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26-may-2015Jerez, Enrique AlbertoEl juez de instrucción había declarado la inconstitucionalidad del artículo 14, 2º párrafo de la ley 23.737 y sobreseyó al imputado. Esa decisión, sin embargo, fue revocada por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. La defensa interpuso contra esa resolución recurso de casación y, frente a su rechazo, recurso de queja.
20-dic-2018JH v. AustraliaJH nació sorda y utilizaba la lengua de señas australiana (Auslan) como idioma materno. En el año 2014, fue citada por la Fiscalía General de Perth para integrar a un jurado. Poco más tarde, se informó de su condición y que necesitaba un intérprete Auslan para poder cumplir con su deber. La Fiscalía notificó a la peticionaria que sería dispensada de su obligación con base en la Ley de Jurados, que garantizaba un juicio imparcial a la persona acusada e incluía la preservación del secreto de las deliberaciones del jurado. En febrero de 2015, presentó un reclamo ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades que fue rechazado en favor de la Fiscalía. La Comisión no examinó el fondo del reclamo; por ende, el caso no podía remitirse al Tribunal Administrativo del Estado. Además, como la decisión no constituía un error de derecho no podía ser apelada ante el Tribunal Supremo.
13-feb-2017JHA y otra (Causa N° 81000828)Un hombre y una mujer fueron imputados por la comisión del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. Las víctimas eran mujeres extranjeras de bajos recursos y fueron trasladadas, mediante engaños, a la ciudad de General Roca. El hombre era el dueño del local nocturno donde las víctimas eran explotadas. A la mujer se le imputó, entre otras cuestiones, haber sido la encargada del comercio y cobrar los “pases”. En oportunidad de prestar declaración indagatoria, la nombrada rechazó la acusación y explicó que ella realizaba los mismos trabajos que las demás víctimas. En esa línea, explicó que contrajo una relación sentimental con su coimputado y, dado que no contaba con la libreta sanitaria pertinente, éste quien le ofreció ser la encargada del local. En etapa de juicio, su defensa solicitó la absolución de la mujer, en los términos del artículo 5 de la ley N° 26.364. El Tribunal Oral la condenó a la pena de cuatro años de prisión. Para decidir de esa manera, consideró que la imputada, luego de ser explotada, había pasado a ser la encargada del local y quien tenía la tarea de captar y transportar a las mujeres que luego serían explotadas. En esa línea, entendieron que su conducta fue voluntaria, y que no cabía la excusa absolutoria a su respecto. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
25-abr-2018JI y EA v. FinlandiaUna mujer, JI, entabló una relación con JA a finales de 2010. Al tiempo, JA comenzó a actuar de manera violenta contra ella. Posteriormente, quedó embarazada y JA quiso obligarla a someterse a un aborto. Ella, sin embargo, se negó. Durante el embarazo, en 2011, continuaron las agresiones. JI mantuvo la relación porque quería que su hijo contara con la presencia de un padre. EA nació en agosto de 2011, momento en que la violencia se intensificó. JI no informó a las autoridades porque JA la había amenazado con matarla. En diciembre de 2011, JA la agredió en su casa y estuvo convaleciente durante varias semanas. En febrero, la volvió a golpear en diferentes ocasiones. Dos meses más tarde, la agredió nuevamente provocándole grandes secuelas. Como consecuencia de esto, JA fue detenido por la policía y su hijo de 8 meses fue puesto bajo la custodia de las autoridades de bienestar infantil, ya que su madre tuvo que permanecer hospitalizada debido a las lesiones que sufrió. En octubre de 2012, la peticionaria, por recomendación de un asistente social y dada la situación de continua violencia doméstica, abandonó el domicilio conyugal con su hijo y se trasladó a un centro de acogida de mujeres. Posteriormente, el niño fue institucionalizado. A finales de 2012, JI se separó definitivamente. En virtud de una decisión del 5 de diciembre de 2012, EA volvió a vivir con su madre y JA obtuvo derechos de visita. Más tarde, JA solicitó la custodia exclusiva de su hijo. En enero de 2013, el Tribunal de Distrito dictó una orden provisional basada en el acuerdo de los padres en virtud de la cual el hijo debería vivir con su madre y el padre tendría derecho a visitarlo dos fines de semana cada mes. En octubre de 2013, el Tribunal de Distrito consideró que se había incumplido el régimen de visita y le concedió a JA la custodia exclusiva del niño. En esa decisión, se afirmó que la peticionaria tenía una actitud hostil e inestable y que esto afectaría el futuro de su hijo. En junio de 2014, el Tribunal de Apelación confirmó la decisión del Tribunal de Distrito. Poco después, el Tribunal Supremo decidió no admitir a trámite el recurso de apelación de la peticionaria. Entonces, se presentó una denuncia ante la CEDAW que estuvo acompañada de una solicitud de medidas provisionales. En ese momento, la CEDAW se requirió que se dispusieran medidas orientadas a garantizar la seguridad de JI y que sus denuncias se investiguen de manera rápida y exhaustiva. Sin embargo, las autoridades locales no actuaron en consecuencia.
