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6-mar-2018NPDI (causa Nº 1741)Un hombre ingresó a un solarium y consultó por los servicios que se ofrecían. Fue atendido por la dueña del negocio. Su pareja, MMA, se encontraba sentada de espaldas a la puerta del local. El hombre extrajo un cuchillo e intentó colocarlo sobre la garganta de MMA, a la vez que exigía la entrega de dinero. Frente a su resistencia, comenzaron a forcejear. MMA fue herido en diversas partes del cuerpo. La dueña del local ofreció dinero para que cesara la agresión, lo que no sucedió hasta que arribó la policía. Como resultado de la pelea, el agresor también resultó herido. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena de diez años de prisión por el delito de homicidio criminis causae (artículo 80, inciso 7º del Código Penal) en concurso ideal con robo con armas, ambos en grado de tentativa. Para decidir de esta manera, consideró que la intervención de MMA había puesto en crisis en crisis la viabilidad del robo. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, consideró arbitraria la interpretación de la agravante del homicidio desarrollada por el tribunal y solicitó que se modificara la calificación legal.
13-mar-2018Carvajal Carvajal y otros v. ColombiaEl 16 de abril de 1998, Nelson Carvajal Carvajal, periodista colombiano que informaba y denunciaba hechos de corrupción y de lavado de dinero provenientes del narcotráfico en Colombia, recibió siete disparos de arma de fuego que provocaron su muerte. Durante la investigación del homicidio, la fiscalía elaboró diversas hipótesis en relación con los autores del hecho y concluyó que, de los elementos de prueba recolectados, podía deducirse que el homicidio del periodista había sido con ocasión de su profesión. Finalmente, fueron procesados un empresario local, un exconcejal y otro individuo. En 2001, un tribunal absolvió a los imputados por aplicación del principio in dubio pro reo. Posteriormente, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía desarrolló nuevas líneas de investigación con el fin de encontrar a los autores del homicidio. Sin embargo, no se lograron avances significativos hasta la actualidad. Mientras se desarrollaba el proceso, varios testigos y familiares de la víctima sufrieron amenazas y hostigamiento, por lo que solicitaron su inclusión en programas estatales de protección de víctimas. No obstante, los episodios de amenazas persistieron y algunos integrantes de la familia Carvajal –cuatro de ellos menores de edad– debieron migrar de Colombia.
abr-2018In dubio pro reo (CNCCC)El boletín contempla jurisprudencia emitida entre 2015 y 2018 por las tres salas de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, con foco en aspectos ligados a la valoración de la prueba: problemas que conlleva la prueba testimonial y el “testigo único”, la incorporación de prueba por lectura, el reconocimiento de personas, la prueba pericial y el deber de fundamentación que recae sobre los jueces. El análisis de los votos de los magistrados del tribunal permite advertir diferentes modos de interpretar el principio in dubio pro reo, con consecuencias directas sobre las soluciones propuestas para los conflictos planteados.
13-abr-2018AJD (causa N° 66291)Un joven de diecisiete años de edad fue imputado por el delito de homicidio criminis causae, en concurso ideal con el delito de robo con arma en poblado y en banda. Además, dicha figura se encontraba en concurso real con la de portación de arma de guerra sin autorización. Durante el proceso, el joven fue detenido en la Unidad Carcelaria para Jóvenes Adultos y sometido a un tratamiento tutelar. De los informes incorporados al expediente, se concluyó que había tenido un avance favorable y demostrado intención de cambio y reinserción social. A su vez, se indicó que había logrado una revinculación con su familia y progresado a nivel escolar. El Tribunal Oral lo declaró penalmente responsable y lo condenó a la pena de 13 años de prisión. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta la existencia de episodios de fuga y de violencia por parte del imputado, como así también la gravedad del hecho cometido. Contra esa decisión, su defensa y la defensoría de menores interpusieron recursos de casación.
jun-2018Niños, niñas y adolescentes en el fuero federalEl presente boletín se propone dar cuenta del modo en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) y los Tribunales Orales en lo Criminal Federal (TOCF) resuelven los procesos penales en los que se encuentran implicados niñas, niños y adolescentes y los derechos y las garantías que los asisten. En particular, pone el acento sobre la aplicación del artículo 4 de la ley Nº 22.278 y, en su caso, la proporcionalidad de las sanciones establecidas en el marco del Régimen Penal Juvenil.
