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FechaTítuloResumen
5-ago-2019BJF (causa Nº 65.875)A un niño con Síndrome de Down se le prescribió asistir a una escuela de poca población con gabinete psicológico y matrícula de apoyo a la integración escolar. Entonces, su madre y su padre solicitaron la prestación a su empresa de medicina prepaga e indicaron que podía hacerse efectiva en el establecimiento al que asistía su hijo. La prepaga rechazó el pedido y alegó que lo requerido podía cubrirse en establecimientos públicos que contaran con vacantes. La madre y el padre interpusieron una acción de amparo y requirieron la cobertura integral de lo peticionado en el establecimiento indicado. El juzgado hizo lugar de modo parcial a la acción y ordenó la cobertura hasta el pago del valor establecido por el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Contra dicha resolución, ambas partes interpusieron recursos de apelación.
sep-2019Cannabis medicinal. Informe.Informe sobre la jurisprudencia local que advirtió sobre los puntos críticos de la ley N° 27.350.
16-mar-2021OMC Y OTRO (CAUSA N° 939)A una niña se le había diagnosticado pubertad precoz. Esto afectó su desarrollo y provocó efectos físicos y psicosociales. La endocrinóloga que la atendía le recetó un tratamiento a base de hormonas (acetato de triptorelina). Su obra social cubría la totalidad del tratamiento. Luego de que su padre cambiara de trabajo, sus padres requirieron la cobertura a la nueva prestadora de salud. Allí, les informaron que sólo cubrirían el 40% del tratamiento. La situación económica de la familia y el costo excesivo de los medicamentos les imposibilitaba asumir el monto restante a los padres. Por ese motivo, intimaron mediante carta documento a la obra social. Ante el rechazo de la intimación, interpusieron una acción de amparo junto con una medida cautelar a fin de que se cubra la totalidad del tratamiento. El juzgado de primera instancia otorgó la medida cautelar hasta que se resolviera la cuestión de fondo. Contra esa decisión, la demandada presentó un recurso de apelación. En su impugnación, argumentó que el medicamento requerido no se encontraba contemplado en el Plan Médico Obligatorio (PMO). A su vez, agregó que la última actualización del PMO incorporó el acetato de triptorelina con cobertura del 100% sólo para pacientes que tuvieran la finalidad de cambiar los caracteres secundarios que respondan al sexo gonadal, para adecuación de la imagen al género auto percibido.
27-oct-2021BF (causa Nº 7328)Una mujer trans había iniciado un tratamiento con hormonas de acuerdo con su identidad de género autopercibida. Luego, se afilió a una empresa de medicina prepaga y solicitó la cobertura de una cirugía de readecuación vaginal (vaginoplastía). Sin embargo, la empresa de salud consideró que la mujer había ocultado o falseado la declaración jurada de salud al momento de solicitar su incorporación y decidió dar de baja su afiliación. Ante esta situación, la persona interpuso una acción de amparo con el objeto de que se obligara a la empresa a reafiliarla de manera definitiva y le cubriera la prestación requerida en su totalidad. Admitida la acción, el juez solicitó a la empresa un informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamentos de la medida impugnada de conformidad con el artículo 8 de la ley N° 16.986. Por su parte, la demandada indicó que no tuvo intención de discriminar por razones de identidad de género u orientación sexual al “actor”.