13-sep-2023Jimenez (Causa N° 6070)Durante un operativo público de prevención, personal de gendarmería detuvo un rodado que se encontraba al servicio de una empresa de encomiendas. En ese marco, perros encargados de la detección de estupefacientes individualizaron dos goteros que según su etiquetado contenían concentrado de aceite de cannabis para uso medicinal. Se realizaron tareas de investigación y encontraron al remitente. Por ese hecho, fue imputado por el delito de comercio de estupefacientes. En la declaración indagatoria, manifestó que se dedicaba a la fabricación y venta de productos terapéuticos a base de THC para personas mayores o con dolencias graves. Además, el imputado refirió que no contaba con permisos para la siembra y cultivo de cannabis. En esa línea, agregó que tampoco contaba con un permiso para la elaboración y venta de productos con fines medicinales. Una vez realizado el descargo, fue procesado sin prisión preventiva. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
15-jul-2015Jimenez, Roberto Claudio y otroEl tribunal oral había condenado a los imputados por la comisión del delito de robo con armas en grado de tentativa. La resolución se basó, principalmente, en la declaración de la víctima. Ante esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
17-feb-2021Jiménez (causa N° 22058)Seis personas fueron imputadas por distintos delitos regulados en la ley N° 23.737 según el grado de su presunta participación. Todas las personas acordaron sus penas con la representante del Ministerio Público Fiscal en un único juicio abreviado. Entre los montos de las penas acordadas se encontraban condenas de prisión efectiva de seis años y medio, siete y ocho años. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero homologó el acuerdo. Una de las personas presentó un recurso in pauperis. Luego, la defensa desarrolló los fundamentos de la impugnación. En ese sentido, consideró que la resolución había otorgado validez a un acuerdo que establecía una pena superior a la prevista en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación y solicitó su nulidad.
24-jun-2015Jinkis, Mariano AlejoLa defensa había solicitado que se le conceda al imputado la excarcelación o, en subsidio, la prisión domiciliaria. Esto último en razón de su estado de salud y de la necesidad de preparar su defensa en el proceso por el que se requirió su extradición a Estados Unidos.
23-ago-2016JK y otros v. SueciaDesde la década de 1990, un hombre iraquí tenía una empresa en Bagdad, Irak. Sus clientes eran exclusivamente estadounidenses. Entre los años 2004 y 2008, el hombre y su familia fueron víctimas de diversos actos de terrorismo que incluyeron amenazas, secuestros, intentos de homicidio y la destrucción de su hogar en razón de sus vínculos comerciales con estadounidenses. En el marco de uno de los ataques, una de sus hijas falleció y su negocio fue asaltado. A partir de esos hechos, la familia vivió en diversos países. En diciembre de 2010, el hombre, su esposa y una de sus hijas solicitaron asilo y permiso de residencia en Suecia. La Agencia de Migración sueca, luego de celebrar entrevistas con los nombrados, rechazó la solicitud por considerar que eran las autoridades iraquíes quienes debían proteger a la familia. Además, entendió que los ataques terroristas habían cesado y que las víctimas no habían logrado demostrar que la amenaza continuara vigente. Finalmente, la Agencia ordenó su expulsión de Suecia. La familia interpuso diversos recursos contra esa decisión, que fue confirmada por los tribunales locales.
7-oct-2015JLEn este caso, se dictó una resolución de revisión de una sentencia que había restringido la capacidad de una persona en 1998, mantuvo los alcances de la sentencia original y rechazó el requerimiento de la Curadora Oficial de designar a la Unidad de Letrados para la Revisión de las Sentencias que restringen la Capacidad Jurídica. La Curadora Oficial y la Defensora de Menores e Incapaces interpusieron un recurso de apelación por considerar que la resolución recurrida era una clara intromisión del Poder Judicial en el ámbito del Ministerio Público y porque el juez de grado debió haber ordenado la intervención de la unidad de letrados.
