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28-nov-2014F.A., D.E. y otrosSe había imputado a una contadora pública la comisión del delito de asociación ilícita tributaria. Al dictarse su sobreseimiento, la acusación pública interpuso recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata revocó la resolución y dictó la falta de mérito. La discusión versaba sobre la participación de la imputada en la empresa; en concreto, se debía determinar si trabajaba como asesora externa profesional o si la integraba. A tal efecto, se elaboró un informe pericial con la intervención del Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la DGN. En razón de esa información, la defensa instó el sobreseimiento.
9-may-2017MRM y otrosEn el marco de una investigación iniciada en el año 2013, varias personas habían sido identificadas como miembros de una asociación que se dedicaba al tráfico de estupefacientes. Entre otras medidas de prueba, se habían ordenado intervenciones telefónicas. Como conclusión de aquellas, se indicó que el líder de la organización había tenido conversaciones sospechosas con su primo, M., que hasta el momento no había sido individualizado como parte de la organización. El juez dispuso la intervención de su línea telefónica, pero no se hallaron conversaciones que guardaran relación con el delito investigado. Sin embargo, el magistrado federal ordenó la realización de allanamientos a varios domicilios, entre los que se encontraba el que M. compartía con su pareja. Como resultado de la medida, se secuestraron una granada explosiva de mano, una escopeta, un kilo y medio de pasta base de cocaína, cinco celulares y doce chips. El Juzgado Federal procesó a M. como partícipe primario del delito de almacenamiento de estupefacientes, agravado por el número de intervinientes, y como autor del delito de tenencia de material explosivo y armas de fuego y por ser miembro de una asociación ilícita, todos en concurso real. Por otra parte, procesó a su pareja como partícipe secundaria del delito de almacenamiento de estupefacientes, también agravado. Para llegar a esa conclusión, el juez consideró que resultaba poco creíble que la mujer desconociera la utilización de su domicilio para el acopio de la droga, especialmente cuando su esposo era pariente del líder de la organización investigada. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
29-jun-2017M, MTUn ex juez federal de Tucumán fue imputado por tres hechos presuntamente constitutivos de delitos de lesa humanidad. En el identificado como hecho 1, el magistrado tomó conocimiento personalmente de un allanamiento ilegal cometido por las fuerzas armadas a un domicilio, acción que tuvo como desenlace la muerte de cinco personas vinculadas a la organización “Montoneros”, y, sin embargo, no realizó ni promovió la investigación correspondiente. Asimismo, el juez ordenó la detención del locador de ese inmueble. El detenido fue interrogado por la policía y retenido por más de cuarenta y ocho horas antes de la indagatoria, que se realizó sin la presencia de un defensor. Luego, lo procesó con prisión preventiva (hecho 2). Finalmente, de acuerdo a la acusación, formó parte de una asociación ilícita en connivencia con las fuerzas armadas (hecho 3). Esta última imputación reunía una cantidad de conductas genéricas entre las que se encontraban la demora en la tramitación de hábeas corpus y la visita a lugares de detención donde funcionaban centros clandestinos. Durante el debate quedó acreditado que en el período de tiempo en que tuvieron lugar aquellos delitos el ex magistrado sufrió un atentado en su domicilio mediante el uso de un artefacto explosivo y, por este motivo, intentó renunciar a su cargo. Asimismo, se produjo prueba testimonial que daba cuenta de la cercanía del imputado con personas perseguidas por las fuerzas militares. Entre ellos, se encontraban su esposa, que figuraba en una lista negra y cuya hermana tuvo que exiliarse, y uno de sus amigos, que desapareció durante la dictadura. Finalmente, a través de la incorporación por lectura de distintos expedientes judiciales, se constató