dic-2022La protección de los derechos de las personas con VIHJurisprudencia seleccionada de los fueros penal, civil, laboral y contencioso admistrativo (2009-2022) sobre estándares de protección de los derechos de las personas con VIH
25-sep-2023GBM (Causa Nº 40209)Un hombre trabajaba en una compañía de turismo. Su empleadora acordó con una entidad de medicina prepaga la posibilidad de adhesión voluntaria para todo el personal. Entonces, el hombre optó por afiliarse. Durante ese proceso, fue sometido a demoras inexplicables por parte de la entidad de salud y no obtuvo respuesta frente a sus reclamos. Luego, la empresa de medicina prepaga le informó a la compañía de turismo que rechazó la afiliación del hombre porque vivía con HIV. En virtud de lo sucedido, el hombre demandó por daños y perjuicios a la entidad de salud y a la ejecutiva de ventas a cargo del trámite. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda contra la empresa de medicina prepaga. Consideró que había llevado a cabo prácticas discriminatorias hacia el actor. Sin embargo, rechazó la demanda contra la ejecutiva de ventas, porque estimó que solo había actuado como representante de su empleadora. Esa decisión fue recurrida por el hombre. Por su parte, la empresa de medicina prepaga también apeló la sentencia. En su planteo, negó que haya existido discriminación. Sostuvo que, en todo caso, su responsabilidad se reducía al hecho de haber comunicado la situación de salud del actor a su empleadora. Asimismo, sostuvo que el accionante no firmó los formularios necesarios para afiliarse y que se limitó a hacer una consulta dado que ya contaba con una cobertura médica.
7-nov-2023BOIR (Causa N° 26998)Una mujer convivía con sus dos hijos menores de edad y con un hombre, que era el progenitor biológico de uno de ellos. Durante un extenso período, el hombre agredió de manera verbal tanto a la mujer como a su hijo afín. Frente a esa situación, la mujer realizó la denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). El juzgado interviniente estableció una prohibición de acercamiento a favor de la mujer y de su hijo, que con posterioridad fue prorrogada. Asimismo, a raíz de los hechos de violencia vivenciados, el niño debió comenzar un tratamiento con una psicóloga que le proporcionaba la cobertura de salud del hombre. Sin embargo, pocos meses después las sesiones se interrumpieron debido a que el hombre desafilió al niño. En consecuencia, la mujer –con la asistencia de la defensa pública– solicitó al juez que ordenara la reafiliación de su hijo, ya que no podía afrontar el costo del tratamiento ni contaba con otros familiares o referentes que la pudieran ayudar. Además, el progenitor biológico del niño vivía en otro país y no mantenía vínculo con él. En ese sentido, la actora sostuvo que había convivido con el demandado por más de tres años y que él había actuado como un padre para el niño. Por su parte, el juez intimó al hombre a que, dentro del plazo de diez días, tramitara la afiliación del niño por el transcurso de seis meses. Contra lo decidido, ambas partes presentaron recursos. Entre sus argumentos, la accionante señaló que la medida tenía un plazo de vigencia muy breve. Además, resaltó que su hijo aún necesitaba el tratamiento psicológico. Agregó que lo resuelto no había tenido en cuenta lo previsto por el artículo 676 del Código Civil y Comercial de la Nación. Sobre ese aspecto, indicó que la norma determinaba la continuidad de la obligación alimentaria del progenitor afín cuando la finalización de la convivencia le causaba un grave daño al niño, niña o adolescente. Por lo tanto, consideró que en ese escenario se afectaba el derecho de su hijo a la salud y a recibir la atención adecuada. En cambio, el accionado destacó que no tenía obligación alimentaria para con el niño, ya que se había separado de la madre en octubre de 2022. A su vez, expuso que la actora no había probado el daño económico que la normativa exigía.
10-ene-2024Wilson c. Estado Nacional -PEN (Causa Nº 19506)Un hombre tenía una cobertura de salud prepaga. Luego del dictado del DNU 70/23 –que había desregulado el sistema de salud– la empresa aumentó las cuotas de manera considerable. En ese marco, el hombre inició un amparo colectivo y solicitó que se declarara inconstitucional la normativa. Fundó su planteo en que la salud era un bien público. A su vez, interpuso una medida cautelar para que se suspendieran los incrementos de la cuota durante el proceso. Con posterioridad, el juzgado de primera instancia admitió el amparo colectivo y ordenó la inscripción del proceso en el Registro de Procesos Colectivos, en cumplimiento con la Acordada Nº 12/16 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, enseguida comenzó la feria judicial. En ese marco, el hombre solicitó la habilitación de feria a fin de que se resolviera la medida cautelar. Luego, el juzgado de feria rechazó la habilitación. Consideró que ho había razones de urgencia, ya que el conflicto era patrimonial. En ese sentido, entendió que si bien estaba involucrado el derecho a la salud, no se trataba de proteger al hombre frente a un padecimiento o garantizarle un tratamiento sino de determinar el monto de la cuota de su plan de salud. Frente a esa decisión, el hombre apeló. En particular, planteó que la urgencia estaba dada por el endeudamiento de los afiliados que representaba, la suspensión de los descuentos en los medicamentos y la limitación de la atención médica a prestaciones de emergencia.