13-jun-2018MJD (Reg. N° 665 y causa N° 52062)Un hombre se dirigió a la casa del padre de su ex pareja. Al ingresar al edificio, extrajo un arma, amenazó al personal de seguridad para que lo dejara subir y expresó que quería matar al hombre. En el vestíbulo, le gritó para que le permitiera acceder a la vivienda. Al no hacerlo, disparó dos veces contra la puerta. Luego, se sentó en una escalera y apoyó el arma contra su sien. Finalmente, fue detenido. Por ese hecho, fue imputado por el delito de portación ilegítima de arma de fuego en concurso real con homicidio en grado de tentativa, calificado por el empleo de un arma. Durante el debate, prestaron declaración testimonial la ex pareja y su padre. Ambos señalaron que no creían que el imputado tuviera la intención real de matar. En oportunidad de alegar, la fiscalía señaló que existía duda en relación con la voluntad homicida del imputado. Por tal razón, descartó la figura de homicidio y lo acusó por el delito de portación de arma de uso civil sin la debida autorización. Finalmente, solicitó que se le impusiera la pena de tres años de prisión en suspenso. El Tribunal Oral condenó al imputado por el delito de portación ilegítima de arma de fuego, tentativa de homicidio calificado y amenazas coactivas agravadas por el uso de arma, en concurso real entre sí, a la pena de cinco años y cuatro meses de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que la decisión había violado el principio de congruencia.
18-jun-2018MGD (causa Nº 62182)Diana Sacayán –reconocida activista travesti– fue agredida físicamente en su casa por dos personas: su pareja, MGD, y otro varón no identificado. Fue atada de pies y manos, amordazada, golpeada y herida de muerte con un cuchillo de cocina. Además, le sustrajeron $2.000 de su domicilio. Luego, los atacantes escaparon del departamento. En consecuencia, MGD fue imputado por el delito de homicidio agravado por haber sido ejecutado mediante violencia de género, odio a la identidad de género y alevosía, en concurso real con el delito de robo. Al prestar declaración indagatoria, relató que el día de los hechos había concurrido al domicilio de Diana Sacayán, donde se encontró con otro sujeto que no conocía. En tal sentido, explicó que, luego de una discusión, ese hombre se violentó con Diana y la mató. Además, sostuvo que se encontraba bajo los efectos de estupefacientes y que, por tal razón, no había podido ayudarla. En el proceso se constituyeron como querellantes el hermano de Diana y el INADI. Además, intervino la fiscalía de juicio y la UFEM. Durante la audiencia de juicio oral, MGD se negó a declarar. Posteriormente, solicitó ser escuchado, juró ser inocente y no haber estado presente en el hecho. Por ese motivo, la fiscalía solicitó que se incorporara por lectura su declaración indagatoria. En oportunidad de alegar, tanto las querellas como la fiscalía solicitaron que se le impusiera la pena de prisión perpetua y que el delito de travesticidio.
21-jun-2018HJF (Causa 58)Una persona fue condenada a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por su comisión con alevosía. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Cámara casó parcialmente el fallo y modificó el encuadre legal del hecho por el de homicidio calificado por su comisión con arma de fuego (arts. 41 bis y 79 CP). En consecuencia, le impuso la pena de veinticinco años de prisión. La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires confirmó la sentencia. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario por considerar que la sentencia era arbitraria por carecer de fundamentación en lo relativo a la determinación de la pena. Frente a su rechazo, interpuso un recurso de queja.
13-jul-2018Gerez (reg. Nº 880 y causa Nº 56480)Gerez y su pareja, DF, fueron a la casa de CAL para entregarle documentos de su hija. Entonces, se produjo un conflicto y DF apuñaló en el brazo a CAL. El damnificado intentó defender-se de la agresión y lo arrojó al suelo. Entonces, Gerez lo tomó por detrás y DF aprovechó para propinarle otras cuatro puñaladas. La víctima escapó a su vivienda y la pareja se fue del lugar. Por ese hecho Gerez fue imputada como partícipe secundaria del delito de homicidio en grado de tentativa. Al prestar declaración indagatoria, la imputada afirmó que sólo intervino para que cesara la pelea y explicó que había sostenido a CAL para frenar la agresión. El Tribunal Oral desacreditó la versión prestada por la imputada, por considerar que no era concordante con el testimonio del damnificado. Por esa razón, condenó a Gerez a la pena de dos años de prisión en suspenso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, consideró que el tribunal había incurrido en arbitrariedad por haber motivado la sentencia, de manera exclusiva, en el testimonio del damnificado.
