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Fecha | Título | Resumen |
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6-jun-2024 | BLV (Causa N° 8988) | Una mujer, en representación de sus tres hijas menores de edad, inició una demanda por alimentos contra el padre de las adolescentes y sus abuelos paternos. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. En consecuencia, fijó una cuota alimentaria equivalente a tres y medio Salarios Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Contra lo decidido, los demandados presentaron un recurso de apelación. Luego, la Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná revocó de manera parcial la sentencia y redujo la suma a tres SMVM. Para decidir así, sostuvo que la cuota alimentaria fijada debía compararse con los parámetros objetivos de la Canasta de Crianza que publicaba el INDEC. Además, señaló que la estimación de la referida canasta alcanzaba a la población de hasta 12 años inclusive. Indicó que, si bien las necesidades y tareas de cuidado en las edades subsiguientes se mantenían, disminuían las horas dedicadas al cuidado de los adolescentes a partir de esa edad. Por esa razón, consideró que era adecuado disminuir la cuota alimentaria. En ese sentido, entendió que la suma de tres SMVM era suficiente para satisfacer las necesidades alimentarias de las adolescentes. Contra esa decisión, la actora y los demandados presentaron recursos de inaplicabilidad de la ley. Entre sus cuestionamientos, los accionados afirmaron que la cuota alimentaria continuaba siendo elevada, en razón de su posibilidad económica y de las necesidades de sus tres hijas y nietas. En cuanto a la condena subsidiaria a los abuelos paternos, alegaron que no se probó la insuficiencia de recursos del progenitor ni su imposibilidad absoluta para asumir el pago de los alimentos. Por su parte, la actora manifestó que la sentencia de la Cámara desconoció el valor económico de las tareas de cuidado. Sobre ese aspecto, resaltó que sus tres hijas estaban a su cargo de manera exclusiva, pues el progenitor vivía en una ciudad distinta al centro de vida de las jóvenes. Agregó que el índice de crianza no era aplicable al caso. Por último, afirmó que de las pruebas surgía que la capacidad económica de la parte demandada era mayor que la suya. |
30-oct-2023 | BMA (Causa N° 101) | Una mujer y un hombre entablaron una relación sexoafectiva que perduró muchos años. Durante ese vínculo, el hombre ejerció violencia física, sexual, económica y psicológica sobre la mujer. Tiempo después, se separaron y la mujer le pidió que le entregara las llaves de la casa donde convivían. Con ese objetivo, acordaron juntarse de día en lugares públicos porque tenía miedo de estar a solas con él. El hombre no se presentó en los lugares pactados. Sin embargo, una noche mientras ella estaba en la cocina, ingresó a la vivienda. Allí, comenzó a agredirla de manera verbal y se negó a devolverle las llaves. La mujer le solicitó que se retirara de la vivienda, pero él no se movió. Por ese motivo, ella intentó salir de la casa y él se lo impidió. Además, agarró una silla y la levantó para arrojársela. En ese momento, la mujer tomó una pava eléctrica y se la tiró. El hombre se quemó la cara y la espalda con el agua caliente que contenía el electrodoméstico. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de lesiones gravísimas. Luego, el hombre divulgó en medios de comunicación y redes sociales que la mujer era violenta y que lo había lastimado. Tales dichos provocaron que la mujer fuera hostigada por la calle, en redes social y, además, perdiera su trabajo. En la etapa de juicio oral, la fiscalía y la defensa solicitaron la absolución porque entendieron que había actuado en legítima defensa. Sin embargo, la querella solicitó la condena de la mujer. |
12-may-2017 | BMA (causa Nº 43229) | Dos mujeres mantuvieron una relación de pareja y convivieron durante siete años. En marzo de 2007, AMFR dio a luz una niña concebida mediante una técnica de fertilización asistida con semen de un donante anónimo. En diciembre de 2007, se unieron civilmente y, en 2008, se separaron. BMA solicitó al Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas el reconocimiento de la niña como hija suya. Asimismo, requirió que se la incorporara en la partida de nacimiento como su madre junto con AMFR, quien no estaba de acuerdo con compartir la maternidad. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denegó el pedido. En consecuencia, BMA inició una acción de amparo y solicitó que se dejara sin efecto el acto administrativo, se ordenara la inscripción del reconocimiento y se la incorporara en la partida de nacimiento como co-progenitora de la niña. |