18-ene-2024FM c. Estado Nacional -PEN (Causa N°48237)Una mujer se encontraba afiliada a una cobertura de salud privada. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio de las empresas de medicina prepaga– su cobertura realizó incrementos considerables en las cuotas. En ese contexto, la mujer interpuso una acción de amparo contra el Estado Nacional y solicitó se declarara inconstitucional el decreto. La acción fue presentada en el fuero contencioso administrativo federal. A su vez, solicitó una medida cautelar para que se suspendieran los aumentos durante el trámite del proceso. Sin embargo, enseguida comenzó la feria judicial. Por ese motivo, la actora hizo una presentación para solicitar que se diera tratamiento a la medida cautelar. Pese a que el juzgado de primera instancia de turno habilitó la feria, consideró que era incompetente la justicia contencioso administrativa. Por lo tanto, remitió las actuaciones a la justicia civil y comercial federal. En ese marco, el juzgado de ese fuero recibió las actuaciones, rechazó la habilitación de feria y el tratamiento de la medida cautelar. La jueza fundó su decisión en que, si bien estaba involucrado el derecho a la salud, en el reclamo predominaba el aspecto patrimonial. Contra esa resolución, la mujer interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, expresó que si no abonaba las cuotas corría riesgo de que su cobertura redujera las prestaciones. Sobre esa cuestión, señaló que se atendía con médicos de confianza en un sanatorio prestador de la cobertura de salud desde hacía muchos años.
25-ene-2024SMCM c. Estado Nacional (Causa N° 48272)Una mujer se encontraba afiliada a una cobertura de salud privada. Desde hacía muchos años tenía una afección de salud que requería atención médica frecuente. Luego, el Poder ejecutivo Nacional dictó DNU N°70/23 que modificó el marco regulatorio de los precios de las cuotas del sistema de salud privado. En consecuencia, su cobertura aplicó aumentos considerables a la cuota. En ese contexto, la mujer inició un amparo en el fuero contencioso administrativo federal. En su presentación, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del decreto y que se suspendieran los aumentos. Sin embargo, el juzgado de primera instancia de ese fuero se declaró incompetente para intervenir en esa materia. De esa manera, decidió el reenvío de la causa a la justicia civil y comercial federal. Frente a lo decidido, la mujer interpuso un recurso de apelación.
31-ene-2024BLN c. AMR Salud (Causa Nº 124)Una mujer tenía una serie de afecciones cardíacas y requería medicación. Era jubilada y estaba afiliada a una empresa de medicina prepaga. Si bien su cobertura de salud le cubría el 60% del valor de la medicación, aún así le resultaba costosa. Luego del dictado del DNU 70/23, la empresa le notificó a la mujer que en los dos meses subsiguientes la cuota se incrementaría un 70%. De esa manera, le representaría casi un 25% de sus ingresos. En ese marco, la mujer inició una acción de amparo contra la cobertura de salud. En esa oportunidad, solicitó una medida cautelar innovativa para que se dejaran sin efecto los aumentos de las cuotas.
