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3-may-2017C, SFLa Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a una acción de amparo y ordenó al Ministerio de Salud de la Nación y al Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, en el ámbito de sus respectivas competencias, adopten las medidas necesarias a fin de proveer a los amparistas de casas de medio camino o residencias, de acuerdo con lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo (ley Nº 26.378), así como lo previsto por la ley Nº 26.657 (Ley Nacional de Salud Mental). En ese contexto, la Defensora Pública Curadora de una mujer de 54 años de edad que se encontraba internada en una institución psiquiátrica, en condiciones de ser externada, inició un incidente de ejecución de sentencia con el fin de que se diera cumplimiento a la sentencia de los autos principales y se ordene a las demandadas la creación de un dispositivo comunitario menos restrictivo y la provisión de una vacante para su asistida.
6-jul-2016C, SYEl tribunal oral Federal había rechazado la suspensión del juicio a prueba solicitada por una persona imputada por el delito de adulteración dolosa de registros (art. 12, ley Nº 24.769). Para decidir de este modo, el tribunal aplicó lo prescripto en el art. 76 bis del CP, que impide otorgar probation en procesos sustanciados por la comisión delitos previstos en la ley Nº 24.769. Sin embargo, el hecho había tenido lugar en el año 2009, antes de que la ley Nº 26.735 modificara el art. 76 bis del CP e incluyera esta restricción. Contra esta decisión la defensa interpuso un recurso de casación.
29-dic-2015C, VGEl juzgado de ejecución había declarado cumplidas las reglas de conducta impuestas con la suspensión del juicio a prueba y remitió las actuaciones al tribunal oral. En esa instancia, el fiscal se opuso a la declaración de extinción de la acción penal por considerar que el imputado había cometido un delito durante el período de suspensión. Entonces, solicitó que se suspenda el tratamiento de la extinción hasta que se resuelva el proceso sustanciado en virtud de ese hecho. El tribunal declaró extinta la acción penal y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación.
6-dic-2016C,LCUna mujer recibió un tratamiento de quimioterapia con la cobertura de su empresa de medicina prepaga. Por esta razón, sufrió efectos colaterales cardíacos y pulmo respitatorios. Su médico le indicó la aplicación de radioterapia por IRMT, técnica que se focaliza en la parte afectada exclusivamente (mama), excluyendo riesgos colaterales o afectación de otros órganos. La empresa, sin embargo, rechazó el pedido médico por no encontrarse comprendido en el Plan Médico Obligatorio. En consecuencia, se inició una acción de amparo y se solicitó la cobertura total de la práctica indicada. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó la inmediata cobertura mediante la técnica prescripta. La demandada interpuso un recurso de apelación.
2-sep-2021C-294/21Desde 1991 la Constitución Política colombiana prohibía de manera expresa la pena de prisión perpetua. En 2020 el Congreso dictó el Acto Legislativo 01 que introdujo modificaciones a la Constitución. Entre las reformas, suprimió la prohibición de la pena de prisión perpetua y estableció su aplicación para determinados delitos graves cometidos contra niños, niñas y adolescentes. La reforma preveía una revisión judicial de la pena en un plazo no inferior a los veinticinco años. Ante esta situación, un grupo de ciudadanos inició una acción pública de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional de Colombia y solicitó que se dejara sin efecto el acto legislativo. En sus presentaciones, argumentaron que la reforma era contraria al Estado Social de Derecho y al principio de dignidad humana.
13-ago-2015C. GLUna mujer solicitó que se ordene la inscripción del apellido paterno a la partida de nacimiento de su hijo, nacido por aplicación de una técnica de reproducción humana asistida. El padre del niño había fallecido al poco tiempo de su nacimiento, sin haberlo reconocido pero habiendo consentido la fertilización y acompañando a la madre durante el embarazo y la cesárea.