el trámite expedito que el ex magistrado daba a las presentaciones de hábeas corpus y que su visita a los centros de detención obedecía a las distintas solicitudes de los accionantes. Por último, se verificó que el ex juez sobreseyó a muchos de los imputados por delitos regulados en la ley de Seguridad Nacional y restituyó a sus familiares los cuerpos de las víctimas relacionadas con la agrupación “Montoneros”. La fiscalía fundó la acusación en un comunicado emitido por el comandante de infantería Vilas, quien se encontraba a cargo del “Operativo Independencia”. En aquel documento, el militar describía las memorias del Operativo entre enero y diciembre de 1975, criticaba a la justicia provincial por obedecer, por miedo o complicidad, las órdenes de “elementos subversivos” y proponía un cambio de jueces federales de primera y segunda instancia por personas de su confianza. Este material no había sido autenticado. El Tribunal Oral condenó al ex juez a la pena de dieciséis años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de la obligación de promover la persecución penal y encubrimiento (hecho 1); privación ilegal de la libertad, por abuso de las funciones, agravado por grave daño en la persona y a la salud y por superar la misma un plazo mayor a un mes, abuso de autoridad y prevaricato (hecho 2) y asociación ilícita (hecho 3). Adicionalmente, se lo excluyó del haber jubilatorio que recibía en su calidad de ex juez federal. Contra aquella decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
29-ago-2017AMN (causa N° 52908)Diversas personas fueron investigadas por haber integrado una asociación ilícita. En particular, se les imputó la comisión de los delitos de secuestro extorsivo, robo y tenencia ilegítima de armas. Al momento de los hechos, uno de los imputados tenía diecisiete años. Por tal razón, fue internado en un instituto de menores. Allí, mantuvo buena conducta y realizó actividades educativas y sociales. Al cumplir dieciocho años, fue trasladado a otro centro y cesó su disposición tutelar. Durante el juicio oral, la fiscalía entendió que correspondía declarar la responsabilidad penal del joven y reducir el monto de su pena (cfr. artículo 4 de la ley N° 22.278). En ese sentido, solicitó que se le impusiera una pena de 5 años de prisión. Por su parte, la defensa consideró que su asistido había cumplido con el tratamiento tutelar y que, en consecuencia, la aplicación de una pena, en su caso, carecería de sentido. La asesora de menores adhirió a dichos argumentos, y solicitó la absolución del imputado.
jun-2018Niños, niñas y adolescentes en el fuero federalEl presente boletín se propone dar cuenta del modo en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) y los Tribunales Orales en lo Criminal Federal (TOCF) resuelven los procesos penales en los que se encuentran implicados niñas, niños y adolescentes y los derechos y las garantías que los asisten. En particular, pone el acento sobre la aplicación del artículo 4 de la ley Nº 22.278 y, en su caso, la proporcionalidad de las sanciones establecidas en el marco del Régimen Penal Juvenil.
29-oct-2018Lopez (reg. Nº 1396 y causa Nº 8014)Una mujer caminaba en la vía pública con un bolso que contenía cuarenta y un mil pesos y documentación correspondiente a una empresa comercializadora de carne. Dos hombres vestidos con batas blancas de carnicero se acercaron a ella a bordo de una moto. Uno de ellos descendió del vehículo, la empujó y le arrebató la bolsa. Luego, se acercó a un automóvil, donde lo esperaba una tercera persona e intentó huir. El hecho fue advertido por dos agentes policiales, que lo detuvieron. El Tribunal Oral lo condenó por el delito de robo cometido en poblado y en banda a la pena de un año y seis meses de prisión. Para decidir de esa manera, consideró que el modo de realización del suceso revelaba una “planificación cuidada”, con conocimiento de la víctima y de lo que transportaba. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que no podía considerarse que las tres personas configuraran una asociación ilícita, por lo que la agravante resultaba improcedente.