23-mar-2018JLA (causa Nº 53030615)Una persona de 76 años había sido imputada por la comisión de delitos de lesa humanidad. Debido a su delicado estado de salud, el juzgado había dispuesto el cumplimiento de la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. La persona recibía un tratamiento médico en el Hospital Militar. En una oportunidad, debido a una urgencia, asistió a otro hospital sin autorización para retirarse de su domicilio. La defensa presentó el certificado médico correspondiente. Durante el debate, el Tribunal Oral revocó la detención domiciliaria. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta que el imputado se había retirado de su domicilio sin autorización. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
17-mar-2016JLMLUna persona sobreseída en el marco de un proceso penal por contrabando de divisas solicitó que se le devolviera el dinero que se le había secuestrado. El pedido fue rechazado. En consecuencia, las divisas fueron puestas a disposición de la Dirección General de Aduanas con el objeto de que se investigara una presunta infracción al régimen de equipaje. Contra esa resolución se interpuso un recurso de casación que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja.
23-ago-2017JLR (causa Nº24424)Dos personas fueron imputadas de conformidad con las reglas que rigen el procedimiento de flagrancia. En ese marco, la defensa cuestionó “…las diversas medidas adoptadas por la Fiscalía durante el lapso que se aprehendió a los encartados y se desarrolló la audiencia de rigor, ello en tanto y en cuanto se ha llevado adelante la recolección de un plexo probatorio que no revestía urgencia alguna y sin el debido contralor que se exige para estos casos”. Frente a esto, se opuso al trámite de flagrancia que se le dio al caso y solicitó su “ordinarización”. El planteo llegó a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata por vía de un recurso de apelación.
1-jun-2023JM v. ChileUna pareja residía con su bebé en España. Cuando el niño tenía un año, le diagnosticaron un trastorno del espectro autista. En paralelo, la mujer descubrió que su pareja tenía problemas de adicciones y el vínculo entre ellos se deterioró. Por ese motivo, el hombre firmó una autorización para que la madre viajara con el niño un mes a Chile, de donde ella era originaria; mientras él recibía tratamiento en España. Sin embargo, al llegar a Chile el niño comenzó un tratamiento para el autismo y se quedaron más tiempo que el previsto. Luego de un año, el padre denunció la retención ilícita de su hijo y solicitó su restitución internacional. El tribunal de primera instancia no hizo lugar al pedido. Para decidir así, consideró que el hombre había consentido la retención en los términos del artículo 13(a) del Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores. Asimismo, entendió que la restitución y la separación de la madre implicarían un cambio drástico que podría ser perjudicial para el niño, considerando su especial condición de salud. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso de apelación que no prosperó. Luego, presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de Chile. La Corte hizo lugar al recurso, revocó las sentencias anteriores y ordenó la restitución inmediata de su hijo. Para ese momento, el niño ya tenía 3 años y había residido en Chile durante dos años, donde continuaba recibiendo tratamiento para el autismo. La madre no cumplió la decisión del máximo tribunal. Por ese motivo, fue declarada en desacato y se ordenó su detención. Ante esa situación, la madre presentó una comunicación ante el Comité de los Derechos del Niño.
16-nov-2017JMD (causa Nº 24299)Un niño de seis años que se encontraba en un hospital de la localidad de El Bolsón requería la realización de una transfusión de glóbulos rojos. Sus padres, sin embargo, se oponían a que se llevara a cabo esta práctica por ser miembros del culto “Testigos de Jehova”. En consecuencia, las autoridades del hospital convocaron a la defensora de menores de turno y la jueza del Juzgado de Familia Nº 7 de San Carlos de Bariloche.
28-feb-2019JMDA (causa N° 57375)Una joven menor de edad convivía con su pareja. En una oportunidad se produjo una discusión y un forcejeo entre ambos por unas llaves. La mujer tomó un cuchillo que se encontraba sobre una mesa y persiguió al hombre, quien salió corriendo hacia la vereda. Allí, continuó la discusión hasta que la mujer hirió al hombre en el pecho con el arma blanca, quien falleció en el momento. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En su declaración indagatoria, la acusada explicó que había sido víctima de violencia de género. Durante la instrucción, la representante del Ministerio Público Fiscal considerara que la mujer había actuado con exceso en la legítima defensa. En ese sentido, sostuvo que había sufrido constantes golpes y privaciones de libertad por parte de su pareja y que, en una oportunidad, su madre había hecho una denuncia en representación de su hija por el delito de lesiones y amenazas. Además, valoró los informes ambientales, psicológicos y psicofísicos que daban cuenta del contexto de violencia de género en el que estaba inmersa. En cuanto a los requisitos de la legítima defensa consideró que debían analizarse desde una perspectiva de género. El juzgado rechazó el planteo, procesó a la mujer por el delito de homicidio calificado por el vínculo y elevó la causa a juicio. Para decidir de esa manera sostuvo que la joven no había declarado haber sido víctima de una agresión física por parte de su pareja, por lo que su conducta no podía encuadrarse en legítima defensa. Contra esa decisión, la representante del MPF interpuso un recurso de apelación.
