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nov-2022Uso ilegítimo de la fuerza de los cuerpos de seguridad estatales (Corte IDH)Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el uso ilegítimo de la fuerza de las fuerzas de seguridad estatales
23-dic-2014V, AB c. Swiss Medical SAEn el marco de un amparo de salud, el juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por la actora y, en consecuencia, ordenó a Swiss Medical S.A. que brinde la cobertura integral del tratamiento para la enfermedad -anorexia nerviosa de tipo restrictivo- que padece la niña afiliada. En la resolución, el juez de grado dispuso que el tratamiento se realizara en una institución adecuada a la patología de la niña, previa prescripción médica y hasta tanto se dicte sentencia definitiva. La actora interpuso recurso de apelación. Fundó su agravio en que la medida ordenada no fue requerida en los términos del escrito de inicio ya que había solicitado que la prestación se realizara en una institución específica. Agregó que si bien no se trataba de un prestador de la demandada, se trataba de lugar especializado en trastornos alimentarios y que había sido aconsejado por el pediatra de la niña.
15-dic-2014V, CSUna persona que se desempeñaba como oficial de la Gendarmería Nacional había sido imputada por el delito de lesiones culposas producidas en el marco de un accidente de tránsito. Su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Pese al dictamen favorable del fiscal de la causa, el juzgado rechazó la petición. Para decidir de ese modo, consideró que su calidad de funcionario público impedía la concesión del instituto. Contra aquella decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
6-nov-2014V, EC c. G, AEl juez de grado hizo lugar a la demanda por impugnación de paternidad y filiación promovida por la parte actora. Ambas partes apelaron dicha decisión. La accionante cuestionó que el magistrado de primera instancia haya dispuesto que se le adicione el apellido paterno. Entre sus fundamentos, sostuvo que el apellido materno ha sido su identidad durante 45 años y es el modo en que la familia, sus amigos, conocidos y relaciones la conocen. Por su parte, el demandado se agravió por la admisión del daño moral.
17-may-2012V, EREl tribunal había concedido la suspensión del juicio a prueba a una persona por el plazo de un año y ocho meses. El juzgado de ejecución tuvo por cumplidas las reglas de conducta en abril de 2009. Sin embargo, el tribunal oral suspendió el tratamiento de la situación procesal del imputado hasta que se resuelva su situación en otro proceso en el que se encontraba involucrado. Contra esa disposición, la defensa interpuso un recurso de casación que, rechazado, motivó la interposición de un recurso de queja.
2-mar-2016V, FELa Asesoría de Incapaces N° 1 del Departamento Judicial de La Matanza solicitó al Juzgado de Familia N° 4 de dicha jurisdicción que ordenara la internación por motivos de salud mental de la adolescente FEV, quien habitaba establemente, junto a su familia, en la localidad de San Justo. La petición se originó en razón de la actitud reticente que mostraron los progenitores de FEV frente al intento de implementar la internación extrajudicial que –en los términos del art. 35 bis de la ley provincial 13.298– había dispuesto el organismo de promoción y protección de los derechos de niños y adolescentes del municipio de La Matanza, a raíz del diagnóstico coincidente de riesgo cierto e inminente emitido por los especialistas de las instituciones de salud. El tribunal ordenó la evaluación del estado de salud psíquico de la niña en el Hospital del Niño de San Justo y, de corresponder, su internación en dicho nosocomio. A su vez, el tribunal, hizo lugar a las medidas precautorias solicitadas por la asesoría y prohibió a los padres de la joven acercarse a ella. Esto, en función de la existencia de una situación altamente peligrosa de violencia familiar. Asimismo, ordenó al personal de la institución no permitir el retiro de la niña por parte de los padres. Las diligencias desplegadas para cumplir lo resuelto fracasaron. El padre de FEV acompañó un informe médico que desaconsejaba el ingreso de FEV a un servicio psiquiátrico y se comprometió a llevar a cabo un tratamiento ambulatorio. Finalmente, el tribunal resolvió que el caso continuara bajo la órbita del Servicio Local de Protección de Derechos, dejó sin efecto las medidas ordenadas y tuvo por agotada la intervención judicial respecto de FEV, haciendo saber a los progenitores que deberán acreditar mensualmente que su hija realiza el tratamiento ambulatorio. Asimismo, se declaró incompetente y giró las actuaciones al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 26 por haber prevenido en el conocimiento del caso. La magistrada nacional resistió la inhibitoria con base central en que, por aplicación de los artículos 36 y 716 del Código Civil y Comercial de la Nación, es competente el juez del lugar de internación o el del foro en el que la persona menor de edad tiene su centro de vida, que en el caso es la provincia de Buenos Aires. Así, se generó un conflicto negativo de competencia.