24-jul-2018ADA (Causa 500000071)Una joven extranjera de 17 años de edad fue declarada coautora penalmente responsable del delito de homicidio en ocasión de robo. Además, el trámite del proceso fue suspendido hasta que cumpliera la mayoría de edad. La mujer solicitó autorización para salir del país. El Tribunal Oral hizo lugar al pedido y le fijó la obligación de regresar y comparecer en sede judicial en una fecha determinada. Llegado ese día, la mujer no se presentó. Por tal razón, se decretó su rebeldía. Transcurridos nueve años, la defensa solicitó que se le concediera la exención de prisión. El tribunal rechazó el planteo, por considerar que la declaración de rebeldía y el hecho de ser extranjera permitían suponer que la imputada reiteraría sus conductas elusivas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
26-jul-2018Benitez Balmori (Masacre de Curuguaty) (Sentencia nº 293)En diversas ocasiones, un grupo de personas pertenecientes al movimiento “campesinos sin tierra” ocupó una propiedad privada ubicada en el distrito de Curuguaty, Paraguay. El grupo fue desalojado reiteradamente de manera pacífica a través de procedimientos fiscales y policiales. En junio de 2012, ante una nueva ocupación, se realizó un operativo con más de trescientos policías. Once campesinos y seis policías murieron a causa de disparos realizados con escopetas. Como consecuencia de ese hecho, once integrantes del grupo campesino fueron detenidos. Las personas fueron imputadas por los delitos de invasión de inmueble ajeno, asociación criminal, homicidio doloso agravado consumado y homicidio doloso en grado de tentativa. Durante el proceso, la defensa no fue notificada de la disposición de ciertos peritajes y, en consecuencia, no pudo participar de los actos. El Tribunal de Sentencia Colegiado de la Circunscripción Judicial de Canindeyú condenó a los imputados a penas de entre cuatro y veinte años de prisión. En su decisión, tuvo por probada la asociación criminal con base en un acta de conformación de una comisión vecinal. La defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación sostuvo que se había afectado el derecho de defensa y que la calificación respecto de la asociación criminal no resultaba consistente. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión. La defensa interpuso un recurso extraordinario de casación. Entre sus argumentos, cuestionó el mínimo de diez años que establecía el Código Procesal Penal para la procedencia de este recurso y la falta de control del tribunal de segunda instancia sobre la prueba incorporada al juicio.
7-ago-2018MAR (causa Nº55357)Durante un año y medio, un hombre mantuvo una relación con una mujer con la que, además, tuvo una hija. Después de separados, ingresó al domicilio de su ex pareja y, luego de una discusión, la golpeó con un cuchillo en la cabeza y la apuñaló en el tórax, lo que provocó su desmayo. Además, al interponerse entre ellos una tercera persona que se encontraba en el mismo sitio, el hombre la empujó y golpeó. Entonces, debió intervenir Gendarmería Nacional; la agresión cesó y la víctima fue trasladada a un hospital. Por otro lado, el hombre fue detenido e imputado por el delito de homicidio simple en grado de tentativa, en concurso ideal con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas para perpetrar otro delito. Al momento de alegar en el marco del juicio oral, la fiscalía consideró que el imputado debía ser condenado y que debían aplicarse los agravantes previstos en los incisos 1º (relación de pareja) y 11º (violencia de género) del artículo 80 del Código Penal. El Tribunal lo condenó a la pena de siete años de prisión de acuerdo a la imputación original. Para decidir de esa manera, consideró que la pareja había mantenido una relación por un plazo menor a dos años. En consecuencia, sostuvo que no se habían reunido los requisitos de permanencia temporal establecidos en el artículo 510 del Código Civil y Comercial de la Nación que habilitaban a que el imputado fuera condenado en los términos del inciso 1º del artículo 80 del Código Penal. Por otra parte, sostuvo que el hecho juzgado se trataba de un caso aislado y que, por lo tanto, no podía ser encuadrado dentro del inciso 11º del mismo artículo. Contra esa decisión, el fiscal y la defensa interpusieron recursos de casación.
