el domicilio del hombre se encontraba en la ciudad de Mendoza. No obstante, la Vicejefatura de Gabinete del Interior remitió las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Ante ello, la Comisión para la Asistencia Integral y Protección al Refugiado y Peticionante de Refugio planteó la incompetencia de la Cámara y solicitó la remisión del expediente a la Justicia Federal con asiento en la ciudad de Mendoza. En su presentación, afirmó que el criterio para establecer la competencia territorial de los tribunales debía determinarse según el domicilio del actor.
27-jun-2025YC (Causa N° 177) -MendozaUn hombre, de nacionalidad burkinesa, ingresó a la República Argentina y solicitó protección internacional ante la delegación local de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM). En esa oportunidad, no se le informó sobre su derecho a contar con asistencia letrada. En el marco del trámite, la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) rechazó su pedido de reconocimiento de la condición de refugiado. Frente a esta decisión y con el objeto de ejercer su derecho de defensa, el hombre acudió a la Unidad de Defensa en materia no penal de Mendoza, a la cual otorgó poder para su representación. Asimismo, autorizó a la Comisión para la Asistencia Integral y Protección al Refugiado y Peticionante de Refugio de la Defensoría General de la Nación a realizar todas las gestiones que fueran necesarias para su defensa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese contexto, contra la decisión que rechazó su solicitud, la Comisión interpuso un recurso jerárquico. Con posterioridad, la Unidad de Defensa –con la colaboración de la Comisión– interpuso ante la oficina local de la DNM un planteo de inconstitucionalidad del DNU 942/2024, que modificó la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165. Además, solicitó la remisión de las actuaciones a la CONARE a fin de que resolviera el recurso interpuesto. En subsidio, requirió la reconducción de la presentación como recurso judicial directo. En su presentación, sostuvo –entre otros argumentos– que el decreto había sido dictado en exceso de las facultades que la Constitución Nacional le reconoce al Poder Ejecutivo. Señaló que la norma instauró un régimen recursivo contrario al derecho de defensa y al debido proceso. Alegó, además, que el DNU dispuso la aplicación retroactiva de sus disposiciones, lo que implicó el desconocimiento de los derechos adquiridos de las personas cuyas solicitudes se encontraban en trámite recursivo al momento de su dictado. Finalmente, afirmó que el decreto sustituyó normas de fondo en materia de exclusión y cesación de la condición de refugiado, lo que alteró de manera sustancial el derecho a buscar y recibir asilo reconocido en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
3-feb-2016Yegros, MirthaEn el presente caso, el Juzgado de Ejecución, frente a una sanción disciplinaria impuesta por el SPF, había declarado la nulidad absoluta del acta de notificación y descargo y de todos los actos realizados consecutivos. En razón de ello, ordenó que se instruya el proceso disciplinario nuevamente. Frente a ello, la defensa interpuso un recurso de casación en el que alegó, entre otras cuestiones, que se vulneraron las garantías de defensa en juicio, ne bis in idem y debido proceso.
19-ago-2025Yepez (Causa N° 17766)Una mujer de nacionalidad venezolana ingresó a la Argentina al cumplir la mayoría de edad, con el objetivo de mejorar sus condiciones de vida. Convive con su pareja, de nacionalidad venezolana, quien estaba radicado de manera temporaria. En el marco de su solicitud de regularización migratoria, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) alegó que la señora no contaba con un ingreso legal al territorio. Así, en 2022 la conminó a salir del país dentro del plazo de treinta días. Dado que la notificación fue fijada en la puerta de su domicilio cuando la mujer no se encontraba allí, nunca tomó conocimiento de lo resuelto. Un año después, la DNM ordenó su expulsión, de acuerdo con lo previsto por el artículo 61 de la Ley Nacional de Migraciones N° 25.871. Sin embargo, como se la notificó de la misma forma, la mujer tampoco tomó conocimiento de la resolución. Ese mismo año, sin conocer las medidas dictadas por la DNM, la mujer viajó a Venezuela y reingresó en 2024 de forma legal. Entonces, se acercó a la DNM a regularizar su situación y en esa ocasión le confirmaron que tenía una orden de expulsión. En ese marco, la mujer solicitó la intervención asistencia de la Defensoría General de la Nación e interpuso un recurso jerárquico. En esa oportunidad, planteó la nulidad de las notificaciones y la falta de causa y motivación de los actos administrativos. Sin embargo, la DNM interpretó el recurso como denuncia de ilegitimidad, rechazó la presentación y no dio tratamiento a las nulidades. Frente a ello, la defensa interpuso un recurso judicial de revisión de ambas disposiciones. No obstante, el juzgado de primera instancia se declaró incompetente y remitió la causa a la Cámara de Apelaciones, pues entendió que debía aplicarse el DNU N° 366/2025. Esto motivó a la presentación de una revocatoria con apelación en subsidio por aplicación del artículo 44 del mencionado DNU. En concreto, la norma sostiene que las residencias que se hubieran iniciado previo a la entrada en vigor del decreto se deben analizar de acuerdo con el marco jurídico vigente en ese momento. En subsidio, la defensa planteó la inconstitucionalidad del DNU. Entre sus argumentos, señaló que violaba el derecho a un recurso efectivo y la garantía de la doble instancia.