2-feb-2016V, FE (dictamen PGN)En este caso, la Asesoría de Incapaces n° 1 del Departamento Judicial de La Matanza solicitó al Juzgado de Familia n° 4 de dicha jurisdicción, que ordenara la internación de salud mental de la adolescente FEV, quien habita establemente, junto a su familia, en la localidad de San Justo. La petición se originó en la actitud reticente que mostraron los progenitores de FEV, frente al intento de implementar la internación extrajudicial que -en los términos del art. 35 bis de la ley provincial 13.298- había efectuado el organismo de promoción y protección de los derechos de niños y adolescentes del municipio de La Matanza, a raíz del diagnóstico coincidente de riesgo cierto e inminente emitido por los especialistas de las instituciones de salud. El tribunal ordenó la evaluación del estado de salud psíquico de la niña en el Hospital del Niño de San Justo y, de corresponder, su internación en dicho nosocomio. A su vez, el tribunal, hizo lugar a las medidas precautorias solicitadas por la asesoría y prohibió a los padres de la joven acercarse a ésta, en función de la existencia de una situación altamente peligrosa de violencia familiar, hasta que lo determine el cuerpo médico tratante, que, además, debía evaluarlos; y ordenó al personal de la institución no permitir el retiro de la niña por parte de los padres. Las diversas diligencias desplegadas para cumplir lo allí resuelto, fracasaron. El padre de FEV acompañó un informe médico que desaconsejaba el ingreso de FEV a un servicio psiquiátrico y se comprometió a llevar a cabo un tratamiento ambulatorio. Finalmente, el tribunal resolvió que el caso continuara bajo la órbita del Servicio Local de Protección de Derechos, dejó sin efecto las medidas ordenadas y tuvo por agotada la intervención judicial respecto de FEV -mientras se mantuvieran las circunstancias-, haciendo saber a los progenitores que deberán acreditar mensualmente el tratamiento ambulatorio. Asimismo, se declaró incompetente y giró las actuaciones al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 26, por haber prevenido en el conocimiento del caso. La magistrada nacional resistió la inhibitoria con base central en que, por aplicación de los artículos 36 y 716 del Código Civil y Comercial de la Nación, es competente el juez del lugar de internación o el del foro en el que la persona menor de edad tiene su centro de vida, que en el caso es la provincia de Buenos Aires. Así, se generó un conflicto negativo de competencia.
25-feb-2014V, GEEn 2006 el tribunal oral le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba y le impuso, como reglas de cumplimiento, el pago de un monto de dinero en concepto de reparación y la realización de tareas comunitarias. El juez de ejecución penal, en 2010, consideró cumplidas las reglas impuestas. Sin embargo, en 2013, el tribunal oral revocó la probation por considerar que el probado no había cumplido con las condiciones establecidas, pues nunca abonó la reparación pecuniaria acordada. La defensa interpuso un recurso de casación contra esa decisión.
20-ene-2017V, HHOSMAD y FEMA recibían el pago de las cuotas de sus afiliados y derivaban a Galeno Argentina SA el otorgamiento de un servicio de salud integral. En determinado momento, las dos entidades rescindieron el contrato con Galeno. En consecuencia, cinco personas solicitaron que se les mantengan las condiciones de afiliación que tenían hasta ese momento. Galeno, sin embargo, les ofreció “reafiliarse” sin reconocerles, entre otras cosas, su antigüedad y la cobertura del tratamiento de las enfermedades preexistentes. Por esta razón, interpusieron una acción de amparo y requirieron que se declare abusiva la rescisión contractual y se ordene la continuidad de la prestación con los mismos grupos familiares e idéntico valor de las cuotas y se ordenen las prácticas médicas pendientes. El tribunal de primera instancia dispuso de manera cautelar intimar a OSMAD y a VISITAR SRL a mantener a uno de los actores como afiliado, con la misma cobertura asistencial que gozaba, hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo. Contra dicha decisión, los amparistas interpusieron un recurso de apelación por considerar que la medida no estaba dirigida a Galeno y que sólo se refería a uno de los accionantes, cuando los actores eran cinco.