12-may-2016 | BMAL (CFCP Causa Nº28195) | La defensa oficial presentó una acción de habeas corpus contra la suspensión del pago de la pensión por discapacidad que recibía B. La interrupción de la percepción del beneficio fue decidida por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) después de que el beneficiario fuera detenido. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la decisión del juez de grado que desestimó in limine la acción. Para resolver de este modo, los magistrados de ambas instancias entendieron que no se configuraba en el caso un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |
7-oct-2015 | BMC | En el marco de un expediente seguido entre las partes por una autorización de viaje, se inició un incidente en virtud del pedido efectuado por la progenitora de los niños para que se le otorgue el ejercicio de la patria potestad [responsabilidad parental] en forma exclusiva, y poder efectuar viajes con sus hijos por los próximos dos años sin el permiso paterno. La Defensora de Menores requirió que se aclaren los alcances de la pretensión. Ello, en razón de que el pedido implicaba –a su criterio– la privación de la responsabilidad parental del padre. Sin embargo, el juez de grado impuso a las actuaciones el trámite de los incidentes. La Defensora de Menores e Incapaces apeló la resolución. Al responder el traslado del memorial, la accionante aclaró que su petición debía encuadrarse en la previsión del art. 264 ter del Código Civil (ccte. art. 642 de Código Civil y Comercial de la Nación). |
7-sep-2017 | BMC (causa Nº 54275) | Una mujer obtuvo su beneficio jubilatorio el 16/7/2009 en el marco de la ley Nº 24.241. Posteriormente, inició un reclamo administrativo de reajuste de haberes que fue rechazado con fecha 13/9/2016. En el mes de noviembre del mismo año recibió un incremento en su haber previsional en concepto de reajuste anticipado por “Reparación Histórica” (art. 8 del decreto Nº 894/16, reglamentario de la ley Nº 27.260). Sin embargo, el 13/12/2016 inició una acción contra la ANSES con el objeto de obtener una revisión de la determinación inicial de su haber previsional y requirió que se calculen y se apliquen las sumas correspondientes en concepto de movilidad. Asimismo, solicitó una medida cautelar de no innovar a los efectos de que no le sea deducido, hasta tanto se dicte sentencia, el incremento en concepto de “Reparación Histórica”. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada. Contra esa decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación. |
10-ago-2017 | BMC (Causa Nº 593) | Dos mujeres en pareja decidieron tener un hijo. Por ese motivo, se sometieron a distintos tratamientos de reproducción asistida. Tiempo después, una de ellas quedó embarazada y dio a luz a una niña. Sin embargo, comenzó a impedir el contacto de la niña con la progenitora socioafectiva. En ese marco, la mujer solicitó inscribir el reconocimiento de su maternidad ante el Registro de Estado Civil y Capacidad de la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, el pedido fue denegado. En consecuencia, inició una acción de amparo contra el organismo administrativo ante la justicia local. Entre sus argumentos, destacó que el rechazo de su petición era discriminatorio. El juez en lo contencioso administrativo se declaró incompetente y ordenó remitir la causa al fuero civil. Para decidir de esa manera, sostuvo que lo solicitado se relacionaba con un asunto de familia, ya que con anterioridad se había iniciado un expediente de filiación, que se encontraba en trámite. A su turno, el juez civil también declaró su incompetencia, debido a que consideró que se trataba de una cuestión registral, propia del ámbito administrativo. Por su parte, el juez local elevó la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por ser el órgano superior común de ambos tribunales. |
27-ago-2015 | BMD ( Causa Nº 5759 ) | Una mujer inició un juicio de insania de su tío, quien padecía de oligofrenia con incapacidad total y permanente del 86%. |
27-sep-2017 | BMD CNCCC | Una persona se encontraba imputada por el delito de robo con armas en grado de tentativa y portación ilegítima de arma de uso civil. En el marco de ese proceso, el representante del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de la Defensoría General de la Nación solicitó su constitución como parte querellante. En su petición, sostuvo que durante el hecho por el que se lo acusaba, había sido víctima del delito de tentativa de homicidio. El tribunal rechazó la solicitud por considerar que su carácter de imputado imposibilitaba su constitución como querellante. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. |
8-may-2018 | BMJ (causa Nº 160637) | Un individuo se encontraba condenado a una pena de prisión. Esa condena fue unificada con una pena dictada por otro tribunal. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Durante el trámite de la impugnación, el imputado cumplió la mitad de la pena impuesta. Por tal razón, la defensa solicitó su incorporación al régimen de salidas transitorias. El Consejo Correccional de la Unidad Penitenciaria se expidió de manera favorable. El juzgado de ejecución rechazó el planteo, por entender que el imputado registraba una condena pendiente en los términos del artículo 17, apartado II, de la ley Nº 24.660 y 34, inciso c), del decreto reglamentario N° 396/99. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