23-ago-2018MBN (causa Nº 42214)L y M mantenían una relación de pareja. En julio de 2018, en las cercanías de un lavadero de autos, se encontró el cuerpo sin vida de L. Ese día, una persona menor de edad, empleada del lavadero, vio descender de un vehículo a un hombre y a una mujer, M. Luego, escuchó gritos y vio al varón en el piso, circunstancia a la que le restó importancia hasta que otra persona le pidió que se comunicara con el 911. Otro testigo expuso que esa mañana había visto a dos hombres que merodeaban el lugar de los hechos con palos. Luego, observó que una persona se encontraba tendida boca abajo y, al acercarse, reconoció a la víctima. Asimismo, indicó que los empleados del lavadero de autos le dijeron que habían visto a M en el lugar de los hechos. Sin embargo, el único que, en principio, la había observado era la persona menor de edad referida. Esto se supo a través del testimonio brindado por su hermano mayor de edad. Por esa razón, el joven fue convocado a declarar y a participar de una rueda de reconocimiento. Sin embargo, estas medidas se dejaron sin efecto toda vez que la madre no lo autorizó a realizarlas. En este marco, M fue detenida y procesada por el delito de homicidio calificado por el vínculo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
30-ago-2018Gamarra (Causa Nº20133)Una mujer que vivía en la República del Paraguay era víctima de golpes, amenazas y violencia psicológica por parte de su pareja. En el marco de una pelea entre ambos, su pareja falleció. Por tal razón, la mujer fue imputada por el delito de homicidio doloso. La imputada viajó a la Argentina y las autoridades judiciales paraguayas solicitaron su extradición. Entonces, fue detenida de manera preventiva. Al ingresar a la unidad penitenciaria, presentaba lesiones corporales. En tal sentido, el Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación dictaminó que había sido víctima de violencia de género. Por su parte, el informe elaborado por el Cuerpo Médico Forense concluyó que la mujer poseía indicadores de sufrimiento psíquico que le generaban angustia, tensión emocional y ansiedad. En ese contexto, la imputada solicitó ser reconocida como refugiada por la Comisión Nacional para los Refugiados. Cumplidos dos años de prisión preventiva, la defensa solicitó su cese. El juzgado rechazó el planteo y dispuso la prórroga de la medida por el término de un año. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. Durante la audiencia celebrada en la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata, la defensa sostuvo que la decisión impugnada violaba el derecho de su asistida de ser juzgada en un plazo razonable y de gozar de su libertad durante el proceso. Además, expresó que la mujer tenía conducta ejemplar en la unidad carcelaria y que no poseía sanciones disciplinarias ni antecedentes penales. Finalmente, propuso su incorporación al programa de vigilancia electrónica.Cumplidos dos años de prisión preventiva, la defensa solicitó su cese. El juzgado rechazó el planteo y dispuso la prórroga de la medida por el término de un año. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. Durante la audiencia celebrada en la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata, la defensa sostuvo que la decisión impugnada violaba el derecho de su asistida de ser juzgada en un plazo razonable y de gozar de su libertad durante el proceso. Además, expresó que la mujer tenía conducta ejemplar en la unidad carcelaria y que no poseía sanciones disciplinarias ni antecedentes penales. Finalmente, propuso su incorporación al programa de vigilancia electrónica.
24-sep-2018Palacio (causa N° 1-23.497)Un hombre había celebrado su cumpleaños en un salón para eventos en la ciudad de Barranqueras, Chaco. Para el día del evento, le había solicitado a un policía que se encargara de la seguridad del local. El agente se encontraba uniformado y portaba un arma reglamentaria. En un momento, mantuvo una discusión con un invitado que arrojó un ladrillo y una botella contra la reja del salón, y huyó del lugar. El policía lo persiguió, extrajo su arma de fuego reglamentaria y, cuando el invitado giró para mirar hacia atrás, le efectuó un disparo que le produjo la muerte. Por ese hecho, el oficial fue imputado por el delito de homicidio agravado por el abuso de su función o cargo. Durante su declaración indagatoria, explicó que a las 23 horas de ese día se había acercado a Barranqueras para negarse a realizar el trabajo ofrecido ya que se encontraba de franco. En ese sentido, manifestó que no conocía el lugar en el que se había realizado la fiesta y que había tomado conocimiento de lo sucedido en su trabajo. En la etapa de juicio oral, el imputado se negó a declarar. Por esa razón, se incorporó por lectura lo expresado en la indagatoria. Por otro lado, la división balística del Gabinete Científico Judicial informó que la pistola secuestrada presentaba signos de haber sido disparada de manera reciente. El policía fue condenado por el delito de homicidio agravado por el abuso de su función o cargo a la pena de prisión perpetua. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que la conducta de su asistido debía calificarse como exceso en la legítima defensa. En ese sentido, sostuvo que el imputado había sido atacado por la víctima por lo que, al perseguirlo, su única voluntad había sido la de protegerse y proteger a terceros. De manera subsidiaria, solicitó que se cambiara la calificación por la de homicidio calificado por el uso de arma de fuego.