22-dic-2016V, JAEl conductor de un colectivo fue imputado por la comisión del delito de homicidio culposo agravado por la conducción negligente de un vehículo automotor en concurso ideal con lesiones culposas. La hipótesis acusatoria se fundó, en esencia, en la violación del deber objetivo de cuidado a través de la infracción a la norma sobre prioridad de paso. El tribunal oral, sin embargo, absolvió al imputado por considerar que no se había infringido la reglamentación que invocó el fiscal. El representante del Ministerio Público Fiscal recurrió la decisión. En su presentación, sostuvo que, si bien el imputado no violó la prioridad de paso, debió haber aminorado la marcha en el cruce de calles. La Sala IV de la CFCP hizo lugar al recurso y condenó al conductor del automóvil. Entre otros argumentos, sostuvo que el imputado era un conductor profesional y omitió frenar en el cruce. En este sentido, consideró que esto implicó un incremento del riesgo permitido y significó un comportamiento alejado del rol. En este marco, la defensa interpuso recurso de casación y recurso extraordinario federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso, aplicó lo resuelto en el caso “Duarte” y designó a otra Sala de la Cámara de Casación para actuar como tribunal revisor. De esa manera, se conformó una nueva integración de la Sala IV. En esta oportunidad, la defensa se agravió con respecto a que la versión sobre la que se construyó la condena no guardó relación con la acusación fiscal.
7-mar-2017V, LDUna persona había sido imputada de acuerdo al procedimiento de flagrancia. Durante la audiencia de clausura (art. 353 quinquies del CPPN), la defensa solicitó su excarcelación. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso. El juez de instrucción rechazó la solicitud y declaró la clausura de la instrucción. Sin embargo, no se expidió sobre la prisión preventiva del imputado. Por esa razón, la defensoría interpuso un recurso de apelación.
15-nov-2017VA (causa Nº 6631)Un hombre de 92 años imputado y detenido por delitos de lesa humanidad presentaba un deterioro cognitivo de grado moderado a grave. Por tal razón, la defensa solicitó la suspensión del proceso por incapacidad sobreviniente, en los términos del artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación. Del informe neurológico elaborado por el Cuerpo Médico Forense, surgía que el imputado poseía fluctuaciones que podían agravar su salud mental y clínica, por lo que “no era confiable para jerarquizar sus expresiones”. Por otra parte, el informe psiquiátrico indicó que si bien el nombrado presentaba un deterioro cognitivo compatible con su edad, comprendía la imputación que se le efectuaba y se encontraba en condiciones psíquicas de ejercer su derecho de defensa. Con base en esas consideraciones, el Tribunal Oral rechazó la solicitud. La defensa interpuso un recurso de casación, por entender que se había realizado una valoración parcial de los informes médicos.
29-ago-2017VA (Causa Nº C 121.162)En el marco de un proceso de adopción, el juzgado revocó la guarda de los niños AV y MV otorgada al matrimonio integrado por AEM y GJM. Además, se ordenó la realización, con carácter de urgente, de una nueva búsqueda y selección de aspirantes que satisficieran las necesidades y requerimientos de los niños y dispuso el reingreso de uno de ellos al “Hogar de Niños Pastor Pascual Crudo”. Contra esa decisión, los pretensos adoptantes interpusieron un recurso de apelación. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón confirmó la sentencia. Asimismo, ordenó la realización de una nueva evaluación del niño A. respecto de la posible dificultad cognitiva y dispuso que el matrimonio M-M realicen –en la medida en que lo así lo acepten– apoyo psicológico en este proceso de guarda fallida y la concurrencia a programas de apoyo para aspirantes a adopción. Finalmente, ordenó, que para el caso de no haberse dispuesto, se adoptaran medidas respecto de V. y B. (hermanos mayores de A. y M.). Contra esta decisión, los interpusieron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
1-ago-2016VA c. VIUn joven de 18 años que cursaba una carrera universitaria promovió una acción judicial por el reclamo de alimentos contra su progenitor. El actor solicitó que se fije una cuota alimentaria equivalente al 30% de toda suma de dinero que perciba el demandado y que la cuota se integre con las asignaciones familiares y la obra social. En su contestación el demandado ofreció pagar una cuota alimentaria equivalente al 12% de sus ingresos. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y fijó una cuota alimentaria equivalente al 18% de los ingresos del demandado más las asignaciones familiares y el pago de la obra social. Asimismo, fijó una cuota en concepto de alimentos atrasados por el periodo correspondiente a la fecha del pedido de audiencia de conciliación hasta el dictado de la sentencia. El demandado apeló lo resuelto.