25-abr-2022C. M. H (Causa N° 7936)Un adolescente con discapacidad estaba bajo el exclusivo cuidado de su abuelo debido a que su progenitor estaba suspendido en el ejercicio de la responsabilidad parental. Asimismo, el joven tampoco tenía contacto con su madre. En consecuencia, el abuelo obtuvo la guarda judicial de su nieto. Si bien el hombre era titular de una jubilación, percibía de manera mensual la asignación universal por hijo por discapacidad y la tarjeta alimentar que le correspondía en virtud de tener a su cargo el cuidado del adolescente. De esa manera, cubría todas las necesidades básicas del joven. En noviembre de 2020 el abuelo falleció. Por ese motivo, el juzgado que intervino en la guarda otorgó el cuidado personal del adolescente a su progenitor. No obstante, el hombre estaba desocupado y no podía cubrir las necesidades de su hijo. En ese sentido, solicitó a la ANSES que le otorgara a su hijo una pensión derivada por el fallecimiento de su abuelo. El organismo denegó el pedido. Entre sus argumentos, expuso que el artículo 53 de la ley N° 24.241 no contempló a los nietos como beneficiarios de la derivación de la pensión por fallecimiento. El progenitor presentó una acción de amparo. En esa oportunidad, solicitó que se declarara la inaplicabilidad del artículo 53 de la ley N° 24.241 y el artículo 13 de la ley N° 26.222 que regulaban un número taxativo de parientes para acceder al beneficio de pensión derivada por fallecimiento. Además, solicitó que se tenga en cuenta la modificación que efectuó la ley N° 26.222 en el artículo 161 de la ley N° 24.241 sobre la aplicación de la normativa vigente a la fecha de la muerte del causante. Sobre este aspecto, destacó la fecha de fallecimiento del hombre.
3-dic-2021C.A.E (Causa N° 00485)La señora CAE integraba la fuerza policial de Río Negro. Junto a su pareja del mismo  sexo procedieron a la registración de  la unión convivencial. Luego, realizaron un tratamiento de fertilización in vitro mediante el método ROPA (recepción de óvulos de la pareja). De esa manera, su conviviente quedó embarazada. Ante esa situación, las progenitoras acordaron que las tareas de cuidado esenciales en los primeros meses de su hijo estarían a cargo de la señora CAE. En consecuencia, solicitó una licencia por maternidad de ciento ochenta días corridos en los términos del artículo 2, inciso a, b y c de la ley Nº 5348 que regulaba las licencias familiares por nacimiento de los/las agentes de la Administración Pública Federal. Sin embargo, no obtuvo respuesta y presentó un pronto despacho ante el jefe de la unidad. Si bien la señora CAE recibió una notificación con el rechazo de la licencia por maternidad, se le concedió la licencia por nacimiento del inciso d de la ley Nº 5348 por el plazo de quince días corridos desde el nacimiento. Por ese motivo, solicitó el dictado de una medida autosatisfactiva contra el Gobierno de la Provincia de Río Negro. Entre sus argumentos, expuso que la resolución era un acto discriminatorio basado en la identidad de género y había violado sus derechos como madre no gestante.
27-dic-2017CA (causa Nº 131)Una niña vivía en situación de calle desde los once años y consumía estupefacientes. Su madre la había expulsado de su hogar y con su padre se contactaba de manera intermitente. En ese contexto, a los dieciséis años fue procesada por el delito de robo cometido en poblado y en banda. A partir de ese momento, y por el período de dos años, recibió tratamiento tutelar. Posteriormente, fue procesada por dos nuevos hechos y fue derivada a una residencia educativa. De ese lugar se fugó en dos oportunidades. Distintos equipos técnicos intervinientes en el caso destacaron la extrema situación de vulnerabilidad de la imputada. El Tribunal Oral de Menores la condenó a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional. Para decidir de ese modo, consideró que el tratamiento tutelar había sido “pobre” y que la joven no había internalizado sus objetivos. Contra esa decisión, su defensa y la Defensoría de Menores e Incapaces interpusieron recursos de casación. Entre sus argumentos, señalaron que la sentencia no había considerado la historia de vida de la joven y, con base en el artículo 1° de la ley Nº 22.278, solicitaron su absolución.