28-sep-2018Ríos (causa N° 43353/2014)Durante una madrugada tres personas habían levantado el techo de una vivienda precaria en la que vivía una familia. Una vez dentro, se apoderaron de un televisor, una computadora portátil y tres celulares. Luego, amenazaron con un arma de fuego a la familia y huyeron por la parte trasera del terreno mientras disparaban al aire. Los vecinos escucharon ruidos y salieron a la calle. Durante la huida, una de las personas que portaba un arma advirtió la presencia de una mujer y le disparó. La mujer cursaba un embarazo avanzado y resultó herida. Sin embargo, el feto falleció. Por esos hechos, la persona que disparó el arma fue condenada por el delito de robo agravado en concurso real con portación ilegal de arma de uso civil y por el delito de homicidio criminis causae para lograr la propia impunidad agravado por el uso de un arma de fuego, en grado de tentativa, en concurso ideal con aborto sin el consentimiento de la mujer. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que la calificación legal resultaba errónea en tanto no se había probado la conexión que exige la figura de homicidio criminis causae entre el robo y el homicidio tentado.
3-dic-2018Lugones (causa N° 48829/2011)Una persona había ingresado a un edificio. En el hall del lugar, interceptó a una señora y a su hijo pequeño mientras bajaban por el ascensor. En ese momento, les mostró un arma de fuego y los obligó a subir hasta el departamento en el que vivían. Una vez en el hogar, sustrajo dinero y objetos de valor. Luego, intentó huir y se encontró con un oficial de la policía en la entrada del edificio. La persona disparó en la cabeza del oficial y escapó. El policía falleció y tiempo más tarde la persona fue detenida. Por ese hecho, resultó condenada a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado cometido para procurar la impunidad (criminis causae) y respecto de un miembro de las fuerzas policiales por su función. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos señaló que no correspondía la calificación penal asignada. Asimismo, indicó que la pena resultaba excesiva.
3-dic-2018Buscaroli y otro (causa N° 48140)Dos personas habían ingresado al domicilio de un adulto mayor. Luego de golpearlo de manera reiterada, le sustrajeron dinero y una serie de bienes. En ese contexto, le realizaron una herida mortal en el tórax y ocasionaron un incendio en el hogar. Ambas personas resultaron condenadas a una pena de prisión perpetua por el delito de robo con efracción en concurso ideal con el delito de homicidio ‘criminis cause’. Entre sus argumentos, el tribunal interviniente consideró que la muerte ocasionada se conectaba con la finalidad de lograr la impunidad. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
5-dic-2018Recomendación General Nº 1 sobre legítima defensa y violencia contra las mujeresEl Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) aprobó su Recomendación General Nº 1 sobre legítima defensa y violencia contra las mujeres de acuerdo a la Convención de Belém do Pará. El Comité de Expertas del MESECVI, también conocido como el CEVI, es el órgano técnico del Mecanismo y es por ello responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención en los Estados Parte.
21-mar-2019Gamón (reg. Nº 270 y causa Nº 42435)Una persona fue encontrada muerta en su departamento, atada de pies y manos y con lesiones provocadas con un arma blanca. Durante la investigación del hecho se hallaron fotografías de un individuo desnudo (Gamón) en los archivos digitales de la víctima, su número de teléfono y conversaciones telefónicas entre ambos. Entonces, se efectuó un entrecruzamiento de comunicaciones entre los teléfonos celulares. Por la ubicación de las antenas se determinó que el aparato de la víctima se encontraba siempre en su domicilio mientras que el del otro individuo se hallaba en locaciones alternativas cercanas a dicha vivienda. Además, se detectó que se habían efectuado reiterados cambios de tarjeta del dispositivo de la víctima a través de las distintas líneas instaladas en consecuencia, vinculadas a Gamón. Finalmente, se estableció que no había coincidencia entre las suelas del calzado incautado en la residencia de éste y las huellas con marca de sangre habidas en la de la víctima, como así tampoco entre el perfil genético de Gamón y el material obtenido del hisopado del cuerpo. Sin embargo, Gamón fue imputado y condenado por el delito de homicidio en concurso real con hurto a la pena de quince años de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que la fundamentación de la sentencia resultaba arbitraria por haberse basado en indicios. En esa dirección, sostuvo que no se habían hallado rastros, impresiones dactiloscópicas o ADN que probaran que su asistido había estado en el lugar del hecho.