31-ene-2024VQAR c. SIMECO (Causa Nº 240)En virtud del dictado del DNU 70/2023, se desreguló el control sobre las cuotas que las empresas de medicina prepaga y obras sociales.En ese contexto, un hombre de 78 años era jubilado y tenía varias afecciones de salud. En enero de 2024, su cobertura de salud le aplicó un aumento del 62%. En consecuencia, el hombre inició una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional y contra su cobertura de salud. En su presentación, planteó la inconstitucionalidad del referido DNU. Como medida cautelar solicitó que cesara el estado de incertidumbre generado por los aumentos. Además, pidió que se readecuaran las cuotas de su plan médico y que solo se permitieran los incrementos que autorizara la autoridad de aplicación.
1-feb-2024FCMV c. OSDE (Causa Nº 96)Una mujer tenía dos hijos con discapacidad psicosocial que realizaban diversos tratamientos. La mujer trabajaba como empleada administrativa para la provincia de Chaco y percibía un sueldo básico. Con las horas de guardia que realizaba podía incrementar su sueldo. No obstante, en el lapso de dos meses su empresa de medicina prepaga aumentó casi un 70% el valor de la cuota. En consecuencia, la mujer inició –en representación de sus hijos menores de edad– una acción de amparo contra la empresa. Solicitó que el aumento se ajustara a lo que determinara la Superintendencia de Servicios de Salud. En su presentación, alegó la vulneración de sus derechos como consumidora en virtud de lo previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional. Además, solicitó una medida cautelar para que se suspendiera la suba de las cuotas.
6-feb-2024HDG c. Plan Médico Hospital Alemán (Causa Nº 321)Una mujer de 73 años que tenía una discapacidad psicosocial ingresó a una residencia geriátrica. En sede judicial se le había restringido su capacidad jurídica y se le había designado un curador. También la mujer tenía como referente a un sobrino. Además, percibía una jubilación y contaba con una cobertura de salud. Luego del dictado del DNU 70/23, la empresa de medicina prepaga incrementó sus cuotas un 140% en pocos meses. Sin embargo, no informó a la mujer sobre los parámetros para aplicar ese aumento. Por ese motivo, el sobrino de la mujer inició una acción de amparo. En concreto, planteó la inconstitucionalidad de los artículos 265, 267 y del 269 del decreto que desregulaban los aumentos de las empresas de medicina prepaga. A su vez, solicitó el dictado de una medida cautelar paraque se retrotrajera la cuota y se dejaran sin efecto las subas.
8-feb-2024GD c. MEDIFE (Causa Nº 477)Una mujer tenía a su grupo familiar afiliado a su cobertura de salud. Uno de sus hijos tenía una discapacidad psicosocial, por lo que realizaba numerosos tratamientos y terapias. A su vez, los ingresos de su pareja eran inestables. Luego del dictado del DNU 70/23 la cobertura médica aumentó la cuota un 83,9% de un mes a otro y los notificó de un nuevo aumento para la próxima cuota. En ese marco, la mujer inició un proceso para que se dejaran sin efecto los aumentos aplicados. A su vez, solicitó una medida cautelar para que se suspendieran los aumentos durante la tramitación de la causa.
14-feb-2024CME c. Swiss Medical (Causa Nº 265)Una pareja conformada por una mujer y un hombre –ambos jubilados– tenían una cobertura médica prepaga. Luego del DNU 70/23, la cobertura aumentó un 48% la cuota de un mes a otro. En esa oportunidad, también les anunció un nuevo aumento del 59% para el mes siguiente. De esa manera, la cuota mensual superaría sus ingresos. En ese marco, iniciaron una acción de amparo. En su presentación, solicitaron la inconstitucionalidad del DNU 70/23. Además, pidieron que se dejaran sin efecto los aumentos, con excepción de aquellos autorizados por el artículo 17 Ley Nº 26.682. Manifestaron que los incrementos les causaban un estado de incertidumbre y vulnerabilidad. En especial, sostuvieron que dañaban sus derechos como consumidores así como su derecho a la salud, a la vida y a la propiedad. A su vez, solicitaron el dictado de una medida cautelar para que se suspendieran los aumentos durante el proceso.