16-feb-2016Yevdokimov y otros v. RusiaUn grupo de personas privadas de la libertad había reclamado ante la justicia civil una compensación por la alegada ilegalidad de sus condiciones de detención y de los procedimientos que se les siguieron. Los juzgados locales que intervinieron en los planteos les denegaron la posibilidad de acudir a las audiencias en las que sus reclamos fueron examinados con fundamento en que no existía una cláusula legal que los obligara a estar presentes. Finalmente, las demandas fueron rechazadas.
22-may-2018YIV (causa Nº 8880)Los padres de un niño de diez años con trastorno generalizado del desarrollo y epilepsia refractaria interpusieron una acción de amparo y requirieron una medida cautelar para que la empresa de medicina prepaga a la que estaban afiliados le cubriera el 100% del costo del aceite de Cannabis prescripto por su médico. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición. En consecuencia, la empresa recurrió la decisión.
13-may-2016YM v. RusiaYM fue declarado culpable de varios delitos por el Tribunal Regional de Sverdlovsk. En consecuencia, se lo condenó a la pena de 25 años de prisión. Desde el primer día de juicio, el nombrado denunció que no se le había dado la oportunidad de estudiar el sumario de la causa penal, por lo que no pudo preparar su defensa. El tribunal, sin embargo, ignoró sus reclamos. Además, se le negó la posibilidad de ser representado por un abogado de su elección y se le impidió a su madre y a sus hijos concurrir a las audiencias. En el marco del juicio oral, el juez dio lectura a un escrito de la acusación e hizo preguntas a los testigos en lugar del fiscal. Por otra parte, YM, en la primera audiencia del juicio solicitó un perito y seis testigos adicionales. No obstante, el tribunal rechazó la petición.
30-jun-2015YMA (causa Nº 2260)Una persona fue imputada por el delito de falsificación de documento. Al momento del hecho, era menor de edad. Por tal razón, se le impuso la realización de un tratamiento tutelar por un año y cuatro meses. Durante ese plazo, trabajó, finalizó sus estudios secundarios y realizó actividades deportivas. Entonces, la defensa requirió que se le concediera la suspensión de juicio a prueba. En oportunidad de celebrarse la audiencia, el imputado tenía dieciocho años. Con base en el tratamiento tutelar realizado, solicitó que se tuvieran por cumplidas las reglas de conducta relativas a la probation. La defensoría de menores argumentó en el mismo sentido. A su turno, la fiscalía se expidió de manera favorable a la solicitud.
18-nov-2020YMD (Causa N° 55114)Un militar se había desempeñado durante muchos años en el sector de comunicaciones de la Armada. En virtud de sus calificaciones, alcanzó el rango de suboficial principal. Con posterioridad, le diagnosticaron que tenía HIV, por lo que necesitó tomar una licencia médica. Unos meses después se reincorporó a su trabajo, ya que su estado de salud había mejorado. Luego, cuando estaba por conseguir un nuevo ascenso, la Armada le ordenó una serie de estudios médicos. Asimismo, convocó a una junta para analizar la situación del personal con HIV. En ese marco, el hombre fue excluido del régimen de ascenso en el que se encontraba y traspasado a otro que impedía el pase de su cargo a otro de mayor jerarquía. Por ese motivo, inició un reclamo administrativo, ya que consideró que había sido discriminado por su empleador en base a su condición de salud. Debido a que no obtuvo una resolución favorable, demandó al Estado Nacional –Armada Argentina, a fin de impugnar el acto administrativo y ser reubicado en el régimen de promociones anterior. Además, solicitó una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. La demandada, por su parte, negó haber discriminado al actor. Sobre ese aspecto, señaló que la modificación en el régimen de ascensos es-taba prevista en su reglamento interno. Agregó que la decisión cuestionada se debía a la incapacidad parcial permanente que le habían diagnosticado al actor y buscaba asegurar que el hombre se desempeñara sin riesgos para su salud o la de sus compañeros.