8-abr-2019Wolfel (causa Nº 32021667)Un contador fue imputado por haber trabajado en una empresa que se encontraba excluida del registro fiscal desde junio del 2009. Su labor consistía en encomendar la confección de facturas y remitos en nombre de la firma. Por ese hecho fue imputado por el delito de asociación ilícita tributaria, en los términos del artículo 15, inciso c, de la ley N° 24.769. La AFIP se presentó en carácter de querellante. En su declaración indagatoria, el imputado señaló que se había desempeñado como asesor impositivo de la firma desde fines de 2001 hasta que los socios cedieron sus acciones en julio de 2008. Además, manifestó que durante ese tiempo la firma había sido una sociedad con una actividad real y que la inscripción de la cesión en el Registro Público de Comercio había demorado ocho meses. Por su parte, la Inspección de Personas Jurídicas informó que la venta del paquete accionario había sido aprobada en el Acta de Asamblea General Ordinaria en julio del 2008 y que su inscripción había sido protocolizada en el Registro Público de Comercio en mayo de 2009. En 2012 el juzgado dictó la falta de mérito para procesar o sobreseer al imputado. Seis años más tarde, dispuso su sobreseimiento. Para decidir de ese modo tuvo en consideración que, dado el tiempo transcurrido sin que se hubieran incorporado nuevas pruebas al proceso, se daba una situación de “duda insuperable”. Contra esa resolución, la querella interpuso un recurso de apelación. En particular, consideró que la decisión carecía de fundamentación, que era improcedente por sustentarse en una causal no prevista en la ley y que no existía en el caso certeza negativa que habilitara un sobreseimiento.
16-jul-2019Echenique (reg. Nº 935 y causa Nº 11487)Echenique y su hermano menor de edad interceptaron a un joven por la espalda y lo obligaron a caminar hacia una esquina, donde se incorporó otro sujeto. Las tres personas le arrebataron el celular y se fueron. Unos compañeros de colegio del joven vieron la situación, persiguieron a los hermanos y dieron aviso a un agente policial que, finalmente, los detuvo. Por ese hecho, Echenique fue imputado por el delito de robo cometido en poblado y en banda. En la etapa de juicio, el damnificado y sus compañeros no pudieron describir al tercer sujeto. Por otra parte, el agente preventor señaló que si bien le habían referido que había una tercera persona, él no la había visto. El Tribunal Oral condenó a Echenique por el delito imputado, en concurso con otras figuras, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
12-nov-2019Castro (reg. Nº 1650 y causa Nº 72983)En julio de 2016, una persona había sido condenada a la pena única de ocho meses de prisión y declarada reincidente. Luego, fue imputada por el delito de robo cometido en poblado y en banda en grado de tentativa. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que la fiscalía solicitó que se la condenara a la pena única de un año y ocho meses de prisión. En noviembre de 2016, el Tribunal Oral condenó en esos términos y mantuvo la declaración de reincidencia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad. En su presentación, la defensa sostuvo que el tipo penal contenido en el artículo 167, inciso 2º del Código Penal era inconstitucional en tanto no establecía una definición precisa del concepto de banda. Ese sentido, sostuvo que violaba el principio de legalidad. De manera subsidiaria planteó que, en caso de que se considerara que la tipicidad de la figura se configuraba a partir del artículo 210 del Código Penal correspondiente al delito de asociación ilícita, sus requisitos no se encontraban presentes en el hecho atribuido a su asistido. Por último impugnó la declaración de reincidencia, puesto que no había sido pactada en el acuerdo de juicio abreviado.
8-jul-2020Sosa (Causa N° 59156)Cuatro personas se acercaron a dos jóvenes en la calle. Allí, los golpearon y les sustrajeron un celular. Luego, se alejaron. En ese momento, los damnificados comenzaron a perseguirlas y dieron aviso a la policía. Al advertir la situación, los atacantes corrieron en distintas direcciones. Sin embargo, los jóvenes y un agente policial siguieron a quien tenía el celular y la detuvieron. Por ese hecho, la persona fue condenada por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
20-ago-2020Medrano (Causa N° 59011)Una persona se encontraba en una parada de colectivo junto a su pareja y su hija. En ese momento, se les acercó un auto con tres pasajeros. Un hombre y una mujer se bajaron del vehículo y se acercaron a la familia. El hombre portaba un cuchillo de gran tamaño y se acercó a la persona e intentó quitarle el celular. Forcejearon y el celular cayó al piso. Luego, la hija de la pareja tomó el celular. Sin embargo, fue atacada por la mujer que le quitó el teléfono, se subió al auto y huyó. A continuación, el hombre que portaba el cuchillo comenzó a correr pero fue detenido por distintos transeúntes. Por ese hecho, fue condenado por el delito de robo agravado por el uso de armas y por haber sido cometido en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
19-nov-2021Castro y otros (causa Nº 1225)Una mujer, Q, fue detenida por la Gendarmería Nacional mientras viajaba en auto. Tras la requisa del vehículo, se le secuestraron 4 kilos y 130 gramos de cocaína. Por ese hecho, resultó procesada por el delito de transporte de estupefacientes. Durante la tramitación de la causa se formó un legajo de identidad reservada por el que una persona, bajo las previsiones de la ley Nº 27.304, hizo saber que existía una asociación ilícita que involucraba a un grupo de personas dedicadas al tráfico de estupefacientes. En particular, se denunció la participación de tres personas dedicadas a su comercialización. En ese contexto, se incautaron 1 kg y 695 gramos de cocaína, y luego 1 kg y 19 gramos más. En consecuencia, las tres personas [SA], [RA] y [C] fueron procesadas como coautoras del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Esta imputación también abarcó la tenencia de los 4 kg y 130 gramos secuestrados a la mujer imputada en un primer momento.
30-mar-2022Cepeda (causa N° 35894)Un hombre que era funcionario policial fue detenido y procesado por el delito de delitos de asociación ilícita y de hurto doblemente agravado por haber sido cometido por integrantes de una fuerza de seguridad, reiterado en dos oportunidades, en concurso real. En la etapa de preparación del juicio oral, la defensa solicitó su excarcelación y la morigeración de la prisión preventiva. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional no 11 rechazó los pedidos. Para decidir de esa manera, consideró que aunque la escala penal del concurso de delitos imputados permitía la imposición de una pena en suspenso, el representante del Ministerio Público Fiscal había manifestado previamente que dicha modalidad de ejecución sería inviable por las características de los hechos atribuidos. Además, concluyó que en caso de recuperar su libertad, debido a las características del hecho (integrar una organización conformada por personal de una fuerza de seguridad, dedicada a la comisión de numerosos delitos en perjuicio de personas de edad avanzada, y en ocasiones mediante un alto grado de violencia), el imputado podría intentar fugarse o entorpecer la investigación. También estimó que el tiempo de detención no era desproporcionado y que la morigeración de la prisión preventiva era insuficiente para asegurar la continuación del proceso. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, consideró que no se había considerado que el hombre tenía una familia compuesta por una pareja, cinco hijos y suegros, y una carrera profesional de diecisiete años sin denuncias previas.
20-abr-2022Ballatore (causa N° 32333)Una mujer fue imputada en calidad de coautora por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con desbaratamiento de derechos acordados ­un hecho en calidad de coautora y otro hecho en calidad de partícipe necesaria­ y defraudación por estelionato cometido en cuarenta y tres oportunidades. El juzgado de instrucción dispuso su captura. Al tomar conocimiento de la causa, la mujer se presentó en la sede del juzgado, se identificó correctamente y se constató su domicilio. El 15 de marzo de 2022 ella fue detenida bajo la modalidad de arresto domiciliario ­para la asistencia de su marido, co­imputado en la causa. El 23 de marzo de 2022 fue procesada. La mujer no tenía antecedentes y no registraba rebeldías. La defensa solicitó su excarcelación y el juzgado rechazó el pedido, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazo de la excarcelación porque entendió que aunque el caso encuadraba solamente en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal de la Nación, la existencia de riesgos procesales impedían otorgar su libertad durante el proceso. En esa línea, valoró como indicadores de riesgo de fuga que, aunque la imputada contaba con arraigo, poseía medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia, y que la naturaleza y gravedad de los hechos atribuidos permitía suponer que su eventual pena se alejaría del mínimo de la escala penal y no podría ser dejada en suspenso. Además, destacó que existía un peligro de entorpecimiento de la investigación pues se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados, y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. También destacó que restaba la producción de prueba y que estaba pendiente la detención de otros dos imputados. Por ello, entendió que ninguna de las medidas alternativas a la detención cautelar de la imputada eran suficientes para neutralizar los peligros procesales advertidos. Frente a esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
27-abr-2022Ocantos (causa N° 32333)Un hombre fue detenido y procesado con prisión preventiva por el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con el delito de defraudación por estelionato en calidad de coautor (reiterado en quince oportunidades y tres oportunidades en calidad de partícipe necesario). Al momento de su detención, la persona se identificó correctamente, su domicilio fue constatado y no registraba rebeldías. La defensa solicitó la excarcelación. Frente a su rechazo, presentó un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Consideró, entre otras cuestiones, que si bien tenía arraigo, el procesado tenía los medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia. Además, entendió que debido a la naturaleza y gravedad de los hechos atribuidos la eventual pena a imponer no podría ser dejada en suspenso, lo que operaba como un claro indicador de riesgo de fuga. Por otra parte, consideró que existía un peligro de entorpecimiento de la investigación pues se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados, y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Contra esta resolución, la defensa presentó un recurso de casación.
4-may-2022Freire Posse (causa N° 32333)Una mujer fue procesada con prisión preventiva por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con defraudación por desbaratamiento de derechos acordados en carácter de partícipe necesaria y estelionato cometido en veintiocho oportunidades en calidad de partícipe necesaria. La mujer aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y no registraba rebeldías. Por motivos de salud, fue detenida en modalidad domiciliaria. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido de excarcelación, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido. Entre otras cuestiones, sostuvo que la imputada, si bien contaba con un arraigo, poseía medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia. Asimismo, indicó que existía un claro indicador de riesgo de fuga ante una eventual condena que, por la gravedad de los hechos atribuidos, no podría ser dejada en suspenso. También señaló que existía peligro de entorpecimiento porque había imputados prófugos relevantes para la investigación y porque se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-jun-2022Borenstein (causa N° 32333)Una mujer fue detenida y luego procesada con prisión preventiva por el delito de asociación ilícita en calidad de miembro en concurso real con defraudación por estelionato reiterado en siete oportunidades. La mujer no tenía antecedentes, no registraba rebeldías ni otras causas en trámite. Al momento de su detención, se identificó correctamente. Además se constató que no se encontraba anotada bajo otros nombres en el Registro Nacional de Reincidencia y que residía junto con su marido y dos hijas. Entonces, la defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la denegación. Entre sus fundamentos, señaló que aunque el caso encuadraba solamente en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal de la Nación, la existencia de riesgos procesales impedían otorgar su libertad durante el proceso. En esa línea, valoró negativamente la naturaleza y gravedad de los hechos atribuidos y estimó que su eventual pena se alejaría del mínimo de la escala penal y no podría ser dejada en suspenso. Además, consideró que existía un peligro de entorpecimiento de la investigación pues se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados, y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Por último, entendió que cualquier otra medida alternativa era insuficiente para neutralizar los peligros procesales advertidos. Contra esa decisión, la defensa de la mujer interpuso un recurso de casación.
21-sep-2022Tommasone (causa N° 32333)Una mujer fue detenida y luego procesada con prisión preventiva por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro, por haber cometido una defraudación por desbaratamiento de derechos acordados e incurrido en una defraudación por estelionato reiterado en cuatro oportunidades, todos los cuales concurren entre sí en forma real. La mujer, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios, de declaraciones de rebeldía y no había aportado otros nombres en el Registro Nacional Reincidencia. Además, se constató su domicilio. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó, por mayoría, el pedido. Entre otras cuestiones, entendió que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, se verificaban riesgos procesales. En esa línea, estimó como indicadores de riesgo de fuga los medios económicos con los que contaba la imputada, la naturaleza del delito y la gravedad de los hechos y la posibilidad de que reciba una pena de efectivo cumplimiento. Además, señaló que existía un peligro de entorpecimiento de la investigación pues se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados, y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. También consideró que había medidas pendientes de prueba y faltaba localizar a imputados prófugos en otros países. Contra esa decisión, la defensa de la mujer imputada interpuso un recurso de casación.
dic-2022Tenencia compartidaJurisprudencia nacional sobre tenencia compartida.
mar-2024Delitos agravadosJurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre vehículos dejados en la vía pública, robo en poblado y en banda, intervención de una persona menor de 18 años y robo con arma impropia.