17-feb-2023JMM (Causa N° 5008)Un adolescente de 17 años solicitó la cobertura médica para la realización de una intervención quirúrgica de modificación corporal en virtud de la identidad de género con la que se autopercibía. Sin embargo, la obra social rechazó la solicitud. En esa oportunidad, indicó que era necesario el consentimiento de ambos progenitores, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley de Identidad de Género Nº 26.743. Por ese motivo, la madre y su pareja presentaron una nota en la que consintieron la cirugía. No obstante, la obra social volvió a rechazar el pedido. En ese sentido, la entidad señaló que era necesario que el padre biológico del joven prestara conformidad. A su vez, informó que el artículo 11 de la referida ley requería autorización judicial. En ese marco, con la representación de la Defensoría Pública Oficial, el adolescente interpuso una acción declarativa. En su presentación solicitó al juez que determinara si resultaba aplicable el último párrafo del artículo 26 del Código Civil y Comercial de la Nación –que a partir de los 16 años otorgaba autonomía a los adolescentes para decidir sobre el cuidado de su cuerpo– o si correspondía que los progenitores y el juez autorizaran la cirugía, conforme lo establecido en la ley Nº 26.743. Asimismo, el actor pidió que se declarara que las disposiciones del Código sobre autonomía progresiva prevalecían frente a las de la ley especial. El juzgado rechazó el planteo. Para así decidir, sostuvo que debía integrarse a los progenitores en todo lo relativo a la salud, protección, desarrollo y formación integral de los hijos. En consecuencia, entendió que se requería la autorización de los progenitores y de la justicia para llevar a cabo la práctica. Sobre ese aspecto consideró que, hasta tanto la legislación específica no fuera derogada, debía interpretarse el artículo 26 de acuerdo con los requisitos de la Ley de Identidad de Género. En consecuencia, el adolescente presentó un recurso de apelación.
19-may-2016JN v. Reino UnidoEn el presente caso, el peticionario de origen iraní, cuya solicitud de asilo en Reino Unido había sido denegada, permaneció durante dos períodos de tiempo detenido por razones migratorias. Su segundo período de detención comenzó por una orden judicial; desde enero del 2008 hasta septiembre de 2009. El peticionario no contaba con identificación formal que le permitiera obtener un documento de viaje emitido por la embajada de su país. Asimismo, se negaba a cooperar y prestar conformidad para su retorno a Irán. El peticionario manifestó su disposición de retornar a Irán si era compensado económicamente por los períodos de detención sufridos. Dicha solicitud le fue denegada, conjuntamente con sus peticiones de ser liberado bajo fianza. El fundamento de dicha denegatoria se basó en su negativa a cooperar. Ante el TEDH, el peticionario alegó la violación de su derecho a la libertad (art. 5.1 del CEDH).
17-ago-2015JNGP v. UruguayEn la presente comunicación, el peticionario JNGP había formado parte de la Armada como teniente coronel durante el régimen “cívico-militar”, siendo el responsable de implementar y ejecutar las acciones propias de la Operación Cóndor en el país. En 2006, se inició un proceso penal contra el peticionario que culminó en 2009 con la condena a 25 años de prisión por el delito de homicidio muy especialmente agravado en reiteración real cometido contra 28 personas. El peticionario denunció ante el Comité de Derechos Humanos que los procesos judiciales llevados a cabo en su contra se realizaron sin respetar ciertos institutos básicos del derecho penal como la prescripción, la irretroactividad de la ley penal, la cosa juzgada y el non bis in idem. De la misma manera, alegó la violación del debido proceso, el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial y cuestionaron la denegación de su solicitud de cumplir la pena de prisión en régimen de reclusión domiciliaria. El Comité concluyó que el proceso penal seguido contra el peticionario no violó los derechos que le asisten en virtud del artículo 14, párrafo 1, del Pacto” (párr. 9.6).
3-oct-2017Jofre (reg. Nº 954 y causa Nº 58073)Un hombre había sido condenado, entre otros delitos, por haber proferido amenazas coactivas contra su pareja. La sentencia no estableció que realizara ningún tipo de tratamiento sobre violencia de género. Al cumplirse el requisito temporal de detención, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad se expidió de manera favorable a su otorgamiento. Por su parte, la fiscalía solicitó que se informara si el imputado había realizado alguna terapia vinculada con cuestiones de género. El Servicio Penitenciario informó que no existía pronóstico de reinserción en tal sentido, ya que desconocía la existencia de una condena vinculada a dicha temática. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado rechazó la concesión del instituto. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.