13-sep-2016CA, EJLa DNM declaró irregular la permanencia en el país de una persona extranjera y ordenó su expulsión del territorio nacional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de alzada que también fue rechazado. En consecuencia, se presentó en calidad de gestor administrativo (art. 48 CPCCN) y accionó judicialmente (art. 84, ley Nº 25.871). Ante la falta de contacto con su asistido, la defensa pidió la suspensión de los plazos procesales y ser designada en calidad de “defensor de ausentes” (art. 60 inc. a, ley Nº 24.946). La jueza de primera instancia rechazó el pedido de suspensión y tuvo por designada a la defensora. La DNM planteó la nulidad de todo lo actuado. Al respecto, alegó que había vencido el plazo previsto en el artículo 48 CPCCN sin que el actor haya ratificado la gestión. La magistrada rechazó la solicitud. Contra esa decisión, la autoridad migratoria interpuso un recurso de apelación.
18-sep-2017CAA (causa Nº 40999)Una persona se encontraba detenida en el Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza. El Consejo Correccional aconsejó su alojamiento en un establecimiento de régimen abierto. Por ese motivo, la defensa solicitó su traslado a la Unidad 33. El juzgado de ejecución hizo lugar a la presentación y ordenó el traslado. Sin embargo, el Servicio Penitenciario se negó a realizarlo. Por tal razón, la defensa interpuso un hábeas corpus. El juzgado que tramitó la acción consideró que el alojamiento de las personas detenidas constituía un aspecto exclusivo de la administración penitenciaria y, en consecuencia, rechazó la presentación. La defensa interpuso un recurso de apelación contra esa decisión, que fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Por ese motivo, se interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, la defensa sostuvo que la negativa de la administración carcelaria a efectuar el traslado de su asistido impactaba de manera negativa en el tratamiento resocializador previsto en el artículo 1° de la Ley N° 24.660.
4-ago-2015Cabail Abad (reg. 304 y causa N° 53817)Una persona había sido condenada a una pena privativa de la libertad. En ese proceso se le otorgó la libertad asistida. Luego, cometió un nuevo delito y fue condenada a una pena única de prisión. Durante la ejecución de la condena, la defensa solicitó que se le concediera la libertad asistida nuevamente. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable. El juzgado de ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que el artículo 56 de la ley Nº 24.660 establecía que una vez revocada la libertad asistida, la persona debía cumplir el resto de la condena un establecimiento semiabierto o cerrado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-nov-2015Caballero Flores, PlacidaDos mujeres de nacionalidad boliviana habían sido contactadas por un hombre para trasladar sustancias estupefacientes mediante la modalidad de ‘mulas’ desde Bolivia hacia la provincia de Mendoza. Ambas eran madres solteras, de condiciones socio-económicas bajas, no poseían estudios y habían aceptado la propuesta para atender necesidades familiares. Las dos fueron detenidas en la Argentina.
16-feb-2016Caballero López, Pablina (CSJN)En el presente caso, el Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana declaró procedente la extradición de Pablina Caballero de López al Reino de España para ser sometida a proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de apelación en el que se solicitó que se declare inválida la resolución, pues se dictó sin que fueran escuchadas las hijas menores de la imputada.
22-dic-2014Caballero López, Pablina (PGN)El Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana declaró procedente la extradición de Pablina Caballero de López al Reino de España para ser sometida a proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de apelación en el que se solicitó que se declare inválida la resolución, pues se dictó sin que fueran escuchadas las hijas menores de la imputada.