14-sep-2018 | BMJ (causa Nº 7523343) | Una persona de 17 años de edad tenía un retraso mental moderado y una encelopatía epiléptica de Lennaux Gastaut. Por ese motivo, tomaba una medicación de forma constante. Al observar que no registraba mejorías, su médico le recomendó un tratamiento basado en Cannabis, cuyas dosis dependían del resultado que consiguiera. En consecuencia, los progenitores del joven solicitaron a la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS) que cubriera en forma urgente e inmediata el pago total del tratamiento. APROSS negó la prestación y argumentó que el producto no revestía la calidad de medicamento, que no se encontraba aprobado por la ANMAT para su comercialización y que no estaba incluido en el Vademécum APROSS vigente. Finalmente, los actores presentaron una acción de amparo y requirieron, como medida cautelar, la cobertura del medicamento. |
6-sep-2016 | BMLR (Causa Nº 38665) | Los niños LRBM y LJBM eran hermanos y fueron dejados a cuidado de su abuela por parte de su madre, que no volvió a verlos. Su padre cumplía una pena privativa de la libertad. En consecuencia, la abuela solicitó que se la designara como tutora de sus nietos en conformidad con lo dispuesto en el art. 106 del Código Civil y Comercial de la Nación. El juzgado de primera no hizo lugar a la petición y otorgó a los niños en guarda. En consecuencia, la mujer interpuso un recurso de apelación |
31-jul-2018 | BMM (Causa Nº15056) | Un hombre de la provincia de Tierra del Fuego tenía una hija de 2 años y 6 meses. La niña vivía con su madre y era cuidada por su padre todas las tardes. Además, el hombre convivía hace un año con su pareja y sus dos hijos, de 6 y 9 años. La mujer trabajaba durante el día y él se ocupaba de trasladarlos a la escuela y a sus actividades deportivas. El hombre fue condenado por el delito de violación de correspondencia a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento. Además, se le impuso la pena única de un año y un mes de prisión y se declaró su reincidencia. Durante su detención, trabajaba con el propósito de ayudar económicamente a su familia. La defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario, con el objeto de que pudiera ejercer su rol paterno respecto de los tres niños. Subsidiariamente, solicitó la aplicación del instituto de semidetención. La fiscalía se expidió de manera desfavorable. En tal sentido, consideró que la única hija biológica del condenado vivía con su madre, por lo cual no se encontraba bajo su cuidado directo. Además, señaló que el vínculo con los hijos de su pareja era reciente. |
8-sep-2016 | BMM (civil) | Una persona de 70 años afiliada a PAMI solicitó que se le otorgue una nueva prótesis de cadera en virtud de la rotura de aquella que se le había colocado en el pasado. Ante la negativa, inició una acción de amparo contra PAMI y solicitó el dictado de una medida cautelar para que la demandada le provea de manera inmediata una prótesis nueva. El Juzgado Federal de Villa María rechazó la medida cautelar por considerar que no se encontraban acreditados los requisitos de procedencia. La parte actora apeló la resolución. |
27-jun-2019 | BMS (causa Nº 19000) | El niño ALR, de 11 años de edad, tenía una discapacidad (anormalidades de la marcha y de la movilidad, encefalitis, mielitis y encefalomielitis, enfermedades virales clasificadas en otra parte, hipoacusia neurosensorial bilateral, retraso mental leve, deterioro del comportamiento de grado no especificado y trastorno generalizado del desarrollo no especificado). Su médico tratante le indicó que tomara aceite de cannabis (4 gotas diarias) y, a partir de esto, se constató una evolución favorable en su salud y un franco mejoramiento comportamental. Asimismo, se le pudo reducir la dosis psicofarmacológica que se le había prescripto con anterioridad. Por este motivo, los representantes legales de ALR iniciaron un acción de amparo contra el Estado Nacional con el objeto de que le proveyera y garantizara el suministro de aceite de cannabis de diversas cepas. Además, solicitaron como medida cautelar que se autorizara el cultivo de las plantas de cannabis en su domicilio particular. El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Lomas de Zamora Nº 3 tuvo por acreditada la verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora y, en consecuencia, hizo lugar a la medida cautelar. Contra esta decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. |