23-nov-2021YMD (Causa Nº 706)Dos personas celebraron un acuerdo sobre los alimentos de sus dos hijos menores de edad. En ese marco, determinaron que el progenitor abonaría una cuota que equivalía a un Salario Mínimo Vital y Móvil. Si bien el convenio fue homologado en sede judicial, el hombre no lo cumplió. En consecuencia, se acumuló una deuda considerable. Por esa razón, la progenitora de los niños inició el proceso de ejecución de lo adeudado. Ante el constante incumplimiento por parte del demandado, solicitó su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. También pidió que se le prohibiera la salida de la ciudad y que se le retirara la licencia de conducir. Luego, se le notificaron al hombre las medidas requeridas, pero no realizó ninguna presentación al respecto.
17-dic-2018YML (causa N° 51350)Una mujer francesa viajó con sus hijos menores de edad a Argentina y el padre reclamó su restitución. En junio del año 2018, fue condenada por las autoridades francesas por el delito de retención de menores fuera de Francia. Los hechos comprendían un período entre los años 2016 y 2017. Luego, en Argentina, suscribió un acuerdo en sede civil, mediante el cual se comprometió a viajar en septiembre del 2018 con sus hijos a Francia y restituirlos a su padre. La mujer no cumplió con lo acordado. Entonces, el juzgado civil extrajo testimonios del expediente y los remitió a la justicia penal, para que se investigara la posible comisión de delitos de acción pública. El juzgado de instrucción consideró que la mujer debía ser imputada por el delito de desobediencia y dispuso la remisión de las actuaciones a la justicia penal, contravencional y de faltas de la CABA. En tal sentido, entendió que la sustracción de los menores era objeto de investigación de la justicia francesa y que, de continuar el trámite por esa figura, se violaría la garantía de non bis in ídem. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de apelación.
14-ago-2018YMV (causa Nº 4612)Una pareja interpuso una acción de amparo contra una obra social con el objeto de solicitar, de acuerdo con lo prescripto por el médico tratante, la cobertura integral del tratamiento de fertilización asistida (ICSI) que incluyera el 100% de los procedimientos y la criopreservación de embriones. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Contra esa resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia en lo sustancial, pero limitó a tres los procedimientos a cargo de la obra social y a dieciocho meses el plazo para la crioconservación de embriones. En consecuencia, la parte actora interpuso un recurso extraordinario federal.
13-mar-2024Youayou (Causa N°51350)Una mujer francesa viajó con sus hijos menores de edad a Argentina y el padre reclamó su restitución. La mujer fue condenada por las autoridades francesas por el delito de retención de menores fuera del país. Luego, en Argentina, la mujer suscribió un acuerdo en sede civil, mediante el cual se comprometió a retornar con sus hijos a Francia y restituirlos a su padre. Sin embargo, no cumplió con lo acordado y fue imputada por el delito de sustracción de menores en concurso real con desobediencia. La causa fue elevada a juicio oral. En ese marco, la mujer manifestó que no había retornado a Francia porque, según lo informado por un área especializada en infancias en el marco del proceso en Argentina, la restitución de sus hijos a Francia implicaba colocarlos en una situación de riesgo para su salud física, psicológica y emocional. Entonces, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó su absolución por considerar que actuó en estado de necesidad.
1-nov-2013YR, CAUna persona había sido imputada por el delito de abuso sexual. Su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal dictaminó de modo favorable a la concesión del instituto. Sin embargo, el tribunal oral había rechazó el requerimiento. Contra esa resolución, la defensa interpuso recurso de casación.