2-sep-2016Caballero Trinidad, JuanEn el marco de una investigación iniciada por la presunta infracción de la ley 23.737, el juzgado de primera instancia instruyó la causa sin que mediara requerimiento fiscal. Asimismo, dispuso la intervención de varios teléfonos con escasa fundamentación de las medidas y sin correr vista al acusador público. A partir de la información obtenida de las intervenciones telefónicas, el personal de Gendarmería interceptó un automóvil en un control vehicular, lo requisó y secuestró cocaína del interior del baúl. El representante del Ministerio Público sólo intervino para requerir la elevación de la causa a juicio. En el juicio oral, el fiscal solicitó la pena de siete años de prisión para uno de los imputados y seis años y seis meses de prisión para el otro por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el concurso de tres o más personas. El Tribunal Oral condenó a los dos a la pena de siete años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes, sin aplicar la agravante solicitada. Para llegar esta decisión, tomó como pautas agravantes la pureza del material secuestrado y la modalidad de ocultamiento. Contra la sentencia condenatoria, la defensa interpuso recurso de casación.
21-jul-2016Cabanillas, Eduardo RodolfoEn el presente caso, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 había rechazado la prisión domiciliaria de una persona condenada por delitos de lesa humanidad. El condenado, de 74 años, tenía antecedentes de hernia de disco, adenoma de próstata y dificultad motora debido a discopatías. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
29-may-2018Cabral y otro (causa Nº 78009)Dos hombres bajaron de un automóvil y llevaron a cabo un robo. Por ese hecho, fueron condenados por el delito de robo agravado por haber sido cometido con armas de fuego. A su vez, el tribunal interviniente dispuso el decomiso del automóvil. Las defensas de los imputados recurrieron la decisión. En lo que refiere al decomiso, se argumentó que el rodado era de la madre de uno de los imputados.
12-jul-2019Cabrera (causa Nº 62445)Una persona fue imputada por un delito. En la etapa de juicio oral suscribió un acuerdo conciliatorio con la víctima, a la que le ofreció disculpas y el pago de doce mil pesos en carácter de reparación patrimonial. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al acuerdo, por considerar que el instituto de la conciliación no se encontraba reglamentado. En ese sentido, sostuvo que su consentimiento debía constituir un requisito de procedencia. El Tribunal Oral manifestó que se haría lugar al acuerdo de conciliación si el dinero era entregado en ese momento. Entonces, el monto acordado fue entregado a la víctima, quien manifestó que el conflicto se encontraba solucionado.
11-nov-2021Cabrera López (causa N° 37628)Una noche un hombre fue abordado por tres personas mientras regresaba de un bar. Las personas descendieron de un auto y lo interceptaron en un pasillo de su barrio. Uno de los hombres le preguntó al transeúnte acerca del paradero de la motocicleta que le había sido sustraída. Él contestó que no tenía conocimiento ni información del tema. Luego de un breve intercambio comenzaron a discutir y dos de los hombres regresaron al auto. El tercer integrante insistió sobre la discusión e hizo un gesto que dio a entender que estaba armado. Ante ese gesto, el transeúnte sacó un arma y efectuó al menos siete disparos hacia el hombre. Cuatro de los disparos ocasionaron la muerte del hombre que permaneció en la escena e hirió a otro de ellos. Por este hecho, se le imputó al transeúnte el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal de acuerdo a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvieron lugar los hechos. Al momento de la declaración indagatoria, la persona mostró una clara dificultad para expresarse. A su vez, informó que consumía marihuana y pastillas de rivotril con alcohol, y que había repetido cuatro veces el cuarto grado de la escuela primaria. Respecto de lo sucedido, sostuvo que creía que la víctima tenía un arma. Asimismo, señaló que el arma que portaba la había obtenido de un vendedor de drogas de su barrio. Durante la audiencia de debate, declaró una referente comunitaria del barrio. La mujer manifestó que la víctima formaba parte de una banda peligrosa, que solía tener actitudes agresivas, que era habitual que portara armas de fuego y que era una persona temida por los vecinos. El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación más allá de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvieron lugar los hechos y solicitó una pena de diecinueve años de prisión. Por su parte, la defensa sostuvo que la autoría y materialidad de los hechos se encontraban probadas y admitidas por el imputado. En ese sentido, señaló que no realizaría cuestionamientos sobre esos aspectos. Su alegato giró en torno a la existencia de una causa de justificación y la atipicidad de las conductas de tentativa de homicidio.