27-jul-2022 | BMT (Causa N° 41819) | Un niño tenía una discapacidad psicosocial y requería distintos tratamientos médicos de rehabilitación neurológica y sesiones de psicopedagogía. Por ese motivo, su madre solicitó al Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS) la cobertura integral de esas prácticas. Si bien la obra social las autorizó, discrepó con el costo y la carga horaria requerida. Ante esa situación, la progenitora –en representación de su hijo– inició una acción de amparo a fin de obtener la cobertura de las prestaciones según los valores establecidos por la normativa nacional. El juzgado hizo lugar al reclamo. En ese sentido, destacó que la demandada debía solventar la totalidad de las prestaciones. Sobre ese aspecto, especificó que la ley provincial Nº 7600 de Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral para las Personas con Discapacidad obligaba al IPSS a brindar prestaciones de salud de manera integral y a respetar aquellas que fueran básicas según la ley nacional Nº 24.901. Contra esa decisión, la obra social interpuso un recurso de apelación. En su presentación, señaló que le había ofrecido a la accionante una cobertura mayor a la permitida por su propio nomenclador. Asimismo, indicó que sus recursos eran limitados y debían ser distribuidos en forma equitativa entre sus afiliados. Por último, sostuvo que la actora no había completado el reclamo en sede administrativa. |
27-dic-2017 | BN (Causa Nº 37.588) | El Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes adoptó medidas de protección excepcional respecto de dos niñas que habían sufrido situaciones de violencia por parte de su madre y, en consecuencia, dispuso su ingreso a un hogar convivencial. Posteriormente, promovió la revinculación de las niñas y la progenitora. Ante el fracaso de las medidas dispuestas, declaró el estado de adoptabilidad de las niñas. Contra esa decisión, su madre y su hermana mayor interpusieron un recurso de apelación. |
29-ago-2017 | BN (causa Nº 8911) | Una persona que poseía una enfermedad psiquiátrica fue sobreseída. Sin embargo, como medida de seguridad, el juzgado ordenó su internación en el dispositivo PRISMA del Complejo Penitenciario Federal N° 1. En esa línea, dispuso que la persona quedara a disposición del Juzgado de Ejecución Penal hasta que el Cuerpo Médico Forense verificara las condiciones para su traslado a otra institución. Con esa finalidad, ordenó su evaluación cada sesenta días en los términos de los artículos 511 y 512 del CPPN. La decisión del juzgado fue impugnada por la defensa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución, lo que motivó la interposición de un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se sostuvo que, de acuerdo con la Ley de Salud Mental y el Código Civil y Comercial de la Nación, el control del tratamiento médico correspondía al fuero civil. |
7-jun-2021 | BNA (Causa N° 5302) | Una mujer percibía la Asignación Universal por hijo para Protección Social (AUH) por su hija menor de edad. En esa época, sufría violencia de género por parte del progenitor de la niña. En ese contexto, realizó una denuncia y el juzgado de familia dictó una medida cautelar de prohibición de acercamiento del progenitor hacia ellas. Desde ese momento, la mujer y su hija no tuvieron vínculo con el hombre. Luego, la ANSES interrumpió el pago de la AUH. Por ese motivo, la mujer concurrió al organismo a fin de solicitar información. En esa oportunidad, le comunicaron que existía una incompatibilidad dado que el progenitor de su hija se había inscripto como trabajador autónomo. En ese sentido, el organismo señaló que su Resolución 2019/11 consideraba como grupo familiar a ambos progenitores, sin importar si estaban separados o divorciados. En ese marco, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo solicitando que se restableciera el pago de la AUH y se pagaran los importes adeudados desde su suspensión. Entre sus argumentos, expuso que se encontraba en situación de vulnerabilidad económica, familiar y social. Asimismo, señaló que cumplía con todos los requisitos impuestos por la Ley Nº 24.714 del Régimen de Asignaciones Familiares. A su vez, solicitó una medida cautelar a fin de restablecer el pago inmediato de la asignación. Con posterioridad, la ANSES se presentó en el expediente. En su contestación, expuso que se había limitado a cumplir con las disposiciones normativas y administrativas. Por ello, solicitó se rechazara el amparo. En ese sentido, indicó que según la Ley Nº 24.714 de asignaciones familiares, no correspondía su pago cuando el titular del monotributo no estaba al día con el pago de los aportes, como era el caso del progenitor. Asimismo, advirtió que se encontraba vencido el plazo para promover la acción, según lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley Nº 16.986 de acción de amparo. |
25-ago-2016 | BND c OSDE | En el marco de una acción de amparo, el juzgado de primera instancia hizo lugar a la ampliación de una medida cautelar y ordenó a la empresa de medicina prepaga que otorgue a un niño con discapacidad la cobertura integral de jornada simple en una escuela especial. Contra dicha decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación. |