11-ago-2016VABAEn julio del 2012, el Tribunal Oral le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. La probation venció en diciembre de 2013. En 2014, el imputado fue condenado en sede federal por otro hecho cometido en marzo de 2013. Por este motivo, el tribunal revocó el instituto. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
16-jun-2022Vaca (reg. N° 713 y causa N° 39)Durante un operativo sobre una ruta, personal de Gendarmería Nacional detuvo a una mujer que viajaba en un vehículo. En el acta, los agentes describieron que la mujer presentaba un estado de nerviosismo. En ese sentido, indicaron que le temblaban las manos, respondía con voz entrecortada y se contradecía en sus dichos. Además, observaron que llevaba poco equipaje en relación con los días que manifestaba que iba a viajar. Los agentes se comunicaron con el juzgado de turno y solicitaron autorización para realizarle un estudio radiográfico. En ese momento, trasladaron a la mujer a un hospital donde manifestó “de manera espontánea” y en presencia de testigos que llevaba algo en su cuerpo. Luego, el médico interviniente detectó la presencia de elementos extraños. La mujer, en presencia de una testigo, la custodia y el médico, extrajo de su interior dos paquetes envueltos en cinta adhesiva. Por ese hecho se le imputó el delito de tenencia de estupefacientes.; Durante el proceso, se realizó un informe que indicaba que estaba a cargo de tres niños pequeños, sin sustento económico que le permitiera satisfacer sus necesidades básicas y sin un núcleo familiar de contención que pudiera suplir esas falencias. En la etapa de juicio oral, se suscribió un acuerdo de juicio abreviado. El tribunal interviniente condenó a la mujer a la pena de un año de prisión en suspenso. Asimismo, le impuso reglas de conducta por el término de dos años. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, sostuvo que el plazo de la pena accesoria que se había impuesto resultaba desproporcionado, arbitrario e irrazonable. En ese sentido, explicó que no guardaba relación con la pena principal y solicitó que se le impusiera el cumplimiento de reglas de conducta por un plazo que no excediera el año. En la instancia de casación, el representante del Ministerio Público Fiscal manifestó que el procedimiento se había realizado sin la correspondiente orden judicial y sin que se verificaran los supuestos que habilitaban la detención, requisa e inspección corporal. En ese sentido, sostuvo que no había existido una sospecha objetiva de que la imputada cometía un delito. Así, explicó que la actitud de nerviosismo al serle requeridos sus documentos no constituía una causa probable ni legal para el inicio de ese tipo de procedimiento. Por último, indicó que se había visto comprometido el secreto médico y la confidencialidad de los profesionales de la salud. Por esa razón, solicitó que se declarara la nulidad de todo lo actuado y, sin reenvío, se absolviera a la mujer.
30-jun-2009VADUn niño con discapacidad asistía a una escuela privada y su obra social se hacía cargo de la cobertura de la maestra integradora. Sus padres solicitaron que, además, se le cubrieran los gastos del establecimiento educativo. Ante la negativa, interpusieron una acción de amparo y requirieron que se disponga una medida cautelar. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición y ordenó cumplir con la cobertura de la escolaridad.
14-nov-2017VAG (causa Nº 48812)Una persona se encontraba bajo el régimen de libertad asistida. Durante su transcurso, cometió un nuevo delito y fue detenida. Al dictarse sentencia por ese hecho, el Tribunal Oral no computó el lapso transcurrido bajo dicha modalidad. La defensa impugnó esa decisión. El Tribunal Oral rechazó el planteo, lo que motivó la interposición de un recurso de casación. Entre sus argumentos, la defensa señaló que el plazo que su asistido fue sometido al régimen de libertad asistida debía ser tenido en cuenta como tiempo de detención en los términos de la actual redacción del artículo 56 de la ley Nº 24.660. Además, consideró la decisión del tribunal había implicado una interpretación analógica del artículo 15, regulado sólo en relación al instituto de libertad condicional.
27-oct-2014VAL, AlejandroLa defensa interpuso recurso de casación contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de la CABA que resolvió no hacer lugar al levantamiento de las medidas cautelares respecto de su asistido. La medida cautelar, consistente en el embargo de un departamento y cuatro obras de arte por un millón de pesos, fue mantenida por casi diez años a pesar de que el imputado fue absuelto. La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y anuló la resolución recurrida.
28-abr-2022Valakkevicus (Causa N° 63044/2014)Un hombre (IAV) fue acusado de robarle el teléfono celular a GEP, junto a otras dos personas, luego de exhibirle un arma de fuego. GEP declaró en sede policial y en instrucción y reconoció a IAV como su agresor con unas fotografías que le mostraron. Además, el preventor que intervino en la detención (RRZ) declaró que secuestró el teléfono celular en poder de IAV. En el juicio oral, GEP negó poder reconocer al acusado como uno de sus atacantes y no pudo aportar datos o características para individualizarlo. Por su parte, en el juicio oral, el preventor RRZ señaló que había secuestrado un arma y un teléfono celular a las tres personas pero no pudo precisar en poder de quién de los tres estaba cada elemento. El hombre fue condenado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego a la pena de seis años y ocho meses de prisión. Para decidir de esa manera el tribunal valoró las declaraciones que GEP y el preventor RRZ brindaron en sede policial, pero éstas últimas no se incorporaron por lectura en el debate. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.