16-feb-2024MME c. MEDIFE (Causa N° 43124)Una mujer tenía afecciones de salud mental y se encontraba afiliada a una prepaga. Como consecuencia del dictado del DNU 70/2023, su cobertura médica aumentó la cuota un 39% en enero de 2024 y un 23,5% en febrero. Además, le notificó un incremento del 23% para el siguiente mes. En ese contexto, la mujer presentó una denuncia ante un juzgado municipal de faltas para que se le ordenara a la entidad de salud el cese de los aumentos. Asimismo, la mujer pidió que los incrementos fueran realizados en función de los ingresos de la población, a través del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). En su presentación, sostuvo que por sus afecciones era una consumidora hipervulnerable, por lo que los incrementos denunciados afectarían su derecho a la salud dado que se quedaría sin cobertura médica ante la imposibilidad de pagarla.
20-feb-2024SGB c. Estado Nacional - PEN (Causa Nº 117)Una mujer era jubilada y tenía una cobertura de salud prepaga. La mujer realizaba tratamientos dado que tenía una discapacidad y otras afecciones de salud. Luego del dictado del DNU 70/23, la cobertura incrementó considerablemente el monto de las cuotas. Sin embargo, los ingresos de la mujer eran insuficientes, por lo que discontinuó el pago de las cuotas. Por ese motivo, la cobertura de salud dio de baja su afiliación. En ese marco, la mujer inició un amparo de salud. En su presentación, solicitó la declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/23 en cuanto desregulaba el control sobre los aumentos de las cuotas. A su vez, inició una medida cautelar para que se suspendieran los incrementos efectuados y se retrotrajeran el valor al fijado antes de la entrada en vigencia del decreto.
27-feb-2024¿Puede un decreto de necesidad y urgencia derogar normas vigentes? Posibilidad de un abordaje alternativo ante los aumentos por parte de las empresas de medicina prepaga.En diciembre de 2023 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el DNU Nº 70/2023, denominado “Bases para la reconstrucción de la Economía Argentina”. El decreto introduce diversas reformas en numerosos aspectos, que incluyen –entre otros– el Estado, la economía y la salud. Con respecto a esta última materia, la norma elimina ciertas funciones de la Autoridad de Aplicación (Ministerio de Salud) previstas en la Ley 26.882 de Marco Regulatorio de Medicina Prepaga, como el control de los aumentos fijados por las empresas de medicina prepaga. En este marco, el trabajo tiene como objetivo analizar si el DNU de referencia puede modificar o incluso derogar leyes nacionales vigentes teniendo en cuenta que, a la fecha, no ha sido ratificado por Congreso tal como lo prevé la Constitución Nacional.
27-feb-2024Brauchli c. Sociedad Italiana (Causa N° 94)Una mujer de 78 años era jubilada y estaba afiliada a una cobertura de salud privada. A partir del dictado del DNU 70/23 –que desreguló el marco normativo del sistema de salud– su cobertura incrementó las cuotas de forma considerable. Frente a esa situación, la mujer inició una acción de amparo contra la empresa y planteó la inconstitucionalidad del DNU. Alegó que había quedado en un completo estado de incertidumbre y que se había dañado sus derechos a la salud, a la vida y a la propiedad privada. A su vez, solicitó una medida cautelar para que se suspendieran los incrementos durante el trámite judicial. Con posterioridad, el juzgado interviniente abrió el proceso colectivo y ordenó su inscripción en el Registro Público establecido por la Acordada Nº 12/16 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, el juzgado hizo lugar a la medida cautelar requerida, pero solo con respecto a la accionante. En forma paralela, la demandada pidió a la Superintendencia de Servicios de Salud una autorización para los incrementos a sus afiliados. Mientras tanto, numerosos afiliados a diferentes empresas de medicina prepaga comenzaron a sumarse al proceso colectivo como adherentes. En ese marco, manifestaron que requerían cobertura médica y que habían recibido aumentos desproporcionados en sus planes. Sin embargo, el juzgado excluyó a aquellos que no habían demandado a la misma empresa que la actora.