Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4670
Título : Yatchensen (Causa N° 12000054)
Fecha: 12-jul-2019
Resumen : En el marco de una investigación se ordenó la detención de una persona. Los agentes de prefectura se presentaron en el domicilio y fueron informados por la propietaria de que esa persona era inquilina. No obstante, la dueña brindó las llaves del lugar y personal de prefectura abrió el portón de ingreso al domicilio y forzó la puerta principal. En el interior del domicilio se encontró marihuana y se detuvo al inquilino. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes rechazó las nulidades planteadas por las defensas y condenó por el delito de tenencia de estupefaciente con fines de comercialización, con la agravante del artículo 11 de la ley 23.737. Contra la sentencia condenatoria, se presentó un recurso de casación.
Decisión: La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, declaró la nulidad del allanamiento pero consideró válida la detención y el secuestro del material de estupefacientes y confirmó la condena que había dictado el tribunal oral .
Argumentos: 1. Nulidad. Allanamiento. Domicilio. Procedimiento policial. Derecho de exclusión. Consentimiento. “[L]a Corte Suprema de Justicia interpretó que el derecho individual a la privacidad del domicilio de todo habitante contemplado en el art. 18 de la C.N. y correlativo al principio general del art. 19, en cuyo resguardo se determina la garantía de su inviolabilidad, es oponible a cualquier extraño, sea particular o funcionario público. En esa ocasión, entendió que si bien no resulta exigencia del art. 18 de la Constitución Nacional que la orden de allanamiento emane de los jueces, el principio es que sólo ellos pueden autorizar esa medida, sin perjuicio de algunos supuestos en que se reconoce a los funcionarios la posibilidad de obviar tal recaudo (considerando 5)”. “[L]a inviolabilidad del domicilio a la que alude el texto constitucional lo protege en el sentido amplio, aun cuando fuere ocasional como sucede en este caso. Cabe recordar que de los seguimientos efectuados a los aquí imputados y de las escuchas telefónicas, surgió que [uno de los imputados] habría contactado a la dueña de la finca para alquilarla por el fin de semana […]”. “Y si bien puede inferirse que el personal preventor pudo considerar válido el consentimiento de la dueña del lugar -al igual que lo hicieron los jueces de las instancias anteriores- y por tal razón dar aviso al juzgado de que la orden ya no era necesaria, lo cierto es que se encuentra probado que la propietaria no residía en esa finca sino que la entregó en locación y, por tanto, al ceder el uso y goce del inmueble, cedió también el derecho de exclusión. Del acta correspondiente surge que el personal de prefectura procedió a abrir el portón de acceso a la finca con las llaves que le proporcionó la locadora, dejando constancia de que se ingresó a la vivienda ´forzando la puerta principal dado que el morador trabó el portón de ingreso y se negaba a abrir´ […]” “De ese modo, surge claro que quien podía consentir el ingreso [imputado] no sólo no lo hizo sino que opuso resistencia. De otra parte, y teniendo en cuenta que en el caso bajo análisis tampoco se advierten ni se invocaron razones de urgencia que, en los términos del art. 227 del Código Procesal Penal, hubiesen justificado prescindir de la correspondiente orden judicial, habremos de concluir que el allanamiento bajo estudio debe ser reputado inválido”
2. Regla de exclusión. "No obstante lo expuesto y a diferencia de lo alegado por la defensa, la invalidez de ese registro domiciliario no conduce necesariamente a la absolución del imputado, desde que en el sistema de nulidades es menester determinar si la evidencia adquirida de modo ilegítimo resulta ser el único elemento que vincule al imputado con el hecho ilícito, lo que no ocurre en este caso desde que –como se verá más adelante- de la misma sentencia se desprende que la condena se apoyó en elementos de cargo distintos e independientes del acto irregular, obtenidos de manera legítima a lo largo de la pesquisa y suficientes para tener por demostrada la participación y la responsabilidad […]". (jueces Petrone y Barroetaveña).
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala I
Voces: ALLANAMIENTO
CONSENTIMIENTO
DERECHO DE EXCLUSIÓN
DOMICILIO
INTERVENCIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES
NULIDAD
PROCEDIMIENTO POLICIAL
REGLA DE EXCLUSIÓN
INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2576
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
Yatchensen (causa N°12000054).pdfSentencia completa1.34 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir